Sociedad de Responsabilidad Limitada76.101.631-8

Inversiones Felsina Limitada

MODIFICACIÓN — 9 nov 2018

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2018-11-09Ver PDF (CVE 1491844)

Información societaria

Ltda
camino Las Mariposas, Parcela número 166
Duración: diez años, renovables, contados desde la fecha del presente instrumento y prorrogables por períodos iguales y sucesivos de diez años
Administración: corresponderá a los socios Giuseppe Degli Esposti Franchini, Elvira del Carmen Acuña Medina, y Margherita Degli Esposti Acuña, quienes actuando conjunta o separadamente por la sociedad y anteponiendo a sus firmas el nombre o razón social, la representarán con las mismas facultades; quien anteponiendo a su firma la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades

Capital

Capital total

$800.000.000

Socios (3)

NombreParticipación

Giuseppe Degli Esposti Franchini

Socio

91.75%

Elvira del Carmen Acuña Medina

Socio

6.25%

Margherita Degli Esposti Acuña

Socio

2%

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 2 de junio de 2010

    Giuseppe Degli Esposti Franchini y Elvira del Carmen Acuña Medina constituyen INVERSIONES FELSINA LIMITADA con capital inicial de $800.000.000

    Giuseppe Degli Esposti Franchini · Elvira del Carmen Acuña Medina

  2. Cesión de derechos· 12 de septiembre de 2018

    Giuseppe Degli Esposti Franchini cede un 2% de sus derechos a Margherita Degli Esposti Acuña

    Giuseppe Degli Esposti Franchini · Margherita Degli Esposti Acuña

Texto oficial del extracto

JUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO, Notario Público Temuco, con oficio en calle Arturo Prat 770, certifica: Por escritura de fecha 12 de septiembre de 2018, otorgada ante el Titular, GIUSEPPE DEGLI ESPOSTI FRANCHINI camino Las Mariposas, Parcela número 166, Temuco, ELVIRA DEL CARMEN ACUÑA MEDINA, camino Las Mariposas, Parcela número 166, Temuco, y MARGHERITA DEGLI ESPOSTI ACUÑA, Hochstetter número 375 departamento 30 Temuco. Don Giuseppe Degli Esposti Franchini y doña Elvira del Carmen Acuña Medina, por E.P. de 02 de junio 2010, otorgada ante el notario de la ciudad de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, repertorio número 4466-2010, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, siendo su razón social “INVERSIONES FELSINA LIMITADA” pudiendo usar nombre de fantasía de "INVERSIONES FELSINA LTDA.", Rol Único Tributario número 76.101.631-8, siendo su capital inicial la suma de $800.000.000.- Un extracto de la escritura social se inscribió a fojas 656, con el número 596, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año 2010, y se publicó en el Diario Oficial en su edición número 39.687, del día 16 de junio de 2010. Por el presente acto e instrumento, los comparecientes modifican la sociedad ya individualizada en el siguiente sentido: En cuanto a que el socio don Giuseppe Degli Esposti Franchini y con la debida aceptación del otro socio, vende, cede y transfiere a doña Margherita Degli Esposti Acuña, derechos que al primero le corresponden en la sociedad y que equivalen a un 2% de esta. El precio de la cesión es la suma de $16.000.000.- que se pagan de la siguiente forma: A) Con la suma de $4.000.000.- en este acto de contado y en dinero efectivo, declarando el cedente recibirlos a su plena conformidad. y B) Con la suma de $12.000.000.-, que se pagaran en tres cuotas anuales y sucesivas de $4.000.000.- cada una de ellas, de contado y en dinero efectivo, con vencimiento la primera el día 10 de septiembre de 2019 y la ultima el día 10 de septiembre del año 2022. Como consecuencia de la cesión de derechos, la participación en la sociedad queda de la siguiente forma: a) El socio Giuseppe Degli Esposti Franchini, con un 91,75% de participación en la sociedad.- b) La socia Elvira del Carmen Acuña Medina, con un 6,25% de participación en la sociedad.- y c) La socia Margherita Degli Esposti Acuña, con un 2% de participación en la sociedad.- Actuales socios modifican pacto social en: A) La cláusula quinta del pacto social, en el sentido que, la administración, representación, uso de la razón social, nombre de fantasía y su representación judicial y extrajudicial en Chile o en el extranjero corresponderá a los socios Giuseppe Degli Esposti Franchini, Elvira del Carmen Acuña Medina, y Margherita Degli Esposti Acuña, quienes actuando conjunta o separadamente por la sociedad y anteponiendo a sus firmas el nombre o razón social, la representaran con las mismas facultades de la citada cláusula, las que se dan por expresamente reproducidas, una a una y quien anteponiendo a su firma la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades.- B) La cláusula sexta del pacto social, en el sentido de que manteniéndose el capital social en la suma de $800.000.000., este se conforma ahora de la siguiente manera: a) El socio Giuseppe Degli Esposti Franchini con la suma de $734.0000.000.- b) El socio Elvira del Carmen Acuña Medina con la suma de $50.000.000.- y c) El socio Margherita Degli Esposti Acuña con la suma de $16.000.000.- C) La cláusula séptima del pacto social, la que se reemplaza por la siguiente: “ SEPTIMO: Duración, el plazo de la vigencia de la sociedad es de diez años, renovables, contados desde la fecha del presente instrumento y se entenderá prorrogado por períodos iguales y sucesivos de diez años, en los mismos términos pactados, si con seis meses de anticipación a lo menos, a su vencimiento o al de la prórroga, no se expresare la voluntad de ponerle término dentro del plazo estipulado. Es formalidad para que dicha declaración sea válida y produzca los efectos previstos en la presente cláusula, que sea realizada por escritura pública anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio correspondiente, dentro del mismo plazo.- D) La cláusula octava del pacto social, en el sentido de que las utilidades y las eventuales pérdidas, se repartirán: a) Para el socio Giuseppe Degli Esposti Franchini, un porcentaje equivalente a un 48%; b) Para el socio Elvira Del Carmen Acuña Medina, un porcentaje equivalente a un 50%.- y c) Para el socio Margherita Degli Esposti Acuña, un porcentaje equivalente a un 2%.- y E) La cláusula duodécima del pacto social, la que se reemplaza por la siguiente: “DUODECIMO: Todas las dificultades y diferencias que se produzcan entre los socios o entre éstos y la Sociedad con motivo de la interpretación, ejecución, cumplimiento, resolución, terminación, validez, nulidad, o cualquier otra materia que se derive directa o indirectamente de ellos, sea durante su vigencia, con motivo de su disolución o liquidación, será resuelta en única instancia por un árbitro arbitrador designado por los socios de común acuerdo, quien tramitará los asuntos breve y sumariamente sin forma de juicio y sin ulterior recurso, renunciando desde ya los socios a la interposición de cualquiera de ellos, incluido el de casación o queja, si este no puede o no quiere ejercer el cargo se designará de común acuerdo con iguales facultades y naturaleza otro árbitro. Si no existiere acuerdo en el nombre del árbitro, la designación se efectuará por la Justicia Ordinaria pero en este caso será de derecho.” Para todos los efectos legales, la presente escritura de modificación se tendrá como parte integrante de la escritura constitutiva de la sociedad de responsabilidad limitada “INVERSIONES FELSINA LIMITADA”. Los socios declaran expresamente que las demás cláusulas de la escritura social individualizada en la cláusula primera de esta escritura, no sufren alteración alguna, manteniendo su actual redacción.- TEMUCO, a 07 de noviembre de 2018.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    INVERSIONES FELSINA LIMITADA

    CVE 1491844

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario Oficial