Sociedad De Servicios Profesionales Rgc-Abogados SpA
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La prestación por sí, o por medio de sus ejecutivos, dependientes o terceros, de servicios profesionales en asesorías y consultorías jurídicas, legales, contables, tributarias, financieras, de auditoría, tecnológicas, de psicología, estudios de mercado y de proyectos, gestión de negocios, estudios de marketing, y otros relacionados; la participación como inversionista o asesor profesional en toda clase de negocios o empresas, por cuenta propia o ajena, o en asociación con terceros; y en general, cualquier otro negocio que acuerden los socios
資本
總資本
$6.000.000
實繳資本
$6.000.000
待繳資本
$0
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
RICARDO ANTONIO GARRIDO CORTÉS Socio 10.xxx.xxx-9 | 10.xxx.xxx-9 | 95% | $5.700.000 |
CLAUDIA ANABELA ARENAS AMPUERO Socio 12.xxx.xxx-4 | 12.xxx.xxx-4 | 5% | $300.000 |
管理人(1)
RICARDO ANTONIO GARRIDO CORTÉS
摘要官方正文
ANDRÉS CARLOS ZAVALA COURRIOL, abogado y Notario Público Interino de la 29 Notaría de Santiago, según Decreto ya protocolizado en esta Notaría, de este domicilio, calle Mac-Iver número 225, oficina 302, Santiago, certifico: Por Escritura Pública de fecha 15 de diciembre de 2022, ante mí, comparece don RICARDO ANTONIO GARRIDO CORTÉS, chileno, abogado, divorciado, cédula nacional de identidad número diez millones ochocientos treinta y siete mil ochocientos treinta y siete guión nueve, con domicilio en calle Antonio Bellet número cuatrocientos cuarenta y cuatro, oficina quinientos cuatro, de la comuna de Providencia, Región Metropolitana. El compareciente, debidamente facultado, reduce a escritura pública Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de SOCIEDAD DE SERVICIOS PROFESIONALES RGC-ABOGADOS SpA, por la cual se transforma la sociedad por acciones a una sociedad de responsabilidad limitada, y cuyo extracto es el siguiente: I. ASISTENCIA: Asistieron de forma personal a la presente Junta, los siguientes accionistas: Don RICARDO ANTONIO GARRIDO CORTÉS, titular de ciento noventa acciones, y doña CLAUDIA ANABELA ARENAS AMPUERO, titular de diez acciones. Por consiguiente, se encuentran presentes la totalidad de las acciones válidamente emitidas con derecho a voto de la compañía.- II. OBJETO DE LA JUNTA: Las materias a tratar en esta junta son las siguientes: Aprobar la transformación de la sociedad; Aprobar los nuevos estatutos de la sociedad.- III. ACUERDOS: APROBAR LA TRANSFORMACIÓN DE LA SOCIEDAD: Quien hace las veces de Presidente, dejó de manifiesto la necesidad de acordar la transformación social de “SOCIEDAD DE SERVICIOS PROFESIONALES RGC-ABOGADOS SpA”, en una sociedad de responsabilidad limitada, que pasará a denominarse “SOCIEDAD DE SERVICIOS PROFESIONALES RGC-ABOGADOS y ASOCIADOS LIMITADA”, la cual se regirá por los estatutos que deban aprobarse y subsidiariamente por la Ley número tres mil novecientos dieciocho sobre Sociedades de Responsabilidad Limitada y las pertinentes del Código de Comercio y del Código Civil. Se dejó constancia expresa en esta sesión que, como consecuencia de la transformación social propuesta, quedarán como únicos socios los que antes eran accionistas de la sociedad transformada, y cada uno de ellos con los siguientes porcentajes de participación en el capital social: I) Don RICARDO ANTONIO GARRIDO CORTÉS, con un noventa y cinco por ciento de participación en el capital social y II) Doña CLAUDIA ANABELA ARENAS AMPUERO, con un cinco por ciento de participación en el capital social. Luego de un breve debate, se aprueba la transformación de la sociedad mediante aclamación de la unanimidad de los accionistas con derecho a voto.- APROBAR LOS NUEVOS ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD: Quien hace las veces de Presidente, procedió a dar lectura de los nuevos estatutos de “SOCIEDAD DE SERVICIOS PROFESIONALES RGC-ABOGADOS y ASOCIADOS LIMITADA”, cuyo texto se extracta de la siguiente manera: SOCIOS: Producto de la transformación social, los socios en la sociedad transformada serán: a) RICARDO ANTONIO GARRIDO CORTÉS, chileno, abogado, divorciado, cédula nacional de identidad número diez millones ochocientos treinta y siete mil ochocientos treinta y siete guión nueve, y b) doña CLAUDIA ANABELA ARENAS AMPUERO, chilena, psicóloga, divorciada, cédula nacional de identidad número doce millones seiscientos sesenta y siete mil quinientos veintidós guión cuatro, ambos con domicilio en calle Alsacia número ciento siete, departamento número ciento dos de la comuna de Las Condes, Santiago.- RAZÓN SOCIAL: La razón social bajo la cual operará la sociedad será la de “SOCIEDAD DE SERVICIOS PROFESIONALES RGC-ABOGADOS y ASOCIADOS LIMITADA”, pudiendo usar el nombre de fantasía RGC-ABOGADOS.- DOMICILIO: El domicilio social será en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales que pudiere llegar a tener en el resto del país.- OBJETO: El objeto de la sociedad será: A) La prestación por sí, o por medio de sus ejecutivos, dependientes o terceros, de servicios profesionales en asesorías y consultorías jurídicas, legales, contables, tributarias, financieras, de auditoría, tecnológicas, de psicología, estudios de mercado y de proyectos, gestión de negocios, estudios de marketing, y otros relacionados; b) La participación como inversionista o asesor profesional en toda clase de negocios o empresas, por cuenta propia o ajena, o en asociación con terceros; y c) En general, cualquier otro negocio que acuerden los socios.- ADMINISTRACIÓN: La administración y uso de la razón social de la sociedad corresponderá en forma individual y con amplias facultades a don RICARDO ANTONIO GARRIDO CORTÉS, quien anteponiendo la razón social a su firma, representará y obligará a la sociedad judicial y extrajudicialmente, en todos los actos y contratos que estén comprendidos en el giro ordinario de la sociedad, sin limitación alguna. Las facultades conferidas al administrador, constan en escritura extractada.- CAPITAL: El capital social será la suma de SEIS MILLONES DE PESOS, que se entienden ya suscritos y pagados producto de la transformación social, y que se reflejan de la siguiente forma: Don RICARDO ANTONIO GARRIDO CORTÉS, suscribió y pagó la suma de CINCO MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS que equivalen a un noventa y cinco por ciento de los derechos sociales; Doña CLAUDIA ANABELA ARENAS AMPUERO, suscribió y pagó la suma de TRESCIENTOS MIL PESOS que equivalen al cinco por ciento de los derechos sociales. Por tanto, el capital suscrito se encuentra íntegramente pagado.- DURACIÓN: La sociedad comenzará a regir a contar de la fecha en que se hayan cumplido la totalidad de los requisitos legales para su existencia y reconocimiento como persona jurídica y tendrá una duración de cinco años, renovables tácita y sucesivamente, por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de, a lo menos, seis meses antes de fin del respectivo período.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 16 de diciembre de 2022.
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SOCIEDAD DE SERVICIOS PROFESIONALES RGC-ABOGADOS SpA
CVE 2237768
