Sociedad Comercial Jdc Chile Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$11.000.000
Texto oficial del extracto
RENE A. MARTINEZ LOAIZA, Notario Público Melipilla, Avda Serrano 374, Por escritura publica hoy ante mi DANIELA ORELLANA ARAOS, JOSE IGNACIO PEREZ GARCIA, JOSE IGNACIO PEREZ ORELLANA, todos domiciliados en Parcela número cuatro, San Carlos de Cholqui, comuna de Melipilla; resciliación Modificación “SOCIEDAD COMERCIAL JDC CHILE LIMITADA”, inscrita a fojas 8vta Nº7 del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Melipilla del año 2008, cuyo capital es la suma de $11.000.000, la que fue modificada por instrumento público de fecha nueve de diciembre de dos mil veintidós, suscrito ante el Notario de Melipilla don Rene Alejandro Martínez Loaiza, inscribiéndose su extracto a fojas uno, número uno, del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Melipilla, correspondiente al año dos mil veintitrés, y se publicó en el Diario Oficial número cuarenta y tres mil cuatrocientos cuarenta y tres, de fecha cinco de enero de dos mil veintitrés, Los comparecientes vienen en resciliar y dejar sin efecto en todas sus partes el contrato de sociedad y la inscripción ya señalada.- Los comparecientes solicitan al Conservador de Comercio de Melipilla la cancelación de la inscripción rolante a fojas uno, número uno, en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Melipilla, correspondiente al año dos mil veintitrés.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Melipilla a 11 de octubre de 2023.-
Información societaria
Capital
Capital total
$11.000.000
Capital pagado
$11.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 80% | $8.000.000 |
Socio 21.xxx.xxx-4 | 21.xxx.xxx-4 | 20% | $3.000.000 |
Texto oficial del extracto
RENE ALEJANDRO MARTINEZ LOAIZA, Notario Público Melipilla, con oficio en Avenida Serrano Nro. 374, certifica: Por escritura pública hoy ante mí, Doña DANIELA ORELLANA ARAOS, chilena, casada, administración en producción gastronómica, domiciliada en Parcela número cuatro, San Carlos de Cholqui, comuna de Melipilla; Don JOSE IGNACIO PEREZ GARCIA, chileno, casado, empresario, domiciliado en Parcela número cuatro, San Carlos de Cholqui, comuna de Melipilla; Don JOSE IGNACIO PEREZ ORELLANA, chileno, soltero, factor comercio, cedula nacional de identidad número veintiún millones seiscientos cinco mil quinientos sesenta y dos guion cuatro, domiciliado en Parcela número cuatro, San Carlos de Cholqui, comuna de Melipilla, modifican la sociedad “SOCIEDAD COMERCIAL JDC CHILE LIMITADA”, inscrita a fojas ocho vuelta, número siete del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Melipilla, correspondiente al año dos mil ocho; MODIFICACIONES: 1) don JOSE IGNACIO PEREZ GARCIA, dueño del setenta y dos coma setenta y tres por ciento de la totalidad del capital y de los derechos sociales, actuando con el consentimiento del resto de los socios, vende, cede y transfiere a doña DANIELA ORELLANA ARAOS, quien compra y acepta para sí, el cincuenta y dos coma setenta y tres por ciento de los derechos que al cedente le corresponden en la sociedad.- El precio de venta de esta cesión es la suma de CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS, que se pagan al contado, en dinero efectivo.- 2) Así mismo, don JOSE IGNACIO PEREZ GARCIA, actuando con el consentimiento del resto de los socios, vende, cede y transfiere a don JOSE IGNACIO PEREZ ORELLANA, quien compra y acepta para sí, el veinte por ciento de los derechos que al cedente le corresponden en la sociedad.- El precio de venta de esta cesión es la suma de UN MILLON QUINIENTOS DE PESOS, que se pagan al contado, suma que la parte cedente declara haber recibido del cesionario, en este acto, en dinero efectivo y a su entera satisfacción.- Como consecuencia son únicos socios de la sociedad referida los señores doña DANIELA ORELLANA ARAOS, dueña del ochenta por ciento del capital social y de los derechos sociales y don JOSE IGNACIO PEREZ ORELLANA, dueño del veinte por ciento del capital social y de los derechos sociales.- 2) Se modifica la cláusula cuarta del pacto social, quedando de la siguiente forma: QUINTO:- CAPITAL SOCIAL:- El capital social es la suma de once millones de pesos, que los socios aportan de la siguiente forma: a) Doña DANIELA ORELLANA ARAOS, aporta en efectivo la suma de ocho millones de pesos, equivalente al ochenta por ciento del haber social, ya ingresados a caja social y b) don JOSE IGNACIO PEREZ ORELLANA, aporta en efectivo la suma de tres millones de pesos equivalente al veinte por ciento del haber social, ya ingresados a caja social”.- En lo no modificado quedan plenamente vigentes las estipulaciones contenidas en los estatutos que rigen actualmente la sociedad. Demás estipulaciones constan escritura que extracto.-. Demás estipulaciones constan escritura que extracto.- Melipilla, nueve de diciembre de dos mil veintidos.
