Constructora Y Montajes Sergio Fernando Jeria Rivas E.I.R.L..
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
el estudio y ejecución de todo tipo de obras civiles y de proyectos de ingeniería y construcción por cuenta propia y ajena; la fabricación de estructuras de acero y metales en general; la realización de trabajos de edificación de obras civiles tales como casas, edificios, galpones, cierres, puentes; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; la fabricación y distribución de todo tipo de productos relacionados directa o indirectamente con la construcción de obras civiles y estructuras metálicas; la prestación de todo tipo de servicios de toda naturaleza que diga relación con el objeto principal de la misma; la realización de toda actividad conexa o conducente a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la empresa
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$0
Acciones
1000
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Ana del Carmen Vallejos Venegas Accionista 16.xxx.xxx-2 | 16.xxx.xxx-2 | 100% | $1.000.000 |
Administradores (1)
Ana del Carmen Vallejos Venegas
Historia societaria relatada
- Constitución· 14 de diciembre de 2010
Se constituye la empresa individual de responsabilidad limitada Constructora y Montajes Sergio Fernando Jeria Rivas E.I.R.L.
- Cesión de derechos
Sergio Fernando Jeria Rivas cede la totalidad de sus derechos a Ana del Carmen Vallejos Venegas.
Sergio Fernando Jeria Rivas · Ana del Carmen Vallejos Venegas
- Transformación· 19 de enero de 2018
La E.I.R.L. se transforma en sociedad por acciones bajo la denominación Constructora y Montajes Seico SpA.
Texto oficial del extracto
ALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular 42a. Notaría Santiago, Agustinas 1070 2° piso, certifica: Por escritura pública de fecha 19 de enero de 2018 otorgada ante mi suplente abogado José Leonardo Brusi Muñoz, don SERGIO FERNANDO JERIA RIVAS, constructor civil, CI N°13.102.574-2, Enrique Mc Iver 265 oficina 32, Santiago, de 41 años de edad, y doña ANA DEL CARMEN VALLEJOS VENEGAS, empleada, CI N°16.641.269-2, con domicilio en calle Los Tamarindos Nº5401, departamento 306, Lo Prado, de 37 años de edad, acordaron transformar empresa individual constituida por escritura pública otorgada ante el notario de Santiago don Félix Jara Cadot el día 14 de diciembre de 2010, constituida por don Sergio Fernando Jeria Rivas, denominada CONSTRUCTORA Y MONTAJES SERGIO FERNANDO JERIA RIVAS E.I.R.L., con nombre de fantasía CONSTRUCTORA Y MONTAJES SEICO E.I.R.L., inscrita Registro Comercio de Buin a fojas 1004 N°764 año 2011, rut N° 76.135.003-K. Cesión de derechos en la empresa. Sergio Fernando Jeria Rivas vende, cede y transfiere a Ana del Carmen Vallejos Venegas la totalidad de los derechos que posee en la aludida Constructora y Montajes Sergio Fernando Jeria Rivas E.I.R.L. El precio de cesión es la suma de $5.000.000 de contado, en dinero efectivo. Transformación de empresa individual de responsabilidad limitada en sociedad de sociedad por acciones. Conforme lo autoriza el artículo catorce de la Ley número diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete, sobre Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, doña Ana del Carmen Vallejos Venegas, viene en transformar la empresa individual de responsabilidad limitada singularizada en la cláusula anterior en una sociedad por acciones que se regirá por las estipulaciones del presente instrumento, las disposiciones contenidas en el Párrafo Octavo del Título VII del Libro II del Código de Comercio y supletoriamente por las disposiciones pertinentes de los Códigos Civil y de Comercio. Modificaciones adicionales al pacto original y estatutos de la sociedad por acciones. A fin de adecuar los estatutos de la empresa individual de responsabilidad limitada, a una sociedad por acciones y amén de la transformación expresada en la cláusula que antecede, se modificará el nombre de la compañía, la forma en la que se compone el capital y se agregarán las demás disposiciones propias de una sociedad por acciones, como se da cuenta en los estatutos de la misma, los que se expresan en las cláusulas que siguen, en las que se contienen los estatutos de la sociedad por acciones en que se transforma la hasta ahora Constructora y Montajes Sergio Fernando Jeria Rivas E.I.R.L., la que en lo sucesivo se denominará Constructora y Montajes Seico SpA. Se constituye una sociedad por acciones, cuyo nombre será CONSTRUCTORA Y MONTAJES SEICO SpA, Domicilio. comuna y ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales, agencias o representaciones que se establezcan en otras ciudades del país o en el extranjero, previa autorización de los organismos competentes. Duración. Indefinida. Objeto Social. el estudio y ejecución de todo tipo de obras civiles y de proyectos de ingeniería y construcción por cuenta propia y ajena; la fabricación de estructuras de acero y metales en general; la realización de trabajos de edificación de obras civiles tales como casas, edificios, galpones, cierres, puentes; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; la fabricación y distribución de todo tipo de productos relacionados directa o indirectamente con la construcción de obras civiles y estructuras metálicas; la prestación de todo tipo de servicios de toda naturaleza que diga relación con el objeto principal de la misma; la realización de toda actividad conexa o conducente a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la empresa. Capital. $1.000.000 que se divide y representa en 1000 acciones, ordinarias, de la única serie, todas sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas al momento de constituirse la compañía bajo la forma de empresa individual de responsabilidad limitada. De la Administración. La administración de la Sociedad y el uso de la razón social recaerá en la accionista doña Ana del Carmen Vallejos Venegas, quien representará a la Sociedad judicial y extrajudicialmente. El administrador estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o los Estatutos no establezcan como privativas de la Junta General de Accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno. ARTÍCULOS TRANSITORIOS. Conforme a lo previsto en el artículo sesenta y nueve del Código Tributario, la sociedad por acciones en que se transforma la anterior empresa individual de responsabilidad limitada responderá de todos los eventuales impuestos que ésta adeuda o llegue adeudar, aun en su constitución primitiva, y de los impuestos que como resultado de sus operaciones adeuden o pudieran adeudar personalmente el constituyente que se retira. Otras menciones constan escritura extractada. Santiago, 22 de enero de 2018.-
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
CONSTRUCTORA Y MONTAJES SERGIO FERNANDO JERIA RIVAS E.I.R.L.
CVE 1343371
