Sociedad de Responsabilidad Limitada76.086.407-2

Transportes Patricio Corcoran Y Compañía Limitada

MODIFICACIÓN — 20 nov 2025

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2025-11-20Ver PDF (CVE 2729203)

Información societaria

SpA
Punta Arenas, Magallanes
Duración: Indefinida
Administración: La administración, representación legal de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a SYLVIA INÉS BLACKWOOD MOLKENBUHR, quien deberá actuar de manera conjunta con dos cualquiera de CAROL CHRIS CORCORAN BLACKWOOD, BRIAN PATRICK CORCORAN BLACKWOOD o JILL AMY CORCORAN BLACKWOOD

Objeto social

prestación de servicios de transporte terrestre de carga y/o pasajeros, y todo otro servicio, negocio o actividad que los accionistas determinen y que esté directa o indirectamente relacionado con el giro de la Sociedad

Capital

Capital total

$123.272.670

Capital pagado

$123.272.670

Acciones

100.000

Socios (4)

NombreParticipación

SYLVIA INÉS BLACKWOOD MOLKENBUHR

Accionista

-

CAROL CHRIS CORCORAN BLACKWOOD

Accionista

-

BRIAN PATRICK CORCORAN BLACKWOOD

Accionista

-

JILL AMY CORCORAN BLACKWOOD

Accionista

-

Administradores (1)

SYLVIA INÉS BLACKWOOD MOLKENBUHR

Administrador

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 1 de enero de 2009

    Se menciona la inscripción registral de la sociedad original.

    SYLVIA INÉS BLACKWOOD MOLKENBUHR · CAROL CHRIS CORCORAN BLACKWOOD · BRIAN CORCORAN BLACKWOOD · JILL AMY CORCORAN BLACKWOOD

Texto oficial del extracto

Ministerio del Interior PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1.201, local 101, Lo Barnechea, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 28 de octubre de 2025, Rep. N°7.412, ante mí, comparecen: (i) doña SYLVIA INÉS BLACKWOOD MOLKENBUHR, (ii) doña CAROL CHRIS CORCORAN BLACKWOOD, (iii) don BRIAN CORCORAN BLACKWOOD y, (iv) doña JILL AMY CORCORAN BLACKWOOD, todos domiciliados para estos efectos en la calle Avenida Presidente Ibáñez número 05765, Ciudad de Punta Arenas, Región de Magallanes y de Antártica Chilena quienes acordaron la modificación de la sociedad “TRANSPORTES PATRICIO CORCORAN Y COMPAÑÍA LIMITADA” inscrita a fojas 712 vuelta, número 574 en el Registro de Comercio de Punta Arenas correspondiente al año 2009, en los siguientes términos: I. Transformación. Los actuales y únicos socios acordaron transformar la sociedad “TRANSPORTES PATRICIO CORCORAN Y COMPAÑÍA LIMITADA”, en una Sociedad por acciones denominada “TRANSPORTES PATRICIO CORCORAN Y COMPAÑÍA SpA”. II. Estatutos Sociales Transportes Patricio Corcoran SpA. A. Razón Social: “TRANSPORTES PATRICIO CORCORAN SpA”, pudiendo usarse para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo el nombre de fantasía “TRANSPORTES CORCORAN SpA”. B. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Punta Arenas, sin perjuicio de poder establecer oficinas, sucursales o agencias en otros puntos del país o del extranjero. C. Duración: Indefinida. D. Objeto: El objeto consistirá en la prestación de servicios de transporte terrestre de carga y/o pasajeros, y todo otro servicio, negocio o actividad que los accionistas determinen y que esté directa o indirectamente relacionado con el giro de la Sociedad. E. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $123.272.670 dividido en 100.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas en la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio. F. Administración: La administración, representación legal de la Sociedad y el uso de la Razón social corresponderá a doña SYLVIA INÉS BLACKWOOD MOLKENBUHR, quien deberá actuar de manera conjunta con dos cualquiera de entre (i) doña CAROL CHRIS CORCORAN BLACKWOOD; (ii) don BRIAN PATRICK CORCORAN BLACKWOOD; o (iii) doña JILL AMY CORCORAN BLACKWOOD. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 13 de noviembre de 2025.-

