Sociedad Isla Natura Exportadora Limitada
稅務資料(SII)
实体类型
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
公司子类型
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
開始經營
SII 未報告開始經營日期
經濟活動
SII 中沒有登記的經濟活動
蓋章文件
SII 中沒有登記的蓋章文件
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La explotación por cuenta propia o ajena, y la prestación de servicios de hospedaje de ocasión o turístico, incluyendo el alojamiento temporal en habitaciones, cabañas, departamentos, hostales, hoteles, casas rurales o similares; así como la organización y operación de actividades complementarias al hospedaje, tales como servicios de alimentación, transporte local, actividades recreativas, culturales y ecoturísticas, con el fin de promover el turismo sustentable y brindar una experiencia integral al visitante nacional e internacional.
資本
總資本
$28.000.000
實繳資本
$28.000.000
待繳資本
$0
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio 14.xxx.xxx-6 | 14.xxx.xxx-6 | 45% | $12.600.000 |
SANDRA SONIA ECHEGARAY SAMANEZ Socio 14.xxx.xxx-1 | 14.xxx.xxx-1 | 55% | $15.400.000 |
管理人(2)
SANDRA SONIA ECHEGARAY SAMANEZ
公報所載公司沿革
- 設立· 2010年10月7日
Se constituye la sociedad Isla Natura Exportadora Limitada.
- 其他行為· 2022年1月26日
La sociedad es modificada en una escritura anterior.
- 權益轉讓· 2025年4月11日
BRITT STEVEN LEWIS cede el 51,5% de sus derechos sociales a SANDRA SONIA ECHEGARAY SAMANEZ.
摘要官方正文
Ministerio del Interior NICOLÁS IGNACIO CONSTENLA NOVOA, Abogado, Notario Público Titular de Ancud, Oficio calle Chacabuco 750, Ancud, certifico: Por escritura pública de fecha 11 de Abril de 2025, Repertorio N° 670-2025, ante mí, BRITT STEVEN LEWIS, ciudadano estadounidense, empresario, casado, cédula de identidad para extranjeros N°14.662.056-6; por sí y en representación de doña SANDRA SONIA ECHEGARAY SAMANEZ, ciudadana peruana, arquitecta, casada, cédula de identidad para extranjeros N°14.707.721-1, ambos domiciliados en el sector rural de Lechagua, comuna de Ancud, provincia de Chiloé, celebraron contrato de cesión de derechos sociales y modificaron la Sociedad Isla Natura Exportadora Limitada. Antecedentes: SOCIEDAD ISLA NATURA EXPORTADORA LIMITADA es una sociedad de responsabilidad limitada que se constituyó mediante escritura pública de fecha 7 de octubre del 2010, otorgada ante el Notario Público de Ancud, don Claudio Mendoza Lagos, Suplente de la Titular doña Martita Wörner Tapia, repertorio N° 1641-2010. Un extracto de la citada escritura de constitución se publicó en el Diario Oficial en su edición física número treinta y nueve mil setecientos ochenta y tres, de fecha 13 de octubre del año 2010, y se inscribió a Fojas 90, Número 67 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Ancud, correspondiente al año 2010. La sociedad fue modificada por escritura pública de fecha 26 de enero del año 2022, otorgada ante el Notario Público Interino de Ancud, don Claudio Mendoza Lagos, escritura que tiene el repertorio número 230-2022. Un extracto de la citada escritura de modificación se publicó en el Diario Oficial en su edición electrónica número cuarenta y tres mil ciento noventa y dos, del dos de marzo del año dos mil veintidós, y se inscribió a Fojas 16, Número 6 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Ancud, correspondiente al año 2022. El capital de la sociedad asciende a la suma de $28.000.000.- y su Rol Único Tributario es el N°76.118.052-5. Cesión de derechos: Don BRITT STEVEN LEWIS, vendió, cedió y transfirió el 51,5% de los derechos sociales de los que es titular en la SOCIEDAD ISLA NATURA EXPORTADORA LIMITADA, a doña SANDRA SONIA ECHEGARAY SAMANEZ, quien los compró, aceptó y adquirió para sí a través de su representante. El precio de los derechos sociales asciende a la suma de $17.000.000.- pagados con anterioridad a la suscripción de la escritura extractada. La transferencia, cesión y enajenación de los derechos sociales, antes referido se perfeccionó con la entrega de una copia autorizada de la escritura pública extractada. Actuales socios y participación: Como consecuencia de la cesión de los derechos sociales, los actuales socios son: a) Don BRITT STEVEN LEWIS, es dueño del 45% de los derechos sociales; b) doña SANDRA SONIA ECHEGARAY SAMANEZ es dueña del 55% de los derechos sociales. Modificación social: Los actuales socios, actuando conforme se señala en la comparecencia de la escritura extractada, acuerdan: /Uno/ Reemplazan íntegramente el artículo quinto de los estatutos sociales por el del siguiente tenor: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad asciende a la suma de VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS el cual se aporta, entera y paga de la siguiente manera: Uno.- Don BRITT STEVEN LEWIS aporta, entera y paga la suma de $12.600.000.