Importadora Y Exportadora Yago Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$3.000.000
Associés (3)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $5.000.000 |
Socio | - | 20% | $2.000.000 |
Socio | - | 30% | $3.000.000 |
Historique sociétaire relaté
- Autre acte· 31 juillet 2020
Última modificación previa, de la que resultaban socios Manuel Alejandro Garcia Alcala y Joseph Jose Matheus Jaspe con 50% cada uno.
- Cession de droits· 2 septembre 2020
Manuel Alejandro Garcia Alcala cede y transfiere su 50% a Angela Adriana Saa Gerbier.
- Cession de droits· 2 septembre 2020
Joseph Jose Matheus Jaspe cede y transfiere su 50%: 20% a Maureen Cecilia Vega Saa y 30% a Cristobal Abel Araya Oyarce.
JOSEPH JOSE MATHEUS JASPE · MAUREEN CECILIA VEGA SAA · CRISTOBAL ABEL ARAYA OYARCE
Texte officiel de l’extrait
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Abogado, Notario Suplente del Titular 43ª Notaría don Huérfanos 835, Piso 18, Santiago, certifico: Por escritura 02 Septiembre 2020, ante mí, ANGELA ADRIANA SAA GERBIER, Avda. Santa María 263, piso 1, Recoleta; MANUEL ALEJANDRO GARCIA ALCALA, Avda. Irarrazaval 1989, Depto. 1306, Torre B, Ñuñoa; JOSEPH JOSE MATHEUS JASPE, Dirigenta Eleonora Roma Gambaro 7194, Cerrillos; MAUREEN CECILIA VEGA SAA, Hipódromo Chile 1770, Depto. 1712, Independencia; y CRISTOBAL ABEL ARAYA OYARCE, Avda. Santa María 263, piso 1, Recoleta; modifican IMPORTADORA Y EXPORTADORA YAGO LIMITADA, constituida con capital de $3.000.000.- Extracto inscrito a fojas 1.086, N° 725, Registro Comercio Santiago, 2010.- Ultima modificación consta escritura pública 31 Julio 2020, ante Juan Ignacio San Martín Schoder, Notario Suplente de don Juan Ricardo San Martín Urrejola. Extracto inscrito a fojas 48.638, N° 23.209, Registro Comercio Santiago, 2020. Consecuencia de esta última modificación quedaron como socios: MANUEL ALEJANDRO GARCIA ALCALA, con 50% derechos sociales; y JOSEPH JOSE MATHEUS JASPE, con 50% derechos sociales.- Modificación consiste: 1) Se retira sociedad MANUEL ALEJANDRO GARCIA ALCALA, dueño del 50% de los derechos, en el total del haber e interés social, quién los cede y transfiere a ANGELA ADRIANA SAA GERBIER, quién los compra, acepta y adquiere para sí, $5.000.000, efectivo; y 2) Se retira sociedad JOSEPH JOSE MATHEUS JASPE, dueño del 50% de los derechos en el total del haber e interés social, quién los cede y transfiere de la sgte. forma:- a) a MAUREEN CECILIA VEGA SAA, un 20% del total del haber e interés social, quién los compra, acepta y adquiere para sí, $2.000.000, efectivo; y b) a CRISTOBAL ABEL ARAYA OYARCE, un 30% del total del haber e interés social, quién los compra, acepta y adquiere para sí, $3.000.000, efectivo.- Consecuencia cesiones quedan como socios: ANGELA ADRIANA SAA GERBIER, con 50% derechos sociales; MAUREEN CECILIA VEGA SAA, con 20% derechos sociales; y CRISTOBAL ABEL ARAYA OYARCE, con 30% derechos sociales, quienes introducen al primitivo pacto social la siguiente modificación:- La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá separada e indistintamente a cualquiera de los socios, con la totalidad de las facultades contenidas en la escritura de constitución de la sociedad.- En todo lo no modificado continúa vigente primitivo pacto social y modificaciones posteriores.- SANTIAGO, 14 DE SEPTEMBRE DEL 2020.-
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$3.000.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
MANUEL ALEJANDRO GARCIA ALCALA Socio | - | 50% | $5.000.000 |
Socio | - | 50% | $5.000.000 |
Administrateurs (2)
MANUEL ALEJANDRO GARCIA ALCALA
Représentation légale (1)
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 1 janvier 2010
Constitución de IMPORTADORA Y EXPORTADORA YAGO LIMITADA.