ModificaciónDiario Oficial · 2024-07-24Ver PDF (CVE 2522318)

Información societaria

Ltda
Avenida Presidente Carlos Ibáñez del Campo número cero cinco mil setecientos sesenta y cinco
Administración: La administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponde a doña SYLVIA INÉS BLACKWOOD MOLKENBUHR, quien deberá ejercerla de manera conjunta con uno cualquiera de los siguientes: BRIAN PATRICK CORCORAN BLACKWOOD, CAROL CHRIS CORCORAN BLACKWOOD o JILL AMY CORCORAN BLACKWOOD.

Capital

Capital total

$123.272.670

Capital pagado

$123.272.670

Capital pendiente

$0

Socios (4)

NombreParticipación

SYLVIA INÉS BLACKWOOD MOLKENBUHR

Socio

7.xxx.xxx-4

61.78%

CAROL CHRIS CORCORAN BLACKWOOD

Socio

10.xxx.xxx-9

8.99%

BRIAN PATRICK CORCORAN BLACKWOOD

Socio

15.xxx.xxx-9

20.24%

JILL AMY CORCORAN BLACKWOOD

Socio

16.xxx.xxx-5

8.99%

Administradores (4)

SYLVIA INÉS BLACKWOOD MOLKENBUHR

7.xxx.xxx-4Administrador

BRIAN PATRICK CORCORAN BLACKWOOD

15.xxx.xxx-9Administrador

CAROL CHRIS CORCORAN BLACKWOOD

10.xxx.xxx-9Administrador

JILL AMY CORCORAN BLACKWOOD

16.xxx.xxx-5Administrador

Historia societaria relatada

  1. Fallecimiento· 12 de enero de 2023

    Fallece Patricio Arturo Corcoran Bahamondez.

    PATRICIO ARTURO CORCORAN BAHAMONDEZ

  2. Sucesión· 18 de julio de 2023

    Se otorga posesión efectiva de Patricio Arturo Corcoran Bahamondez a sus herederos.

    PATRICIO ARTURO CORCORAN BAHAMONDEZ · BRIAN PATRICK CORCORAN BLACKWOOD · JILL AMY CORCORAN BLACKWOOD · CAROL CHRIS CORCORAN BLACKWOOD · SYLVIA INÉS BLACKWOOD MOLKENBUHR

