Construcciones Eléctricas Río Maule Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$86.947.778
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 60% | - |
SOCIEDAD COMERCIAL E INDUSTRIAL RÍO MAULE Y COMPAÑÍA LIMITADA Socio 76.139.543-2 | 76.139.543-2 | 40% | $5.000.000 |
Representación legal (1)
Historia societaria relatada
- Constitución· 23 de julio de 2014
Se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada Construcciones Eléctricas Río Maule Limitada.
TOMÁS DE AQUINO GUZMÁN REYES · VIVIANA ANDREA GUZMÁN ESPINOZA
Texto oficial del extracto
ALVARO GONZALO MERA CORREA, abogado y Notario Público para las comunas de Constitución y Empedrado, con oficio en calle O’Higgins 499-A, de Constitución, Certifica: Por escritura pública de 2 de Febrero de 2022 ante mí: don TOMÁS DE AQUINO GUZMÁN REYES, domiciliado en Calle O’Higgins número setecientos cuarenta y seis de Constitución, doña VIVIANA ANDREA GUZMÁN ESPINOZA, domiciliada en calle el Fundo número 20948, Comuna de Pudahuel, Región Metropolitana, y SOCIEDAD COMERCIAL E INDUSTRIAL RÍO MAULE Y COMPAÑÍA LIMITADA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario 76.139.543-2, representada por don TOMÁS DE AQUINO GUZMÁN REYES, ambos domiciliados en calle O’Higgins número setecientos cuarenta y seis de Constitución, modificaron Sociedad de Responsabilidad Limitada cuya razón social es "CONSTRUCCIONES ELÉCTRICAS RÍO MAULE LIMITADA", Rut 76.139.543-2 , capital social $86.947.778.- constituida por escritura pública de 23 de Julio de 2014 ante Notario de Constitución Alvaro Mera Correa.- El extracto de constitución rola inscrito a fojas 93 vuelta número 78 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Constitución del año 2014.- Fue publicado en el Diario Oficial de 25 de julio de 2014.- MODIFICACIONES: 1.- Socia VIVIANA ANDREA GUZMÁN ESPINOZA, vende, cede y transfiere todos sus derechos que ascienden al 40% del capital social a SOCIEDAD COMERCIAL E INDUSTRIAL RÍO MAULE Y COMPAÑÍA LIMITADA, para quien compra, adquiere y acepta su representante por precio de $5.000.000- pagados contado.- 2.- Se modifica cláusula decimo segunda estatuto social en sentido que Las utilidades y pérdidas se repartirán en proporción a los aportes.- Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.- En lo no modificado rige pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada.- Constitución, 07 de marzo del 2022.
Información societaria
Capital
Capital total
$86.947.778
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 60% | - |
VIVIANA ANDREA GUZMÁN ESPINOZA Socio | - | 40% | - |
Historia societaria relatada
- Constitución· 23 de julio de 2014
Constitución original de la sociedad
TOMÁS DE AQUINO GUZMÁN REYES · VIVIANA ANDREA GUZMÁN ESPINOZA
- Cesión de derechos· 15 de septiembre de 2017
TOMÁS DE AQUINO GUZMÁN REYES cede el 39% de sus derechos sociales a VIVIANA ANDREA GUZMÁN ESPINOZA, quedando con 60% y 40% respectivamente
TOMÁS DE AQUINO GUZMÁN REYES · VIVIANA ANDREA GUZMÁN ESPINOZA
- Cambio de nombre· 15 de septiembre de 2017
Se modifica la duración de la sociedad y la distribución de utilidades y pérdidas
TOMÁS DE AQUINO GUZMÁN REYES · VIVIANA ANDREA GUZMÁN ESPINOZA
Texto oficial del extracto
