Green Libros SpA
Diario Oficial
Informações societárias
Sócios (1)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 100% | - |
Histórico societário relatado
- Constituição· 2 de junho de 2010
Se constituye GREEN LIBROS SpA.
- Outro ato
Se agrega un artículo sobre cumplimiento del objeto social con impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas y el medio ambiente.
- Mudança de administrador
Se modifica la administración, estableciendo un Directorio de tres miembros elegidos por la Junta de Accionistas.
Texto oficial do extrato
Fernando Celis Urrutia, Notario de Santiago, Titular de la Segunda Notaría de Providencia, con oficio en Paseo Presidente Errázuriz Echaurren 2615, Providencia, Certifica: Por escritura pública, hoy ante mí, JUAN CRISTÓBAL PRIETO SUÁREZ, domiciliado en calle Los Españoles 2266, Providencia, en su calidad de único y actual accionista y dueño de la totalidad de las acciones de la sociedad GREEN LIBROS SpA, constituida por escritura pública de fecha 02/06/2010, ante Notario de Santiago don Patricio Zaldívar Mackenna, cuyo extracto fue inscrito en el Registro de Comercio, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2010 a fojas 28234, N° 19420; quien acuerda modificar, los estatutos de la siguiente forma: /Uno/ Se agrega el siguiente artículo, a continuación del Artículo Tercero: “ARTÍCULO TERCERO A: CUMPLIMIENTO DEL OBJETO SOCIAL. En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los socios/accionistas de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo.” /Dos/ Se modifica el artículo duodécimo, quedando como sigue: “ARTÍCULO DUODÉCIMO: DE LA ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La sociedad será administrada por un Directorio compuesto por tres miembros elegidos por la Junta de Accionistas en la solo votarán los titulares, presentes o representados. El directorio no tendrá miembros suplentes. Los directores podrán ser o no accionistas, y podrán ser reelegidos indefinidamente. Los miembros del Directorio duraran indefinidamente en el cargo. Sin embargo, si se produjere la vacancia de un director deberá procederse a la renovación total del Directorio n la próxima Junta Ordinaria de Accionistas que deba celebrar la sociedad y en el intertanto el Directorio podrá nombrar un reemplazante. Asimismo, en todo caso, uno o más accionistas titulares de a lo menos el diez por ciento de las Acciones emitidas por la Sociedad, tendrán derecho a solicitar al Directorio que convoque a una Junta de Accionistas con el objeto que efectúe una nueva elección del Directorio. En el desempeño de sus actividades, la administración de la Sociedad deberá considerar no solo los intereses de sus socios/accionistas, sino a los trabajadores, clientes y proveedores de la Sociedad y otras partes directa o indirectamente vinculadas a ella. Asimismo, deberá velar por los intereses de la comunidad donde opera y por la protección del medio ambiente local y global. Los administradores deberán dejar constancia en la memoria anual o en comunicaciones periódicas a los socios, según corresponda, de las acciones tomadas al respecto. El cumplimiento de lo anterior sólo podrá exigirse por los accionistas o socios de la Sociedad”. En todo lo no modificado se mantienen vigentes las cláusulas del pacto social primitivo. Santiago, 06 de Octubre de 2016.- Fernando Celis Urrutia, Abogado, Notario de Santiago, Titular de la Segunda Notaría de Providencia.
Informações societárias
Sócios (1)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista | - | - | - |
Histórico societário relatado
- Constituição· 2 de junho de 2010
Se constituyó GREEN LIBROS SpA.
Texto oficial do extrato
Fernando Celis Urrutia, Notario de Santiago, Titular de la Segunda Notaría de Providencia, con oficio en Paseo Presidente Errázuriz Echaurren 2615, Providencia, Certifica: Por escritura pública, hoy ante mí, JUAN CRISTÓBAL PRIETO SUÁREZ, domiciliado en calle Los Españoles 2266, Providencia, en su calidad de único accionista de la sociedad GREEN LIBROS SpA, constituida por escritura pública de fecha 02/06/2010, ante Notario de Santiago don Patricio Zaldívar Mackenna, cuyo extracto fue inscrito en el Registro de Comercio, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2010 a fojas 28234, N° 19420; quien acuerda modificar, los estatutos de la siguiente forma: /Uno/ Se agrega el siguiente artículo, a continuación del Artículo Tercero: “ARTÍCULO TERCERO A: CUMPLIMIENTO DEL OBJETO SOCIAL. En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los socios/accionistas de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo.” /Dos/ Se modifica el artículo duodécimo, quedando como sigue: “ARTÍCULO DUODÉCIMO: DE LA ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La sociedad será administrada por un Directorio compuesto por tres miembros elegidos por la Junta de Accionistas en la solo votarán los titulares, presentes o representados. El directorio no tendrá miembros suplentes. Los directores podrán ser o no accionistas, y podrán ser reelegidos indefinidamente. Los miembros del Directorio duraran indefinidamente en el cargo. Sin embargo, si se produjere la vacancia de un director deberá procederse a la renovación total del Directorio n la próxima Junta Ordinaria de Accionistas que deba celebrar la sociedad y en el intertanto el Directorio podrá nombrar un reemplazante. Asimismo, en todo caso, uno o más accionistas titulares de a lo menos el diez por ciento de las Acciones emitidas por la Sociedad, tendrán derecho a solicitar al Directorio que convoque a una Junta de Accionistas con el objeto que efectúe una nueva elección del Directorio. En el desempeño de sus actividades, la administración de la Sociedad deberá considerar no solo los intereses de sus socios/accionistas, sino a los trabajadores, clientes y proveedores de la Sociedad y otras partes directa o indirectamente vinculadas a ella. Asimismo, deberá velar por los intereses de la comunidad donde opera y por la protección del medio ambiente local y global. Los administradores deberán dejar constancia en la memoria anual o en comunicaciones periódicas a los socios, según corresponda, de las acciones tomadas al respecto. El cumplimiento de lo anterior sólo podrá exigirse por los accionistas o socios de la Sociedad”. En todo lo no modificado se mantienen vigentes las cláusulas del pacto social primitivo. Santiago, 06 de Octubre de 2016.- Fernando Celis Urrutia, Abogado, Notario de Santiago, Titular de la Segunda Notaría de Providencia.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
GREEN LIBROS SpA
CVE 1130544
- MODIFICACIÓN
GREEN LIBROS SpA
CVE 1130015
