Sociedad de Responsabilidad Limitada76.119.156-K

Sociedad De Prestaciones Médicas Limitada

MODIFICACIÓN — 6 ene 2017

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2017-01-06Ver PDF (CVE 1163823)

Información societaria

Ltda
Vilcún, Araucanía
Administración: Administración exclusiva de Marco Antonio Ulloa Díaz

Socios (2)

NombreParticipación

MARCO ANTONIO ULLOA DÍAZ

Socio

70%

SYLVIA KARINNA CONUS RIQUELME

Socio

30%

Administradores (1)

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 1 de julio de 2010

    Marco Antonio Ulloa Díaz y Sylvia Karinna Conus Riquelme constituyen la sociedad de responsabilidad limitada.

    MARCO ANTONIO ULLOA DÍAZ · SYLVIA KARINNA CONUS RIQUELME

  2. Cesión de derechos· 29 de diciembre de 2016

    Sylvia Karinna Conus Riquelme cede el 30% de sus derechos sociales a Marco Antonio Ulloa Díaz.

    SYLVIA KARINNA CONUS RIQUELME · MARCO ANTONIO ULLOA DÍAZ

  3. Cambio de administrador· 29 de diciembre de 2016

    La administración pasa a ser exclusiva de Marco Antonio Ulloa Díaz.

    MARCO ANTONIO ULLOA DÍAZ

Texto oficial del extracto

CARLOS ALARCON RAMÍREZ, Notario Público Titular Temuco, Andrés Bello 911, certifica: por escritura pública otorgada ante mí, hoy, don MARCO ANTONIO ULLOA DÍAZ, domiciliado en calle Toronto número mil trescientos cuarenta y cuatro, ciudad Primavera de la comuna de Vilcún y de paso por esta ciudad de Temuco; y doña SYLVIA KARINNA CONUS RIQUELME, domiciliada en calle Toronto número mil trescientos cuarenta y cuatro, ciudad Primavera de la comuna de Vilcún y de paso por esta ciudad de Temuco; modificaron la sociedad de responsabilidad limitada, Como sigue: Que don MARCO ANTONIO ULLOA DÍAZ, y doña SYLVIA KARINNA CONUS RIQUELME, constituyeron por escritura pública de fecha 01/07/2010, ante el Notario Público de Temuco, don Juan Antonio Loyola Opazo, la sociedad denominada “SOCIEDAD DE PRESTACIONES MÉDICAS LIMITADA”, también conocida con el nombre de fantasía “SOCIEDAD ULLOA Y CONUS LIMITADA”. El extracto de dicha escritura fue inscrito en el Registro de Comercio que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Temuco, a fojas 889, bajo el N°848, de fecha 17/08/2010, publicándose en el Diario Oficial de la República de Chile, con fecha 07/08/2010. En consecuencia, los únicos y plenos socios actuales de la Sociedad, “SOCIEDAD DE PRESTACIONES MÉDICAS LIMITADA”, también conocida con el nombre de fantasía o sigla “SOCIEDAD ULLOA Y CONUS LIMITADA”, son don Marco Antonio Ulloa Díaz, quien es dueño del 40% de los derechos sociales y doña Sylvia Karinna Conus Riquelme, dueña del 60% de los derechos sociales, según lo estipulado en la cláusula quinta de la escritura de constitución de sociedad ya mencionada. PRESENTE MODIFICACIÓN: Se modifican los porcentajes de participación social entre ambos socios y su administración. En consecuencia, por el presente acto, doña SYLVIA KARINNA CONUS RIQUELME, vende, cede y transfiere, el 30% de sus derechos sociales, en la Sociedad “SOCIEDAD DE PRESTACIONES MÉDICAS LIMITADA”, a don MARCO ANTONIO ULLOA DÍAZ, quien declara comprar, aceptar y adquirir para sí dicha participación, en la suma de $4.000.0000 de pesos, los que se pagan en este acto, al contado y en dinero en efectivo a la vendedora y cedente, declarando esta última, recibirlo a su entera y total conformidad y satisfacción. De conformidad con lo anteriormente señalado, esto es, las cesiones de derechos efectuadas, los únicos y plenos socios de la Sociedad “SOCIEDAD DE PRESTACIONES MÉDICAS LIMITADA”, también conocida con el nombre de fantasía o sigla “SOCIEDAD ULLOA Y CONUS LIMITADA”, y atendiendo a su participación societaria, son los siguientes: don MARCO ANTONIO ULLOA DÍAZ, con un 70% de los derechos sociales; y doña SYLVIA KARINNA CONUS RIQUELME, con un 30% de los derechos sociales. Las partes vienen en modificar la administración y uso de la razón social, en el sentido que corresponde única y exclusivamente la administración, a don MARCO ANTONIO ULLOA DÍAZ, con todas y cada una de las facultades establecidas en el pacto social. Las partes vienen en modificar el porcentaje de utilidades y eventuales pérdidas que se distribuirán entre los socios, de común acuerdo entre ellos, y a falta de dicho acuerdo, se efectuará en proporción a sus nuevos porcentajes de participación social.- En todo lo no modificado por el presente instrumento, quedan vigentes las estipulaciones del pacto social y sus modificaciones posteriores.-Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada.- Doy Fe.- Temuco, 29 de diciembre de 2016.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD DE PRESTACIONES MÉDICAS LIMITADA

    CVE 1163823

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario Oficial