Inversiones Hurtado & Larrain Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital libéré
$1.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
RODRIGO HURTADO DE MENDOZA URZÚA Socio | - | 50% | $500.000 |
Socio | - | 50% | $500.000 |
Administrateurs (2)
RODRIGO HURTADO DE MENDOZA URZÚA
Texte officiel de l’extrait
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago certifica: Por escritura pública de fecha 29 de enero de 2018, ante el Suplente, 1) don RODRIGO HURTADO DE MENDOZA URZÚA, y doña GABRIELA MARÍA LARRAIN PRIETO, ambos domiciliados en calle Benito Juárez número mil doscientos siete, comuna de Vitacura; modificaron la sociedad INVERSIONES HURTADO & LARRAIN LIMITADA , inscrita fojas 66169 N° 46092 Registro de Comercio de Santiago año 2010, en cuanto: Uno.- Convinieron en aumentar el capital de la sociedad, del actual de $500.000 pesos al nuevo de $1.000.000 pesos.- Este aumento de capital de $500.000 pesos, es enterado, suscrito y pagado en dinero efectivo, de la siguiente manera: a) Don Rodrigo Hurtado de Mendoza Urzúa aportará la suma de $5.000 pesos, en dinero efectivo; y b) Doña Gabriela María Larraín Prieto aportará la suma de $495.000 pesos, en dinero efectivo. Como consecuencia del aumento de capital acordado, las partes reemplazan el artículo Sexto de los estatutos sociales por el siguiente nuevo: “ARTICULO SEXTO: El capital de la sociedad es la cantidad de un millón de pesos, el cual corresponde a los socios del modo siguiente: a) don Rodrigo Hurtado de Mendoza Urzúa, la suma de quinientos mil pesos, que representan el cincuenta por ciento del capital social y propiedad de la presente compañía, que aporta íntegramente en este acto y en dinero efectivo, ingresando a la caja social; b) doña Gabriela María Larraín Prieto, la suma de quinientos mil pesos, que representan el cincuenta por ciento del capital social y propiedad de la presente compañía, que aporta íntegramente en este acto y en dinero efectivo, ingresando a la caja social. La sociedad se da por recibida a su entera satisfacción de los aportes antes señalados.” Dos.- Asimismo, se modificó la clausula Quinta de los estatutos referente a la administración de la sociedad, donde se convino que la representación, administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponde a RODRIGO HURTADO DE MENDOZA URZÚA y, en caso de fallecimiento, incapacidad, quiebra o insolvencia de este último, a doña GABRIELA MARÍA LARRAIN PRIETO. Tres.- Por último, se modificó la clausula Novena de los estatutos referente a la distribución de utilidades, la que queda de la siguiente manera: “ARTICULO NOVENO: Las utilidades de la sociedad se distribuirán entre los socios en las oportunidades, formas y proporciones que ellos mismos de común acuerdo determinen. A falta de acuerdo, la distribución se hará a prorrata de las respectivas cuotas en el capital social. Cada distribución que se efectúe se tendrá por definitiva y no será posteriormente alterada o dejada sin efecto por circunstancias sobrevinientes; pero los criterios y consideraciones en que se haya fundado no constituirán precedentes que necesariamente hayan de aplicarse en ocasiones posteriores, incluso bajo circunstancias similares, ni que haya de tenerse en consideración para los efectos del artículo mil quinientos sesenta y cuatro del Código Civil. Las eventuales pérdidas serán soportadas por los socios en proporción a sus respectivos aportes.” En todo lo no modificado expresamente permanece vigente estatuto social primitivo y sus modificaciones.- Santiago, 02 de enero de 2018.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES HURTADO & LARRAIN LIMITADA
CVE 1350258
