Aceitunas Treguear Chile Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
En el rubro de los alimentos: el giro de restaurante, y la importación, exportación, comercialización y distribución de todo tipo y variedad de alimentos y bebidas; bebidas alcohólicas y analcohólicas, alimentos envasados o a granel, procesados o al natural, industrializados o tratados o procesados artesanalmente. Asimismo, toda otra actividad conveniente o necesaria para el fiel cumplimiento del objeto social; y toda otra actividad que el constituyente determine.
Capital
Capital total
$10.000.000
Capital pagado
$10.000.000
Capital pendiente
$0
Acciones
10.000
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Juan Guillermo Treguear Obando Accionista 6.xxx.xxx-k | 6.xxx.xxx-k | 100% | $10.000.000 |
Administradores (1)
Juan Guillermo Treguear Obando
Historia societaria relatada
- Constitución· 24 de septiembre de 2010
Constitución original de Aceitunas Treguear Chile Limitada.
- Cesión de derechos
Maximiliano Eduardo Treguear Smith cede, vende y transfiere el total de sus derechos equivalentes al 1% a Juan Guillermo Treguear Obando por $1.500.000.
Maximiliano Eduardo Treguear Smith · Juan Guillermo Treguear Obando
- Retiro de socio
Se retira de la sociedad Maximiliano Eduardo Treguear Smith, quedando Juan Guillermo Treguear Obando como único socio.
Maximiliano Eduardo Treguear Smith · Juan Guillermo Treguear Obando
- Transformación· 1 de marzo de 2021
La sociedad se transforma de Ltda. a SpA bajo la razón social Aceitunas Treguear Chile SpA.
Texto oficial del extracto
MARTIN VASQUEZ CORDERO, Notario Cuarta Notaría La Cisterna, Gran Avenida 8685, Certifica: por escritura de hoy ante mí JUAN GUILLERMO TREGUEAR OBANDO, chileno, cedula de identidad 6.450.553-K, casado y separado totalmente de bienes, factor de comercio; y don MAXIMILIANO EDUARDO TREGUEAR SMITH, chileno, soltero, Ingeniero comercial, cédula de identidad 13.007.833-8, ambos domiciliados en Madame Bolland número quinientos diecinueve, comuna de La Cisterna, Santiago; vienen en modificar sociedad cuya razón social es “ACEITUNAS TREGUEAR CHILE LIMITADA"; otorgada ante el Notario de Santiago Eduardo Avello Concha, por escritura pública de fecha 24 Septiembre de 2010. cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio a fojas 54.552, Número 37.945, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 2010; y fue publicado en el Diario oficial día 19 de Octubre de 2010. Modificaciones consisten. don MAXIMILIANO EDUARDO TREGUEAR SMITH, cede, vende, y transfiere el total de sus derechos y acciones que equivalen al 1 por ciento de los derechos en el capital de la sociedad recién individualizada, a don JUAN GUILLERMO TREGUEAR OBANDO en la suma de $1.500.000. Quien declara recibirlos y aceptarlos a su entera satisfacción. Por su parte el cedente declara que recibe la totalidad del precio en este acto al contado yen dinero efectivo a su entera satisfacción. En mérito de las cesiones antes señaladas, se retira de la sociedad don Maximiliano Treguear Smith, quedando como único socios don JUAN GUILLERMO TREGUEAR OBANDO, quien declara que viene en transformar la Sociedad en una Sociedad por Acción, constituyéndola de acuerdo con las siguientes estipulaciones y lo dispuesto en el Artículo 424 Código de Comercio y las normas que en subsidio le sean aplicables. Nombre o razón empresarial será “ACEITUNAS TREGUEAR CHILE SpA”, pudiendo usar ante cualquiera autoridad del sector público o privado para fines comerciales, publicitarios o bancarios el nombre de fantasía “TREGUEAR CHILE SpA.”. Objeto de la empresa será en el Rubro de los alimentos: el giro de restaurante, y la importación, exportación, comercialización y distribución de todo tipo y variedad de alimentos y bebidas; bebidas alcohólicas y analcohólicas, alimentos envasados o a granel, procesados o al natural, industrializados o tratados o procesados artesanalmente. Asimismo, toda otra actividad conveniente o necesaria para el fiel cumplimiento del objeto social; y toda otra actividad que el constituyente determine. Domicilio. de la Sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. Duración de la Sociedad será indefinida. Capital $10.000.000.- dividido en 10.000 acciones de una misma serie y sin valor nominal, que el constituyente ha enterado íntegramente, dado que se trata de una transformación social. Administración, uso de la razón social y representación de la Sociedad, les corresponderá será ejercida por el constituyente Juan Guillermo Treguear Obando, quien anteponiendo la razón social a su firma, si fuese necesario hasta la sesión constitutiva de Directorio. Demás estipulaciones escritura extractada. La Cisterna 1 de Marzo del 2021. M. Vásquez C. Notario Público.-
Información societaria
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
JUAN GUILLERMO TREGUEAR OBANDO Socio 6.xxx.xxx-k | 6.xxx.xxx-k | 99% | - |
MAXIMILIANO EDUARDO TREGUEAR SMITH Socio 13.xxx.xxx-8 | 13.xxx.xxx-8 | 1% | - |
Administradores (1)
JUAN GUILLERMO TREGUEAR OBANDO
Historia societaria relatada
- Constitución· 24 de septiembre de 2010
Se constituyó la sociedad ACEITUNAS TREGUEAR CHILE LIMITADA.
