Limited liability company76.048.625-6

Transportes Hervas Limitada

MODIFICACIÓN — Aug 12, 2021

Diario Oficial

AmendmentDiario Oficial · 2021-08-12View PDF (CVE 1992765)

Corporate information

Ltda
calle Flores Millán, número 1871, condominio “Montepiedra” casa 36

Capital

Total capital

$30.000.000

Shareholders (5)

Administrators (1)

Corporate history on record

  1. Death

    Fallece RAMON EDUARDO HERMOSILLA CARO y su participación se transmite a sus herederos

    RAMON EDUARDO HERMOSILLA CARO · BENITA EUGENIA VASQUEZ PALMA · JOAQUIN IGNACIO HERMOSILLA VASQUEZ · RAMON EDUARDO HERMOSILLA VASQUEZ · LORENA ALEJANDRA HERMOSILLA VASQUEZ · PABLO ANDRÉS HERMOSILLA VASQUEZ

Official extract text

GERARDO CORTES GASAUI, Notario Titular, Chillán, El Roble 551, certifico: Por escritura pública de fecha 5 de agosto ante mí, LORENA ALEJANDRA HERMOSILLA VASQUEZ, domiciliada en calle Flores Millán, número 1871, condominio “Montepiedra” casa 36, de la comuna de Chillán, quien actúa por sí, y además, en nombre y representación de: doña BENITA EUGENIA VASQUEZ PALMA, domiciliada en Parcela 14, camino El Trébol, Lonquén Norte, comuna de Calera de Tango, Provincia del Maipo, Región Metropolitana de Santiago; don JOAQUIN IGNACIO HERMOSILLA VASQUEZ, domiciliado en Parcela 14, camino El Trébol, Lonquén Norte, comuna de Calera de Tango, Provincia del Maipo, Región Metropolitana de Santiago; don RAMON EDUARDO HERMOSILLA VASQUEZ, domiciliado en Avenida costanera número 5425, departamento 1519, sector Peñuelas, comuna de Coquimbo; y don PABLO ANDRÉS HERMOSILLA VÁSQUEZ, domiciliado en la comuna Chillán, calle Camilo Mori, número 837, sector Alto Quilamapu, modificó “TRANSPORTES HERVAS LIMITADA”, RUT 76.048.625-6, cuyo capital es de $30.000.000.-, inscrita a fojas 487, número 534, del Registro de Comercio de año 2008, del Conservador de Bienes Raíces y comercio de Chillán. Modificaciones consisten: Por fallecimiento del socio don RAMON EDUARDO HERMOSILLA CARO, su participación, equivalente al 55% de los derechos sociales, se transmitió a sus herederos en los siguientes términos: un 50% de la participación del causante, equivalente al 27,5% de los derechos sociales para su cónyuge sobreviviente doña BENITA EUGENIA VASQUEZ PALMA, por concepto de gananciales quedados al disolverse la sociedad conyugal, y además un 33,2%, equivalentes al 9,13% de los derechos sociales, en su condición de heredera. Cada uno de los hijos del causante adquiere un 4,56% de los derechos sociales a razón de un 16,6 % que a cada uno le cabe en la herencia del causante. Por ende, doña BENITA EUGENIA VASQUEZ PALMA es titular del 66,63 % por ciento de los derechos sociales. Don PABLO ANDRÉS HERMOSILLA VASQUEZ es titular del 19, 56 % de los derechos sociales. Don JOAQUIN IGNACIO HERMOSILLA VASQUEZ, don RAMON EDUARDO HERMOSILLA VASQUEZ y doña LORENA ALEJANDRA, son titulares, cada uno, del 4, 56 % de los derechos sociales. Se ratifica a don PABLO ANDRES HERMOSILLA VASQUEZ, como administrador de la sociedad, con todas y cada una de las facultades establecidas en el pacto social. En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes estipulaciones pacto social constitutivo y sus modificaciones.- Otras estipulaciones en escritura extractada.- CHILLAN, diez de Agosto de 2021.-

Recent filings

  1. MODIFICACIÓN

    TRANSPORTES HERVAS LIMITADA

    CVE 1992765

Corporate relationships

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