Société par actions76.080.652-8

Sociedad De Inversiones Dirot SpA

MODIFICACIÓN — 13 août 2021

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2021-08-13Voir le PDF (CVE 1993716)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Administration: Administración y representación por dos administradores que actúan separada e indistintamente

Administrateurs (2)

Marcela Susana Gisela Kelzi

Administrador

Texte officiel de l’extrait

Juan Carlos Alvarez Domínguez, Notario Público Suplente de la Primera Notaría de Santiago de don Hernán Cuadra Gazmuri, con oficio en calle Huérfanos N° 1160, oficina 101 y 102, Santiago, certifico: Que con fecha 11 de agosto de 2021, Repertorio Nº 21.043/ 2021, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de Cuarta Junta General Extraordinaria de Accionistas de la SOCIEDAD DE INVERSIONES DIROT SpA, RUT 76.080.652-8, inscrita a fojas 57.032, N° 39.644 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2009, celebrada con la misma fecha, por la cual los accionistas acordaron por unanimidad sustituir el Artículo Sexto del Título Tercero de la Administración de la Sociedad reemplazándolo por lo siguiente: “ARTÍCULO SEXTO: La administración y representación de la sociedad corresponderá a don Pablo Daniel Szuldman, y a doña Marcela Susana Gisela Kelzi, quienes en calidad de Administradores de la sociedad, actuando separada e indistintamente, por sí o a través de uno o más delegados, especialmente designados para ello por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, con aquellas facultades que expresamente se le otorguen, representarán y podrán obligar a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sin limitación alguna más que la aprobación unánime de los accionistas para enajenar inmuebles, incluyendo también las facultades señaladas de manera enunciativa en el artículo séptimo siguiente del pacto social.” Demás acuerdos y estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, a 11 de Agosto de 2021. J.C. Alvarez D.

ModificationDiario Oficial · 2020-03-18Voir le PDF (CVE 1741374)

Informations sociétaires

SpA
Administration: La administración y representación de la sociedad corresponderá a dos administradores, actuando separada e indistintamente.

Administrateurs (2)

Marcela Susana Gisela Kelzi

Administrador

Représentation légale (1)

PAULINA ANDREA VARGAS UBILLA

16.xxx.xxx-3En représentation de SOCIEDAD DE INVERSIONES DIROT SpA76.080.652-8

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 27 février 2020

    Se celebró la junta general extraordinaria de accionistas de la sociedad.

    SOCIEDAD DE INVERSIONES DIROT SpA

Texte officiel de l’extrait

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la 36° Notaría Santiago, La Concepción N°65 piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que con fecha 11 de marzo de 2020, Rep. N° 5.662-2020, ante mí, doña PAULINA ANDREA VARGAS UBILLA, CIN°16.285.493-3, domiciliada para estos efectos en Antonio Varas N°303, oficina 412, comuna de Providencia, redujo escritura pública Acta de Primera Junta General Extraordinaria de Accionistas de la SOCIEDAD DE INVERSIONES DIROT SpA, RUT 76.080.652-8, celebrada con fecha 27 de Febrero de 2020, por la cual los accionistas acordaron por unanimidad sustituir el Artículo Sexto del Título Tercero de la Administración de la Sociedad remplazándolo por lo siguiente: “ARTÍCULO SEXTO: La administración y representación de la sociedad corresponderá a don Pablo Daniel Szuldman, y a doña Marcela Susana Gisela Kelzi, quienes en calidad de Administradores de la sociedad, actuando separada e indistintamente, por sí o a través de uno o más delegados, especialmente designados para ello por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, con aquellas facultades que expresamente se le otorguen, representarán y podrán obligar a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sin limitación alguna más que la aprobación unánime de los accionistas para enajenar inmuebles, incluyendo también las facultades señaladas de manera enunciativa en el artículo séptimo siguiente del pacto social.” Demás disposiciones constan en escritura extractada. Santiago, 12 de Marzo de 2020.

