Sociedad por Acciones76.116.385-K

Importadora Y Exportadora Asia – Chile SpA

MODIFICACIÓN — 1 jul 2024

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2024-07-01Ver PDF (CVE 2512895)

Información societaria

SpA
Administración: Uno o más administradores designados por la mayoría de los accionistas

Socios (2)

NombreParticipación

María Salomé Castro Riquelme

Accionista

13.xxx.xxx-8

50%

María Angélica Riquelme Palma

Accionista

5.xxx.xxx-6

50%

Administradores (2)

María Salomé Castro Riquelme

13.xxx.xxx-8Administrador

María Angélica Riquelme Palma

5.xxx.xxx-6Administrador

Texto oficial del extracto

Juan Cristian Berrios Castro, Abogado, Notario Público Suplente de don Luis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular 8ª Notaría Santiago, Huérfanos 941, Local 302, Santiago, certifico por escritura pública Repertorio Nº 9237-2.024 de fecha 19-06-2024, ante el titular: doña María Salomé Castro Riquelme, chilena, viuda, Ingeniera Civil en Informática, C.I.Nº 13.109.746-8, domiciliada en calle Los Nogales casa Nº 16, Condominio Tierras Lindas, comuna de Colina, Región Metropolitana; y doña María Angélica Riquelme Palma, chilena, divorciada, factor de comercio, C.I.Nº 5.964.777-6, domiciliada en Avenida de Los Lagos Nº 243, comuna de San Pedro de La Paz, Provincia de Concepción, Región del Biobío. . Modifican sociedad IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASIA – CHILE SpA”, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a Fs. 30.193 Nº 20.808 del año 2.009.- Modificaciones.- Mediante el presente instrumento las comparecientes, quienes representan el 100% de las acciones con derecho a voto, acuerdan modificar lo siguiente: ADMINISTRACIÓN.- en este acto y por el presente instrumento, las accionistas vienen en modificar la administración acordada en la transformación social, para tales efectos se reemplazan íntegramente la clausulas “décima primera”, del pacto social, por el siguiente: “ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: La sociedad será administrada por uno o más administradores, los cuales serán designado por la mayoría de sus accionistas a su solo arbitrio, mediante escritura pública que deberá anotarse en el Registro de Comercio correspondiente al domicilio de la sociedad. El o los administradores podrán ser sustituido a criterio exclusivo de los accionistas, cuantas veces se quiera, sin necesidad de expresión de causa, dándose en cada oportunidad cumplimiento a las formalidades antes indicadas, el administrador o administradores designados en la forma recién señalada tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Los accionistas vienen por este acto, en designar como administrador de la sociedad a doña María Salomé Castro Riquelme y a doña María Angélica Riquelme Palma, quienes actuando separadas e indistintamente y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades”. En todo lo no modificado en el presente acto e instrumento, se mantiene vigente el pacto social original. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 24-06-2024.

ModificaciónDiario Oficial · 2018-12-15Ver PDF (CVE 1512950)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duración: indefinida

Objeto social

La explotación de comercio exterior, realizado por cuenta propia o ajena, operaciones de importación y/o exportación, de toda clases de productos, mercaderías, bienes de capital o equipos y/o sus partes, accesorios o repuestos; la representación en Chile de agencias, o filiales de empresas extranjeras, como cualesquiera otra comisión o mandato mercantil; el desempeño de agencias o representaciones en el exterior, de empresas o mandantes chilenos; la comercialización o distribución en Chile o en el exterior, de toda clases de bienes de consumo o de capital, su armaduría, ensamblaje o fabricación; la inspección de fábricas y cargas, y control de calidad de productos; servicios de asesoría técnica, puesta en marcha y mantención; inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores, acciones, bonos y debentures; la adquisición, enajenación, inversión, compraventa, permuta, arrendamiento, subarrendamiento de bienes raíces o derechos sobre ellos, su administración y explotación, subdivisión, loteos y/o urbanización; y cualquier otra actividad análoga o complementaria, o que los socios acuerden.

Capital

Capital total

$60.000.000

Capital pagado

$60.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

12.000

Socios (2)

NombreParticipación

María Salomé Castro Riquelme

Accionista

13.xxx.xxx-8

65%

María Angélica Riquelme Palma

Accionista

5.xxx.xxx-6

35%

Representación legal (1)

María Salomé Castro Riquelme

13.xxx.xxx-8En representación de María Angélica Riquelme Palma5.xxx.xxx-6

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 30 de junio de 2009

    Constitución de IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASIA - CHILE LIMITADA.

