Inversiones Santa Elcira Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Sebastián Alejandro Goldsack Trebilcock Socio | - | - | - |
Rafael Goldsack Jarpa Socio | - | - | - |
Administrateurs (2)
Rafael Goldsack Jarpa
Lucía María Elena Trebilcock Fernández
Texte officiel de l’extrait
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, chilena, casada, abogado, cédula de identidad y Rol Único Tributario número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guion dos, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Miraflores número ciento setenta y ocho, Quinto Piso, certifico: Por escritura pública de fecha 18 de Julio de 2024 ante mí, SEBASTIÁN ALEJANDRO GOLDSACK TREBILCOCK y RAFAEL GOLDSACK JARPA, ambos domiciliados en Alonso de Córdova 3788, oficina 31, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, acordaron modificar “INVERSIONES SANTA ELCIRA LIMITADA”, en el sentido que la representación, administración y uso de la razón social de la Sociedad corresponderá a don Rafael Goldsack Jarpa y a doña Lucía María Elena Trebilcock Fernández, quienes podrán actuar cada uno individualmente con la totalidad de las facultades indicadas en el artículo Sexto del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Sociedad inscrita a fs. 53.167 N° 36.748 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2008. Santiago, 08 de Agosto de 2024.
Informations sociétaires
Objet social
La sociedad tendrá por objeto la inversión con fines rentísticos de largo plazo en toda clase de bienes inmuebles o muebles, corporales o incorporales, en especial acciones y derechos en cualquier especie de sociedades, efectos de comercio, valores mobiliarios, documentos del mercado de capitales o financiero, la percepción de las rentas y frutos naturales y civiles de esas inversiones, y su administración sea por cuenta propia o asociada con terceros; y cualquier otro negocio que acordaren los socios. Para el cumplimiento del objeto social la sociedad podrá ejecutar válidamente todos los actos y contratos que sean necesarios o conducentes, directa o indirectamente, a la consecución de aquél.
Capital
Capital total
$27.000.000
Capital libéré
$27.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
RAFAEL GOLDSACK JARPA Socio | - | 99% | $26.730.000 |
SEBASTIÁN ALEJANDRO GOLDSACK TREBILCOCK Socio | - | 1% | $270.000 |
Administrateurs (1)
Rafael Goldsack Jarpa
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 1 janvier 2008
Se indica que la sociedad está inscrita en el Registro de Comercio desde el año 2008.
Sebastián Alejandro Goldsack Trebilcock · Rafael Goldsack Jarpa
Texte officiel de l’extrait
VERONICA ISABEL GONZALEZ DAVILA, Abogado, Notario Público Suplente de la Titular Maria Soledad Lascar Merino, de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, Miraflores 178, Piso 5, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 08.04.2024 ante la titular, los únicos accionistas de la sociedad, Sebastián Alejandro Goldsack Trebilcock y Rafael Goldsack Jarpa, modificaron la sociedad por acciones Inversiones Santa Elcira SpA, transformándola en una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyo nuevo pacto social extracto: Socios: SEBASTIÁN ALEJANDRO GOLDSACK TREBILCOCK y RAFAEL GOLDSACK JARPA, ambos domiciliados para estos efectos en Alonso de Córdova tres mil setecientos ochenta y ocho, oficina treinta y uno, comuna de Vitacura, Región Metropolitana. Razón Social: La razón social será “INVERSIONES SANTA ELCIRA LIMITADA”. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la inversión con fines rentísticos de largo plazo en toda clase de bienes inmuebles o muebles, corporales o incorporales, en especial acciones y derechos en cualquier especie de sociedades, efectos de comercio, valores mobiliarios, documentos del mercado de capitales o financiero, la percepción de las rentas y frutos naturales y civiles de esas inversiones, y su administración sea por cuenta propia o asociada con terceros; y cualquier otro negocio que acordaren los socios. Para el cumplimiento del objeto social la sociedad podrá ejecutar válidamente todos los actos y contratos que sean necesarios o conducentes, directa o indirectamente, a la consecución de aquél. Capital: El capital de la sociedad asciende a la cantidad de $27.000.000, que los socios aportan y enteran en este acto a la caja social, de la siguiente forma: a) Don Rafael Goldsack Jarpa ha aportado en la caja social la cantidad de $26.730.000, equivalente al 99% de los derechos sociales; y b) Don Sebastián Alejandro Goldsack Trebilcock ha aportado en caja social la cantidad de $270.000, equivalente al 1% de los derechos sociales. Estos aportes se han efectuado considerando las participaciones accionarias que tenían los socios al momento en que la sociedad fue transformada de una sociedad por acciones a una sociedad de responsabilidad limitada. Administración, Representación y Uso de Razón Social: El uso de la razón social y la administración corresponderá individualmente a don Rafael Goldsack Jarpa, quien estará investido de todas las facultades de administración y disposición de bienes, ordinarias y extraordinarias, debiendo anteponer la razón social a su firma personal, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos y contratos, digan o no relación con su objeto social. Duración: La duración de la sociedad será de 20 años a contar de la fecha de su constitución, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en vigencia, mediante declaración hecha por escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio con 60 días de anticipación a la fecha de expiración del plazo original o de la prórroga en curso. Notario certifica que ha tenido a la vista Registro de Accionistas de la sociedad en el que se acredita que Sebastián Alejandro Goldsack Trebilcock y Rafael Goldsack Jarpa son los únicos accionistas. Sociedad inscrita a fs. 53.167 N° 36.748 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2008. Santiago, 12.04.2024.