ModificationDiario Oficial · 2019-12-30Voir le PDF (CVE 1705701)

Informations sociétaires

SpA
Administration: La administración y representación de la sociedad corresponderá a doña Marcela Susana Gisela Kelzi, quien actuará por sí o a través de uno o más delegados especialmente designados

Administrateurs (1)

Marcela Susana Gisela Kelzi

240.149.362-KAdministrador

Texte officiel de l’extrait

KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogada, Notario Público, Suplente de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifico: Que con fecha 26 de diciembre de 2019, bajo el Rep. N° 37.718/2019, ante mí, doña PAULINA ANDREA VARGAS UBILLA, C.I.N°16.285.493-3, domiciliada para estos efectos en Antonio Varas N°303, oficina 412, comuna de Providencia, redujo escritura pública Acta de Primera Junta General Extraordinaria de Accionistas de la SOCIEDAD DE INVERSIONES DIROT SpA, RUT 76.080.652-8, celebrada con fecha 16 de Diciembre de 2019, por la cual los accionistas acordaron por unanimidad sustituir el Artículo Sexto del Título Tercero de la Administración de la Sociedad remplazándolo por lo siguiente: “ARTÍCULO SEXTO: La administración y representación de la sociedad corresponderá a doña Marcela Susana Gisela Kelzi, cédula de identidad para extranjeros número veinticuatro millones ciento cuarenta y nueve mil trescientos sesenta y dos guion ocho, quién actuando por sí o a través de uno o más delegados, especialmente designados para ello por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, con aquellas facultades que expresamente se le otorguen. El administrador tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sin limitación alguna más que la aprobación unánime de los socios para enajenar inmuebles, incluyendo también las facultades señaladas de manera enunciativa en el artículo séptimo siguiente del pacto social.” Demás disposiciones constan en escritura extractada. Santiago, 26 de Diciembre de 2019.

ModificationDiario Oficial · 2019-11-23Voir le PDF (CVE 1686439)

Informations sociétaires

SpA
Administration: La Administración y Representación de la Sociedad corresponderá única y exclusivamente a Pablo Daniel Szuldman, quien actuará por sí mismo o a través de uno o más delegados especialmente designados.

Administrateurs (1)

