Agrícola La Granjita Dos Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$4.601.500
Capital libéré
$4.601.500
Capital restant dû
$0
Associés (4)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Eliana Rosales e Hijos Limitada Socio | - | 25% | $1.150.375 |
Socio | - | 25% | $1.150.375 |
Sociedad de Inversiones Don Juan Limitada Socio | - | 25% | $1.150.375 |
Sociedad de Inversiones San Yayo Limitada Socio | - | 25% | $1.150.375 |
Texte officiel de l’extrait
VERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Suplente de la 33 Notaría de Santiago, de don IVÁN TORREALBA ACEVEDO, con oficio en Huérfanos 979 oficina 501, Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 18 de octubre de 2022, ante el Titular de esta Notaría don Iván Torrealba Acevedo, Eliana Del Carmen Rosales Balanda, María Cecilia Rosales Balanda, Margarita Rosa Heidi Schaeffer Canevaro, Eduardo Francisco Rosales Balanda, Eliana Rosales e Hijos Limitada, Cecilia R.B. e Hijos Limitada, Sociedad de Inversiones Don Juan Limitada y Sociedad de Inversiones San Yayo Limitada, todos domiciliados en Granja Eliana, sin número, sector San Ramón, Coquimbo, acordaron la siguiente cesión de derechos y modificación de estatutos de Agrícola La Granjita Dos Limitada, inscrita en el Registro Comercio de Coquimbo a fojas 521 número 409 del Registro de Comercio de Santiago del año 2009 (la “Sociedad”), en los siguientes términos:/i/ Eliana del Carmen Rosales Balanda, cede y transfiere a la sociedad Eliana Rosales e Hijos Limitada, quien compra, acepta y adquiere para sí, la totalidad de su participación en el capital en la Sociedad equivalente al 25% por ciento de los derechos sociales; /ii/ María Cecilia Rosales Balanda cede y transfiere a la sociedad Cecilia R.B. e Hijos Limitada, quien compra, acepta y adquiere para sí, la totalidad de su participación en el capital en la Sociedad equivalente al 25% por ciento de los derechos sociales; /iii/ Margarita Rosa Heidi Schaeffer Canevaro cede y transfiere a la sociedad Sociedad de Inversiones Don Juan Limitada quien compra, acepta y adquiere para sí, la totalidad de su participación en el capital en la Sociedad equivalente al 25% por ciento de los derechos sociales; /iv/ Eduardo Francisco Rosales Balanda cede y transfiere a la sociedad Sociedad de Inversiones San Yayo Limitada quien compra, acepta y adquiere para sí, la totalidad de su participación en el capital en la Sociedad equivalente al 25% por ciento de los derechos sociales; y /v/ con motivo de la cesiones anteriores los socios de la Sociedad acuerdan reemplazar la cláusula Quinta por la siguiente: “Artículo Quinto.- El capital de la sociedad asciende a la suma de 4.601.500 pesos, que los socios han aportado y pagado íntegramente en las siguientes proporciones: /a/ Eliana Rosales e Hijos Limitada, la suma de $1.150.375, equivalentes al 25% del capital social; /b/ Cecilia R.B. e Hijos Limitada, la suma de $1.150.375, equivalentes al 25% del capital social; /c/ Sociedad de Inversiones Don Juan Limitada, la suma de $1.150.375, equivalentes al 25% del capital social; y /d/ Sociedad de Inversiones San Yayo Limitada, la suma de $1.150.375, equivalentes al 25% del capital social”. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 24 octubre de 2022.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
Agrícola La Granjita Dos Limitada
CVE 2223478
