Agrícola El Noviciado Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$10.000.000
Associés (4)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
INVERSIONES MONTECATINI DOS LIMITADA Socio | - | 38.82% | $3.882.000 |
INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA SAN FRANCISCO LIMITADA Socio | - | 25.88% | $2.588.000 |
INVERSIONES MANZURIZ II LIMITADA Socio | - | 17.65% | $1.765.000 |
INVERSIONES ASSINCO II LIMITADA Socio | - | 17.65% | $1.765.000 |
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior MARCELA ANDREA MEDINA RICCI, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa N°7.955, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 28 de octubre del año 2025, ante mí, la sociedad INVERSIONES ASSINCO II LIMITADA, la sociedad INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA SAN FRANCISCO LIMITADA, la sociedad INVERSIONES MANZURIZ II LIMITADA, y la sociedad INVERSIONES MONTECATINI DOS LIMITADA, todas domiciliadas para estos efectos en Avenida Santa María Lateral N°5870, Torre B, Edificio Poniente, oficina 41, comuna de Vitacura, de paso en esta, Región Metropolitana, celebraron «Resciliación “División de Sociedad y Modificación de Estatutos AGRÍCOLA EL NOVICIADO LIMITADA”», inscrita a fojas 49.303 N°34.363 del Reg. de Com. del CBR de Santiago año 2010, y acordaron lo siguiente: I. Resciliación: 1/ Por escritura pública de fecha 04 de diciembre de 2024, otorgada en la Notaría de San Miguel, con asiento en San Ramón, de doña Marcela Andrea Medina Ricci, bajo repertorio N°5.467-2024, se celebró “División de Sociedad y Modificación de Estatutos AGRÍCOLA EL NOVICIADO LIMITADA”, mediante la cual, se acordó la división de la sociedad AGRÍCOLA EL NOVICIADO LIMITADA en dos sociedades de responsabilidad limitada, conservado la sociedad dividida su razón social y objeto, y creándose al efecto una nueva sociedad, denominada AGRÍCOLA EL NOVICIADO DOS LIMITADA. Un extracto de dicha escritura, relativo a la división y modificación de estatutos de la sociedad AGRÍCOLA EL NOVICIADO LIMITADA, se inscribió a fojas 9.523 N°3.572 del Reg. de Com. del CBR de Santiago año 2025. Por su parte, el mismo extracto de dicha escritura, relativo a la constitución de la sociedad AGRÍCOLA EL NOVICIADO DOS LIMITADA, se inscribió a fojas 10.556 N°3.756 del Reg. de Com. del CBR de Santiago año 2025. 2/ La sociedad INVERSIONES ASSINCO II LIMITADA, la sociedad INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA SAN FRANCISCO LIMITADA, la sociedad INVERSIONES MANZURIZ II LIMITADA, y la sociedad INVERSIONES MONTECATINI DOS LIMITADA, en su calidad de actuales y únicos socios de la sociedad AGRÍCOLA EL NOVICIADO LIMITADA, declararon que la división antes referida no produjo efecto legal alguno ni se materializó en la realidad, manteniendo la sociedad dividida íntegramente su patrimonio, sin que se hayan cumplido las obligaciones que de ella emanaban. En atención a lo anterior, acordaron la resciliación de la división de la sociedad AGRÍCOLA EL NOVICIADO LIMITADA, quedando sin efecto dicho instrumento y todas las estipulaciones que de él emanaban. La resciliación así pactada producirá efectos retroactivos, entendiéndose como no celebrada la división, y subsistiendo la sociedad AGRÍCOLA EL NOVICIADO LIMITADA en los mismos términos y condiciones existentes con anterioridad a la referida convención. II. Efectos de la resciliación: Como consecuencia de la resciliación, y con el objeto de retrotraer a los comparecientes al estado en que se encontraban con anterioridad a la celebración de la división, se deja expresa constancia de lo siguiente: 1/ Patrimonio. Producto de la resciliación, la sociedad AGRÍCOLA EL NOVICIADO LIMITADA conserva en su patrimonio todos los bienes, derechos y obligaciones que por la referida división habían sido asignados a la sociedad AGRÍCOLA EL NOVICIADO DOS LIMITADA. 2/ Modificaciones sociales. Quedan sin efecto las modificaciones sociales efectuadas a los estatutos de la sociedad AGRÍCOLA EL NOVICIADO LIMITADA, en especial, la modificación al artículo quinto de los estatutos sociales, relativo al capital y los socios de la sociedad. En consecuencia, queda sin efecto la disminución de capital de la sociedad AGRÍCOLA EL NOVICIADO LIMITADA, ascendiendo el capital social a la misma suma previa a la división, esto es, a la suma de $10.000.000. En consecuencia, los actuales y únicos socios de la sociedad AGRÍCOLA EL NOVICIADO LIMITADA acordaron que el artículo quinto de los estatutos sociales tendría el siguiente tenor extractado: “QUINTO: El capital social asciende a la suma de $10.000.000, que se distribuye entre los socios de la siguiente manera: a) la sociedad INVERSIONES MONTECATINI DOS LIMITADA, con la suma de $3.882.000, equivalentes al 38,82% del total de los derechos sociales, los cuales pagará con dinero en efectivo o en especies, dentro del plazo máximo de 3 años contados desde el día 04 de diciembre de 2024, y que se reajustará según la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor, entre el día 08 de septiembre del año 2010 y la fecha del aporte efectivo de dicho monto; b) la sociedad INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA SAN FRANCISCO LIMITADA, con la suma de $2.588.000, equivalentes al 25,88% del total de los derechos sociales, los cuales pagará con dinero en efectivo o en especies, dentro del plazo máximo de 3 años contados desde el día 04 de diciembre de 2024, y que se reajustará según la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor, entre el día 08 de septiembre del año 2010 y la fecha del aporte efectivo de dicho monto; c) la sociedad INVERSIONES MANZURIZ II LIMITADA, con la suma de $1.765.000, equivalentes al 17,65% del total de los derechos sociales, de los cuales, la suma de $353.000 se encuentra pagada con anterioridad a esta fecha, y la suma de $1.412.000 se pagará con dinero en efectivo o en especies, dentro del plazo máximo de 3 años contados desde el día 04 de diciembre de 2024, y que se reajustará según la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor, entre el día 08 de septiembre del año 2010 y la fecha del aporte efectivo de dicho monto; y d) la sociedad INVERSIONES ASSINCO II LIMITADA, con la suma de $1.765.000, equivalentes al 17,65% del total de los derechos sociales, los cuales pagará con dinero en efectivo o en especies, dentro del plazo máximo de 3 años contados desde el día 04 de diciembre de 2024, y que se reajustará según la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor, entre el día 08 de septiembre del año 2010 y la fecha del aporte efectivo de dicho monto.” 3/ Disolución de la sociedad AGRÍCOLA EL NOVICIADO DOS LIMITADA. Queda sin efecto la constitución de la sociedad AGRÍCOLA EL NOVICIADO DOS LIMITADA, la cual nace con ocasión de la división resciliada. De esta manera, la sociedad AGRÍCOLA EL NOVICIADO DOS LIMITADA, inscrita a fojas 10.556 N°3.756 del Reg. de Com. del CBR de Santiago año 2025, se tiene por disuelta para todos los efectos legales, sin necesidad de practicar su liquidación. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Ramón, 05 de diciembre del año 2025. Marcela Andrea Medina Ricci. Notario Público Titular.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
AGRÍCOLA EL NOVICIADO LIMITADA
CVE 2742246