Texto oficial del extracto

JUAN CARLOS ALVAREZ DOMINGUEZ, Notario Suplente de Rodrigo Andres Farias Picón, Notario Interino de la Primera Notaria de Santiago, con oficio en Huérfanos 1160, oficia 101-102, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública, otorgada con fecha 9 de Julio del 2024, Repertorio Nº 7966-2024, ante el Notario Interino, los herederos de don PATRICIO ARTURO CORCORAN BAHAMÓNDEZ, cédula de identidad número 6.540.748-5: (i) doña SYLVIA INÉS BLACKWOOD MOLKENBUHR, cédula de identidad número 7.388.655-4, (ii) don BRIAN PATRICK CORCORAN BLACKWOOD, cédula de identidad número 15.580.316-9, (iii) doña CAROL CHRIS CORCORAN BLACKWOOD, cédula de identidad número 10.684.876-9, y (iv) doña JILL AMY CORCORAN BLACKWOOD, cédula de identidad número 16.163.490-5; todos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Carlos Ibáñez del Campo número cero cinco mil setecientos sesenta y cinco, comuna de Punta Arenas, Región de Magallanes y de la Antártica Chilena y de paso por esta; los comparecientes, acordaron la modificación de la sociedad “TRANSPORTES PATRICIO CORCORAN Y COMPAÑÍA LIMITADA”, la cual rola inscrita a fojas 712 vuelta número 574 en el Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Punta Arenas año 2009. I. Da cuenta del hecho que indica: Los comparecientes dejan expresa constancia de lo siguiente: Uno) Don Patricio Arturo Corcoran Bahamondez falleció el 12 de enero del 2023. Con fecha 18 de julio del 2023, fue emitida por el Servicio de Registro Civil e Identificaciones, la resolución exenta número 2.145, número de inscripción 126.592, mediante la cual se otorgó posesión efectiva de don Patricio Arturo Corcoran Bahamondez, a sus herederos, que conforme a dicha resolución son: don BRIAN PATRICK CORCORAN BLACKWOOD, doña JILL AMY CORCORAN BLACKWOOD, doña CAROL CHRIS CORCORAN BLACKWOOD, y, doña SYLVIA INÉS BLACKWOOD MOLKENBUHR. II. Modificación Estatutos Sociales: En consecuencia de lo señalado anteriormente, y conforme a la adjudicación acordada en la escritura extractada, los actuales socios de la sociedad “TRANSPORTES PATRICIO CORCORAN Y COMPAÑÍA LIMITADA” acuerdan modificar el artículo cuarto del estatuto social, por el que sigue: “Cuarto: La administración, representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponde a doña SYLVIA INÉS BLACKWOOD MOLKENBUHR, cédula nacional de identidad número siete millones trescientos ochenta y ocho mil seiscientos cincuenta y cinco guion cuatro, quién deberá ejercerla de manera conjunta con uno cualquiera de los siguientes: i) BRIAN PATRICK CORCORAN BLACKWOOD, cédula nacional de identidad número quince millones quinientos ochenta mil trescientos dieciséis guion nueve; ii) CAROL CHRIS CORCORAN BLACKWOOD, cédula nacional de identidad número diez millones seiscientos ochenta y cuatro mil ochocientos setenta y seis guion nueve; o, iii) JILL AMY CORCORAN BLACKWOOD, cédula nacional de identidad número dieciséis millones ciento sesenta y tres mil cuatrocientos noventa guion cinco; quienes, actuando de la forma ya indicada, y anteponiendo sus firmas a la razón social, tendrán las más amplias facultades de administración y representación, pudiendo obligar a la Sociedad en toda clase de actos, contratos, convenciones, operaciones, negocios y trámites que se relacionen directa o indirectamente con el giro de la sociedad. Además de las atribuciones antes referidas, y sin que la enumeración que sigue sea taxativa, sino meramente enunciativa, los administradores tendrán las siguientes facultades: a) Facultades de Libre Disposición de Bienes: UNO: Adquirir, enajenar, comprar y vender, a cualquier título, toda clase de bienes inmuebles, corporales o incorporales, firmando las escrituras públicas respectivas, pudiendo convenir en ellas en el precio y forma de pago, cobrar, percibir y dar por pagado y cancelado el precio; señalar cabidas y deslindes de los inmuebles, firmar planos y minutas y convenir cualquiera otra cláusula del contrato, sea de la esencia, naturaleza o accidental, sin limitación alguna, y delegar en el portador de copia autorizada de la correspondiente escritura la facultad de requerir y firmar en los Conservadores de Bienes Raíces las inscripciones y anotaciones que procedan. En el caso de enajenación con garantías hipotecarias o prendarias, los administradores podrán alzarlas cuando lo estimen conveniente. DOS: Adquirir, enajenar, comprar y vender, a cualquier título, toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, letras de cambio, pagarés, debentures, y cualquier otra clase de valores mobiliarios y actuar con las más amplias facultades en el mercado de capitales. TRES: Celebrar contratos de factoring y securitización. CUATRO: Importar y exportar toda clase de productos e insumos, comprar y vender mercaderías y toda clase de materias primas, materiales, servicios e insumos en general, nacionales o importados, para la fabricación y elaboración de productos. CINCO: Celebrar contratos de promesa sobre toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales. SEIS: Ceder y aceptar cesiones. SIETE: Adquirir o enajenar líneas telefónicas y vehículos motorizados, suscribiendo la documentación relativa a la transferencia de dominio e inscripciones correspondientes. OCHO: Comprar y vender maquinarias, equipos y repuestos nacionales o importados destinados a la producción. NUEVE: Grabar bienes, en especial, aquellos a que se refieren los numerales anteriores, con servidumbres, usufructos, fideicomisos, prohibiciones, prendas de toda clase, hipotecas u otros gravámenes, con o sin cláusula de garantía general, según proceda; aceptar en favor de la sociedad gravámenes y alzarlos, cancelarlos, dividirlos o posponerlos. DIEZ: Aceptar y otorgar fianzas y solidaridad; pactar multas y cláusulas penales. ONCE: Cobrar, pagar y percibir; otorgar finiquitos y cancelaciones; renunciar acciones, reconocer deudas y obligaciones; dar prórrogas y esperas; exigir rendiciones de cuentas; remitir; compensar; novar; transigir; aceptar y hacer daciones en pago; rescindir, terminar, revocar y resciliar, total o parcialmente, todo tipo de contratos. DOCE: Concurrir a la constitución de toda clase de sociedades, civiles o comerciales, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comanditas, pudiendo participar como socio gestor o comanditario en estas últimas, cualquiera que sea su objeto; designar a sus administradores o directores provisionales, pudiendo serlo ella o sus mandatarios; concurrir a la constitución de asociaciones o cuentas en participación, corporaciones, asociaciones gremiales o cooperativas; e, incorporarse a las ya existentes. Asimismo, concurrir a la modificación, división, fusión, transformación, disolución y liquidación de aquellas de las que la sociedad forme parte, y retirarse de ellas; representar a la sociedad con voz y voto en las Juntas y en todos los demás órganos de las sociedades o entidades de que forme parte o tenga interés; suscribir acciones liberadas y de pago. b) Facultades Bancarias o Financieras: UNO: Contratar y cerrar cuentas corrientes, de depósito, de ahorro, o de cualquier otra naturaleza, y líneas de crédito, con bancos, instituciones financieras o en cualquier sistema de ahorro; girar y sobregirar sobre esas cuentas y líneas; depositar en ellas, imponerse de los saldos; capitalizar intereses; reconocer o impugnar saldos; girar, cancelar y endosar cheques; retirar talonarios de cheques y otros documentos de bancos o instituciones financieras. DOS: Girar, suscribir, aceptar, endosar en dominio, cobro o garantía, descontar, revalidar, prorrogar, reaceptar, hacer protestar y negociar en cualquier forma que proceda cheques, letras de cambio, pagarés, cartas de porte, pólizas y, en general, cualquier documento mercantil o bancario, sea al portador, a la orden o nominativo y ejercer las acciones que respecto de dichos documentos y los créditos que ellos representen correspondan a la sociedad. TRES: Contratar, otorgar y ceder préstamos y créditos de cualquier naturaleza, de dinero, bonos, certificados, títulos o especies, con o sin intereses y con o sin garantías, sea como préstamos con letras, sobregiros, pagarés, créditos en cuenta corriente o especial, avances contra aceptación, descuentos, anticipos contra divisas, préstamos a base de presupuesto de caja, comodatos, acreditivos, créditos simples, rotativos, confirmados o en cualquier otra forma, sea con bancos e instituciones financieras o con otras personas o instituciones. CUATRO: Entregar y retirar depósitos en dinero, especies o valores, a la vista o a plazo, contratar y cancelar boletas de garantía y de seguro; otorgar comisiones de confianza a bancos e instituciones financieras. CINCO: Invertir los dineros de