Société à responsabilité limitée76.051.712-7

Sociedad Medica Leiva Y Compañia Limitada

MODIFICACIÓN — 29 nov. 2024

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2024-11-29Voir le PDF (CVE 2577364)

Informations sociétaires

Ltda
parcela Hijuela La Rinchuela, sin número

Capital

Capital total

$400.000

Associés (3)

NomParticipation

LUIS JULIO LEIVA PEÑA

Socio

6.xxx.xxx-7

36%

LUIS IGNACIO LEIVA SANCHEZ

Socio

19.xxx.xxx-6

32%

LESLIE AILEEN LEIVA SANCHEZ

Socio

19.xxx.xxx-8

32%

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 3 mars 2009

    Se constituye la sociedad Sociedad Medica Leiva y Compañia Limitada.

  2. Cession de droits· 4 novembre 2024

    LISSETTE ESTEFANIA LEIVA SANCHEZ cede el 24% de sus derechos sociales y se retira de la sociedad, distribuyéndose entre LUIS JULIO LEIVA PEÑA, LUIS IGNACIO LEIVA SANCHEZ y LESLIE AILEEN LEIVA SANCHEZ.

    LISSETTE ESTEFANIA LEIVA SANCHEZ · LUIS JULIO LEIVA PEÑA · LUIS IGNACIO LEIVA SANCHEZ · LESLIE AILEEN LEIVA SANCHEZ

Texte officiel de l’extrait

LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Abogado, Notario Público Titular de la 8ª Notaría de Santiago, con oficio en esta comuna en calle Huérfanos N°941, local 302, Pasaje Matte, comuna de Santiago. CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 04-11-2024, otorgada ante mi, los comparecientes: LUIS JULIO LEIVA PEÑA, C.I. 6.765.914-7; LISSETTE ESTEFANIA LEIVA SANCHEZ, C.I. 18.767.489-1, LUIS IGNACIO LEIVA SANCHEZ, C.I. 19.670.683-6, y LESLIE AILEEN LEIVA SANCHEZ, C.I, 19.670.682-8, todos con domicilio en parcela Hijuela La Rinchuela, sin número, comuna de Buin, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; suscribieron contrato de modificación y cesión de derechos de Sociedad de Responsabilidad Limitada “SOCIEDAD MEDICA LEIVA Y COMPAÑIA LIMITADA”, RUT 76.051.712-7, Sociedad constituida por escritura pública con fecha 03-03-2009, ante don LIONEL ROJAS MENESES, Abogado, Notario Público de San Bernardo, cuyo extracto fue inscrito en el registro de comercio de Buin a fojas 29 vuelta, bajo el número 35 del año 2009, la que se modifica de la siguiente manera: doña LISSETTE ESTEFANIA LEIVA SANCHEZ, quien se retira de la sociedad, vende, cede y transfiere el 24% de los derechos en la sociedad de la siguiente manera: a) a don LUIS JULIO LEIVA PEÑA, quien compra y adquiere para sí el 8% de los derechos sociales, en la suma de $6.021.248 que el cesionario paga al cedente de la siguiente forma: mediante el pago efectivo en el presente acto, declarando el cedente haberla recibido a su entera conformidad; b) a don LUIS IGNACIO LEIVA SANCHEZ, quien compra y adquiere para sí el 8% de los derechos sociales, en la suma de $6.021.248 que el cesionario paga al cedente de la siguiente forma: mediante el pago efectivo en el presente acto, declarando el cedente haberla recibido a su entera conformidad; c) a doña LESLIE AILEEN LEIVA SANCHEZ, quien compra y adquiere para sí el 8% de los derechos sociales, en la suma de $6.021.248 que el cesionario paga al cedente de la siguiente forma: mediante el pago efectivo en el presente acto, declarando el cedente haberla recibido a su entera conformidad. De esta forma la sociedad queda constituida luego de la modificación y cesión de derechos por comparecientes don LUIS JULIO LEIVA PEÑA, dueño de un 36% de los derechos sociales, don LUIS IGNACIO LEIVA SANCHEZ, dueño de un 32% de los derechos sociales, y doña LESLIE AILEEN LEIVA SANCHEZ, dueña de un 32% de los derechos sociales. En todo lo que no se modifica por esta escritura se mantienen vigentes todas las cláusulas y facultades estipuladas en la escritura social primitiva. Capital Constitutivo: $400.000. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 14 de Noviembre de 2024.-