Información societaria
Administradores (1)
Texto oficial del extracto
Por escritura pública de hoy, ante mí, JAIME ARTURO CONTRERAS MIRANDA, Notario Público de Melipilla, domiciliado en Serrano 510, Melipilla, DANIELA ORELLANA ARAOS y JOSE IGNACIO PEREZ GARCIA ambos domiciliados en Parcela Nro. 4, San Carlos de Cholqui, comuna de Melipilla, modificaron “SOCIEDAD COMERCIAL JDC CHILE LIMITADA”, inscrita a fojas 8 vuelta N° 7 en el Registro de Comercio del año 2008 del Conservador de Comercio de Melipilla. Modificación: Se modifica cláusula tercera del pacto social, quedando en la forma que se indica, y señalándose que el uso de la razón social, la representación y administración de la sociedad, corresponderá a DANIELA ORELLANA ARAOS, con las facultades que allí se exponen. Melipilla, 25 de noviembre de 2021.-
Información societaria
Objeto social
La adquisición, enajenación, importación, exportación y comercialización en toda forma, de bienes muebles, sean ellos materias primas, insumos, repuestos, productos o mercaderías terminados, o de cualquier otra especie pudiendo actuar por cuenta propia o de terceros. En relación con esta actividad, la sociedad podrá contratar y mantener agencias, representaciones y distribuciones, sean nacionales o extranjeras; servir de agente consignatario, comisionista o intermediario; y prestar toda clase de servicios, relacionados con sus objetivos. La adquisición, instalación y explotación de industria relacionadas en cualquier forma con las actividades anteriores. La prestación de toda clase de servicios como administración de personal, asesorias de todo tipo y otros servicios afines. La construcción, de pozos, perforaciones y todo lo relacionado con obras hidráulicas y de ingeniería. Desarrollo de proyectos inmobiliarios y agrícolas. El transporte vía aéreo de carga y pasajeros. La prestación de servicios. Turismo y Agroturismo. Servicios anexos en general en las instalaciones de las personas Naturales y Jurídicas que actúen como mandantes de cualquier servicio, y todo otro objeto que diga relación con los ya detallados, cuya incorporación no hará necesaria la modificación de los presentes estatutos.
Capital
Capital total
$11.000.000
Capital pagado
$6.000.000
Capital pendiente
$5.000.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 72.73% | $8.000.000 |
Socio | - | 27.27% | $3.000.000 |
Administradores (1)
Historia societaria relatada
- Cesión de derechos
Diego Vicente Perez Garcia cede la totalidad de sus derechos sociales a Jose Ignacio Perez Garcia por el 50% del haber o capital social.
- Retiro de socio
Diego Vicente Perez Garcia se retira de la sociedad.
- Cambio de capital
El capital social aumenta de $6.000.000 a $11.000.000.
- Cambio de administrador
La administración de la sociedad pasa a José Ignacio Perez Garcia.
- Otro acto
Se modifica el objeto social.
- Otro acto
Se ajusta la cláusula de capital para reflejar los nuevos aportes y porcentajes de participación.