  2. Cambio de capital· 1 de septiembre de 2018

    Se capitaliza revalorización del capital propio y resultados del ejercicio por $25.932.827.

    María Salomé Castro Riquelme · María Angélica Riquelme Palma

  3. Transformación· 4 de diciembre de 2018

    La sociedad se transforma de Ltda. a SpA, pasando a denominarse IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASIA - CHILE SpA.

    María Salomé Castro Riquelme · María Angélica Riquelme Palma

Texto oficial del extracto

Francisco Javier Leiva Carvajal, Notario Público Titular 2ª Notaría Santiago, Amunátegui 73, Santiago, certifico: por escritura pública fecha 04-12-2018, ante mí: doña María Salomé Castro Riquelme, chilena, casada y separada totalmente de bienes, ingeniera civil en informática, C.I.N° 13.109.746-8, domiciliada en calle Covarrubias 260, Dpto.1107, de la comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, quien comparece por sí y en representación de Doña María Angélica Riquelme Palma, chilena, casada y separada totalmente de bienes, factor de comercio, C.I.N° 5.964.777-6, domiciliada en Avenida De Los Lagos 243, comuna de San Pedro de La Paz, Provincia de Concepción, Región del Biobío. Antecedentes.- Doña María Salomé Castro Riquelme, y Doña María Angélica Riquelme Palma son las únicas socias de la Sociedad de Responsabilidad Limitada “IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASIA - CHILE LIMITADA”, constituida por Escritura Pública fecha 30-06-2009, otorgada ante doña María Carolina Bascuñán Barros Notario Público Interina de la 2° Notaria de Santiago, inscrita en el Registro de Comercio del CBR de Santiago a Fs. 30.193 N° 20.808 del año 2.009. Modificación - AUMENTO DE CAPITAL.- En este acto y por el presente instrumento, los socios vienen en modificar el capital social originalmente suscrito en $3.200.000, aumentándolos a $60.000.000, para lo cual se modifica la cláusula quinta del pacto social en los términos que a continuación se señalan: A) En atención al pre balance preparado al mes de septiembre del año 2.018, en virtud del cual se procede a capitalizar la revalorización del capital propio el cual asciende a la fecha del presente balance a la suma de $2.756.757 y la capitalización del resultado del ejercicio el cual asciende a la suma de $23.176.070, totalizando ambos la suma de $25.932.827, cantidad que se entera de contado y en dinero en efectivo, ingresando con esta fecha a la caja social, aumentando proporcionalmente el capital social. B) En atención a un nuevo aporte social en dinero, otorgado en este acto por la socia doña María Salomé Castro Riquelme, ya individualizada, quien suscribe, entera y paga en este acto la suma de $11.323.814, en dinero efectivo, el cual ingresa a la caja social, aumentando el capital social de manera proporcional a su aporte. C) En atención a un nuevo aporte social en dinero, otorgado en este acto por la socia doña María Angélica Riquelme Palma, ya individualizada, quien suscribe, entera y paga en este acto la suma de $19.543.359, en dinero efectivo, el cual ingresa a la caja social, aumentando el capital social de manera proporcional a su aporte. En tal sentido, los socios vienen en modificar la cláusula quinta del Pacto Social, reemplazándola íntegramente por la siguiente: “QUINTO: Capital Social.- El capital de la sociedad será la suma de $60.000.000 que son aportados por los socios de la siguiente forma: Uno.- Doña María Salomé Castro Riquelme, con la suma de $39.000.000, equivalentes al 65% por ciento del capital social total, que suscribió y enteró de la siguiente forma: a) Con la suma de $3.040.000 en dinero efectivo y al contado que ha sido enterada con anterioridad a esta fecha y que ya ha sido ingresado a la caja social, b) Con la suma de $24.636.186 que corresponden a la capitalización de la revalorización del capital propio y la capitalización de las utilidades del ejercicio, precedentemente singularizado, equivalentes al 95% del total correspondiente a su participación social, y que en este acto ingresa a la caja social, y c) Con la suma de $11.323.814 en dinero efectivo y al contado, que la socia aporta ingresando en este acto a la caja social, Dos.- Doña María Angélica Riquelme Palma, con la suma de $21.000.000, equivalentes al 35% del capital social total, que suscribió y enteró de la siguiente forma: a) Con la suma de $160.000 en dinero efectivo y al contado que ha sido enterada con anterioridad a esta fecha y que ya ha sido ingresado a la caja social, b) Con la suma de $1.296.641 que corresponden a la capitalización de la revalorización del capital propio y la capitalización de las utilidades del ejercicio precedentemente singularizado, equivalentes al 5% del total correspondiente a su participación social, y que en este acto ingresa a la caja social, y c) Con la suma de $19.543.359 en dinero efectivo y al contado, que la socia aporta ingresando en este acto a la caja social. PARTICIPACIÓN. De esta forma, a contar de esta fecha el capital social de la sociedad “IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASIA - CHILE LIMITADA” asciende a la suma de $60.000.000, cuya participación social se distribuye en los siguientes porcentajes: uno.- Doña María Salomé Castro Riquelme, con la suma de $39.000.000, es dueña del 65% del total de los derechos sociales; y dos.- Doña María Angélica Riquelme Palma, con la suma de $21.000.000, es dueña del 35% del total de los derechos sociales. Transformación - Por el presente instrumento, los únicos socios de “IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASIA - CHILE LIMITADA”, Doña María Salomé Castro Riquelme; y doña María Angélica Riquelme Palma, debidamente representada, acuerdan transformarla en una Sociedad por Acciones, subsistiendo su personalidad jurídica al tenor de lo prescrito en los artículos 424 y siguiente del Código de Comercio, para lo cual vienen en reformar íntegramente el pacto social de la misma, pasando a denominarse “IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASIA - CHILE SpA”, sustituyendo los estatutos por los que a continuación se indican.- ESTATUTOS: Se constituye una sociedad por acciones que se regirá por los siguientes estatutos y, en silencio de éstos, por los artículos 424 y siguiente del Código de Comercio.