Agricola Estero Pidenco Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$1.281.480.000
Socios (4)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 9.xxx.xxx-1 | 9.xxx.xxx-1 | 69.5665% | $891.480.000 |
MACARENA FRANCISCA MEIER MELLADO Socio 15.xxx.xxx-3 | 15.xxx.xxx-3 | 10.1445% | $130.000.000 |
Socio 16.xxx.xxx-5 | 16.xxx.xxx-5 | 10.1445% | $130.000.000 |
Socio 17.xxx.xxx-2 | 17.xxx.xxx-2 | 10.1445% | $130.000.000 |
Administradores (1)
Historia societaria relatada
- Constitución· 3 de enero de 2011
Constitución de AGRICOLA ESTERO PIDENCO LIMITADA
- Otro acto
Se incorpora RICARDO ARTURO MEIER CARRASCO como socio con aporte de $891.480.000
- Cambio de capital
El capital social aumenta de $9.000.000 a $1.281.480.000
- Cambio de administrador
La administración y representación social pasa a RICARDO ARTURO MEIER CARRASCO
Texto oficial del extracto
. HECTOR EFRAIN BASUALTO BUSTAMANTE, Abogado, Notario Público Temuco, Varas Nº 854. Certifico: Por escritura pública hoy, ante mí; RICARDO ARTURO MEIER CARRASCO, chileno, casado y separado totalmente de bienes, constructor civil, domiciliado Vicente Pérez Rosales N° 01030, Temuco, C.I.N° 9.418.180-1; MACARENA FRANCISCA MEIER MELLADO, chilena, casada y separada de bienes, enfermera, C.I.N° 15.233.170-3; KAREN ANDREA MEIER MELLADO, chilena, soltera, abogado, C.I.N° 16.579.622-5; y RICARDO JAVIER MEIER MELLADO, chileno, soltero, estudiante, C.I.N° 17.990.625-2, los tres últimos domiciliados Pasaje Puerta de Asturias N° 02145, Temuco; modifican pacto social, AGRICOLA ESTERO PIDENCO LIMITADA, constituida escritura pública 03.01.2011, notaría Humberto Toro Martínez-Conde, Temuco, extracto publicado edición 39.857 del D. O. 12.01.2011, inscrita fojas 40 vuelta Nº 36 Registro Comercio Temuco, año 2011; Modificaciones consisten: Ingresa como socio don RICARDO ARTURO MEIER CARRASCO, aportando la suma de $891.480.000.- Se modifica cláusula CUARTA de los estatutos sociales, en el sentido que se aumenta el Capital social de $9.000.000.- a $1.281.480.000.- En virtud de la modificación y con la incorporación del nuevo socio; A) doña MACARENA FRANCISCA MEIER MELLADO, tiene un participación en el capital social ascendente a la suma de $130.000.000.-, los que entera o ha enterado, de la siguiente forma: a) con la suma de $3.000.000, que en este acto ingresados en caja social, y que se había obligado a enterar en el plazo de tres; b) con la suma de $127.000.000, que los ha enterado durante los años dos mil once, dos mil doce, dos mil trece y dos mil dieciséis, en dinero en efectivo registrados debidamente en cuenta corriente socios; B) doña KAREN ANDREA MEIER MELLADO, tiene un participación en el capital social ascendente a la suma de $130.000.000, los que entera o ha enterado, de la siguiente forma: a) con la suma de $3.000.000, que en este acto ingresados en caja social, y que se había obligado a enterar en el plazo de tres; b) con la suma de $127.000.000, que los ha enterado durante los años dos mil once, dos mil doce, dos mil trece y dos mil dieciséis, en dinero en efectivo registrados debidamente en cuenta corriente socios; C) don RICARDO JAVIER MEIER MELLADO, tiene un participación en el capital social ascendente a la suma de $130.000.000, los que entera o ha enterado, de la siguiente forma: a) con la suma de $3.000.000, que en este acto ingresados en caja social, y que se había obligado a enterar en el plazo de tres; b) con la suma de $127.000.000, que los ha enterado durante los años dos mil once, dos mil doce, dos mil trece y dos mil dieciséis, en dinero en efectivo registrados debidamente en cuenta corriente socios; D) RICARDO ARTURO MEIER CARRASCO, tiene un participación en el capital social ascendente a la suma de $891.480.000, los que entera o ha enterado, de la siguiente forma, mediante el aporte reajustado de un crédito de éste, en contra de la compañía, por el mismo valor de su aporte. Los comparecientes expresamente establecen la proporción a que se ha hace referencia en la cláusula sexta, en el sentido que las utilidades y pérdidas se repartirán del siguiente modo: 10,1445% para MACARENA FRANCISCA MEIER MELLADO, 10,1445% para KAREN ANDREA MEIER MELLADO, 10,1445% para RICARDO JAVIER MEIER MELLADO; y 69,5665% para RICARDO ARTURO MEIER CARRASCO. Se modifica la cláusula SEXTA, en el sentido que el uso de la razón social y la administración y plena representación de la sociedad corresponde a don RICARDO ARTURO MEIER CARRASCO, con todas las facultades descritas en la misma cláusula, sin que rija para él la limitación establecida en la cláusula SEPTIMA de los estatutos social. En lo no modificado rige pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Temuco, 19 de Diciembre de 2016.-
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
AGRICOLA ESTERO PIDENCO LIMITADA
CVE 1160168
