Sociedad de Responsabilidad Limitada76.084.969-3

Fabrica De Puertas Y Ventanas Renova-Tek Limitada

MODIFICACIÓN — 12 may 2018

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2018-05-12Ver PDF (CVE 1397750)

Información societaria

Ltda
Pedro Torres número mil trescientos cuarenta y seis
Administración: Socio administrador

Capital

Capital total

$1.000.000

Socios (2)

NombreParticipación

FRANCISCO JAVIER PORRE BANDA

Socio

99%

SUZANA ANDREA MIMICA FLORES

Socio

1%

Administradores (1)

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 21 de octubre de 2009

    Se constituyó la sociedad FABRICA DE PUERTAS Y VENTANAS RENOVA-TEK LIMITADA o RENOVATEK LTDA.

    FRANCISCO JAVIER PORRE BANDA · SUZANA ANDREA MIMICA FLORES

  2. Cambio de administrador· 30 de julio de 2015

    Se amplían las facultades de administración y uso de la razón social de FRANCISCO JAVIER PORRE BANDA, incorporando la facultad de autocontratar.

    FRANCISCO JAVIER PORRE BANDA

Texto oficial del extracto

EVELYN CAROLINA SÁNCHEZ TAPIA, Notario Público Titular de San Miguel con asiento en La Cisterna, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera número ocho mil ochocientos ochenta y siete, comuna de La Cisterna, certifica: Por escritura pública de fecha de diecisiete de mayo de dos mil dieciocho, repertorio 393-2018, ante mí, don FRANCISCO JAVIER PORRE BANDA, domiciliado en Pedro Torres número mil trescientos cuarenta y seis, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; y doña SUZANA ANDREA MIMICA FLORES, domiciliada en Pedro Torres número mil trescientos cuarenta y seis, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, modificaron la sociedad "FABRICA DE PUERTAS Y VENTANAS RENOVA-TEK LIMITADA” o “RENOVATEK LTDA” constituida por escritura pública de fecha veintiuno de octubre de dos mil nueve, otorgada ante don Osvaldo Pereira González Notario Público Titular de la Décimo Cuarta Notaria de Santiago, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio de Santiago con fecha cuatro de noviembre del año dos mil nueve, a fojas cincuenta y tres mil doscientos sesenta y cinco número treinta y seis mil novecientos cuarenta y nueve, y fue publicado en el diario oficial el nueve de diciembre de dos mil nueve. Rol único tributario setenta y seis millones ochenta y cuatro mil novecientos sesenta y nueve guion tres. El capital social es de un millón de pesos, correspondiendo, como únicos socios, a don FRANCISCO JAVIER PORRE BANDA, un noventa y nueve por ciento de los derechos sociales, en razón del aporte efectuado como constituyente de novecientos noventa mil pesos; y doña SUZANA ANDREA MIMICA FLORES, un uno por ciento de los derechos sociales, en razón del aporte efectuado como constituyente de diez mil pesos.- La sociedad solo ha sido modificada, “…ampliando en siguiente sentido: ampliar las facultades de administración y el uso de la razón social que tiene don FRANCISCO JAVIER PORRE BANDA, agregando además de las atribuciones contenidas en la cláusula Cuarta del pacto constitutivo la facultad especial de AUTOCONTRATAR y Reemplazar cláusula SEXTA por “SEXTO: Los socios podrán determinar, de común acuerdo, en cada año la forma y proporción en que distribuirán anualmente las utilidades o las eventuales pérdidas…” por escritura de fecha treinta de julio de dos mil quince, otorgada ante don Jorge Iván Arenas Ruiz, Suplente en la Notaría de don Jaime Morandé Orrego; cuyo extracto se inscribió en el año dos mil quince del Registro de Comercio de Santiago con fecha veintitrés de septiembre del año dos mil quince, a fojas setenta mil ochocientos setenta y cinco número cuarenta y un mil trescientos cincuenta y nueve, y fue publicado en el diario oficial el veintiocho de septiembre de dos mil quince. La sociedad no ha sufrido modificaciones posteriores. La referida modificación por el presente acto en el siguiente sentido: don FRANCISCO JAVIER PORRE BANDA y doña SUZANA ANDREA MIMICA FLORES vienen en introducir al pacto social, la siguiente modificación: se reemplaza completamente la cláusula relativa a la administración social. TERCERO: Como consecuencia de lo anterior, los socios dejan constancia que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don FRANCISCO JAVIER PORRÉ BANDA quien al actuar y anteponer a su firma la razón social de la Sociedad podrán realizar toda clase de actos y contratos, especialmente con las facultades que se indican en la cláusula siguiente.- CUARTO: En virtud de lo anterior, los únicos y actuales socios de la Sociedad de Responsabilidad Limitada "FABRICA DE PUERTAS Y VENTANAS RENOVA-TEK LIMITADA” o “RENOVATEK LTDA”, vienen en modificar la cláusula relativa a la administración en los estatutos sociales, quedando en consecuencia ésta como sigue: “…CUARTO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don FRANCISCO JAVIER PORRÉ BANDA quien al actuar y anteponer a su firma la razón social de la Sociedad podrán realizar toda clase de actos y contratos, especialmente los que se indican y detallan en los estatutos sociales.- Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia de sus respectivos aportes.- Capital social: $1.000.000.- En todo lo no modificado por el presente instrumento, siguen vigente las estipulaciones del pacto social singularizado en la cláusula primera precedente.- La Cisterna 08 mayo 2018. Evelyn Sánchez Tapia. Notario Público Titular.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    FABRICA DE PUERTAS Y VENTANAS RENOVA-TEK LIMITADA

    CVE 1397750

Relaciones societarias

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