Inversiones San Damián SpA
Diario Oficial
公司信息
公司目的
El objeto exclusivo de la Sociedad será la prestación de todos los servicios que la ley veintiún mil quinientos veintiuno, Ley Fintech, o cualquier otra legislación o normativa que la modifique, reemplace o complemente, le permite a los prestadores de servicios financieros, incluyendo especialmente, pero no limitado a: (i) la comercialización del servicio de asesoría de inversión; (ii) la comercialización del servicio de asesoría crediticia; (iii) la comercialización del servicio de plataformas de financiamiento colectivo; (iv) la comercialización del servicio de sistema alternativo de transacción; (v) la comercialización del servicio de enrutamiento de órdenes; (vi) la comercialización del servicio de intermediación de instrumentos financieros; y (vii) la comercialización del servicio de custodia de instrumentos financieros, así como cualquier actividad adicional, ya sea complementaria o inherente a su giro, que autorice la Ley y/o la Comisión para el Mercado Financiero o la entidad que la suceda o reemplace.
摘要官方正文
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular, 38º Notaria de Santiago, Avenida Isidora Goyenechea 3477, Oficina 10, Comuna de las Condes, certifico: que por escritura pública de fecha 8 de enero de 2025, otorgada en esta Notaría bajo el Repertorio No. 1.314/2025, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Inversiones San Damián SpA (en adelante, la “Sociedad”), celebrada el 8 de enero de 2025, en la cual se acordó modificar los estatutos de la Sociedad, en el sentido de limitar su objeto a la comercialización de servicios de asesoría de inversión, asesoría crediticia, plataformas de financiamiento colectivo, sistema alternativo de transacción, enrutamiento de órdenes, intermediación de instrumentos financieros, custodia de instrumentos financieros y actividades accesorias, complementarias o inherentes que autorice la Comisión para el Mercado Financiero. Para estos efectos, se acordó modificar el Artículo Cuarto de los estatutos de la Sociedad, reemplazándolo por el siguiente: “Artículo Cuarto. Objeto: El objeto exclusivo de la Sociedad será la prestación de todos los servicios que la ley veintiún mil quinientos veintiuno, Ley Fintech, o cualquier otra legislación o normativa que la modifique, reemplace o complemente, le permite a los prestadores de servicios financieros, incluyendo especialmente, pero no limitado a: (i) la comercialización del servicio de asesoría de inversión; (ii) la comercialización del servicio de asesoría crediticia; (iii) la comercialización del servicio de plataformas de financiamiento colectivo; (iv) la comercialización del servicio de sistema alternativo de transacción; (v) la comercialización del servicio de enrutamiento de órdenes; (vi) la comercialización del servicio de intermediación de instrumentos financieros; y (vii) la comercialización del servicio de custodia de instrumentos financieros, así como cualquier actividad adicional, ya sea complementaria o inherente a su giro, que autorice la Ley y/o la Comisión para el Mercado Financiero o la entidad que la suceda o reemplace.”. Adicionalmente, se acordó modificar la fiscalización de la Sociedad, modificando el Artículo Décimo Quinto de los estatutos, reemplazándolo por el siguiente: “Artículo Décimo Quinto: Fiscalización de la Sociedad. La contabilidad, inventario, balance y otros estados financieros serán auditados una vez al año por una empresa de auditoría externa de aquellas inscritas en el Registro de Empresas de Auditoría Externa que lleva la Comisión para el Mercado Financiero. Su designación será acordada por la Junta de Accionistas”. Se otorgaron también en dicha oportunidad estatutos refundidos de la Sociedad. Santiago, 17 de enero de 2025.
公司信息
资本
总资本
$5.700.457.767
股份
2,446,850
股东(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出资 |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 100% | $5.700.457.767 |
摘要官方正文
PAULA ANDREA LUNA SÁEZ, Notario Suplente de la Titular doña María Pilar Gutiérrez Rivera de la 18ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 669, piso 8, de esta ciudad, certifica que, por escritura pública de fecha 22 de diciembre 2022, Rep. 19.006/2022, ante la titular, única accionista Inversiones Varias Limitada modificó la sociedad “Inversiones San Damián SpA”, inscrita a fs. 49.683, N° 22.993 del Registro de Comercio de Santiago año 2021, aumentando el capital de la Compañía en: (i) $64.396.360, pasando de $4.463.789.846, dividido en 2.000.000 de acciones nominativas, de una misma serie, iguales y sin valor nominal, a $4.528.186.206, dividido en mismas acciones, mediante capitalización, en acto de escritura, del monto total cuenta Reserva Revalorización Capital, según Balance 31 Diciembre 2021, sin emitir acciones para ello; y (ii) $1.172.271.561, pasando a $5.700.457.767, mediante emisión de 446.850 nuevas acciones de pago, nominativas e iguales, sin valor nominal y de la misma y única serie ya existente, a precio de $2.623,411795 por acción, que serán colocadas, suscritas y pagadas íntegramente en dinero en efectivo (también mediante cheque o vale vista) por única accionista compareciente; sustituyéndose en consecuencia Artículos Quinto Permanente y Primero Transitorio Estatutos, quedando el primero referido como sigue: “Artículo Quinto: Capital.- El capital de la Sociedad es la cantidad de $5.700.457.767, dividido en 2.446.850 acciones, todas ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. El capital se suscribe y paga en la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio de los Estatutos. Los aumentos de capital deberán quedar totalmente suscritos y pagados en el plazo máximo de 3 años, contado desde la fecha en que se acuerde el respectivo aumento”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 05 de enero de 2023. Paula Andrea Luna Sáez. Notario Suplente.
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