Álvaro Gonzalo Mera Correa, abogado, Notario Público Titular para comunas de Constitución y Empedrado, con oficio en O’Higgins 499-A, Constitución, certifico: Por escritura pública e fecha 15 de septiembre del 2017, ante mí, don TOMÁS DE AQUINO GUZMÁN REYES, domiciliado en calle O”Higgins número setecientos cuarenta y seis, Constitución y doña VIVIANA ANDREA GUZMÁN ESPINOZA, domiciliada en Pórtico del Valle, calle El Fundo N° 20948, comuna de Pudahuel, Región Metropolitana, modificaron sociedad comercial de responsabilidad limitada denominada, “CONSTRUCCIONES ELÉCTRICAS RÍO MAULE LIMITADA“, Rut 76.139.543-2, constituida el veintitrés de julio de dos mil catorce en la Notaría de Constitución de don Álvaro Gonzalo Mera Correa, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial en su edición N° 40.916, de fecha 25 de julio de 2014, E-215, página 1 de 2 y se inscribió a fojas 93 vuelta N° 78 del Registro de Comercio del año 2014 del Conservador de Comercio de Constitución, capital social $86.947.778.- (ochenta y seis millones novecientos cuarenta y siete mil setecientos setenta y ocho pesos).Modificaciones consisten en: a) Cesión parcial de derechos, cuotas y participación en la sociedad: 1) el socio TOMÁS DE AQUINO GUZMÁN REYES vende, cede y transfiere su 39% de sus derechos sociales, interés y participación en la sociedad a la socia VIVIANA ANDREA GUZMÁN ESPINOZA, quien los compra, acepta y adquiere para sí, por el precio de cinco millones de pesos, que la cesionaria paga al cedente en este acto, en dinero efectivo y al contado, quien declara recibirlo a su entera satisfacción y conformidad. Quedan como únicos socios conforme a lo anterior, TOMÁS DE AQUINO GUZMÁN REYES y VIVIANA ANDREA GUZMÁN ESPINOZA con un porcentaje de participación en el capital social, derechos sociales e interés en la sociedad ascendente a un 60% y 40%, respectivamente para cada socio. b) Modificación de estatuto social: Los actuales socios, TOMÁS DE AQUINO GUZMÁN REYES y VIVIANA ANDREA GUZMÁN ESPINOZA, obrando de consuno, vienen en modificar la cláusula octavo y cláusula décimo segundo del pacto social que se refieren a la duración de la sociedad y la forma como se distribuyen las utilidades y perdidas entre los socios, respectivamente, en los términos que se pasan a señalar: a) Se reemplaza la cláusula octavo por la siguiente: “OCTAVO: DURACIÓN. La duración de la sociedad será de CINCO AÑOS, contados desde la fecha de la presente escritura y se entenderá tácita y automáticamente renovada por periodos iguales y sucesivos de CINCO AÑOS, sin limitación, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término al final del periodo que estuviere en curso, mediante declaración efectuada por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con anticipación mínima de seis meses al vencimiento del respectivo periodo. Para tales efectos, el socio que desee ponerle término a la sociedad deberá enviar carta certificada a los otros socios con una anticipación de a lo menos seis meses antes del fin del respectivo periodo. “; y b) Se reemplaza la cláusula décimo segundo por la siguiente: “DECIMO SEGUNDO: UTILIDADES Y PERDIDAS. Los socios tendrán derecho a participar en las utilidades de la siguiente forma: 60% socio TOMÁS DE AQUINO GUZMÁN REYES y 40% socia VIVIANA ANDREA GUZMÁN ESPINOZA. En la misma proporción soportarán las pérdidas. “. La modificación que antecede rige a partir de la fecha del presente instrumento, y en lo no modificado por esta escritura mantienen plena vigencia y validez las estipulaciones del primitivo estatuto social y sus modificaciones. Demás estipulaciones escritura extractada. Constitución, 20 de septiembre del 2017.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
Construcciones Eléctricas Río Maule Limitada
CVE 2097254
- MODIFICACIÓN
CONSTRUCCIONES ELÉCTRICAS RÍO MAULE LIMITADA
CVE 1275374