ModificationDiario Oficial · 2022-11-12Voir le PDF (CVE 2216334)

Informations sociétaires

Ltda

Capital

Capital total

$400.000

Associés (4)

NomParticipation

LUIS JULIO LEIVA PEÑA

Socio

-

LISSETTE ESTEFANIA LEIVA SANCHEZ

Socio

-

LESLIE AILEEN LEIVA SANCHEZ

Socio

-

LUIS IGNACIO LEIVA SANCHEZ

Socio

-

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 3 mars 2009

    Constitución de SOCIEDAD MEDICA LEIVA Y COMPAÑIA LIMITADA.

  2. Cession de droits· 27 décembre 2019

    Se otorga modificación de sociedad y cesión de derechos que luego fue rectificada por error de tipeo en la individualización de la cesionaria.

    CATERINA ISABELLA ROCCO PEREZ · LESLIE AILEEN LEIVA SANCHEZ

Texte officiel de l’extrait

LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Abogado, Notario Público Titular de la 8 Notaría de Santiago, con oficio en esta comuna en calle Huérfanos N°941, local 302, Pasaje Matte, comuna de Santiago. CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 24-10-2022 otorgada ante mí, el compareciente: DANIEL SIMON ORSI PEÑALOZA, domiciliado en Ahumada 11, comuna de Santiago, ciudad de Santiago, representando a don LUIS JULIO LEIVA PEÑA, doña LISSETTE ESTEFANIA LEIVA SANCHEZ, doña LESLIE AILEEN LEIVA SANCHEZ y don LUIS IGNACIO LEIVA SANCHEZ, todos domiciliados en parcela Hijuela La Rinchuela sin número, comuna de Buin, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, viene en rectificar conforme a la ley 19.499, escritura de cesión de derechos y modificación de sociedad de “SOCIEDAD MEDICA LEIVA Y COMPAÑIA LIMITADA”, RUT 76.051.712-7 Sociedad constituida por escritura pública con fecha 3-3-2009, ante don Lionel Rojas Meneses, notario público de San Bernardo, inscrita en el registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces de Buin a fojas 29, bajo el número 35 del año 2009. Luego, se celebró una escritura pública de modificación de sociedad y cesión de derechos con fecha 27-12-2019, otorgada ante don Marco Francisco Urenda Bilicic, notario suplente del titular don Luis Ignacio Manquehual Mery, notario público titular de la 8 notaría de Santiago, inscrita en el registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces de Buin a fojas 29 vuelta, bajo el número 27 del año 2020, que por el presente acto se rectifica como se detalla a continuación. En la citada escritura pública de modificación de sociedad y cesión de derechos de “SOCIEDAD MEDICA LEIVA Y COMPAÑIA LIMITADA”, por un error de tipeo se indica en la cláusula tercera número dos letra a), como cesionario de acciones a una persona que no sólo no comparece en la escritura sino que además es desconocida para las partes, razón por la cual se provocó un vicio de forma que provocó disconformidad entre dicha escritura y las inscripciones y publicaciones de sus respectivos extractos, generando una errónea comprensión de la escritura extractada puesto que figura la persona de CATERINA ISABELLA ROCCO PEREZ, siendo que debiera ser, como lo indican los extractos la persona de LESLIE AILEEN LEIVA SANCHEZ. A mayor abundamiento y con el objeto de reforzar este vicio de forma es que la clausula cuarta señala cómo quedan compuestos los porcentajes de la propiedad de las acciones de manera adecuada no quedando duda alguna de la justificación de este error de tipeo. El compareciente y con el objeto de evitar nulidades viene en rectificar el dicho error en atención a lo señalado en la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, en la cláusula tercera número dos letra a), DONDE DICE: “CATERINA ISABELLA ROCCO PEREZ”, DEBE DECIR: ”LESLIE AILEEN LEIVA SANCHEZ”. Este error no se repite en el extracto inscrito en el Registro de Comercio ni en su extracto publicado en el Diario Oficial. La facultad de rectificar el error ya descrito se establece en la cláusula SEPTIMA de dicha escritura en atención a un mandato especial suscrito por los otorgantes ya singularizados, la cual no se inserta por ser conocida por ellos y por el notario que autoriza. Todas las demás cláusulas contenidas en estatutos vigentes no se modifican de ninguna especie. CAPITAL CONSTITUTIVO: $400.000. Santiago 28 de Octubre de 2022.

