Ebt S.a.
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
La construcción de viviendas, edificios, industrias, locales comerciales y obras de equipamiento, urbanas o rurales, por cuenta propia o ajena, directamente o a través de terceros; la planificación y ejecución de obras de urbanización, pavimentación, instalaciones sanitarias, eléctricas, de gas u otras; la compra y venta de inmuebles y su explotación en cualquier forma o a cualquier título; la compra, venta, adquisición y enajenación, la comercialización, importación y exportación de todo tipo de bienes relacionados con la electrónica y la computación, sus suministros, insumos, equipos y programas, juegos de entretención y sistemas y artículos de juguetería; mobiliario urbano, artículos de jardinería, juegos de plaza, pisos, juegos infantiles y artículos de seguridad vial; la fabricación de dichos bienes, elementos o artículos; la compraventa de artículos de ferretería y materiales de construcción; organizar, constituir, incorporarse o formar parte de sociedades de cualquier tipo cuyo objeto sea similar o complementario; y la inversión en toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, presentes o futuros y, en general, desarrollar toda clase de actividades lucrativas y cualquier otro objeto relacionado, directa o indirectamente con los anteriores.
Capital
Capital total
$49.467.335
Capital pagado
$49.467.335
Capital pendiente
$0
Acciones
133.811
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 77.116.498-6 | 77.116.498-6 | - | - |
Accionista 76.699.638-8 | 76.699.638-8 | - | - |
Historia societaria relatada
- Transformación· 13 de agosto de 2025
La sociedad EBT S.A. se transforma en sociedad por acciones y cambia su nombre a EBT SpA.
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 13 de agosto de 2025, otorgada ante mí, bajo el repertorio N° 23.613-2025, se redujo el acta de la junta extraordinaria de accionistas de la sociedad EBT S.A., Rol Único Tributario N°76.105.493-7 (la “Sociedad”), celebrada con la misma fecha, en la cual NCA II SpA, Rol Único Tributario N°77.116.498-6, con domicilio para estos efectos en Avenida Raúl Labbé N°13723, comuna de Lo Barnechea, Santiago, Región Metropolitana, e Inversiones Los Espinos SpA, Rol Único Tributario N°76.699.638-8, con domicilio para estos efectos en Jean Mermoz N°12 B, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, en su calidad de únicos y actuales accionistas de la Sociedad, según registro que he tenido a la vista, acordaron: (i) Transformar la Sociedad, de una sociedad anónima cerrada en una sociedad por acciones; (ii) Modificar el nombre de la Sociedad para adaptarla al nuevo tipo social, remplazándose la razón social de esta por “EBT SpA”. (iii) Modificar las demás materias para adecuar los estatutos de la Sociedad a las normas aplicables a las sociedades por acciones, adoptando un nuevo texto refundido de los mismos, según estatuto que se extracta a continuación: Nombre: EBT SpA, la que podrá usar para fines publicitarios, de propaganda, bancarios y comerciales, la sigla o nombre de fantasía “EBT” /para estos efectos en adelante también la “Sociedad” /. Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, establecimientos, sucursales u oficinas que la Sociedad decida establecer en otros puntos del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: El objeto de la Sociedad será: a) La construcción de viviendas, edificios, industrias, locales comerciales y obras de equipamiento, urbanas o rurales, por cuenta propia o ajena, directamente o a través de terceros; la planificación y ejecución de obras de urbanización, pavimentación, instalaciones sanitarias, eléctricas, de gas u otras; la compra y venta de inmuebles y su explotación en cualquier forma o a cualquier título; b) La compra, venta, adquisición y enajenación, la comercialización, importación y exportación de todo tipo de (i) bienes relacionados con la electrónica y la computación, sus suministros, insumos, equipos y programas, juegos de entretención y sistemas y artículos de juguetería; y (ii) mobiliario urbano, artículos de jardinería, juegos de plaza, pisos, juegos infantiles y artículos de seguridad vial; así como la fabricación de todos dichos bienes, elementos o artículos; c) La compraventa de artículos de ferretería y materiales de construcción; d); Organizar, constituir, incorporarse o formar parte de sociedades, de cualquier tipo, cuyo objeto social sea similar o complementario del indicado en la letras anteriores, pudiendo suscribir u otorgar cuanto acto o contrato sea necesario al efecto; y e) La inversión en toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, presentes o futuros y, en general, desarrollar toda clase de actividades lucrativas así como cualquier otro objeto relacionado, directa o indirectamente con los anteriores y que la Sociedad acuerde. En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Solo los socios/accionistas de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $49.467.335, dividido en 133.811 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por NCA II SpA e Inversiones Los Espinos SpA en la forma que se indica en el Artículo Primero Transitorio de los estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, a 22de agosto de 2025.
