Agrícola Mayapehue Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$80.000.000
Capital pagado
$80.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (5)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 9% | $7.200.000 |
DELIA DE LAS MERCEDES AGUILERA MOLINA Socio | - | 13% | $10.400 |
Socio | - | 26% | $20.800.000 |
Socio | - | 26% | $20.800.000 |
Socio | - | 26% | $20.800.000 |
Historia societaria relatada
- Cesión de derechos· 13 de diciembre de 2017
Pedro María Moya Nuñez cede el 22% de sus derechos sociales a José Mauricio Moya Aguilera, Yajaira Zulay Moya Aguilera y Pedro José Moya Aguilera
PEDRO MARÍA MOYA NUÑEZ · JOSÉ MAURICIO MOYA AGUILERA · YAJAIRA ZULAY MOYA AGUILERA · PEDRO JOSÉ MOYA AGUILERA
Texto oficial del extracto
GUSTAVO MONTERO MARTÍ, Notario Público Suplente de la 48° Notaría de Santiago de don Roberto Antonio Cifuentes Allel, Avenida Apoquindo 3076, Oficina 601, certifica: Por escritura pública de hoy, ante mí, compareció: PEDRO MARÍA MOYA NUÑEZ, DELIA DE LAS MERCEDES AGUILERA MOLINA, JOSÉ MAURICIO MOYA AGUILERA, YAJAIRA ZULAY MOYA AGUILERA y PEDRO JOSÉ MOYA AGUILERA, todos domiciliados para estos efectos en Piloto Lazo 210, Comuna Cerrillos, Santiago, socios acuerdan modificar “AGRÍCOLA MAYAPEHUE LIMITADA”, RUT 76.059.602-7, inscrita a fs.19.398 N°13.160 Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2009,en siguiente sentido: CESIÓN DE DERECHOS: a) PEDRO MARÍA MOYA NUÑEZ vende, cede y transfiere a JOSÉ MAURICIO MOYA AGUILERA, el 22% del haber social, quien compra, acepta y adquiere para sí; b) PEDRO MARÍA MOYA NUÑEZ vende, cede y transfiere a YAJAIRA ZULAY MOYA AGUILERA, el 22% del haber social, quien compra, acepta y adquiere para sí; y c) PEDRO MARÍA MOYA NUÑEZ vende, cede y transfiere a PEDRO JOSÉ MOYA AGUILERA, el 22% del haber social, quien compra, acepta y adquiere para sí. Socios reemplazan cláusula cuarta de los estatutos de “AGRÍCOLA MAYAPEHUE LIMITADA”: CUARTO: El capital de la sociedad es la suma de $80.000.000, que se encuentra totalmente pagado con anterioridad a la presente escritura en las siguientes proporciones: a) PEDRO MARÍA MOYA NUÑEZ con $7.200.000, equivalentes al 9% de los derechos sociales; b) DELIA DE LAS MERCEDES AGUILERA MOLINA con $10.400, equivalentes al 13% de los derechos sociales; c) JOSÉ MAURICIO MOYA AGUILERA con $20.800.000, equivalentes al 26% de los derechos sociales; d) YAJAIRA ZULAY MOYA AGUILERA con $20.800.000, equivalentes al 26% de los derechos sociales; y e) PEDRO JOSÉ MOYA AGUILERA con $20.800.000, equivalentes al 26% de los derechos sociales”. Todo lo no modificado continúan vigentes estipulaciones de sociedad continuadora. Demás estipulaciones en escritura extractada. Stgo. 13/12/2017. Gustavo Montero Martí. Notario Público Suplente.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
AGRÍCOLA MAYAPEHUE LIMITADA
CVE 1329435