la sociedad, celebrando al efecto y en su representación todos los contratos que sean aptos para ello, con toda clase de personas naturales o jurídicas, de derecho público o de derecho privado. Quedan comprendidos en el ámbito de esta facultad la compra, venta, cesión, transferencia, suscripción y liquidación de bonos hipotecarios, bonos de fomento reajustables, certificados de ahorro reajustables del Banco Central de Chile, pagarés reajustables de la Tesorería General de la República, cuotas de fondos mutuos y de inversión, públicos y privados y cualquier otro instrumento del mercado de capitales y, en general, en cualquier otro sistema de inversión, de mutuo, de ahorro reajustable o no, a corto, mediano o largo plazo, a la vista o condicional que actualmente exista o que pueda establecerse en el futuro. SEIS: Constituirse en aval, codeudor solidario y otorgar fianzas. SIETE: Efectuar operaciones de cambio internacional, incluyendo la compra y venta de divisas, la celebración de contratos de futuro, swaps, derivados, forwards, opciones, stock options, bonos, debentures, otro análogos, y cualquier otra operación que autorice o que a futuro pudiera autorizar el Banco Central de Chile. c) Facultades de Mera Administración: UNO: Celebrar contratos de prestación de servicios relacionados con el objeto social, de confección de obra material, de arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, de promesa, de seguro en cualquiera de sus formas, de transporte, de depósito, de representación, aprovisionamiento, cuenta corriente mercantil, suministro, distribución, agencia, comisión, correduría y, en general, realizar y celebrar todo tipo de actos y contratos civiles o comerciales vinculados al giro, modificarlos y ponerles término. DOS: Entregar y retirar bienes muebles y valores mobiliarios en custodia o en garantía y contratar y administrar cajas de seguridad, bóvedas o warrants. TRES: Contratar operaciones de comercio exterior y realizar todos los actos que sean necesarios para llevarlas a cabo y, en especial, realizar las gestiones relacionadas con importaciones y exportaciones, tanto ante instituciones bancarias, como aduanas o ante cualquier otra autoridad. Sin que la siguiente enumeración sea taxativa, el administrador estará facultado para girar, retirar y endosar documentos de embarque, presentar y firmar declaraciones, juradas o simples, de importación o exportación, solicitudes, cartas explicativas y cualquier documentación exigida por el Banco Central de Chile u otras autoridades; solicitar la modificación de las condiciones bajo las cuales una operación ha sido autorizada y retirar del Banco Central de Chile los certificados, devoluciones, cheques y demás documentos que corresponda percibir a la sociedad; contratar acreditivos en moneda extranjera y autorizar cargos en cuenta corriente de cualquier operación de comercio exterior. El mandato para actuar ante el Banco Central de Chile se entenderá vigente mientras a dicho Banco no le sea notificada su revocación o terminación por ministro de fe, salvo que esa institución tome conocimiento de la misma por cualquier otro medio. CUATRO: Actuar con las más amplias facultades en todos los asuntos relacionados con marcas comerciales, patentes de invención, modelos de utilidad y diseños industriales; propiedad intelectual; dominios en internet, pudiendo al efecto solicitar y tramitar ante las autoridades correspondientes, tales como el Departamento de Propiedad Industrial, Tribunal de Propiedad Industrial, Departamento de Derechos Intelectuales, la obtención, renovación, modificación, prolongación y transferencia de marcas comerciales, patentes de invención, modelos de utilidad y diseños industriales, derechos de propiedad intelectual. Igualmente, podrá formular oposiciones y deducir demandas de nulidad de los mismos, solicitar anotaciones de licencias, formular toda clase de presentaciones, oposiciones, protestas, declaraciones, apelaciones y reclamos, justificar explotaciones, solicitar testimonios, efectuar los pagos de impuestos, derechos u honorarios y anualidades; cobrar y percibir dinero, documentos y títulos o certificados, modificar las solicitudes presentadas; actuar ante tribunales arbitrales, administrativos o judiciales con facultad de iniciar toda clase de acciones, desistirse de la acción deducida, renunciar los recursos