Texto oficial del extracto
RENE ALEJANDRO MARTINEZ LOAIZA, Notario Público Melipilla, con oficio en Avenida Serrano Nro. 374, certifica: Por escritura pública hoy ante mí, DANIELA ORELLANA ARAOS , chilena, casada, Técnico en producción gastronómica, con domicilio en Parcela número cuatro, San Carlos de Cholqui, comuna Melipilla; DIEGO VICENTE PEREZ GARCIA, chileno, casado, Técnico agrícola, con domicilio en Parcela número cuatro San Carlos de Cholqui, comuna Melipilla; JOSE IGNACIO PEREZ GARCIA, chileno, casado, empresario, domiciliado en Parcela número Cuatro G, San Carlos de Cholqui, comuna y Provincia de Melipilla, modifican la “SOCIEDAD COMERCIAL JDC CHILE LIMITADA”, rol único tributario número setenta y seis millones setenta y cinco mil doscientos cuarenta y dos guion ocho, inscrita a fojas ocho vuelta número siete del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Melipilla, correspondiente al año dos mil ocho, publicada en el Diario Oficial número treinta y ocho mil novecientos noventa de fecha dieciocho de Febrero dos mil ocho.- MODIFICACIONES: 1.- DIEGO VICENTE PEREZ GARCÍA, vende, cede y transfiere a JOSE IGNACIO PEREZ GARCIA, quien compra y acepta para sí, la totalidad de los derechos sociales que tiene en la referida sociedad y que equivalen al cincuenta por ciento del haber o capital social.- El precio de la venta de esta cesión es la suma de tres millones de pesos, que se pagan al contado.- 2.- Como consecuencia de la cesión referida, se retira de la sociedad don DIEGO VICENTE PEREZ GARCÍA, y quedan como únicos socios de ésta: Don JOSE IGNACIO PÉREZ GARCIA, dueño del cincuenta por ciento del capital social y de los derechos sociales y doña DANIELA ORELLANA ARAOS, dueña del cincuenta por ciento del capital social y de los derechos sociales.- 3.- Se aumenta el capital social de la suma de seis millones de pesos a once millones de pesos, esto es, en la suma de cinco millones de pesos que se aportan así: JOSE IGNACIO PÉREZ GARCIA, la suma de ocho millones de pesos, con el aporte de tres millones de pesos ya ingresados a la caja social y con la suma de cinco millones que enterará en el plazo de tres años a contar de esta fecha, con una participación en la sociedad del setenta y dos coma setenta y tres por ciento del capital social y de los derechos sociales.- DANIELA ORELLANA ARAOS, la suma de tres millones de pesos, ya ingresados a la caja social con una participación en la sociedad del veintisiete coma veintisiete por ciento del capital social y de los derechos sociales.- 4.- Se modifica la cláusula segunda del pacto social quedando como sigue: “SEGUNDO: El objeto social será: Uno. La adquisición, enajenación, importación, exportación y comercialización en toda forma, de bienes muebles, sean ellos materias primas, insumos, repuestos, productos o mercaderías terminados, o de cualquier otra especie pudiendo actuar por cuenta propia o de terceros. En relación con esta actividad, la sociedad podrá contratar y mantener agencias, representaciones y distribuciones, sean nacionales o extranjeras; servir de agente consignatario, comisionista o intermediario; y prestar toda clase de servicios, relacionados con sus objetivos. Dos la adquisición, instalación y explotación de industria relacionadas en cualquier forma con las actividades anteriores. La prestación de toda clase de servicios como administración de personal, asesorias de todo tipo y otros servicios afines. Tres. La construcción, de pozos, perforaciones y todo lo relacionado con obras hidráulicas y de ingeniería. Cuatro. Desarrollo de proyectos inmobiliarios y agrícolas. Cinco. El transporte vía aéreo de carga y pasajeros. Seis. La prestación de servicios. Siete. Turismo y Agroturismo. Ocho. Servicios anexos en general en las instalaciones de las personas Naturales y Jurídicas que actúen como mandantes de cualquier servicio, y todo otro objeto que diga relación con los ya detallados, cuya incorporación no hará necesaria la modificación de los presentes estatutos.- 5.- Se modifica la cláusula tercera del pacto social en el sentido que la administración de la sociedad corresponderá a don JOSE IGNACIO PEREZ GARCIA, quien anteponiendo la razón social a su firma la representará con las más amplias facultades que se señalan en escritura que extracto.- 6.- Se modifica la cláusula cuarta del pacto social quedando como sigue: “CUARTO: El capital social será la suma de once millones de pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: doña DANIELA ORELLANA ARAOS, aporta la suma de tres millones de pesos ($3.000.000), ya ingresado a la caja social que representa el veintisiete coma veintisiete por ciento del capital social; don JOSE IGNACIO PEREZ GARCIA, aporta la suma de ocho millones de pesos que aporta así: con la suma de tres millones de pesos ($3.000.000), ya ingresado a la caja social y la suma de cinco millones de pesos que enterará en el plazo de tres años a contar de esta fecha, que representa el setenta y dos coma setenta y tres por ciento del capital social.- En lo no modificado quedan plenamente vigentes las estipulaciones contenidas en los estatutos que rigen actualmente la sociedad. Demás estipulaciones constan escritura que extracto.- Melipilla, 7 de Diciembre de 2016.-
Actuaciones recientes
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SOCIEDAD COMERCIAL JDC CHILE LIMITADA
CVE 2402452
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CVE 2247164
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CVE 2051926
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CVE 1170381
