Asesorias E Inversiones Calafate Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$10.257
Capital pagado
$10.257
Capital pendiente
$0
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Claudio Patricio Araya Henríquez Socio | - | 96% | $9.847 |
Socio | - | 3% | $307 |
Isabel de las Mercedes Henríquez Morales Socio | - | 1% | $103 |
Texto oficial del extracto
FÉLIX JARA CADOT, Notario Público Titular 41 Notaría, Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica: por escritura pública de hoy ante mí, CLAUDIO PATRICIO ARAYA HENRÍQUEZ, domiciliado en calle Benjamín N° 2.935, oficina 401, Las Condes, Región Metropolitana, MARIANA ESPEJEL SÁNCHEZ, domiciliada en calle Espoz N° 4.580, casa C, Vitacura, Región Metropolitana, ISABEL DE LAS MERCEDES HENRÍQUEZ MORALES, domiciliado en Avenida Américo Vespucio N° 2050, de partamento 301, Vitacura, Región Metropolitana, VALENTINA ARAYA DOMITROVIC, y NATALIA ARAYA DOMITROVIC, ambas domiciliadas en Benjamín N° 2.935, oficina 401, Las Condes, Región Metropolitana; acordaron modificar “ASESORÍAS E INVERSIONES CALAFATE LIMITADA”, inscrita fojas 2.824, Nº 1.866, Registro Comercio Santiago, año 2009, en el siguiente sentido: 1) Cesión de derechos: (i) Valentina Araya Domitrovic, vende, cede y transfiere el 1% de los derechos sociales sobre ASESORÍAS E INVERSIONES CALAFATE LIMITADA a Claudio Patricio Araya, quien compra, acepta y adquiere para sí. Precio y forma de pago detallada en escritura extractada. (ii) Natalia Araya Domitrovic vende, cede y transfiere el 1% de los derechos sociales sobre ASESORÍAS E INVERSIONES CALAFATE LIMITADA a Claudio Patricio Araya, quien compra, acepta y adquiere para sí. Precio y forma de pago detallada en escritura extractada. En consecuencia quedan como únicos socios don Claudio Patricio Araya, doña Mariana Espejel Sánchez y doña Isabel de las Mercedes Henríquez Morales. 2) Modificación de estatutos: Actuales socios Claudio Patricio Araya, Mariana Espejel Sánchez e Isabel de las Mercedes Henríquez Morales, vienen en sustituir la cláusula quinta de los estatutos sociales por la siguiente: “SEXTO: Capital. El capital de la sociedad asciende a la cantidad de $10.257.-, que los socios aportan de la siguiente forma: (i) Claudio Patricio Araya Henríquez, aporta la suma de $9.847.-, correspondiente al 96% del capital social, la que se encuentra enterada con anterioridad en arcas sociales; (ii) Mariana Espejel Sánchez, aporta la suma de $307.-, correspondiente al 3% del capital social, la que se encuentra enterada con anterioridad en arcas sociales; y (iii) Isabel de las Mercedes Henríquez Morales, aporta la suma de $103.-, correspondiente al 1% del capital social, la que se encuentra enterada con anterioridad en arcas sociales. Los socios declaran que las sumas arriba indicadas han sido aproximadas, debiendo valer la estipulación que el capital aportado corresponde al porcentaje señalado”.-. En lo no modificado, continuarán rigiendo los estatutos sociales vigentes, particularmente lo relativo a que los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 4 mayo 2018. FELIX JARA CADOT. N.P.
Información societaria
Objeto social
La prestación de servicios en todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, económico, financiero, legal, administrativo, bancario y tributario; tomar la representación de otras empresas nacionales o extranjeras; la asesoría a toda clase de personas, naturales o jurídicas, en las áreas de gestión financiera y contable empresarial; la asesoría legal, laboral y la prestación de servicios administrativos; la realización de toda clase de inversiones, en todo tipo de empresas y bienes, valores mobiliarios, acciones, bonos y debentures, derechos, cuotas o participaciones en cualquier clase de sociedad o asociación; y, en general, la realización de cualquier otro negocio o actividad que los socios acuerden y que permita el mejor aprovechamiento de la estructura social.
Capital
Capital total
$989.743
Capital pagado
$989.743
Capital pendiente
$0
Socios (5)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Claudio Patricio Araya Henríquez Socio | - | 94% | $930.359 |
Socio | - | 3% | $29.693 |
Isabel de las Mercedes Henríquez Morales Socio | - | 1% | $9.897 |
Socio | - | 1% | $9.897 |
Socio | - | 1% | $9.897 |
Administradores (1)
Claudio Patricio Araya Henríquez
Historia societaria relatada
- Constitución· 1 de enero de 2009
Se informa la inscripción de ASESORÍAS E INVERSIONES CALAFATE LIMITADA en el Registro de Comercio de Santiago.