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$27.000.000
Capital libéré
$27.000.000
Capital restant dû
$0
Actions
1 000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Arturo Francisco Goldsack Jarpa Accionista | - | - | - |
Rafael Goldsack Jarpa Accionista | - | - | - |
Administrateurs (2)
Rafael Goldsack Jarpa
Lucía María Elena Trebilcock Fernández
Texte officiel de l’extrait
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, chilena, casada, abogado, cédula de identidad y Rol Único Tributario número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guion dos, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Miraflores número ciento setenta y ocho, Quinto Piso, certifico: Por escritura pública de fecha 30.08.2023 ante mí, Repertorio N° 37.535-2023, ARTURO FRANCISCO GOLDSACK JARPA y RAFAEL GOLDSACK JARPA, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Riesco número tres mil setenta y cuatro departamento treinta y dos, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, acordaron dividir la sociedad Inversiones Santa Elcira SpA, distribuyendo su patrimonio existente al 30.06.2023 entre sí y una nueva sociedad que se crea al efecto, denominada Inversiones Mamita SpA, a la cual se incorporan los accionistas de la sociedad dividida y se le asigna un patrimonio de $338.417.134. Con motivo de la división, se disminuye el capital de Inversiones Santa Elcira SpA, ascendente a $54.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, en la suma de $27.000.000, que es asignada a la nueva sociedad Inversiones Mamita SpA, quedando en definitiva en la suma de $27.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. Se reemplazó artículo Quinto y Primero Transitorio de los estatutos sociales de Inversiones Santa Elcira SpA. Si bien no es materia de extracto, se deja constancia que se modificó la administración de Inversiones Santa Elcira SpA la cual será administrada por don Rafael Goldsack Jarpa y doña Lucía María Elena Trebilcock Fernández, quienes actuando individual o conjuntamente la representaran con amplias facultades de administración. Se reemplazaron los artículos Décimo Primero y Décimo Segundo de los estatutos sociales de Inversiones Santa Elcira SpA. Se aprobaron estatutos sociales de nueva sociedad Inversiones Mamita SpA. Sociedad inscrita a fs. 53.167 N° 36.748 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2008. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 12.09.2023.
Informations sociétaires
Objet social
La sociedad tendrá por objeto la inversión con fines rentísticos de largo plazo en toda clase de bienes inmuebles o muebles, corporales o incorporales, en especial acciones y derechos en cualquier especie de sociedades, efectos de comercio, valores mobiliarios, documentos del mercado de capitales o financiero, la percepción de las rentas y frutos naturales y civiles de esas inversiones, y su administración sea por cuenta propia o asociada con terceros; y cualquier otro negocio que acordaren los socios. Para el cumplimiento del objeto social la sociedad podrá ejecutar válidamente todos los actos y contratos que sean necesarios o conducentes, directa o indirectamente, a la consecución de aquél.
Capital
Capital total
$54.000.000
Capital libéré
$54.000.000
Capital restant dû
$0
Actions
1 000
Administrateurs (2)
Arturo Francisco Goldsack Jarpa
Rafael Goldsack Jarpa
Historique sociétaire relaté
- Transformation· 6 juin 2023
Agrícola Santa Elcira Limitada se transforma en sociedad por acciones bajo el nombre Inversiones Santa Elcira SpA.
Arturo Francisco Goldsack Jarpa · Rafael Goldsack Jarpa
Texte officiel de l’extrait
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, chilena, casada, abogado, cédula de identidad y Rol Único Tributario número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guion dos, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Miraflores número ciento setenta y ocho, Quinto Piso, certifico: Por escritura pública de fecha 06.06.2023 ante mí, Repertorio N° 23.913-2023, ARTURO FRANCISCO GOLDSACK JARPA, cédula de identidad número cinco millones ochocientos noventa y dos mil trescientos nueve guion cinco y RAFAEL GOLDSACK JARPA, cédula de identidad número cinco millones setenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta guion nueve, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Riesco número tres mil setenta y cuatro departamento treinta y dos, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, acordaron respecto de AGRÍCOLA SANTA ELCIRA LIMITADA, inscrita a fojas 53.167 N° 36.748 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2008, transformar dicha sociedad desde una sociedad de responsabilidad limitada a una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto: Nombre. “Inversiones Santa Elcira SpA”, pudiendo utilizar para todos los efectos legales, inclusive ante los bancos el nombre de fantasía “Santa Elcira SpA”. Objeto. La sociedad tendrá por objeto la inversión con fines rentísticos de largo plazo en toda clase de bienes inmuebles o muebles, corporales o incorporales, en especial acciones y derechos en cualquier especie de sociedades, efectos de comercio, valores mobiliarios, documentos del mercado de capitales o financiero, la percepción de las rentas y frutos naturales y civiles de esas inversiones, y su administración sea por cuenta propia o asociada con terceros; y cualquier otro negocio que acordaren los socios. Para el cumplimiento del objeto social la sociedad podrá ejecutar válidamente todos los actos y contratos que sean necesarios o conducentes, directa o indirectamente, a la consecución de aquél. Capital. El capital de la sociedad es la suma de $54.000.000.-, dividido en 1.000 acciones nominativas de igual valor, sin valor nominal, el que se encuentra íntegramente suscrito y pagado con cargo al capital social de la compañía, cuando era una sociedad de responsabilidad limitada. Si bien no es materia de extracto, se deja constancia que la sociedad será administrada por don Arturo Francisco Goldsack Jarpa y por don Rafael Goldsack Jarpa, quienes actuando conjuntamente la representarán con las más amplias facultades de administración. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 13.06.2023.
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