Información societaria
Objeto social
La construcción de viviendas, edificios, industrias, locales comerciales y obras de equipamiento, urbanas o rurales, por cuenta propia o ajena, directamente o a través de terceros; la planificación y ejecución de obras de urbanización, pavimentación, instalaciones sanitarias, eléctricas, de gas u otras; la compra y venta de inmuebles y su explotación en cualquier forma o a cualquier título; b) Organizar, constituir, incorporarse o formar parte de sociedades, de cualquier tipo, cuyo objeto social sea similar o complementario del indicado en la letra anterior, pudiendo suscribir u otorgar cuanto acto o contrato sea necesario al efecto; c) La compra, venta, adquisición y enajenación, la comercialización, importación y exportación de todo tipo de bienes relacionados con la electrónica y la computación, sus suministros, insumos, equipos y programas, juegos de entretención y sistemas y artículos de juguetería y la fabricación de todos dichos elementos o artículos; d) La compraventa al por menos de artículos de ferretería y materiales de construcción; y e) La inversión en toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, presentes o futuros y, en general, desarrollar toda clase de actividades lucrativas así como cualquier otro objeto relacionado, directa o indirectamente con los anteriores y que la sociedad acuerde.
Texto oficial del extracto
Evaldo Rehbein Utreras, Notario Público Titular de la 29 a Notaría de Santiago, calle Mac- Iver 225, oficina 302, certifico: Por escritura pública de fecha 12 de diciembre de 2023, repertorio 8483-23, ante mí, se redujo el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de EBT S.A., inscrita a fojas 34771 N°23893 del Registro de Comercio del CBRS del año 2010, celebrada con fecha 12 de diciembre de 2023, en la que se modificaron los estatutos sociales en el sentido de (I) Reemplazar la cláusula del objeto social por la siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: El objeto de la sociedad será: a) La construcción de viviendas, edificios, industrias, locales comerciales y obras de equipamiento, urbanas o rurales, por cuenta propia o ajena, directamente o a través de terceros; la planificación y ejecución de obras de urbanización, pavimentación, instalaciones sanitarias, eléctricas, de gas u otras; la compra y venta de inmuebles y su explotación en cualquier forma o a cualquier título; b) Organizar, constituir, incorporarse o formar parte de sociedades, de cualquier tipo, cuyo objeto social sea similar o complementario del indicado en la letra anterior, pudiendo suscribir u otorgar cuanto acto o contrato sea necesario al efecto; c) La compra, venta, adquisición y enajenación, la comercialización, importación y exportación de todo tipo de bienes relacionados con la electrónica y la computación, sus suministros, insumos, equipos y programas, juegos de entretención y sistemas y artículos de juguetería y la fabricación de todos dichos elementos o artículos; d) La compraventa al por menos de artículos de ferretería y materiales de construcción; y e) La inversión en toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, presentes o futuros y, en general, desarrollar toda clase de actividades lucrativas así como cualquier otro objeto relacionado, directa o indirectamente con los anteriores y que la sociedad acuerde.”; (II) Agregar un nuevo artículo, el cuarto bis, del siguiente tenor: “ARTÍCULO CUARTO BIS: Cumplimiento del Objeto Social: En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los socios/accionistas de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo.”; y (III) Agregar un nuevo artículo, el décimo sexto bis, del siguiente tenor: “ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO BIS: En el desempeño de sus actividades, la administración de la Sociedad deberá considerar no solo los intereses de sus socios/accionistas, sino a los trabajadores, clientes y proveedores de la Sociedad y otras partes directa o indirectamente vinculadas a ella. Asimismo, deberá velar por los intereses de la comunidad donde opera y por la protección del medio ambiente local y global. Los administradores deberán dejar constancia en la memoria anual o en comunicaciones periódicas a los socios o accionistas, según corresponda, de las acciones tomadas al respecto. El cumplimiento de lo anterior sólo podrá exigirse por los accionistas o socios de la Sociedad.”. Santiago, 13 de diciembre de 2023.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
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