Constructora Radalco Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Historia societaria relatada
- Cambio de capital· 31 de enero de 2011
En una modificación previa se consignó erróneamente que la participación de Ricardo Arturo Meier Carrasco era de 80%; se aclara que corresponde a 85%.
RICARDO ARTURO MEIER CARRASCO
Texto oficial del extracto
RODRIGO SANHUEZA RÍOS, Notario Público Temuco, Suplente del Titular Juan Antonio Loyola Opazo, ambos con oficio en calle Arturo Prat 770, certifica: Que por escritura pública de fecha 20 de diciembre de 2018, otorgada ante mí, Sr. RICARDO ARTURO MEIER CARRASCO, chileno, casado y separado totalmente de bienes, cedula nacional de identidad número nueve millones cuatrocientos dieciocho mil ciento ochenta guion uno, con domicilio en calle Vicente Perez Rosales número cero mil treinta de Temuco, quien me acreditó su identidad con su respectiva cédula y expone: Que por escritura pública otorgada con fecha treinta y uno de enero de dos mil once, ante el Notario de Temuco, don Humberto Toro Martinez-Conde, se modificó la sociedad denominada “CONSTRUCTORA RADALCO LIMITADA”, esta modificación fue publicada en extracto con fecha nueve de febrero de dos mil once, y se inscribió a fojas ciento cuarenta y cuatro vuelta número ciento cincuenta y tres del año dos mil once, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco. Que en el extracto de modificación de la sociedad ya individualizada en la cláusula precedente, por un error involuntario se indicó que el porcentaje del socio Ricardo Arturo Meier Carrasco es de un ochenta por ciento, con lo que existe una discordancia con la escritura de modificación extractada, ya que el porcentaje que le corresponde es de un ochenta y cinco por ciento, según consta en escritura de modificación ya singularizada, por lo que se rectifica el extracto en ese sentido, es decir que el porcentaje de don Ricardo Arturo Meier Carrasco en cuanto a la distribución de utilidades y eventuales pérdidas es de un ochenta y cinco por ciento. Se hace presente que se dio cumplimiento con todas las formalidades legales.- SANEAMIENTO: Que en virtud de lo dispuesto en la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve de cuatro de Abril de mil novecientos noventa y siete sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades, los comparecientes vienen en subsanar el error u omisión indicada en la cláusula segunda, por lo que se procederá a efectuar las inscripciones, sub inscripciones y anotaciones que en rigor correspondieran dentro de los plazos que la ley indica para este caso. Por lo anteriormente indicado, queda saneado el vicio de que adolecía el extracto de modificación de la sociedad referida en la cláusula primera precedente. Temuco, 11 de ENERO de 2019.
Información societaria
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
RICARDO ARTURO MEIER CARRASCO Socio 09.xxx.xxx-1 | 09.xxx.xxx-1 | 85% | - |
Texto oficial del extracto
RODRIGO SANHUEZA RÍOS, Notario Público Temuco, Suplente del Titular Juan Antonio Loyola Opazo, ambos con oficio en calle Arturo Prat 770, certifica: Que por escritura pública de fecha 20 de diciembre de 2018, otorgada ante, Sr. RICARDO ARTURO MEIER CARRASCO, chileno, casado y separado totalmente de bienes, cedula nacional de identidad número nueve millones cuatrocientos dieciocho mil ciento ochenta guion uno, con domicilio en calle Vicente Perez Rosales número cero mil treinta de Temuco, quien me acreditó su identidad con su respectiva cédula y expone: Que por escritura pública otorgada con fecha treinta y uno de enero de dos mil once, ante el Notario de Temuco, don Humberto Toro Martinez-Conde, se modificó la sociedad denominada “CONSTRUCTORA RADALCO LIMITADA”, esta modificación fue publicada en extracto con fecha nueve de febrero de dos mil once, y se inscribió a fojas ciento cuarenta y cuatro vuelta número ciento cincuenta y tres del año dos mil once, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco. Que en el extracto de modificación de la sociedad ya individualizada en la cláusula precedente, por un error involuntario se indicó que el porcentaje del socio Ricardo Arturo Meier Carrasco es de un ochenta por ciento, con lo que existe una discordancia con la escritura de modificación extractada, ya que el porcentaje que le corresponde es de un ochenta y cinco por ciento, según consta en escritura de modificación ya singularizada, por lo que se rectifica el extracto en ese sentido, es decir que el porcentaje de don Ricardo Arturo Meier Carrasco en cuanto a la distribución de utilidades y eventuales pérdidas es de un ochenta y cinco por ciento. Se hace presente que se dio cumplimiento con todas las formalidades legales.- SANEAMIENTO: Que en virtud de lo dispuesto en la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve de cuatro de Abril de mil novecientos noventa y siete sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades, los comparecientes vienen en subsanar el error u omisión indicada en la cláusula segunda, por lo que se procederá a efectuar las inscripciones, sub inscripciones y anotaciones que en rigor correspondieran dentro de los plazos que la ley indica para este caso. Por lo anteriormente indicado, queda saneado el vicio de que adolecía el extracto de modificación de la sociedad referida en la cláusula primera precedente. Temuco, 21 de diciembre de 2018.-
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
CONSTRUCTORA RADALCO LIMITADA
CVE 1528763
- MODIFICACIÓN
CONSTRUCTORA RADALCO LIMITADA
CVE 1521052