ModificationDiario Oficial · 2022-09-17Voir le PDF (CVE 2189264)

Informations sociétaires

Ltda

Capital

Capital total

$400.000

Associés (4)

NomParticipation

LUIS JULIO LEIVA PEÑA

Socio

-

LISSETTE ESTEFANIA LEIVA SANCHEZ

Socio

-

LESLIE AILEEN LEIVA SANCHEZ

Socio

-

LUIS IGNACIO LEIVA SANCHEZ

Socio

-

Texte officiel de l’extrait

LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Abogado, Notario Público Titular de la 8 Notaría de Santiago, con oficio en esta comuna en calle Huérfanos N°941, local 302, Pasaje Matte, comuna de Santiago. CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 6-9-2022 otorgada ante Juan Cristian Berrios Castro, Notario Publico Reemplazante del Titular de la octava Notaria de Santiago, el compareciente: DANIEL SIMON ORSI PEÑALOZA, domiciliado en Ahumada 11, comuna de Santiago, ciudad de Santiago, representando a don LUIS JULIO LEIVA PEÑA, doña LISSETTE ESTEFANIA LEIVA SANCHEZ, doña LESLIE AILEEN LEIVA SANCHEZ y don LUIS IGNACIO LEIVA SANCHEZ, todos domiciliados en parcela Hijuela La Rinchuela sin número, comuna de Buin, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, viene en rectificar conforme a la ley 19.499, escritura de cesión de derechos y modificación de sociedad de “SOCIEDAD MEDICA LEIVA Y COMPAÑIA LIMITADA”, RUT 76.051.712-7 otorgada ante mí con fecha 27-12-2019, indicando por un error de tipeo, en la cláusula tercera número dos letra a), como cesionario de acciones a una persona que no sólo no comparece en la escritura sino que además es desconocida para las partes, razón por la cual se provocó un vicio de forma que provocó disconformidad entre dicha escritura y las inscripciones y publicaciones de sus respectivos extractos, generando una errónea comprensión de la escritura extractada puesto que figura la persona de CATERINA ISABELLA ROCCO PEREZ, siendo que debiera ser, como lo indican los extractos la persona de LESLIE AILEEN LEIVA SANCHEZ. A mayor abundamiento y con el objeto de reforzar este vicio de forma es que la clausula cuarta señala como quedan compuestos los porcentajes de la propiedad de las acciones de manera adecuada no quedando duda alguna de la justificación de este error de tipeo. El compareciente y con el objeto de evitar nulidades viene en rectificar el dicho error en atención a lo señalado en la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, en la cláusula tercera número dos letra a), DONDE DICE: “CATERINA ISABELLA ROCCO PEREZ”, DEBE DECIR: ”LESLIE AILEEN LEIVA SANCHEZ”. La facultad de rectificar el error ya descrito se establece en la cláusula SEPTIMA de dicha escritura en atención a un mandato especial suscrito por los otorgantes ya singularizados, la cual no se inserta por ser conocida por ellos y por el notario que autoriza. Todas las demás cláusulas contenidas en estatutos vigentes no se modifican de ninguna especie. CAPITAL CONSTITUTIVO: $400.000.- Santiago 14 de septiembre de 2022.-

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