Texte officiel de l’extrait

Eduardo Javier Diez Morello, Abogado, Abogado, Notario Público Titular 34º Notaria de Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Certifico: Por escritura pública ante mí, de fecha 13 de noviembre del año 2019, se redujo a escritura pública Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de "SOCIEDAD DE INVERSIONES DIROT SpA”, celebrada el 12 de noviembre de 2019, la que contó con mi presencia durante todo el desarrollo de la misma, en la que se acordó la sustitución y modificación de los siguientes artículos del estatuto social, siendo materia de extracto lo siguiente: UNO) por la unanimidad de los accionistas, como efecto del acuerdo logrado precedentemente, se acuerda modificar y sustituir el artículo sexto de los estatutos sociales, el cual debe quedar de la siguiente forma: “ARTÍCULO SEXTO: La Administración y Representación de la Sociedad corresponderá única y exclusivamente a don Pablo Daniel Szuldman, quién actuará por sí mismo o a través de uno o más delegados, especialmente designados para ello, por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, con aquellas facultades que expresamente se le otorguen, en conformidad al punto siguiente. El Administrador tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenios, de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sin limitación alguna”; DOS) Por la unanimidad de los accionistas presente, se acuerda modificar y sustituir el artículo séptimo de los estatutos sociales, el cual debe quedar de la siguiente forma: “ARTÍCULO SÉPTIMO: Por vía ilustrativa, se deja testimonio que las facultades del (los) administrador (es) comprenden entre otras, las siguientes: Uno) Acordar las normas a que deberán ceñirse las operaciones de la sociedad y dictar sus reglamentos internos, contratar los trabajadores de la sociedad, fijarles sus remuneraciones y obligaciones; poner término a sus contratos y suscribir los respectivos finiquitos; Dos) Comprar, vender, permutar y, en general, adquirir y enajenar a cualquier título, toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, incluso valores mobiliarios, acciones, debentures, bonos u otros; celebrar contratos de promesa sobre los bienes enumerados u otros; Tres) Dar y tomar en arrendamiento, comodato, administración o concesión, o bien, a cualquier otro títulos, toda clase de bienes, sean estos corporales o incorporales, raíces o muebles; Cuatro) Dar y tomar dinero y otros bienes en mutuo; Cinco) Dar y recibir dinero y otros bienes en depósito, sea este necesario o voluntario y en secuestro; Seis) Dar y recibir en hipoteca, incluso con cláusula de garantía general; alzar y posponer hipotecas; Siete) Dar y recibir en prenda muebles, valores mobiliarios, derechos, acciones y demás cosas corporales o incorporales, sea en prenda civil, mercantil, bancaria, agraria, industrial, warrants, sin desplazamiento, de cosas mueble vendida a plazo y otras especiales, y cancelarlas; Ocho) Celebrar contratos de transporte, de fletamento, de cambio, de correduría y de transacción; Nueve) Celebrar contratos para constituir a la sociedad en agente, representante, comisionista, distribuidora o concesionaria, o para que esta los constituya; Diez) Representar a la sociedad en las Juntas de Accionistas o reuniones de socios de aquellas sociedades de las que la sociedad sea accionista o socia, con derecho a voz y voto, con las más amplias atribuciones; pudiendo acordar la reforma de estatutos, su terminación anticipada, su disolución y/o liquidación, concurrir, en representación de la sociedad, a la constitución de sociedades de cualquier tipo, tanto civiles como comerciales, sean anónimas, colectivas, de responsabilidad limitada, en comandita por acciones o simple, asociaciones de cuentas en participación, etcétera, quedando expresamente facultado para estipular contratos de sociedad en los que, el o uno de los otros socios, accionistas o asociados, o su apoderado, sea el mismo mandatario; modificarlas, transformarlas, convenir su terminación anticipada, su disolución y/o liquidación; Once) Celebrar contratos de seguros, pudiendo acordar primas, fijar riesgos, plazos y demás condiciones, cobrar pólizas, endosarlas y cancelarlas; aprobar e impugnar liquidaciones de siniestros. Etcétera; Doce) Celebrar contratos de trabajo, sean estos colectivos o individuales, contratar servicios profesionales o técnicos; Trece) Celebrar cualquier otro contrato nominado o no. En los contratos que la sociedad celebre, el administrador podrá convenir y modificar toda clase de pactos y estipulaciones , estén o no contemplados por las leyes y sean de su esencia, de su naturaleza o meramente accidentales; fijar precios, intereses, rentas, honorarios, remuneraciones, reajustes, indemnizaciones, plazos, condiciones, deberes, atribuciones, {épocas y forma de pago y de entrega, cabidas, deslindes, etcétera; Catorce) Pactar solidaridad activa o pasiva; convenir cláusulas penales a favor o en contra de la sociedad, aceptar toda clase de cauciones reales o personales y toda clase de garantías en beneficio de la sociedad o hacer que esta las constituya; fijar multas a favor o en contra de ella; pactar prohibiciones de gravar o enajenar, ejercitar o renunciar sus acciones como las de nulidad, rescisión, resolución, evicción , etcétera, y aceptar la renuncia de derechos y acciones; rescindir, resolver, resciliar, dejar sin efecto, poner término o solicitar la terminación de contratos; exigir rendiciones de cuenta, aprobarlas u objetarlas y, en general, ejercitar y renunciar todos los derechos y acciones que competen a la sociedad; Quince) Contratar prestamos en cualquier forma con toda clase de organismos e instituciones de crédito y/o de fomento, de derecho público o privados, sociedades civiles o comerciales, sociedades financieras, Asociación Nacional de Ahorro y Préstamos y, en general, con cualquier persona natural o jurídica, estatal o particular, nacional o extranjera; Dieciséis) Representar a la sociedad ante los bancos nacionales o extranjeros, estatales o particulares con las más amplias facultades que puedan necesitarse; darles instrucciones y cometerles comisiones de