y los términos legales, avenir, conciliar, transigir y delegar total o parcialmente este poder o ejercerlo por medio de delegados constituidos anteriormente o que constituyan en el futuro y revocar las delegaciones. CINCO: Declarar, hacer liquidar, pagar y reclamar impuestos, cotizaciones previsionales, imposiciones o gravámenes de cualquier naturaleza y percibir restituciones. SEIS: Retirar del Correo o de instituciones similares, públicas o privadas, la correspondencia ordinaria o certificada, los giros y encomiendas dirigidos a la sociedad y percibir los valores; enviar correspondencia y carga por correo o por cualquier medio de transporte. SIETE: Representar a la sociedad sin restricciones ante todos los órganos de la Administración del Estado, en especial, ministerios, intendencias, gobernaciones y los órganos y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa; órganos y servicios públicos, centralizados o descentralizados; municipalidades; empresas públicas creadas por ley o en las que el Estado tenga participación; en particular, Congreso Nacional; Contraloría General de la República; Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad Pública; Banco Central de Chile; Servicio de Impuestos Internos; Tesorería General de la República; Superintendencias; Corporación de Fomento de la Producción; Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante; Dirección Nacional de Aduanas, Direcciones Regionales de Aduanas o Administrador de la Aduana; o, ante cualquier otro organismo público. d) Facultades Laborales y relacionadas con la legislación social: UNO: Contratar trabajadores y servicios, convenir remuneraciones, honorarios y otros derechos, firmar renovaciones y poner término a los contratos respectivos; representar a la sociedad en las negociaciones colectivas. DOS: Representar a la sociedad ante las autoridades administrativas del ramo y ante los Juzgados de Letras del Trabajo; y, en los territorios jurisdiccionales en que éstos no existan, ante los tribunales de justicia que reconozcan competencia laboral. TRES: Dictar reglamentos internos para el personal y, en general, darles órdenes y otorgarles atribuciones para el desempeño de sus funciones. CUATRO: Representar a la sociedad sin restricciones ante cualquier organismo público, centralizado o descentralizado, o privado con competencia en materias laborales o previsionales, tales como, Dirección del Trabajo, Instituto de Normalización Previsional, Superintendencias, Administradoras de Fondos de Pensiones, Instituciones de Salud Previsional y Sociedad Administradora de Fondos de Cesantía. e) Facultades Judiciales, de Autocontratación y Delegatorias: UNO: Representar judicialmente a la sociedad con todas las facultades ordinarias y extraordinarias del mandato judicial, especialmente las de desistirse en primera o segunda instancia de la acción deducida, aceptar la demanda contraria, absolver posiciones, renunciar los recursos o los términos legales, transigir, avenir, conciliar, comprometer, otorgar a los árbitros las facultades de arbitradores, aprobar convenios y percibir. DOS: Comprometer y nombrar peritos liquidadores, tasadores, árbitros, depositarios, fiscalizadores o interventores, y fijarles a los árbitros sus facultades y jurisdicción; convenir con el organismo que corresponda, sin limitaciones, en todo lo referente a expropiaciones. TRES: Los socios administradores podrán autocontratar, sea por sí o en representación de un tercero, pudiendo en consecuencia comprar para sí aquellos bienes que la sociedad le ordene vender y vender de los suyos a la sociedad, en los términos previstos en los artículos dos mil ciento cuarenta y cuatro del Código Civil y doscientos setenta y uno del Código de Comercio; como asimismo prestar su dinero a la sociedad, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo dos mil ciento cuarenta y cinco del Código Civil; pudiendo en general, celebrar válidamente consigo mismo todos aquellos actos, contratos o convenciones cuya ejecución le haya encomendado la sociedad, incluyendo expresamente la facultad de constituir a la sociedad como aval, codeudor solidario y otorgar fianzas en favor del socio administrador. CUATRO: Dar poderes generales o especiales, delegar el poder en todo o en parte y revocar dichos poderes o delegaciones. f) Facultad General: En general, realizar todos los ac

