Sociedad de Responsabilidad Limitada76.062.871-9

Ortopedia Araucania Limitada

MODIFICACIÓN — 21 oct 2017

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2017-10-21Ver PDF (CVE 1290676)

Información societaria

Ltda
Temuco, Araucanía
Administración: La administración y representación de la sociedad corresponderá exclusivamente a la socia JENNY PAOLA CANDIA SAENZ, con todas las facultades señaladas en la cláusula respectiva, sin limitación alguna.

Capital

Capital total

$3.000.000

Capital pagado

$3.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

JENNY PAOLA CANDIA SAENZ

Socio

99.5%

ALEJANDRA IVONE RIVAS ZUÑIGA

Socio

0.5%

Administradores (1)

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 25 de junio de 2009

    Se constituyó ORTOPEDIA ARAUCANIA LIMITADA.

  2. Otro acto· 6 de abril de 2015

    La sociedad fue modificada anteriormente.

  3. Cesión de derechos· 12 de octubre de 2017

    AQUILES ALEJANDRO RAMIREZ BAHAMONDE cede el 99,5% de sus derechos sociales a JENNY PAOLA CANDIA SAENZ, y IVAN SEGUNDO MERINO VILLALOBOS cede el 0,5% de sus derechos sociales a ALEJANDRA IVONE RIVAS ZUÑIGA.

    AQUILES ALEJANDRO RAMIREZ BAHAMONDE · JENNY PAOLA CANDIA SAENZ · IVAN SEGUNDO MERINO VILLALOBOS · ALEJANDRA IVONE RIVAS ZUÑIGA

  4. Cambio de administrador· 12 de octubre de 2017

    La administración y representación social pasa exclusivamente a JENNY PAOLA CANDIA SAENZ.

    JENNY PAOLA CANDIA SAENZ

  5. Cambio de capital· 12 de octubre de 2017

    Se mantiene el capital social en $3.000.000 y se redistribuye entre los socios.

    JENNY PAOLA CANDIA SAENZ · ALEJANDRA IVONE RIVAS ZUÑIGA

Texto oficial del extracto

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha doce de Octubre de dos mil diecisiete, ante mi Suplente Ismenia Catalina Bravo Aedo, don IVAN SEGUNDO MERINO VILLALOBOS, domiciliado en Temuco, calle Río Maule número trescientos diez; doña JENNY PAOLA CANDIA SAENZ, domiciliada en Temuco, calle Los Establos número mil quinientos veinte, villa “Juan Pablo Segundo”; don AQUILES ALEJANDRO RAMIREZ BAHAMONDE, domiciliado en Temuco, calle Phillipi número trescientos cincuenta y nueve; y doña ALEJANDRA IVONE RIVAS ZUÑIGA, domiciliada en Temuco, calle Valle Largo número tres mil doscientos ochenta y ocho, villa “Parque Costanera Dos”, expusieron: Que por escritura pública de fecha veinticinco de junio del año dos mil nueve, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Héctor Efrain Basualto Bustamante, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada denominada “ORTOPEDIA ARAUCANIA LIMITADA”, sociedad cuyo extracto fue inscrito a fojas seiscientos treinta y cinco con el número seiscientos cinco en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil nueve, y publicado en la edición del Diario Oficial número treinta y nueve mil cuatrocientos cinco, de fecha siete de julio del año dos mil nueve. La referida sociedad fue modificada, según consta en escritura pública, de fecha seis de abril del año dos mil quince, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Héctor Efraín Basualto Bustamante, cuyo extracto fue inscrito a fojas seiscientos veintinueve con el número cuatrocientos treinta en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil quince, y publicada en la edición del Diario Oficial número cuarenta y un mil ciento treinta y cuatro, de fecha diecisiete de abril del año dos mil quince.- PRESENTE MODIFICACION: Por el presente instrumento don AQUILES ALEJANDRO RAMIREZ BAHAMONDE cede el cien por ciento de su interés social, equivalente al noventa y nueve coma cinco por ciento de los derechos sociales a doña JENNY PAOLA CANDIA SAENZ. El precio de la cesión es la suma de dos millones de pesos, que se pagan forma establecida en escritura. A su vez, don IVAN SEGUNDO MERINO VILLALOBOS cede el cien por ciento de su interés social, equivalente al cero coma cinco por ciento de los derechos sociales a doña ALEJANDRA IVONE RIVAS ZUÑIGA. El precio de la cesión es la suma de cien mil pesos, que se pagan en acto escritura, de contado, en dinero efectivo, declarando el cesionario recibirlos a su entera satisfacción.- Tanto don AQUILES ALEJANDRO RAMIREZ BAHAMONDE como don IVAN SEGUNDO MERINO VILLALOBOS, manifiesta recíprocamente su total conformidad con las cesiones de derechos referida.- Como consecuencia de lo anterior, conforman la sociedad “ORTOPEDIA ARAUCANIA LIMITADA”, nombre de fantasía “ORTOPEDIA ARAUCANIA LTDA.”, como únicos socios, doña JENNY PAOLA CANDIA SAENZ y doña ALEJANDRA IVONE RIVAS ZUÑIGA, correspondiéndoles el noventa y nueve coma cinco por ciento del interés social y el cero coma cinco por ciento del interés social, respectivamente. Los socios expresan su determinación de continuar la sociedad, y de regirse en todo por el pacto social antes singularizado y sus modificaciones ya reseñadas, con las solas modificaciones que se expresan a continuación.- Por este instrumento, los únicos socios ya individualizados, modifican la sociedad, en los siguientes términos: UNO) Se modifica la cláusula cuarta del pacto social, en el sentido que la Administración y Representación de la sociedad y el uso de la Razón Social y del Nombre de Fantasía, corresponderá exclusivamente a la socia doña JENNY PAOLA CANDIA SAENZ, con todas las facultades señaladas en dicha cláusula, sin limitación alguna.- DOS) Se modifica la cláusula sexta del pacto social, en el sentido que manteniéndose el capital social en la suma de tres millones de pesos, se conforma ahora de la siguiente manera: I) Doña ALEJANDRA IVONE RIVAS ZUÑIGA, ha aportado en caja social la suma de QUINCE MIL PESOS; y II) doña JENNY PAOLA CANDIA SAENZ, ha aportado en caja social la suma de DOS MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL PESOS.- Y TRES) Se modifica la cláusula Novena del pacto social, en el sentido que las utilidades y eventuales pérdidas se repartirán entre los socios en proporción a sus respectivos aportes, esto es, en un cero coma cinco por ciento para la socia doña ALEJANDRA IVONE RIVAS ZUÑIGA, y en un noventa y nueve coma cinco por ciento para la socia doña JENNY PAOLA CANDIA SAENZ.- En todo lo no modificado, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social y su modificación, ya referida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 19 de Octubre de 2017.-

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    ORTOPEDIA ARAUCANIA LIMITADA

    CVE 1290676

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)