confianza; abrir cuentas corrientes bancarias de depósito y/o de crédito, depositar, girar en ellas, imponerse de sus movimientos y cerrar unas y otras, todo ello tanto en moneda nacional como extranjera, aprobar y objetar saldos; retirar talonarios de cheques o cheques sueltos; arrendar cajas de seguridad, abrirlas y poner término a su arrendamiento, colocar y retirar dinero o valores, sean en moneda nacional o extranjera, en depósito, custodia o garantía y cancelar los certificados respectivos, contratar acreditivos en moneda nacional o extranjera; efectuar toda clase de operaciones bancarias en moneda nacional o extranjera; Diecisiete) Abrir cuentas de ahorro, reajustables o no, a plazo, a la vista o condicionales, en el banco del Estado de Chile, en los servicios de Vivienda y Urbanismo, en la Asociación Nacional de Ahorro y Préstamo, en instituciones de previsión o en cualquier otra institución de derecho público o privado, sea en su beneficio exclusivo o en el de sus trabajadores; depositar y girar en ellas, imponerse de su movimiento, aceptar o impugnar saldos y cerrarlas; Dieciocho) Girar, suscribir, aceptar, reaceptar, renovar, prorrogar, revalidar, avalar, endosar en dominio, cobro o garantía, depositar, protestar, descontar, cancelar, cobrar, transferir, extender y disponer en cualquier forma de cheques, letras de cambio, pagarés, vales y demás documentos mercantiles o cambiarios, sean estos nominativos, a la orden o al portador, en moneda nacional o extranjera; y ejercitar las acciones que a la sociedad le correspondan en relación con tales documentos; Diecinueve) Ceder y aceptar cesiones de créditos, sean nominativos, a la orden o al portador y, en general, efectuar toda clase de operaciones con documentos mercantiles; Veinte) Pagar en efectivo, por dación en pago, por consignación, por subrogación, cesión de bienes, novación, etcétera, todo lo que la sociedad adeudare, por cualquier TÍTULO y, en general, extinguir obligaciones en cualquier forma; Veintiuno) Cobrar y percibir extrajudicialmente todo cuanto se adeude a la sociedad, a cualquier TÍTULO que sea por cualquier persona natural o jurídica incluso al fisco, instituciones, corporaciones, fundaciones de derecho público o privado, instituciones fiscales, semifiscales, de administración autónoma, instituciones privadas, etcétera, sean en dinero o en otra clase de bienes, corporales o incorporales raíces o muebles, valores mobiliarios, etcétera; Veintidós) Conceder quitas o esperas; Veintitrés) Firmar recibos, finiquitos o cancelaciones y, en general, suscribir , otorgar, firmar, extender, refrendar, modificar, toda clase de documentos públicos o privados, pudiendo formular en ellos todas las declaraciones que estimen necesarias o convenientes; Veinticuatro) Solicitar para la sociedad concesiones administrativas de cualquier naturaleza u objeto; Veinticinco) Instalar agencias, oficinas, sucursales o establecimientos, dentro o fuera del país; Veintiséis) Inscribir, registrar y renovar propiedad intelectual, industrial, nombre comerciales, marcas comerciales y modelos industriales, patentar inventos, deducir oposiciones o solicitar nulidades y, en general, efectuar todas las tramitaciones y actuaciones que sean procedentes en estas materias; Veintisiete) Entregar y/o retirar de las oficinas de correos, telégrafos, aduanas y empresas estatales o particulares de transporte terrestre, marítimo o aéreo toda clase de correspondencia, certificada o no, piezas postales, giros, reembolsos, cargas encomiendas, mercaderías, etcétera, dirigidas o consignadas a la sociedad o expedidas por ella; Veintiocho) Tramitar pólizas de embarque o transporte, extender, endosar o firmar conocimientos, manifiestos, recibos, pases libres, guías de tránsito, pagarés, ordenes de entrega de aduanas o de intercambio de mercaderías o de productos y en general, ejecutar toda clase de operaciones aduaneras; Veintinueve) Concurrir ante toda clase de autoridades políticas, administrativas, de orden tributario, aduaneras, municipales, judiciales, de comercio exterior o de cualquier otro orden y ante cualquier persona de derecho público o privado, instituciones fiscales, semifiscales, de administración autónoma, organismos, servicios, etcétera, con toda clase de presentaciones, peticiones, declaraciones, incluso obligatorias; modificarlas o desistirse de ellas; Treinta) Representar a la sociedad ante toda clase de organismos de previsión, Administrador de Fondos de Pensiones, Servicio de Seguro Social, instituciones de Salud Previsional, Isapres, Instituto de Normalización Previsional y ante la Dirección o Inspecciones Comunales o Regionales del Trabajo y de toda clase de solicitudes y peticiones ante ellas, desistirse de las mismas, modificarlas y aceptar sus resoluciones; Treinta y uno) Representar a la sociedad en todos los juicios o gestiones judiciales ante cualquier tribunal sea este ordinario, especial, arbitral, administrativo o de cualquier clase, así intervenga la sociedad como demandante, demandada, o tercero de cualquier especie, pudiendo ejercitar toda clase de acciones, sean ellas ordinarias, ejecutivas, especiales, de jurisdicción contenciosa o de cualquier naturaleza. En el ejercicio de esta representación judicial, podrá actuar por la sociedad con todas las facultades ordinarias y extraordinarias del mandato judicial, en los términos previstos en los artículos séptimo y octavo del Código de Procedimiento Civil, pudiendo desistirse en primera instancia de la acción entablada, contestar demandas, aceptar la demanda contraria, renunciar a los recursos o los términos legales, transigir, comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores, prorrogar jurisdicción, intervenir en gestiones de conciliación o avenimiento, cobrar, percibir; Treinta y dos) Conferir mandatos especiales, judiciales o extrajudiciales, y revocarlos; delegar en todo o en parte las facultades de que se consignan precedentemente; y reasumirlas en cualquier momento; Treinta y tres) Autocontratar.”.- En todo lo no modificado queda plenamente vigente los estatutos soiales social. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 13 de noviembre de 2019.