ModificaciónDiario Oficial · 2023-12-30Ver PDF (CVE 2430586)

Información societaria

Ltda
Avenida Presidente Ibáñez número 5.765
Administración: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá y será ejercida individual e indistintamente por don RICARDO AUGUSTO RIVERO VELARDE

Capital

Capital total

$123.272.670

Socios (3)

NombreParticipación

SYLVIA INÉS BLACKWOOD MOLKENBUHR

Socio

43.79%

HEREDEROS de don PATRICIO ARTURO CORCORAN BAHAMONDEZ

Socio

44.97%

BRIAN PATRICK CORCORAN BLACKWOOD

Socio

11.24%

Administradores (1)

RICARDO AUGUSTO RIVERO VELARDE

16.xxx.xxx-2Administrador

Historia societaria relatada

  1. Sucesión· 18 de julio de 2023

    Se concede posesión efectiva de don Patricio Arturo Corcoran Bahamóndez a su cónyuge e hijos

    SYLVIA INÉS BLACKWOOD MOLKENBUHR · BRIAN PATRICK CORCORAN BLACKWOOD · CAROL CHRIS CORCORAN BLACWOOD · JILL AMY CORCORAN BLACKWOOD · PATRICIO ARTURO CORCORAN BAHAMONDEZ

Texto oficial del extracto

HUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Público Titular de la 26° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo número 3.196, comuna de Las Condes; certifico: Por escritura pública de fecha 14 de diciembre de 2023, Rep. 10.521, ante mí comparece: (i) doña SYLVIA INÉS BLACKWOOD MOLKENBUHR, (ii) don BRIAN PATRICK CORCORAN BLACKWOOD, (iii) doña CAROL CHRIS CORCORAN BLACWOOD; y, (iv) doña JILL AMY CORCORAN BLACKWOOD, todos los anteriores domiciliados en Avenida Presidente Ibáñez número 5.765, comuna de Punta Arenas, Región de Magallanes y de la Antártica Chilena; quienes como actuales y únicos socios de la sociedad TRANSPORTES PATRICIO CORCORAN Y COMPAÑÍA LIMITADA, inscrita a fojas 712 vuelta número 574 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Punta Arenas correspondiente al año 2009, acordaron modificar la sociedad en los siguientes términos: I. Da cuenta del hecho que indica: los herederos de don Patricio Arturo Corcoran Bahamóndez, y los demás actuales socios de la sociedad “TRANSPORTES PATRICIO CORCORAN Y COMPAÑÍA LIMITADA” vienen en dejar constancia que comparecen por don Patricio Arturo Corcoran Bahamóndez, sus herederos, estos son su cónyuge doña SYLVIA INÉS BLACKWOOD MOLKENBUHR, y sus hijos don BRIAN PATRICK CORCORAN BLACKWOOD, doña CAROL CHRIS CORCORAN BLACWOOD; y, doña JILL AMY CORCORAN BLACKWOOD según consta en Resolución número 2145, emitida por el Servicio de Registro Civil e Identificaciones con fecha 18 de julio de 2023, publicada con fecha 01 de agosto de 2023 del Certificado de Posesión Efectiva del causante, don Patricio Arturo Corcoran Bahamóndez. En virtud de lo anterior, los herederos de don Patricio Arturo Corcoran Bahamóndez, son actualmente dueños y titulares del 44,97% del capital social que le correspondía a don Patricio Arturo Corcoran Bahamóndez como socio de dicha sociedad, TRANSPORTES PATRICIO CORCORAN Y COMPAÑÍA LIMITADA. II. Modificación del Capital en los Estatutos Sociales: En consecuencia de lo señalado previamente, se modifica el artículo Quinto de los estatutos sociales, relativo al capital social el cual queda de la siguiente manera: “QUINTO: El capital social será la suma única y total de $123.272.670, distribuido entre sus socios de la forma que sigue: i) doña SYLVIA INÉS BLACKWOOD MOLKENBUHR con la suma de $53.982.692, equivalentes al 43,79% del capital social;; ii) los HEREDEROS de don PATRICIO ARTURO CORCORAN BAHAMONDEZ, con la suma de $55.431.982, equivalentes al 44,97% del capital social; y, iii) don BRIAN PATRICK CORCORAN BLACKWOOD con la suma de $13.857.996, equivalentes al 11,24% del capital social”. III: Modificación de la Administración en los Estatutos Sociales: (i) Se modifica la Administración social, contenida en el artículo Cuarto del estatuto social, relativo a la administración, el cual queda de la siguiente manera: “Artículo Cuarto: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá y será ejercida individual e indistintamente por don RICARDO AUGUSTO RIVERO VELARDE, cédula nacional de identidad número 16.574.880-2 quien actuando en la forma ya indicada, y anteponiendo su firma a la razón social, tendrá las más amplias facultades de administración y representación de la sociedad”. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 27 de diciembre de 2023. HQM. Not. Pub.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    TRANSPORTES PATRICIO CORCORAN Y COMPAÑÍA LIMITADA

    CVE 2729203

  2. MODIFICACIÓN

    TRANSPORTES PATRICIO CORCORAN Y COMPAÑÍA LIMITADA

    CVE 2522318

  3. MODIFICACIÓN

    TRANSPORTES PATRICIO CORCORAN Y COMPAÑÍA LIMITADA

    CVE 2430586

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)