- TITULO PRIMERO: NOMBRE, DOMICILIO, DURACION Y OBJETO SOCIAL. ARTICULO PRIMERO: Se constituye una sociedad por acciones denominada “IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASIA - CHILE SpA”, pudiendo utilizar para fines comerciales, bancarios y publicitarios, los nombre de fantasía: “Asia - Chile Traders SpA”, o “Asia - Chile SpA”. ARTICULO SEGUNDO: La Sociedad tendrá su domicilio legal en la ciudad de Santiago, sin perjuicio que pueda establecer agencias, oficinas y/o sucursales en otras ciudades del país o en el extranjero. ARTICULO TERCERO: La sociedad tendrá duración indefinida. ARTICULO CUARTO: La Sociedad tendrá por objeto: a) La explotación de comercio exterior, realizado por cuenta propia o ajena, operaciones de importación y/o exportación, de toda clases de productos, mercaderías, bienes de capital o equipos y/o sus partes, accesorios o repuestos; b) La representación en Chile de agencias, o filiales de empresas extranjeras, como cualesquiera otra comisión o mandato mercantil, y así mismo, el desempeño de agencias o representaciones, en el exterior, de empresas o mandantes chilenos; c) La comercialización o distribución, en chile o en el exterior, de toda clases de bienes de consumo o de capital, su armaduría, ensamblaje o fabricación; d) La inspección de fábricas y cargas, y control de calidad de productos, como así también la presentación de toda clase de servicios de asesoría técnica, puesta en marcha y mantención, ya sea en relación con los bienes de su propia producción o de terceros; e) La realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores, acciones, bonos, debentures; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; y cualquier otro negocio o actividad, que se relacione en la actualidad o en el futuro, con lo expresado; f) La adquisición, enajenación, inversión, compraventa, permuta, arrendamiento, subarrendamiento, de bienes raíces o derechos sobre ellos, su administración y explotación, subdivisión, loteos, y/o urbanización, por cuenta propia o ajena, de predios urbanos o rústicos; g) Cualquier otra actividad análoga o complementaria, en la actualidad o en el futuro, de las anteriores, y h) Cualquiera otra actividad o negocios que los socios acuerden.- ARTICULO QUINTO: Como consecuencia de la transformación de “IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASIA - CHILE LIMITADA”, en una sociedad por acciones denominada IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASIA - CHILE SpA”, su capital de $60.000.000, queda dividido en 12.000 acciones, enteramente suscritas y pagadas, las que se distribuyen entre los socios en proporción al valor de sus derechos en la citada sociedad de responsabilidad limitada. Estas acciones son nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. Las cuáles serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. En consecuencia, con ocasión de la transformación a “IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASIA - CHILE SpA”, sus socias: doña María Salomé Castro Riquelme; y doña María Angélica Riquelme Palma, pasan a ser las únicas accionistas de “IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASIA - CHILE SpA”, correspondiéndoles íntegramente el capital de la antedicha sociedad, el cual se divide en 12.000 acciones que se distribuyen en la siguiente forma y proporción: A) Doña María Salomé Castro Riquelme, 7.800 ACCIONES, las cuales este accionista declara aceptar y suscribir en este acto a su entera satisfacción, estas acciones corresponden a su cuota del capital social de “IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASIA - CHILE SpA”, cuota que equivale al 65% del capital social y que se encuentra íntegramente pagado a la fecha de la presente escritura de transformación; B) doña María Angélica Riquelme Palma, 4.200 ACCIONES, las cuales este accionista declara aceptar y suscribir en este acto a su entera satisfacción, estas acciones corresponden a su cuota del capital social de “IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASIA - CHILE SpA”, cuota que equivale al 35% del capital social y que se encuentra íntegramente pagado a la fecha de la presente escritura de transformación. Como consecuencia de lo señalado en los párrafos signados con las letras “A” y “B” precedentes, se encuentra en la forma indicada totalmente suscrito y pagado el capital autorizado de “IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASIA - CHILE SpA”, capital que es de $60.000.000, dividido en 12.000 acciones, nominativas, sin valor nominal y de una misma serie. ACUERDO UNÁNIME.- De acuerdo a lo señalado en el artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (en adelante “LIR”), y conforme con lo establecido en la Circular número 49 dictada por el Servicio de Impuesto Internos, las sociedades por acciones que se encuentren obligadas a declarar sobre la base de sus rentas efectivas según contabilidad completa, cuyos socios sean exclusivamente personas naturales con domicilio o residencia en el país y/o contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile, podrán optar por el régimen general de tributación establecido en la letra A) o B) del artículo 14 referido, debiendo acompañar una escritura pública en que conste el acuerdo unánime sobre el ejercicio de la opción de la totalidad de los socios. Dos. Acuerdo unánime.- Para efectos de dar cumplimiento a lo establecido en la letra A) del artículo 14 de la LIR, los comparecientes: doña María Salomé Castro Riquelme; y doña María Angélica Riquelme Palma, representada en la forma indicada en la comparecencia, en calidad de únicos y actuales accionistas de “IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASIA - CHILE SpA”, acuerdan por unanimidad como régimen de tributación general de las rentas de la Sociedad, el establecido en la letra A) del artículo 14 de la LIR., por lo tanto, el régimen tributario aplicable a la Sociedad será el descrito en la letra A) del artículo 14 de la LIR. Declaración- Mediante el presente instrumento los comparecientes estipulan que el quórum para aprobar la cesibilidad de sus acciones, a cualquier persona o entidad que no sean personas naturales con domicilio o residencia en el país y/o contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile, será la unanimidad de sus accionistas. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 13-12-2018.

