C & N Moreno Comercial Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
la creación, organización, administración, difusión, producción, realización y venta de actividades artísticas, culturales y espectáculos en general, como asimismo toda clase de eventos, producciones publicitarias y audiovisuales; la compra, venta, distribución, importación, elaboración de productos naturales, suplementos alimenticios y cosméticos y cualquier otra actividad que las socias de común acuerdo determinen
Capital
Capital total
$3.000.000
Capital pagado
$3.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Paulina Adriana De la Cuadra Guzmán Socio | - | 50% | $1.500.000 |
Socio | - | 50% | $1.500.000 |
Administradores (2)
Paulina Adriana De la Cuadra Guzmán
Historia societaria relatada
- Cesión de derechos· 5 de septiembre de 2018
Rosa María Dueñas Moreno cede el 50% de sus derechos sociales a Paulina Adriana De la Cuadra Guzmán
Rosa María Dueñas Moreno · Paulina Adriana De la Cuadra Guzmán
- Cesión de derechos· 5 de septiembre de 2018
Rosa María Dueñas Moreno cede el 30% de sus derechos sociales a Paula Vilajuana De la Cuadra
- Cesión de derechos· 5 de septiembre de 2018
Camila Andrea Valenzuela Dueñas cede el 20% de sus derechos sociales a Paula Vilajuana De la Cuadra
Camila Andrea Valenzuela Dueñas · Paula Vilajuana De la Cuadra
- Retiro de socio· 5 de septiembre de 2018
Se retiran Rosa María Dueñas Moreno y Camila Andrea Valenzuela Dueñas
Texto oficial del extracto
IVAN TORREALBA ACEVEDO, chileno, casado, abogado y Notario Público Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, cédula nacional de identidad número 3.417.990-5, domiciliado en calle Huérfanos número novecientos setenta y nueve, oficina quinientos uno, de la comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica: que por escritura pública de fecha 5 de septiembre de 2018, ante mí: (i) Rosa María Dueñas Moreno, domiciliada en Lucas Araya número 14.276, comuna de Lo Barnechea, Santiago, Región Metropolitana; (ii) Camila Andrea Valenzuela Dueñas, domiciliada en Lucas Araya número 14.276, comuna de Lo Barnechea, Santiago, Región Metropolitana; (iii) Paulina Adriana De la Cuadra Guzmán, domiciliada en Camino La Viña número 12.478, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, y (iv) Paula Vilajuana De la Cuadra, domiciliada en Camino La Viña número 12.478, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, modificaron los estatutos de C & N Moreno Comercial Limitada, inscrita a fojas 626, número 436, del año 2009, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, conforme: 1) Rosa María Dueñas Moreno, vendió, cedió y el 50% de sus derechos sociales en la sociedad C & N Moreno Comercial Limitada a doña Paulina Adriana De la Cuadra Guzmán en la suma de $250.000, pagados conforme escritura extractada. 2) Rosa María Dueñas Moreno, vendió, cedió y el 30% de sus derechos sociales en la sociedad C & N Moreno Comercial Limitada a doña Paula Vilajuana De la Cuadra en la suma de $150.000, pagados conforme escritura extractada. 3) Camila Andrea Valenzuela Dueñas, vendió, cedió y el 20% de sus derechos sociales en la sociedad C & N Moreno Comercial Limitada a doña Paula Vilajuana De la Cuadra en la suma de $100.000, pagados conforme escritura extractada. En consecuencia, se retiran como socios Rosa María Dueñas Moreno y Camila Andrea Valenzuela Dueñas, y quedan como únicos socios: (i) Paulina Adriana De la Cuadra Guzmán con derechos equivalentes a un 50% del haber social correspondiente, y (ii) Paula Vilajuana De la Cuadra con derechos equivalentes a un 50% del haber social correspondiente. 4) Se otorga un texto refundido de los estatutos sociales: (i) Razón social: “C & N MORENO COMERCIAL LIMITADA”, sin perjuicio de poder usar para todos los fines legales, bancarios, comerciales, publicitarios y otros el nombre de fantasía de “Cuerpo&Naturaleza Ltda.” (ii) Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad y comuna de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otro punto de la República o en el extranjero. (iii) Objeto: la creación, organización, administración, difusión, producción, realización y venta de actividades artísticas, culturales y espectáculos en general, como asimismo toda clase de eventos, producciones publicitarias y audiovisuales; la compra, venta, distribución, importación, elaboración de productos naturales, suplementos alimenticios y cosméticos y cualquier otra actividad que las socias de común acuerdo determinen. (iv) Administración y uso razón social: La representación y administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá individual e indistintamente a una cualquiera de las socias doña Paulina Adriana De la Cuadra Guzmán y/o doña Paula Vilajuana De la Cuadra, quienes actuando personalmente o a través de uno o más mandatarios designados al efecto por escritura pública, y anteponiendo la razón social a su nombre y firma, podrán actuar a nombre de la sociedad representándola judicial y extrajudicialmente, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines, con las más amplias facultades de administración y disposición. (v) Capital: $3.000.000 pesos, íntegramente pagado por las socias en la siguiente forma y proporciones: A/ Paulina Adriana De la Cuadra Guzmán, con la cantidad de $1.500.000 pesos, al contado y en dinero efectivo, equivalente al 50% de los derechos sociales; y, B/ Paula Vilajuana De la Cuadra, con la cantidad de $1.500.000 pesos, al contado y en dinero efectivo, equivalentes al 50% de los derechos sociales. (vi) Responsabilidad socios: limitada al monto de sus respectivos aportes. (vii) Duración: La sociedad tendrá un plazo de duración de cinco años a partir de la fecha de la presente escritura, plazo que se prorrogará tácita y automáticamente por períodos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta a los demás su voluntad de ponerle término por medio de escritura pública, de la que se tomará nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo con, a lo menos, tres meses de anticipación a la fecha de expiración del plazo o de cualquiera de sus prórrogas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 5 de septiembre de 2018.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
C & N Moreno Comercial Limitada
CVE 1463186