JUAN GUILLERMO TREGUEAR OBANDO · MAXIMILIANO EDUARDO TREGUEAR SMITH
- Cesión de derechos· 12 de noviembre de 2018
Maximiliano Eduardo Treguear Smith cede y transfiere el 90% de sus derechos y acciones, equivalentes al 50% de los derechos en el capital, a Juan Guillermo Treguear Obando.
MAXIMILIANO EDUARDO TREGUEAR SMITH · JUAN GUILLERMO TREGUEAR OBANDO
- Cambio de administrador· 12 de noviembre de 2018
La administración y representación legal queda exclusivamente a cargo de Juan Guillermo Treguear Obando.
Texto oficial del extracto
EMILIO POMAR CARRASCO, Notario Suplente del Titular de La Cuarta Notaria La Cisterna MARTIN VASQUEZ CORDERO, Gran Avenida 8685, CERTIFICA: Por escritura pública otorgada con esta fecha ante mí, don JUAN GUILLERMO TREGUEAR OBANDO, chileno, casado y separado totalmente de bienes, factor de comercio, C.I.N°6.450.553-K, domicilio Madame Bolland N°519, La Cisterna Santiago; y don MAXIMILIANO EDUARDO TREGUEAR SMITH, chileno, soltero, Ingeniero comercial, C.I.N°13.007.833-8, domiciliado en Camino Tavolango, Sin Número, comuna de Santa Maria, ciudad de San Felipe, de paso en esta comuna; vienen en modificar sociedad cuya razón social es “ACEITUNAS TREGUEAR CHILE LIMITADA"; otorgada ante el Notario de Santiago Eduardo Avello Concha, por escritura pública de fecha 24 Septiembre de 2010. cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio a fojas 54.552, Número 37.945, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 2010; y fue publicado en el Diario oficial día 19 de Octubre de 2010. Modificaciones consisten. don MAXIMILIANO EDUARDO TREGUEAR SMITH, cede, vende, y transfiere el 90% de sus derechos y acciones que equivalen al 50% de los derechos en el capital de la sociedad recién individualizada, a don JUAN GUILLERMO TREGUEAR OBANDO en la suma de $15.000.000. Quien declara recibirlos y aceptarlos a su entera satisfacción. Por su parte el cedente declara que recibe la totalidad del precio en este acto al contado y en el acto a su entera satisfacción. En mérito de las cesiones antes señaladas, se modifica la participación en la sociedad don JUAN GUILLERMO TREGUEAR OBANDO, y se acepta por su consocio la disminución de participación social de su consocio, manteniéndose en definitiva como únicos socios don MAXIMILIANO EDUARDO TREGUEAR SMITH con un 1% del capital social y don, JUAN GUILLERMO TREGUEAR OBANDO con un 99% del capital social otorgándose la cedente, los cesionarios y la sociedad, el más amplio, completo, mutuo y recíproco finiquito, declarando los comparecientes que nada se adeudan por concepto alguno y no quedando cuestiones pendientes por resolver. Conforme con lo anterior, administración y representación legal de la sociedad será ejercida exclusivamente por don JUAN GUILLERMO TREGUEAR OBANDO con todas y cada una de las facultades establecidas en los estatutos sociales. Las modificaciones contendidas en la presente escritura entran en vigencia a partir de esta fecha; y se mantienen plenamente vigentes todas las estipulaciones contenidas en el pacto social que no se haya modificado por la presente escritura. Asimismo se deja constancia que para los efectos del artículo 69 del Código Tributario, y artículo 17 de la Ley de la Renta. Demás estipulaciones, escritura extractada. La Cisterna, 4 de octubre de 2018. E. Pomar Carrasco. Notario Suplente.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
ACEITUNAS TREGUEAR CHILE LIMITADA
CVE 1907520
- MODIFICACIÓN
Aceitunas Treguear Chile Limitada
CVE 1493387
