股份有限公司已解散76.123.023-9

Jadran Inmobiliaria S.a.

DISOLUCIÓN — 2019年7月18日

Diario Oficial

公司資料

S.A.

資本

股份

153

股東(2)

姓名持股比例

BORIS TONKO ZUFIC LEROU

Accionista

132

ELIETTE DE LOURDE ENCINA MADARIAGA

Accionista

21

摘要官方正文

CHRISTIAN FELIPE BARRERA ARRIAGADA, Notario Público Iquique, Suplente de la Titular MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, Anibal Pinto N° 555, Certifico: hoy ante mí, se redujo a escritura pública ACTA DE LA PRIMERA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS JADRAN INMOBILIARIA S.A., celebrada fecha 14 junio 2019, se encuentran presente y representada las 153 acciones en que se divide el capital social, siguiente forma: BORIS TONKO ZUFIC LEROU, por si 132 acciones, y; ELIETTE DE LOURDE ENCINA MADARIAGA, por si 21 acciones.- Presentes y representadas totalidad acciones emitidas y suscritas, existe quórum suficiente para que esta junta se verifique legalmente.- Se dejó constancia que se cumplieron las formalidades legales para que esta Junta se efectuara legalmente, que los accionistas fueron citados personalmente y por escrito, por lo que se omitió la citación por diarios, y que participó de esta Junta, como Ministro de fe, el Notario Público de Iquique don Christian Felipe Barrera Arriagada, suplente de la titular doña María Antonieta Niño de Zepeda Parra.- Tabla por la cual se citó a esta Junta: UNO) DISOLUCION DE SOCIEDAD: Por unanimidad los accionistas acordaron aprobar la disolución de la sociedad JADRAN INMOBILIARIA S.A., conforme al numero 3) del artículo 103 de la Ley N° 18.046, sobre Sociedades Anónimas, a contar de la fecha de reducción a escritura pública de la presente acta.- La sociedad continuará para el solo efecto de liquidar las operaciones que a esa fecha se encuentren pendientes de ejecución.- Con posterioridad a la Disolución, accionistas transformados en comuneros deberán proceder aprobación balance general si lo hubiere y a liquidar la sociedad.- En lo relativo a los gastos, honorarios, derechos e impuestos que deban pagarse o se produzcan o generen con posterioridad a la disolución, se acuerda que estos serán de cargo de los comuneros a prorrata de sus derechos en la disuelta sociedad.- DOS) NOMBRAMIENTO DE LIQUIDADORES.- Por unanimidad se acordó que liquidación se realizará directamente por todos los comuneros, esto es los señores don Boris Tonko Zufic Lerou y doña Eliette de Lourdes Encina Madariaga, sin necesidad de un liquidador, función que no será remunerada, y en el plazo máximo de 60 días a contar de la fecha de la escritura pública a que se reduzca la presente Acta, fijando procedimiento al efecto.- Demás estipulaciones escritura extractada. Iquique, 19 de Junio de 2019.

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