ModificaciónDiario Oficial · 2018-12-14Ver PDF (CVE 1511450)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duración: indefinida

Objeto social

La explotación de comercio exterior, realizado por cuenta propia o ajena, operaciones de importación y/o exportación, de toda clases de productos, mercaderías, bienes de capital o equipos y/o sus partes, accesorios o repuestos; la representación en Chile de agencias, o filiales de empresas extranjeras, como cualesquiera otra comisión o mandato mercantil, y así mismo, el desempeño de agencias o representaciones, en el exterior, de empresas o mandantes chilenos; la comercialización o distribución, en chile o en el exterior, de toda clases de bienes de consumo o de capital, su armaduría, ensamblaje o fabricación; la inspección de fábricas y cargas, y control de calidad de productos, como así también la presentación de toda clase de servicios de asesoría técnica, puesta en marcha y mantención, ya sea en relación con los bienes de su propia producción o de terceros; la realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores, acciones, bonos, debentures; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; y cualquier otro negocio o actividad, que se relacione en la actualidad o en el futuro, con lo expresado; la adquisición, enajenación, inversión, compraventa, permuta, arrendamiento, subarrendamiento, de bienes raíces o derechos sobre ellos, su administración y explotación, subdivisión, loteos, y/o urbanización, por cuenta propia o ajena, de predios urbanos o rústicos; cualquier otra actividad análoga o complementaria, en la actualidad o en el futuro, de las anteriores, y cualquiera otra actividad o negocios que los socios acuerden.