-, y que representan el 45% del total de los derechos sociales, dinero que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad; Dos.- Doña SANDRA SONIA ECHEGARAY SAMANEZ aporta, entera y paga la suma de $15.400.000.- y que representan el 55% del total de los derechos sociales, dinero que pagó al contado y en dinero efectivo en el acto de constitución de la sociedad. /Dos/ Modifican parcialmente el artículo cuarto de los estatutos sociales, correspondiente a la administración: “ARTÍCULO CUARTO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá separada e indistintamente a don BRITT STEVEN LEWIS y doña SANDRA SONIA ECHEGARAY SAMANEZ, quienes anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación con el giro de los negocios sociales. Sin perjuicio de lo indicado en la cláusula precedente y sin que la enumeración que se indica a continuación sea limitativa o taxativa, se deja constancia que en el desempeño de sus funciones los administradores estarán investidos, entre otras, de las siguientes facultades: Uno: (...)”. /Tres/ Modifican incluyendo el siguiente nuevo giro a la sociedad en el artículo tercero de los estatutos sociales, acto seguido de la siguiente expresión “el transporte terrestre, marítimo y fluvial ya sea por cuenta propia o ajena de los productos agroindustriales o artesanales que se produzcan o su organización”: “ARTÍCULO TERCERO: (...) La explotación por cuenta propia o ajena, y la prestación de servicios de hospedaje de ocasión o turístico, incluyendo el alojamiento temporal en habitaciones, cabañas, departamentos, hostales, hoteles, casas rurales o similares; así como la organización y operación de actividades complementarias al hospedaje, tales como servicios de alimentación, transporte local, actividades recreativas, culturales y ecoturísticas, con el fin de promover el turismo sustentable y brindar una experiencia integral al visitante nacional e internacional. (...)” /Cuatro/ Modifican y reemplazan íntegramente el artículo segundo de los estatutos sociales por la siguiente: “ARTÍCULO SEGUNDO: El nombre o razón social será ISLA NATURA ALIMENTOS LIMITADA, pudiendo funcionar y actuar inclusive ante bancos, entidades financieras o cualesquier organismo público o privado con la sigla comercial o nombre de fantasía de ISLA NATURA LTDA.”. Para todos los efectos legales, los socios don BRITT STEVEN LEWIS y doña SANDRA SONIA ECHEGARAY SAMANEZ, debidamente representada, declararon que en todo lo no modificado expresamente, se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales de SOCIEDAD ISLA EXPORTADORA NATURA LIMITADA, ahora ISLA NATURA ALIMENTOS LIMITADA. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Doy Fe. Ancud, 15 de abril de 2025.
公司資料
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio 14.xxx.xxx-6 | 14.xxx.xxx-6 | - | - |
SANDRA SONIA ECHEGARAY SAMANEZ Socio 14.xxx.xxx-1 | 14.xxx.xxx-1 | - | - |
摘要官方正文
CLAUDIO ENRIQUE MENDOZA LAGOS, Abogado con domicilio en calle Chacabuco número setecientos cincuenta de Ancud, certifico: Por escritura hoy ante mi, se me presentó para su publicación el siguiente extracto: comparecen: BRITT STEVEN LEWIS, C.I. 14.662.056-6 y SANDRA SONIA ECHEGARAY SAMANEZ, C.I. 14.707.721-1, como socios en “ISLA NATURA EXPORTADORA LIMITADA”, RUT. 76.118.052-5, inscrita a fojas 90 N°67 del Registro de Comercio Conservador de Ancud, año 2010. PRIMERO: Los socios vienen modificar la sociedad “ISLA NATURA EXPORTADORA LIMITADA” insertando, a continuación de la cláusula Tercero, la siguiente: “TERCERO BIS: Cumplimiento del objeto social. En el cumplimiento del objeto social, la sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la sociedad y el medio ambiente. Sólo los socios de la sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo.” B) Del mismo modo, los socios vienen en modificar la sociedad “ISLA NATURA EXPORTADORA LIMITADA” insertando, a continuación de la cláusula Cuarto, la siguiente: “CUARTO BIS: En el desempeño de sus actividades, la administración de la Sociedad deberá considerar no solo los intereses de sus socios, sino a los trabajadores, clientes y proveedores de la sociedad y otras partes directa o indirectamente vinculadas a ella. Asimismo, la administración de la sociedad deberá velar por los intereses de la comunidad donde opera y por la protección del medio ambiente local y global. El administrador deberá dejar constancia en la memoria anual o en comunicaciones periódicas a los socios de las acciones tomadas al respecto. El cumplimiento de lo anterior solo podrá exigirse por los socios de la sociedad.”. Otras estipulaciones en escritura extractada.- Ancud, 26 de enero de 2022.
最近登記事項
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD ISLA NATURA EXPORTADORA LIMITADA
CVE 2645559
- MODIFICACIÓN
ISLA NATURA EXPORTADORA LIMITADA
CVE 2094383
