Ricardo Oportot Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Manuel Ricardo Oportot Castellón Socio | - | - | $500.500 |
Socio | - | - | $499.500 |
Administradores (3)
Manuel Ricardo Oportot Castellón
Ricardo Nicolás Oportot Frigerio
Benjamín Matías Oportot Frigerio
Historia societaria relatada
- Constitución· 5 de octubre de 2009
Se constituye Ricardo Oportot Limitada.
- Cesión de derechos· 25 de marzo de 2025
María Josefina Gemma Oportot Frigerio cede derechos de socio a Manuel Ricardo Oportot Castellón y a Ana María Frigerio Rojas.
María Josefina Gemma Oportot Frigerio · Manuel Ricardo Oportot Castellón · Ana María Frigerio Rojas
- Retiro de socio· 25 de marzo de 2025
María Josefina Gemma Oportot Frigerio se retira de la sociedad.
- Cambio de administrador· 25 de marzo de 2025
Se modifica la administración social, quedando Manuel Ricardo Oportot Castellón por sí solo y Ricardo Nicolás Oportot Frigerio junto a Benjamín Matías Oportot Frigerio actuando conjuntamente.
Manuel Ricardo Oportot Castellón · Ricardo Nicolás Oportot Frigerio · Benjamín Matías Oportot Frigerio
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior María Soledad Lascar Merino, Notario Público Titular de la trigésimo octava Notaría de Santiago, con domicilio en Isidora Goyenechea 3477, oficina 10, Las Condes, certifico: Por escritura pública otorgada con fecha 25 marzo 2025 bajo el repertorio 13795-2025, ante mí, Manuel Ricardo Oportot Castellón, Ana María Frigerio Rojas y María Josefina Gemma Oportot Frigerio, todos domiciliados en Santiago, calle Camino Los Lagares número 7133, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, expusieron: Comparecientes son los únicos y actuales socios de Ricardo Oportot Limitada constituida por escritura pública otorgada en Notaría de Santiago de don Osvaldo Pereira González con fecha 5 octubre 2009, e inscrita a fojas 49.803 N°34.515 en el Registro de Comercio del año 2009 a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Por escritura que extracto, socios acordaron modificar el pacto social como se indica a continuación: María Josefina Gemma Oportot Frigerio vendió, cedió y transfirió a Manuel Ricardo Oportot Castellón, una parte de los derechos de socio que a la primera le corresponden en la sociedad, equivalente la parte vendida a $166.500 del capital de la compañía. María Josefina Gemma Oportot Frigerio vendió, cedió y transfirió a Ana María Frigerio Rojas, una parte de los derechos de socio que a la primera le corresponden en la sociedad, equivalente la parte vendida a $166.500 del capital de la compañía. Con motivo de ventas, cesiones y transferencias, se retira de la sociedad María Josefina Gemma Oportot Frigerio. El capital de la sociedad de $1.000.000, se encuentra totalmente enterado, pagado y distribuido entre socios de la siguiente forma: $500.500 para Manuel Ricardo Oportot Castellón, y $499.500 para Ana María Frigerio Rojas. Comparecientes Manuel Ricardo Oportot Castellón y Ana María Frigerio Rojas, en su carácter de únicos actuales socios de Ricardo Oportot Limitada, acordaron modificar el “Artículo Séptimo” del pacto social, en el sentido que administración, representación y uso de la razón social corresponderá a Manuel Ricardo Oportot Castellón actuando por sí solo, y a los señores Ricardo Nicolás Oportot Frigerio y Benjamín Matías Oportot Frigerio, quienes deberán actuar siempre conjuntamente. Actuando los apoderados en la forma indicada, anteponiendo su firma a la razón social, obligarán y representarán a la sociedad en la República de Chile y en el extranjero, en todos los actos relativos a su giro u objeto y, en especial, en aquellos actos o contratos que a título enunciativo se indican en el “Artículo Séptimo” de los estatutos de la sociedad. Quedaron vigentes todas las demás cláusulas y disposiciones de la sociedad no modificadas expresamente por la escritura que extracto. Responsabilidad personal de los socios queda limitada al monto de sus aportes. Demás cláusulas constan en escritura que extracto. Santiago, 10 de abril de 2025.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
Ricardo Oportot Limitada
CVE 2635414