Capital

Capital total

$60.000.000

Capital pagado

$60.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

12.000

Socios (2)

NombreParticipación

María Salomé Castro Riquelme

Accionista

13.xxx.xxx-8

65%

María Angélica Riquelme Palma

Accionista

5.xxx.xxx-6

35%

Representación legal (1)

María Salomé Castro Riquelme

13.xxx.xxx-8En representación de María Angélica Riquelme Palma5.xxx.xxx-6

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 30 de junio de 2009

    Constitución de la sociedad de responsabilidad limitada Importadora y Exportadora Asia - Chile Limitada.

    María Salomé Castro Riquelme · María Angélica Riquelme Palma

  2. Cambio de capital· 30 de septiembre de 2018

    Se capitalizan la revalorización del capital propio y las utilidades del ejercicio, y se aumenta el capital social de $3.200.000 a $60.000.000.

    María Salomé Castro Riquelme · María Angélica Riquelme Palma

  3. Transformación· 4 de diciembre de 2018

    La sociedad limitada se transforma en una sociedad por acciones denominada Importadora y Exportadora Asia - Chile SpA.

    María Salomé Castro Riquelme · María Angélica Riquelme Palma

Texto oficial del extracto

Felipe Leiva Ilabaca, Abogado, Notario Público Suplente de don Francisco Javier Leiva Carvajal, Notario Público Titular 2ª Notaría Santiago, Agustinas 1173, Santiago, certifico: por escritura pública fecha 04-12-2018, otorgada ante el titular: doña María Salomé Castro Riquelme, chilena, casada y separada totalmente de bienes, ingeniera civil en informática, C.I.N° 13.109.746-8, domiciliada en calle Covarrubias 260, Dpto.1107, de la comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, quien comparece por sí y en representación de Doña María Angélica Riquelme Palma, chilena, casada y separada totalmente de bienes, factor de comercio, C.I.N° 5.964.777-6, domiciliada en Avenida De Los Lagos 243, comuna de San Pedro de La Paz, Provincia de Concepción, Región del Biobío. Antecedentes.- Doña María Salomé Castro Riquelme, y Doña María Angélica Riquelme Palma son las únicas socias de la Sociedad de Responsabilidad Limitada “IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASIA – CHILE LIMITADA”, constituida por Escritura Pública fecha 30-06-2009, otorgada ante doña María Carolina Bascuñán Barros Notario Público Interina de la 2° Notaria de Santiago, inscrita en el Registro de Comercio del CBR de Santiago a Fs. 30.193 N° 48.040 del año 2.009. Modificación – AUMENTO DE CAPITAL.- En este acto y por el presente instrumento, los socios vienen en modificar el capital social originalmente suscrito en $3.200.000, aumentándolos a $60.000.000, para lo cual se modifica la cláusula quinta del pacto social en los términos que a continuación se señalan: A) En atención al pre balance preparado al mes de septiembre del año 2.018, en virtud del cual se procede a capitalizar la revalorización del capital propio el cual asciende a la fecha del presente balance a la suma de $2.756.757 y la capitalización del resultado del ejercicio el cual asciende a la suma de $23.176.070, totalizando ambos la suma de $25.932.827, cantidad que se entera de contado y en dinero en efectivo, ingresando con esta fecha a la caja social, aumentando proporcionalmente el capital social. B) En atención a un nuevo aporte social en dinero, otorgado en este acto por la socia doña María Salomé Castro Riquelme, ya individualizada, quien suscribe, entera y paga en este acto la suma de $11.323.814, en dinero efectivo, el cual ingresa a la caja social, aumentando el capital social de manera proporcional a su aporte. C) En atención a un nuevo aporte social en dinero, otorgado en este acto por la socia doña María Angélica Riquelme Palma, ya individualizada, quien suscribe, entera y paga en este acto la suma de $19.543.359, en dinero efectivo, el cual ingresa a la caja social, aumentando el capital social de manera proporcional a su aporte. En tal sentido, los socios vienen en modificar la cláusula quinta del Pacto Social, reemplazándola íntegramente por la siguiente: “QUINTO: Capital Social.- El capital de la sociedad será la suma de $60.000.000 que son aportados por los socios de la siguiente forma: Uno.