Sociedad de Responsabilidad Limitada76.053.812-4

Sociedad Ganderats Y Garcia Limitada

MODIFICACIÓN — 15 sept 2016

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2016-09-15Ver PDF (CVE 1112876)

Información societaria

Ltda
Administración: Conjunta y/o separadamente por ambas socias, indistinta, con amplias facultades de administración y disposición

Capital

Capital total

$10.000.000

Socios (2)

NombreParticipación

MELISSA SOLANGE BAEZA AROS

Socio

50%

AMELIA ROSA ÓRDENES OLIVARES

Socio

50%

Administradores (2)

Historia societaria relatada

  1. Constitución· 2 de abril de 2009

    Se alude al pacto constitutivo original de la sociedad.

  2. Cesión de derechos

    Ángel García Urenda cede el 50% de sus derechos sociales a Melissa Solange Baeza Aros.

    ÁNGEL GARCÍA URENDA · MELISSA SOLANGE BAEZA AROS

  3. Cesión de derechos

    Ángel García Urenda cede el 40% del capital social total a Amelia Rosa Órdenes Olivares.

    ÁNGEL GARCÍA URENDA · AMELIA ROSA ÓRDENES OLIVARES

  4. Cesión de derechos

    Leopoldo Boris Ganderats Oses cede el 10% de sus derechos sociales a Amelia Rosa Órdenes Olivares.

    LEOPOLDO BORIS GANDERATS OSES · AMELIA ROSA ÓRDENES OLIVARES

  5. Cambio de capital

    Se fija el capital social en $10.000.000, integrado por Melissa Solange Baeza Aros y Amelia Rosa Órdenes Olivares al 50% cada una.

    MELISSA SOLANGE BAEZA AROS · AMELIA ROSA ÓRDENES OLIVARES

  6. Cambio de nombre

    La razón social pasa a ser Sociedad Órdenes y Baeza Limitada, pudiendo usar Órdenes y Baeza Ltda.

    SOCIEDAD GANDERATS Y GARCIA LIMITADA

  7. Cambio de administrador

    La administración pasa a corresponder conjunta y/o separadamente a ambas socias y se elimina la referencia al socio administrador Leopoldo Boris Ganderats Oses y a Ángel García Urenda.