ModificationDiario Oficial · 2019-09-30Voir le PDF (CVE 1661261)

Informations sociétaires

Ltda

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital libéré

$10.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

PABLO DANIEL SZULDMAN

Socio

50%

GUSTAVO ARIEL SZULDMAN

Socio

50%

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 16 novembre 2009

    Se constituyó la sociedad Sociedad de Inversiones Dirot Limitada.

  2. Cession de droits· 5 septembre 2019

    Gustavo Ariel Szuldman cede a Pablo Daniel Szuldman el 49% de sus derechos sociales, equivalentes a $4.900.000 de capital.

    GUSTAVO ARIEL SZULDMAN · PABLO DANIEL SZULDMAN

Texte officiel de l’extrait

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la 36 Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción Nº 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: por escritura pública otorgada con fecha 05 de septiembre de 2019, ante mí, don PABLO DANIEL SZULDMAN, argentino, contador auditor, divorciado, domiciliado en calle Roger de Flor número dos mil novecientos siete, departamento mil cinco, comuna de Las Condes, de paso en esta, pasaporte argentino número AAE ocho seis cero siete cero cuatro, y don GUSTAVO ARIEL SZULDMAN, argentino, empresario, divorciado, domiciliado en calle Camarones número mil novecientos ochenta y uno, Buenos Aires, República de Argentina, de paso en esta, pasaporte argentino número AAF nueve uno seis seis seis cuatro, en su calidad de actuales y únicos socios, modificaron la sociedad SOCIEDAD DE INVERSIONES DIROT LIMITADA, constituida por escritura pública de fecha 16 de noviembre de 2009, otorgada ante don Eduardo Diez Morello, cuyo extracto fue inscrito a Fojas 57.032, Nº 39.644, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2009, y publicado en el Diario Oficial Nº 39.530, con fecha 07 de diciembre de 2009, en cuanto Gustavo Ariel Szuldman vende, cede y transfiere a Pablo Daniel Szuldman el 49% de sus derechos sociales, representativo de un aporte total de $4.900.000.- de capital social, ya enterados por el cedente, acordando la sustitución del Artículo Sexto de los estatutos sociales por el siguiente: SEXTO: Capital: $10.000.000.-, íntegramente pagado y enterado en arcas sociales, teniendo cada uno de los socios una participación del 50% en el capital social. En todo lo no modificado expresamente permanece vigente el estatuto social. Demás acuerdos y estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 25 de septiembre de 2019.

ModificationDiario Oficial · 2019-09-30Voir le PDF (CVE 1661278)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Durée: Indefinida
Administration: No indicada

Objet social

a) La inversión de todo tipo y en toda clase de bienes muebles e inmuebles, valores mobiliarios, bonos, acciones, derechos, instrumentos de inversión, divisas y demás instrumentos representativos de inversión, que se transen dentro de la República de Chile o en el extranjero; b) La compra, venta, permuta, arrendamiento, con o sin opción de compra, de toda clase de bienes muebles y/o inmuebles; c) La administración de cualquier clase de inversiones, bienes y/o fondos, y percibir sus frutos, solicitar préstamos de cualquier clase y/o naturaleza y/o celebrar contratos de leasing; d) Celebrar y/o participar, directa y/o indirectamente, y/o participando en otras asociaciones y/o sociedades y/o fondos, sea como gestora, socia o accionista, bajo cualquier modalidad, en cualquier tipo de actos, contratos, operaciones y/o convenciones relacionados con el objeto social, y; e) En general, ejecutar actos de cualquiera de los ramos y/o giros mencionados en las letras precedentes, como asimismo, de otros ramos y/o giros que los socios acuerden en el futuro, en los que se podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos que sean conducentes al cumplimiento de sus fines, por cuneta propia o ajena, ya sea que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social.