- Doña María Salomé Castro Riquelme, con la suma de $39.000.000, equivalentes al 65% por ciento del capital social total, que suscribió y enteró de la siguiente forma: a) Con la suma de $3.040.000 en dinero efectivo y al contado que ha sido enterada con anterioridad a esta fecha y que ya ha sido ingresado a la caja social, b) Con la suma de $24.636.186 que corresponden a la capitalización de la revalorización del capital propio y la capitalización de las utilidades del ejercicio, precedentemente singularizado, equivalentes al 95% del total correspondiente a su participación social, y que en este acto ingresa a la caja social, y c) Con la suma de $11.323.814 en dinero efectivo y al contado, que la socia aporta ingresando en este acto a la caja social, Dos.- Doña María Angélica Riquelme Palma, con la suma de $21.000.000, equivalentes al 35% del capital social total, que suscribió y enteró de la siguiente forma: a) Con la suma de $160.000 en dinero efectivo y al contado que ha sido enterada con anterioridad a esta fecha y que ya ha sido ingresado a la caja social, b) Con la suma de $1.296.641 que corresponden a la capitalización de la revalorización del capital propio y la capitalización de las utilidades del ejercicio precedentemente singularizado, equivalentes al 5% del total correspondiente a su participación social, y que en este acto ingresa a la caja social, y c) Con la suma de $19.543.359 en dinero efectivo y al contado, que la socia aporta ingresando en este acto a la caja social. PARTICIPACIÓN. De esta forma, a contar de esta fecha el capital social de la sociedad “IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASIA – CHILE LIMITADA” asciende a la suma de $60.000.000, cuya participación social se distribuye en los siguientes porcentajes: uno.- Doña María Salomé Castro Riquelme, con la suma de $39.000.000, es dueña del 65% del total de los derechos sociales; y dos.- Doña María Angélica Riquelme Palma, con la suma de $21.000.000, es dueña del 35% del total de los derechos sociales. Transformación – Por el presente instrumento, los únicos socios de “IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASIA – CHILE LIMITADA”, Doña María Salomé Castro Riquelme; y doña María Angélica Riquelme Palma, debidamente representada, acuerdan transformarla en una Sociedad por Acciones, subsistiendo su personalidad jurídica al tenor de lo prescrito en los artículos 424 y siguiente del Código de Comercio, para lo cual vienen en reformar íntegramente el pacto social de la misma, pasando a denominarse “IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASIA – CHILE SpA”, sustituyendo los estatutos por los que a continuación se indican.- ESTATUTOS: Se constituye una sociedad por acciones que se regirá por los siguientes estatutos y, en silencio de éstos, por los artículos 424 y siguiente del Código de Comercio.- TITULO PRIMERO: NOMBRE, DOMICILIO, DURACION Y OBJETO SOCIAL. ARTICULO PRIMERO: Se constituye una sociedad por acciones denominada “IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASIA – CHILE SpA”, pudiendo utilizar para fines comerciales, bancarios y publicitarios, los nombre de fantasía: “Asia – Chile Traders SpA”, o “Asia – Chile SpA”. ARTICULO SEGUNDO: La Sociedad tendrá su domicilio legal en la ciudad de Santiago, sin perjuicio que pueda establecer agencias, oficinas y/o sucursales en otras ciudades del país o en el extranjero. ARTICULO TERCERO: La sociedad tendrá duración indefinida. ARTICULO CUARTO: La Sociedad tendrá por objeto: a) La explotación de comercio exterior, realizado por cuenta propia o ajena, operaciones de importación y/o exportación, de toda clases de productos, mercaderías, bienes de capital o equipos y/o sus partes, accesorios o repuestos; b) La representación en Chile de agencias, o filiales de empresas extranjeras, como cualesquiera otra comisión o mandato mercantil, y así mismo, el desempeño de agencias o representaciones, en el exterior, de empresas o mandantes chilenos; c) La comercialización o distribución, en chile o en el exterior, de toda clases de bienes de consumo o de capital, su armaduría, ensamblaje o fabricación; d) La inspección de fábricas y cargas, y control de calidad de productos, como así también la presentación de toda clase de servicios de asesoría técnica, puesta en marcha y mantención, ya sea en relación con los bienes de su propia producción o de terceros; e) La realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores, acciones, bonos, debentures; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; y cualquier otro negocio o actividad, que se relacione en la actualidad o en el futuro, con lo expresado; f) La adquisición, enajenación, inversión, compraventa, permuta, arrendamiento, subarrendamiento, de bienes raíces o derechos sobre ellos, su administración y explotación, subdivisión, loteos, y/o urbanización, por cuenta propia o ajena, de predios urbanos o rústicos; g) Cualquier otra actividad análoga o complementaria, en la actualidad o en el futuro, de las anteriores, y h) Cualquiera otra actividad o negocios que los socios acuerden.