Inversiones Volterra Limitada
Registry name: Inversiones Volterra SpA
Diario Oficial
Corporate information
Corporate purpose
la inversión en toda clase de bienes, en especial: a) la compra, venta, arrendamiento, adquisición y celebración de cualquier tipo de acto o contrato respecto de acciones, bonos, debentures y otros valores mobiliarios; b) la inversión de los recursos de la sociedad en depósitos bancarios a plazo, fondos mutuos y cualquier instrumento financiero de renta fija o variable; c) la compra, venta, arrendamiento y cualquier otra forma de explotación de bienes raíces urbanos o rurales; d) la formación o participación en toda clase de sociedades; e) la celebración de todo acto o contrato que tienda directa o indirectamente a la consecución del objeto social y que los socios de común acuerdo determinen sin limitación de ninguna especie
Capital
Total capital
$10.000.000
Paid-in capital
$10.000.000
Pending capital
$0
Shares
1,000
Shareholders (2)
| Name | RUT | Participation | Contribution |
|---|---|---|---|
Lautaro Santiago Albornoz Arancibia Socio | - | 70% | $7.000.000 |
Santiago Andrés Albornoz Martínez Socio | - | 30% | $3.000.000 |
Administrators (1)
Lautaro Santiago Albornoz Arancibia
Corporate history on record
- Transformation· February 17, 2020
Inversiones Volterra SpA se transforma en sociedad de responsabilidad limitada bajo la razón social Inversiones Volterra Limitada.
Lautaro Santiago Albornoz Arancibia · Santiago Andrés Albornoz Martínez
Official extract text
MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA, Notario Público Titular, 21 Notaría de Santiago, Huérfanos 578, Santiago, certifica, por escritura pública de fecha 17/02/2020, Repertorio número 3.636/2020, ante mí, don Lautaro Santiago Albornoz Arancibia y don Santiago Andrés Albornoz Martínez, ambos con domicilio en calle San Juan N°4.693, comuna de San Joaquín, Región Metropolitana, únicos accionistas de Inversiones Volterra SpA, de acuerdo a su Registro de Accionistas, que he tenido a la vista, acordaron transformarla en sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Razón social: Inversiones Volterra Limitada, pudiendo usar para todos los efectos publicitarios, comerciales y legales, incluyendo sus actuaciones ante bancos e instituciones financieras públicas o privadas, Servicio de Impuestos Internos, Tesorería General de la República y otros, el nombre de fantasía “Volterra Ltda.”.- Administración: La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a don Lautaro Santiago Albornoz Arancibia, quien a nombre de la sociedad y anteponiendo a su nombre la razón social, podrá, en el ejercicio de sus facultades, representarla con las más amplias facultades.- Capital: $10.000.000, que los socios aportan y pagan de la siguiente manera: a) don Lautaro Santiago Albornoz Arancibia aporta la suma de $7.000.000, equivalente al 70% de los derechos sociales, que ha pagado con anterioridad a este acto, y que representa proporcionalmente las 700 acciones de que era dueño en Inversiones Volterra SpA; y b) don Santiago Andrés Albornoz Martínez aporta la suma de $3.000.000, equivalente al 30% de los derechos sociales, que ha pagado con anterioridad a este acto, y que representa proporcionalmente las 300 acciones de que era dueño en Inversiones Volterra SpA.- Objeto: la inversión en toda clase de bienes, en especial: a) la compra, venta, arrendamiento, adquisición y celebración de cualquier tipo de acto o contrato respecto de acciones, bonos, debentures y otros valores mobiliarios; b) la inversión de los recursos de la sociedad en depósitos bancarios a plazo, fondos mutuos y cualquier instrumento financiero de renta fija o variable; c) la compra, venta, arrendamiento y cualquier otra forma de explotación de bienes raíces urbanos o rurales; d) la formación o participación en toda clase de sociedades; e) la celebración de todo acto o contrato que tienda directa o indirectamente a la consecución del objeto social y que los socios de común acuerdo determinen sin limitación de ninguna especie.- Duración: 50 años, contados desde la fecha de la escritura, renovables automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno, salvo que los socios manifiesten expresamente su voluntad de ponerle término a la sociedad mediante el otorgamiento de escritura pública inscrita al margen de la inscripción social con, al menos, 6 meses de anticipación al vencimiento del término original o de alguna de sus prórrogas.- Se facultó al portador para legalización.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Marzo 09 de 2020.
Recent filings
- MODIFICACIÓN
Inversiones Volterra SpA
CVE 1740283
