Jsa Asesores En Seguridad Chile Limitada
Diario Oficial
公司資料
管理人(3)
公報所載公司沿革
- 設立· 2010年4月8日
Constitución de JSA Asesores en Seguridad Chile Limitada.
摘要官方正文
OSCAR PELUCHONNEAU CADIZ, Notario Público Suplente del Titular Alberto Mozó Aguilar, 40 Notaría Santiago, Teatinos 332, Santiago, Certifico: Por escritura pública hoy ante mí, Mónica Olga Jorge, en representación de Julián Luciano Arnaud y don Fabian Juan Biondi; todos domiciliados en calle Don Carlos Nº 2.939, oficina 310, Las Condes, Santiago, modificó sociedad "JSA Asesores en Seguridad Chile Limitada”, constituida escritura pública 8 Abril 2010, ante notario de Santiago don Cosme Fernando Gomilla Gatica. Inscrita en extracto, año 2010, en Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, fojas 20.290, número 13.759; publicado, en Diario Oficial de 5 de Mayo de 2010. Modificación siguiente sentido: Únicos socios, representados, modifican y sustituyen cláusula 3 y 4 estatuto social por siguiente: TERCERO: Administración: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá indistintamente al socio don Julián Luciano Arnaud o al administrador don Juan Carlos Rojas Pérez o a la administradora doña Mónica Olga Jorge: los que actuando por la sociedad, en forma separada o conjunta, y anteponiendo la razón social a su firma, la obligarán y representarán con las facultades que pasa a expresarse, en los actos relativos a su objeto y giro ya indicado, o a las actividades que los socios acuerden extenderlo, sin que sea necesario acreditar frente a terceros si los actos corresponden o no al giro social: Las facultades se expresan en el estatuto social. Asimismo, se sustituye la cláusula 4 del estatuto por la siguiente: “CUARTO: FACULTADES DE LOS ADMINISTRADORES: El socio don Julián Luciano Arnaud tendrá todas y cada una de las facultades señaladas en la clausula precedente, incluida la facultad de Autocontratar. El administrador don Juan Carlos Rojas Pérez tendrá solo las facultades indicadas en las letras “E”, “H” e “I. Dos” de la cláusula precedente, esto es: .- Facultades para celebrar contratos de trabajo y de prestación de servicios, Facultades Judiciales y Facultades para Representar a la sociedad ante todo ente público; y Doña Mónica Olga Jorge tendrá solo las facultades indicadas en las letras “A”, “B”, “C”,”D”, “E”,”F”, “G” “H” e “I.Uno” , “I.Dos” e “I.Tres”, esto es: A: Facultades Generales B.- Facultades Bancarias; C.- Facultades de Comercio Exterior, D- Facultades para Realizar Actos Jurídicos y Contratos, E.- Facultades para celebrar contratos de trabajo y de prestación de servicios, F.- Facultades para constituir, modificar o ingresar a Personas jurídicas. G.- Facultades para otorgar cauciones H.- Facultades Judiciales e I.-Uno: Representar a la sociedad ante toda clase de personas, naturales o jurídicas e I.-Dos Representar a la sociedad ante todo ente público I. Tres: Otorgar mandatos, generales o especiales, incluida la facultad de Autocontratar. Los socios pactan que el cambio o remoción de del socio administrador, acordado unánimemente, no será motivo de disolución de la sociedad, y en caso alguno lo será la remoción del administrador no socio, cualquiera sea la forma en que se acuerde.” Finalmente se ha revocado el poder para actuar por la sociedad conferido a doña Ofelia del Carmen Valenzuela Veras. Demás estipulaciones escritura extractada. En lo no modificado continúa vigente pacto social constitutivo. Santiago, 17 de Abril 2.017.
最近登記事項
- MODIFICACIÓN
JSA ASESORES EN SEGURIDAD CHILE LIMITADA
CVE 1212873