    AMELIA ROSA ÓRDENES OLIVARES · MELISSA SOLANGE BAEZA AROS · LEOPOLDO BORIS GANDERATS OSES · ÁNGEL GARCÍA URENDA

Texto oficial del extracto

LIDIA MARIA CHAHUAN ISSA, Abogado Notario Público de las Comunas de La Calera, Nogales e Hijuelas, con domicilio en calle Diego Lillo N° 331, de esta ciudad; certifico: Por escritura pública hoy ante mí, LEOPOLDO BORIS GANDERATS OSES, con domicilio en Las Tres Marías número doscientos cuarenta y seis, comuna de Concón; ÁNGEL GARCÍA URENDA, con domicilio en Las Tres Marías número doscientos cuarenta y seis, comuna de Concón; doña MELISSA SOLANGE BAEZA AROS, con domicilio en Tucapel número cuatrocientos quince, población Sicem, comuna de La Calera; y AMELIA ROSA ÓRDENES OLIVARES, con domicilio en calle J.J. Núñez número doscientos noventa y tres, Artificio, comuna de La Calera, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “ SOCIEDAD GANDERATS Y GARCIA LIMITADA ” o “GANDERATS Y GARCÍA LTDA.”, rol único tributario número setenta y seis millones cincuenta y tres mil ochocientos doce guión cuatro.- La sociedad se inscribió a fojas diecinueve vuelta, número veinticinco, del Registro de Comercio del año dos mil nueve, del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de La Calera. El extracto respectivo se publicó en el Diario Oficial, edición del día siete de abril del año dos mil nueve.- Modificación celebrada consiste: ÁNGEL GARCÍA URENDA, ya individualizado, vende, cede y transfiere, derechos sociales de los que es propietario, equivalente al cincuenta por ciento del capital total, a doña MELISSA SOLANGE BAEZA AROS, ya individualizada, de manera que esta última, pasa a ser socia de la sociedad en un cincuenta por ciento de derechos.- El precio de la compraventa y cesión indicada en la cláusula precedente es la suma de cinco millones de pesos, que la cesionaria y compradora pagó al contado y en efectivo al cedente y vendedor y que éste declaró recibir a su entera satisfacción.- Compareciente ÁNGEL GARCÍA URENDA, cede, vende y transfiere, derechos sociales de los que es propietario, equivalentes al cuarenta por ciento del capital social total, a doña AMELIA ROSA ÓRDENES OLIVARES.- Precio de compraventa y cesión indicada en la cláusula precedente es la suma de cuatro millones de pesos, que la cesionaria y compradora pagó al contado y en efectivo al cedente y vendedor y que éste declaró recibir a su entera satisfacción.- Compareciente LEOPOLDO BORIS GANDERATS OSES, ya individualizado, cede, vende y transfiere, todos los derechos sociales de los que es propietario, equivalentes al diez por ciento del capital social total, a AMELIA ROSA ÓRDENES OLIVARES de manera que esta última, pasa a ser socia de la sociedad en un cincuenta por ciento de derechos, en consideración a la dos compraventas y cesiones de derechos celebradas en este acto.- El precio de la compraventa y cesión indicada precedentemente entre LEOPOLDO BORIS GANDERATS OSES y AMELIA ROSA ÓRDENES OLIVARES es la suma de un millón de pesos, que la cesionaria y compradora pagó al contado y en efectivo al cedente y vendedor y que éste declaró recibir a su entera satisfacción.- Como consecuencia de la venta y cesión de derechos sociales, la sociedad “SOCIEDAD GANDERATS Y GARCIA LIMITADA”, queda constituida con un capital de diez millones de pesos, integrada por doña MELISSA SOLANGE BAEZA AROS, con un cincuenta por ciento del capital social, o sea cinco millones pesos; y doña AMELIA ROSA ÓRDENES OLIVARES con un cincuenta por ciento del capital social, o sea cinco millones de pesos. Se modifica la cláusula SEXTO del pacto social, debiendo quedar como sigue: CAPITAL: El capital de la sociedad será la suma de $10.000.000.- (diez millones de pesos), que los socios aportan en la forma que se pasa a señalar: a) doña Melissa Solange Baeza Aros aporta la suma de $5.000.000.- (cinco millones de pesos), que entera e ingresa a la caja social en este acto de contado y en dinero en efectivo; y b) doña Amelia Rosa Órdenes Olivares, aporta la suma de $5.000.000.- (cinco millones de pesos), que entera e ingresa a la caja social en este acto de contado y en dinero en efectivo.-Se modifica la cláusula segunda del pacto social, la que deberá quedar de la siguiente forma: “RAZÓN SOCIAL: La razón social de la sociedad será “SOCIEDAD ÓRDENES Y BAEZA LIMITADA”. Sin embargo, la sociedad podrá funcionar y actuar inclusive en sus relaciones con los Bancos y otras instituciones, con el nombre de “ÓRDENES Y BAEZA LTDA.”.Se modifica, sólo en lo pertinente, la cláusula QUINTO del pacto social, la que deberá quedar de la siguiente forma: “ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá a ambas socias, vale decir, a doña AMELIA ROSA ÓRDENES OLIVARES y a doña MELISSA SOLANGE BAEZA AROS, quienes actuando conjunta y/o separadamente, de manera indistinta, en nombre y representación de la sociedad, y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, y sin que la enunciación sea taxativa, sino que meramente enunciativa, podrán:…”. Al efecto se mantienen, ratifican y dan por reproducidas, todas y cada una de las facultades enumeradas desde el numeral uno al cincuenta y cinco de la referida cláusula QUINTO del pacto social, ambos inclusive. Debe eliminarse la frase final de la misma cláusula aludida, la que dice “En caso de invalidez del socio administrador, don Leopoldo Boris Ganderats Oses, la administración corresponderá con todas las facultades estipuladas en la presente cláusula a don Ángel García Urenda”.- Se modifica la cláusula SÉPTIMO del pacto social, la que debe quedar de la siguiente forma: “DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES Y PÉRDIDAS: Los beneficios que pudieren resultar se distribuirán entre los socios proporcionalmente a sus aportes, esto es: a) doña MELISSA SOLANGE BAEZA AROS, un cincuenta por ciento; y b) doña AMELIA ROSA ÓRDENES OLIVARES, un cincuenta por ciento. Las eventuales pérdidas que pudieren resultar se distribuirán entre los socios proporcionalmente a sus aportes, esto es: a) doña MELISSA SOLANGE BAEZA AROS, un cincuenta por ciento; y b) doña AMELIA ROSA ÓRDENES OLIVARES, un cincuenta por ciento.-Se elimina del pacto social, cualquier referencia a don LEOPOLDO BORIS GANDERATS OSES y a don ÁNGEL GARCÍA URENDA.- En lo no modificado, regirá el pacto constitutivo del día dos de abril del año dos mil nueve.- La Calera, a 09 de Septiembre de 2016.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD GANDERATS Y GARCIA LIMITADA

    CVE 1112876

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)