- ARTICULO QUINTO: Como consecuencia de la transformación de “IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASIA – CHILE LIMITADA”, en una sociedad por acciones denominada IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASIA – CHILE SpA”, su capital de $60.000.000, queda dividido en 12.000 acciones, enteramente suscritas y pagadas, las que se distribuyen entre los socios en proporción al valor de sus derechos en la citada sociedad de responsabilidad limitada. Estas acciones son nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. Las cuáles serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. En consecuencia, con ocasión de la transformación a “IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASIA – CHILE SpA”, sus socias: doña María Salomé Castro Riquelme; y doña María Angélica Riquelme Palma, pasan a ser las únicas accionistas de “IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASIA – CHILE SpA”, correspondiéndoles íntegramente el capital de la antedicha sociedad, el cual se divide en 12.000 acciones que se distribuyen en la siguiente forma y proporción: A) Doña María Salomé Castro Riquelme, 7.800 ACCIONES, las cuales este accionista declara aceptar y suscribir en este acto a su entera satisfacción, estas acciones corresponden a su cuota del capital social de “IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASIA – CHILE SpA”, cuota que equivale al 65% del capital social y que se encuentra íntegramente pagado a la fecha de la presente escritura de transformación; B) doña María Angélica Riquelme Palma, 4.200 ACCIONES, las cuales este accionista declara aceptar y suscribir en este acto a su entera satisfacción, estas acciones corresponden a su cuota del capital social de “IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASIA – CHILE SpA”, cuota que equivale al 35% del capital social y que se encuentra íntegramente pagado a la fecha de la presente escritura de transformación. Como consecuencia de lo señalado en los párrafos signados con las letras “A” y “B” precedentes, se encuentra en la forma indicada totalmente suscrito y pagado el capital autorizado de “IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASIA – CHILE SpA”, capital que es de $60.000.000, dividido en 12.000 acciones, nominativas, sin valor nominal y de una misma serie. ACUERDO UNÁNIME.- De acuerdo a lo señalado en el artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (en adelante “LIR”), y conforme con lo establecido en la Circular número 49 dictada por el Servicio de Impuesto Internos, las sociedades por acciones que se encuentren obligadas a declarar sobre la base de sus rentas efectivas según contabilidad completa, cuyos socios sean exclusivamente personas naturales con domicilio o residencia en el país y/o contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile, podrán optar por el régimen general de tributación establecido en la letra A) o B) del artículo 14 referido, debiendo acompañar una escritura pública en que conste el acuerdo unánime sobre el ejercicio de la opción de la totalidad de los socios. Dos. Acuerdo unánime.- Para efectos de dar cumplimiento a lo establecido en la letra A) del artículo 14 de la LIR, los comparecientes: doña María Salomé Castro Riquelme; y doña María Angélica Riquelme Palma, representada en la forma indicada en la comparecencia, en calidad de únicos y actuales accionistas de “IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASIA – CHILE SpA”, acuerdan por unanimidad como régimen de tributación general de las rentas de la Sociedad, el establecido en la letra A) del artículo 14 de la LIR., por lo tanto, el régimen tributario aplicable a la Sociedad será el descrito en la letra A) del artículo 14 de la LIR. Declaración- Mediante el presente instrumento los comparecientes estipulan que el quórum para aprobar la cesibilidad de sus acciones, a cualquier persona o entidad que no sean personas naturales con domicilio o residencia en el país y/o contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile, será la unanimidad de sus accionistas. Demás estipulaciones escritura extractada. Stgo. 11-12-2018.

