Sociedad Asesorías e Inversiones Mario Poblete y Compañía Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$2.000.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 20% | - |
Socio | - | 80% | - |
Historia societaria relatada
- Constitución· 15 de diciembre de 2010
Constitución de la sociedad Asesorías e Inversiones Mario Poblete y Compañía Limitada.
Texto oficial del extracto
MARGARITA MORENO ZAMORANO, Notario Público, Suplente del Titular de la 27ª Notaría de Santiago, Eduardo Avello Concha, Orrego Luco 0153, Providencia, Santiago, certifica: Por escritura pública, de 13 de Diciembre de 2016, ante mí, Mario Enrique Poblete Cáceres y Rosa Ester Márquez Benítez, ambos domiciliados en Luis Durand 3339, Macul, Santiago, modificaron Sociedad Asesorías e Inversiones Mario Poblete y Compañía Limitada, constituida por escritura de fecha 15 de Diciembre de 2010 en la 27ª notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha, inscrito a fs. 69.347 número 48.430 Registro Comercio año 2010; sin modificaciones; Cesión de derechos. Mario Enrique Poblete Cáceres, vende cede y transfiere 70% de la totalidad de los derechos sociales, a doña Rosa Ester Márquez Benítez, quien compra, acepta y adquiere para sí los mismos, por precio de $1.400.000.- los que se pagan al contado y en efectivo en este acto; En consecuencia, se modifican los estatutos en los siguientes sentidos: Cláusula Quinta. El capital de la sociedad asciende a la suma de dos millones de pesos, el cual queda distribuido de la siguiente manera: don Mario Enrique Poblete Cáceres es, dueño del veinte por ciento de los derechos sociales, mientras doña Rosa Ester Márquez Benítez lo es, del ochenta por ciento de los derechos sociales. Cláusula Sexta. Los socios establecen que las utilidades se repartirán en la misma proporción que los derechos sociales, salvo que acuerden un porcentaje diferente para un ejercicio comercial determinado, del modo establecido en el estatuto social y las leyes. La sociedad tiene vigencia desde 15.12.2010 y su plazo se prorroga cada 5 años de acuerdo a la cláusula Decimoprimera del pacto social. Todo lo no modificado, rige estatuto de constitución y posteriores modificaciones. Santiago, 21 de Diciembre de 2016.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
Sociedad Asesorías e Inversiones Mario Poblete y Compañía Limitada
CVE 1163166