Capital

Capital total

$198.859.146.-

Capital libéré

$198.859.146.-

Capital restant dû

$0

Actions

198 859 146

Associés (2)

NomParticipation

PABLO DANIEL SZULDMAN

Accionista

-

GUSTAVO ARIEL SZULDMAN

Accionista

-

Texte officiel de l’extrait

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la 36 Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción Nº 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: por escritura pública otorgada con fecha 05 de septiembre de 2019, ante mí, don PABLO DANIEL SZULDMAN, argentino, contador auditor, divorciado, domiciliado en calle Roger de Flor número dos mil novecientos siete, departamento mil cinco, comuna de Las Condes, de paso en esta, pasaporte argentino número AAE ocho seis cero siete cero cuatro, y don GUSTAVO ARIEL SZULDMAN, argentino, empresario, divorciado, domiciliado en calle Camarones número mil novecientos ochenta y uno, Buenos Aires, República de Argentina, de paso en esta, pasaporte argentino número AAF nueve uno seis seis seis cuatro, en su calidad de actuales y únicos socios de SOCIEDAD DE INVERSIONES DIROT LIMITADA, acuerdan reconocer y capitalizar el saldo equivalente a $188.859.146.- de la cuenta de revalorización de capital propio. Considerando lo anterior, los comparecientes acuerdan transformar dicha sociedad, en una sociedad por acciones, la que será continuadora legal para todos los efectos, sin solución de continuidad, y que se regirá por el Código de Comercio, la Ley de Sociedades Anónimas y las demás leyes supletorias aplicables, y por los estatutos que se extractan a continuación: /Uno/ PABLO DANIEL SZULDMAN, argentino, contador auditor, divorciado, domiciliado en calle Roger de Flor número dos mil novecientos siete, departamento mil cinco, comuna de Las Condes, de paso en esta, pasaporte argentino número AAE ocho seis cero siete cero cuatro, y /Dos/ GUSTAVO ARIEL SZULDMAN, argentino, empresario, divorciado, domiciliado en calle Camarones número mil novecientos ochenta y uno, Buenos Aires, República de Argentina, de paso en esta, pasaporte argentino número AAF nueve uno seis seis seis cuatro, constituyeron sociedad por acciones: Razón social: “SOCIEDAD DE INVERSIONES DIROT SpA”; Objeto: a) La inversión de todo tipo y en toda clase de bienes muebles e inmuebles, valores mobiliarios, bonos, acciones, derechos, instrumentos de inversión, divisas y demás instrumentos representativos de inversión, que se transen dentro de la República de Chile o en el extranjero; b) La compra, venta, permuta, arrendamiento, con o sin opción de compra, de toda clase de bienes muebles y/o inmuebles; c) La administración de cualquier clase de inversiones, bienes y/o fondos, y percibir sus frutos, solicitar préstamos de cualquier clase y/o naturaleza y/o celebrar contratos de leasing; d) Celebrar y/o participar, directa y/o indirectamente, y/o participando en otras asociaciones y/o sociedades y/o fondos, sea como gestora, socia o accionista, bajo cualquier modalidad, en cualquier tipo de actos, contratos, operaciones y/o convenciones relacionados con el objeto social, y; e) En general, ejecutar actos de cualquiera de los ramos y/o giros mencionados en las letras precedentes, como asimismo, de otros ramos y/o giros que los socios acuerden en el futuro, en los que se podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos que sean conducentes al cumplimiento de sus fines, por cuneta propia o ajena, ya sea que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social; Domicilio: Santiago; Duración: Indefinida; Capital: $198.859.146.-, dividido en 198.859.146 acciones nominativas, de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, que se encuentra íntegramente suscrito y pagado por don Pablo Daniel Szuldman y don Gustavo Ariel Szuldman. Demás acuerdos y estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 25 de septiembre de 2019.

Actes récents

  1. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD DE INVERSIONES DIROT SpA

    CVE 1993716

  2. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD DE INVERSIONES DIROT SpA

    CVE 1741374

  3. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD DE INVERSIONES DIROT SpA

    CVE 1705701

  4. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD DE INVERSIONES DIROT SpA

    CVE 1686439

  5. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD DE INVERSIONES DIROT LIMITADA

    CVE 1661261

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