ModificaciónDiario Oficial · 2016-12-19Ver PDF (CVE 1152609)

Información societaria

Ltda
Avenida Bombero Villalobos N° 855, Villa Jardín Oriente

Capital

Capital total

$3.200.000

Socios (4)

NombreParticipación

Marcela Andrea Brevis Quezada

Socio

-

Bernardo Alejandro Suarez Gyimesy

Socio

-

Julio Cesar Brevis Martínez

Socio

-

María Salomé Castro Riquelme

Socio

-

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 30 de junio de 2009

    Se constituye la sociedad Importadora y Exportadora Asia-Chile Limitada con capital correcto de $3.200.000.

    Marcela Andrea Brevis Quezada · Bernardo Alejandro Suarez Gyimesy · Julio Cesar Brevis Martínez

  2. Cambio de capital· 27 de diciembre de 2011

    En modificación social se reiteró erróneamente un capital de $3.000.000, debiendo ser $3.200.000.

    Marcela Andrea Brevis Quezada · María Salomé Castro Riquelme · Julio Cesar Brevis Martínez

Texto oficial del extracto

Humberto Quezada Moreno, Titular Vigésimo Sexta Notaria Santiago, Huérfanos 835, 2° piso, Santiago, certifica: Por escritura hoy, ante mí, Doña Marcela Andrea Brevis Quezada, ingeniero civil industrial, con domicilio en Avenida Bombero Villalobos N° 855, Villa Jardín Oriente, Rancagua, don Julio Cesar Brevis Martínez, ingeniero, mismo domicilio anterior, de paso en ésta, doña María Salomé Castro Riquelme, ingeniero informática, con domicilio en Carmen Covarrubias N° 260 departamento 1107, Santiago, y don Bernardo Alejandro Suarez Gyimesy, ingeniero civil industrial, con domicilio en El Estero Nº 14, Santa Elena de Ecourbe, Colina, sanean vicio formal de nulidad de sociedad “IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASIA-CHILE LIMITADA”, y nombres fantasía “Asia-Chile Traders Ltda.” e indistintamente “Asia-Chile Ltda.”, de conformidad a Ley N° 19.499, por error en cálculo numérico matemático incurrido en el capital de la sociedad en el Pacto Social de fecha 30 junio año 2009 otorgado ante María Carolina Bascuñán Barros, Notario Público Interina Segunda Notaría de Santiago, Agustinas N° 1173, Santiago, extracto inscrito fojas 30.193 N° 20.808 Registro Comercio Santiago año 2009, y reiterado en capital social en escritura de modificación de fecha 27 diciembre año 2011, otorgada ante Humberto Santelices Narducci, Titular Vigésimo Segunda Notaria Santiago, Avda. El Bosque Norte 047, Las Condes, extracto inscrito fojas 12.915 N° 9.023 Registro Comercio Santiago año 2012 y anotado margen inscripción constitutiva. Ambos casos se consignó erróneamente capital de $3.000.000, debiendo quedar en forma correcta, una y otra escritura, siguiente sentido: 1) Pacto Social Constitutivo: Capital $3.200.000, que socios enteran siguiente forma este acto: Marcela Andrea Brevis Quezada y Bernardo Alejandro Suarez Gyimesy, cada uno $1.500.000.- en dinero, al contado, y Julio Cesar Brevis Martínez aporta su industria o trabajo personal avaluado en $200.000.- 2) Escritura Modificación Social: Capital $3.200.000.- que socios enteran siguiente forma: Marcela Andrea Brevis Quezada $1.500.000.- en dinero, al contado, María Salomé Castro Riquelme $1.500.000.- en dinero, al contado, y Julio Cesar Brevis Martínez aporta su industria o trabajo personal avaluado de común acuerdo en $200.000.- Santiago, 23 de noviembre de 2016.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASIA – CHILE SpA

    CVE 2512895

  2. MODIFICACIÓN

    IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASIA - CHILE LIMITADA

    CVE 1512950

  3. MODIFICACIÓN

    IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASIA – CHILE LIMITADA

    CVE 1511450

  4. MODIFICACIÓN

    IMPORTADORA Y EXPORTADORA ASIA-CHILE LIMITADA

    CVE 1152609

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario Oficial