ASESORÍAS E INVERSIONES CALAFATE LIMITADA
Texto oficial del extracto
Félix Jara Cadot, Notario Público 41 Notaría Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo, certifica: Por escritura pública, hoy ante mí, CLAUDIO PATRICIO ARAYA HENRÍQUEZ, domiciliado en calle Benjamín N° 2.935, oficina 401, Las Condes, Santiago, MARIANA ESPEJEL SÁNCHEZ, domiciliada en calle Espoz N° 4.580, casa C, Vitacura, Región Metropolitana, ISABEL DE LAS MERCEDES HENRÍQUEZ MORALES, domiciliada en Avenida Américo Vespucio N° 2.050, departamento 301, Vitacura, Región Metropolitana, VALENTINA ARAYA DOMITROVIC y NATALIA ARAYA DOMITROVIC, estas dos últimas domiciliadas en calle Benjamín N° 2.935, oficina 401, las Condes , Región Metropolitana, únicos socios de “ASESORÍAS E INVERSIONES CALAFATE LIMITADA”, RUT N° 76.047.048-1, inscrita a fojas 2.824, N° 1.866 del Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2009, acordaron: A) Dividir la sociedad, subsistiendo ésta bajo mismo nombre y rigiéndose por los mismos estatutos, salvo modificaciones más abajo, creándose una nueva sociedad de responsabilidad limitada, denominada ASESORÍAS E INVERSIONES PORVENIR LIMITADA. B) En virtud de la división antes señalada, disminuir el capital de “ASESORÍAS E INVERSIONES CALAFATE LIMITADA”, desde $1.000.000 a $10.257, es decir, en $989.743. El monto en que es disminuido el capital, constituirá el capital de ASESORÍAS E INVERSIONES PORVENIR LIMITADA. En razón de la diminución de capital indicada, los socios acordaron reemplazar artículo 6° de estatutos relativos al capital por: -.“SEXTO: Capital. El capital de la sociedad asciende a la cantidad de $10.257, que los socios aportan: (i) Claudio Patricio Araya Henríquez, aporta $9.641, correspondiente al 94% del capital social, la que se encuentra enterada con anterioridad en arcas sociales; (ii) Mariana Espejel Sánchez, aporta $307, correspondiente al 3% del capital social, la que se encuentra enterada con anterioridad en arcas sociales; (iii) Isabel de las Mercedes Henríquez Morales, aporta $103, correspondiente al 1% del capital social, la que se encuentra enterada con anterioridad en arcas sociales; (iv) Valentina Araya Domitrovic, aporta $103, correspondiente al 1% del capital social, la que se encuentra enterada con anterioridad en arcas sociales; y, (v) Natalia Araya Domitrovic, aporta $103, correspondiente al 1% del capital social, la que se encuentra enterada con anterioridad en arcas sociales. Los socios declaran que las sumas arriba indicadas han sido aproximadas, debiendo valer la estipulación que el capital aportado corresponde al porcentaje señalado”.- C) Aprobar estatutos de ASESORÍAS E INVERSIONES PORVENIR LIMITADA que se extractan: D) ESTATUTOS DE “ASESORÍAS E INVERSIONES PORVENIR LIMITADA”. Sociedad de responsabilidad limitada de conformidad a Ley 3.918 y demás disposiciones supletorias. RAZÓN SOCIAL: Nombre o razón social será “ASESORÍAS E INVERSIONES PORVENIR LIMITADA”. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales u oficinas que pueda establecer en el resto del país o en el extranjero. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios en todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, económico, financiero, legal, administrativo, bancario y tributario; tomar la representación de otras empresas nacionales o extranjeras; la asesoría a toda clase de personas, naturales o jurídicas, en las áreas de gestión financiera y contable empresarial; la asesoría legal, laboral y la prestación de servicios administrativos; b) La realización de toda clase de inversiones, en todo tipo de empresas y bienes, valores mobiliarios, acciones, bonos y debentures, derechos, cuotas o participaciones en cualquier clase de sociedad o asociación; y, c) En general, la realización de cualquier otro negocio o actividad que los socios acuerden y que permita el mejor aprovechamiento de la estructura social. CAPITAL: $989.743, que los socios aportan de la siguiente forma: (i) Claudio Patricio Araya Henríquez, aporta $930.359, correspondiente al 94% por ciento del capital social, la que se encuentra enterada con anterioridad en arcas sociales; (ii) Mariana Espejel Sánchez, aporta $29.693, correspondiente al 3% del capital social, la que se encuentra enterada con anterioridad en arcas sociales; (iii) Isabel de las Mercedes Henríquez Morales, aporta $9.897, correspondiente al 1% del capital social, la que se encuentra enterada con anterioridad en arcas sociales; (iv) Valentina Araya Domitrovic, aporta $9.897, correspondiente al 1% del capital social, la que se encuentra enterada con anterioridad en arcas sociales; y, (v) Natalia Araya Domitrovic, aporta $9.897, correspondiente al 1% del capital social, la que se encuentra enterada con anterioridad en arcas sociales. Los socios declaran que las sumas arriba indicadas han sido aproximadas, debiendo valer la estipulación que el capital aportado es equivalente al porcentaje señalado. La responsabilidad de los socios está limitada al monto de sus aportes. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Corresponderá a Claudio Patricio Araya Henríquez, quien anteponiendo su firma a la razón social, gozará de amplias facultades señaladas en escritura extractada. DURACIÓN: 10 años desde la fecha de la escritura extractada, prorrogado automáticamente por periodos de 5 años salvo voluntad de término expresada según forma y plazos señalada en escritura. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 30 de noviembre de 2017. FÉLIX JARA CADOT.
Actuaciones recientes
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ASESORÍAS E INVERSIONES CALAFATE LIMITADA
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ASESORÍAS E INVERSIONES CALAFATE LIMITADA
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