Constructora RGB SpA
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Acciones
1110
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Patricio Andres Bannura Mislej Accionista | - | 90% | - |
Maria Fernanda Decebal-Cuza Galeb Accionista | - | 10% | - |
Historia societaria relatada
- Otro acto· 26 de enero de 2021
Se relata una junta extraordinaria de accionistas de fecha 26 de enero de 2021 cuya reducción anterior adolecía de vicio formal por inscripción y publicación tardías.
Patricio Andres Bannura Mislej · Maria Fernanda Decebal-Cuza Galeb
Texto oficial del extracto
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 941, oficina 302, comuna y ciudad de Santiago, certifico: Que, por escritura de 26/01/2022, Repertorio N° 1452/2022, se redujo acta de Junta General Extraordinaria de Accionistas de “Constructora RGB SpA”, celebrada con fecha 24 de enero de 2022, con la concurrencia de la totalidad de los accionistas Patricio Andres Bannura Mislej, titular de 999 acciones, representativas del 90% del total de acciones de la sociedad y Maria Fernanda Decebal-Cuza Galeb, titular de 111 acciones, correspondientes al 10% del total de acciones de la sociedad, inscrita a fs. 23.668 Número 16.195 del Registro de Comercio de Santiago del año 2010, en la que totalidad socios cumpliendo con exigencias de quórum y mayorías acordaron unánimemente subsanar y sanear en conformidad a la ley 19.499 de 1997, el vicio formal de nulidad de que adolece la Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 26 de enero de 2021 y reducida a escritura pública el 27 de enero de 2021, Repertorio 1704/2021, otorgada ante don Juan Cristian Berríos Castro, Notario Público Suplente del Titular de la 8va Notaría de Santiago Luis Ignacio Manquehual Mery, con oficio en Huérfanos 941, oficina 302, comuna y ciudad de Santiago, consistente en la inscripción y publicación tardía de su extracto, por cuanto la inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago de fojas 3964 número 1804, fue practicada con fecha 13 de enero de 2022 y la publicación en el Diario Oficial con fecha 19 de enero de 2022, excediendo ambos trámites el plazo establecido en el artículo 426 del Código de Comercio. Dicho vicio quedará corregido y saneada la nulidad referida mediante la inscripción y publicación oportuna del extracto de la escritura pública de reducción del Acta de la Junta General Extraordinaria de Accionistas a que se refiere el presente extracto. Adicionalmente, acordaron subsanar error de referencia en el encabezado de la misma escritura pública de reducción del 27 de enero de 2021, Repertorio 1704/2021, otorgada ante el referido Notario Público, al indicarse que se reducía a escritura pública Acta Junta Extraordinaria de Accionistas del 26 de diciembre de 2020, en circunstancias que el Acta que efectivamente se redujo y transcribió textualmente del Libro de Actas de la Sociedad, es la de la Junta General Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha 26 de enero de 2021. Demás estipulaciones en escritura extractada. CBC.
Texto oficial del extracto
JUAN CRISTIAN BERRIOS CASTRO, abogado, Notario Suplente del Titular de la Octava Notaría de Santiago, señor Luís Ignacio Manquehual Mery, ambos domiciliados en calle Huérfanos novecientos cuarenta y uno oficina trescientos dos, comuna y ciudad de Santiago; certifico: Por Escritura Pública de fecha 27/01/2021, Repertorio 1704/2021, ante mi, se redujo acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de “Constructora RGB SpA”, celebrada con fecha 26 de enero de 2021, con la concurrencia de la totalidad de los accionistas Patricio Andres Bannura Mislej titular de 999 acciones, representativas del 90% del total de acciones de la sociedad y Maria Fernanda Decebal-Cuza Galeb, titular de 111 acciones, correspondientes al 10% del total de acciones de la sociedad, inscrita a fs. 23.668 Número 16.195 del Registro de Comercio de Santiago del año 2010, en la que se acordó disolución de la sociedad individualizada. En el mismo acto se designó comisión liquidadora y se adoptaron acuerdos relativos al funcionamiento de la referida comisión. Demás estipulaciones en escritura extractada.
Información societaria
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Patricio Andrés Bannura Mislej Accionista | - | - | - |
María Fernanda Decebal-Cuza Galeb Accionista | - | - | - |
Texto oficial del extracto
GERMAN ROUSSEAU DEL RIO, notario público suplente del titular de la 22 Notaría de Santiago, don HUMBERTO SANTELICES NARDUCCI, con oficio en Avenida El Bosque Norte N° 047, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 28 de diciembre de 2016, otorgada ante mí, Patricio Andrés Bannura Mislej y María Fernanda Decebal-Cuza Galeb, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida 5 de Abril N° 4.454, oficina 22, comuna de Estación Central, celebraron modificación de CONSTRUCTORA RGB SpA RUT N° 76.098.274-1, inscrita a fojas 23.668 Nº 16.195, del Registro de Comercio año 2010, en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago, conforme extracto: los accionistas acuerdan, con la concurrencia de la unanimidad de los accionistas y con la aprobación del 100% de las acciones emitidas con derecho a voto, se modifica el Estatuto Social, en términos que, es voluntad inequívoca de todos los accionistas el ejercer la opción para incorporar a la Sociedad al régimen de la letra A), del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta y permanecer en éste para los ejercicios siguientes, salvo acuerdo por la unanimidad de los accionistas. En consecuencia, es esencial y determinante que toda cesión, venta, transferencia, transmisión, enajenación, prenda y/o gravamen de las acciones de emisión de la Sociedad, además de respetar la normativa legal y estatutaria, con especial atención al Artículo 7º y el Artículo 10º del Estatuto Social, y sólo se puede celebrar, registrar y/o válidamente considerar sí y sólo si en forma previa o coetánea ha sido aprobada por la unanimidad de los accionistas y lo sea respecto de personas naturales con residencia o domicilio en Chile y/o de Empresario Individual, Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, Comunidades y/o Sociedades de personas excluidas las sociedades en comanditas por acciones, cuyos propietarios, comuneros o socios sean exclusivamente personas naturales con domicilio o residencia en Chile. Del mismo modo, sólo por la unanimidad de los accionistas se podrá cambiar a la Sociedad del régimen tributario de la letra A) del artículo 14 de la ley sobre Impuesto a la Renta. En todo lo no modificado, mantendrá su vigencia el Estatuto de la Sociedad. Demás menciones constan en escritura extractada.- Santiago, 24 de enero de 2017.
Actuaciones recientes
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Constructora RGB SpA
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