- Autre acte· 28 juin 2013
Se modifica la sociedad por escritura pública.
- Autre acte· 26 mai 2014
Última modificación registrada antes de esta publicación.
- Cession de droits
ANGELA ADRIANA SAA GERBIER cede su 90% de derechos sociales a MANUEL ALEJANDRO GARCIA ALCALA y JOSEPH JOSE MATHEUS JASPE.
ANGELA ADRIANA SAA GERBIER · MANUEL ALEJANDRO GARCIA ALCALA · JOSEPH JOSE MATHEUS JASPE
- Cession de droits
MARCELO JUAN cede su 10% de derechos sociales a JOSEPH JOSE MATHEUS JASPE.
Texte officiel de l’extrait
JUAN IGNACIO SAN MARTIN SCHRODER, Abogado, Notario Suplente del Titular 43ª Notaría don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Huérfanos 835, Piso 18, Santiago, certifico: Por escritura 31 Julio 2020, ante mí, ANGELA ADRIANA SAA GERBIER, Avda. Santa María 263, piso 1, Recoleta, por sí y en representación de MARCELO JUAN, 149 NW 91 Ave, de la ciudad de Pembroke Pines, Estado de Florida; MANUEL ALEJANDRO GARCIA ALCALA, Avda. Irarrazaval 1989, Depto. 1306, Torre B, Ñuñoa; y JOSEPH JOSE MATHEUS JASPE, Dirigenta Eleonora Roma Gambaro 7194, Cerrillos; modifican IMPORTADORA Y EXPORTADORA YAGO LIMITADA, constituida con capital de $3.000.000.- Extracto inscrito a fojas 1.086, N° 725, Registro Comercio San tiago, 2010.- Modificada escritura pública 28 Junio 2013, Notaria Santiago Elías Jarufe R. Extracto inscrito a fojas 55.154, N° 36.689, Registro Comercio Santiago, 2013 . Ultima modificación consta escritura pública 26 Mayo 2014, Notaria Santiago Humberto Quezada Moreno. Extracto inscrito a fojas 46.116, N° 28.481, Registro C omercio Santiago, 2014. Consecuencia de esta última modificación quedaron como socios ANGELA ADRIANA SAA GERBIER, con un 90% derechos sociales; y MARCELO JUAN con 10% derechos sociales.- 1) Se retira sociedad ANGELA ADRIANA SAA GERBIER, dueña del 90% de los derechos, en el total del haber e interés social, quién los cede y transfiere de la siguiente forma:- a) a MANUEL ALEJANDRO GARCIA ALCALA, un 50% de los derechos en el total del haber e interés social, quién los compra, acepta y adquiere para sí, $5.000.000, efectivo; y b) a JOSEPH JOSE MATHEUS JASPE, un 40% de los derechos en el total del haber e interés social, quién los compra, acepta y adquiere para sí, $4.000.000, efectivo; y 2) Se retira de la sociedad MARCELO JUAN, dueño del 10% de los derechos en el total del haber e interés social, quién los cede y transfiere a don JOSEPH JOSE MATHEUS JASPE, quién los compra, acepta y adquiere para sí, $1.000.000, efectivo. Consecuencia cesiones quedan como socios: MANUEL ALEJANDRO GARCIA ALCALA, con un 50% derechos sociales; y JOSEPH JOSE MATHEUS JASPE, 50% derechos sociales, quienes introducen al primitivo pacto social la siguiente modificación:- La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá separada e indistintamente a don MANUEL ALEJANDRO GARCIA ALCALA y don JOSEPH JOSE MATHEUS JASPE, con la totalidad de las facultades contenidas en la escritura de constitución de la sociedad.- En todo lo no modificado continúa vigente primitivo pacto social y modificaciones posteriores.- SANTIAGO, 06 AGOSTO 2020.-
Actes récents
- MODIFICACIÓN
IMPORTADORA Y EXPORTADORA YAGO LIMITADA
CVE 1818343
- MODIFICACIÓN
IMPORTADORA Y EXPORTADORA YAGO LIMITADA
CVE 1796943
