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Sociedad de Responsabilidad Limitada76.037.658-2

Inversiones Santa Josefa Limitada

MODIFICACIÓN — 11 mar 2024

Información tributaria (SII)

Tipo de entidad

PERSONA JURIDICA COMERCIAL

Subtipo de sociedad

SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA

Inicio de actividades

Sin inicio de actividades informado por el SII

Actividades económicas

Sin actividades económicas registradas en el SII

Documentos timbrados

Sin documentos timbrados registrados en el SII

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2024-03-11Ver PDF (CVE 2465141)

Información societaria

SpA
Concepción, Biobío
Duración: Indefinida
Administración: La administración, representación y uso de la razón social, corresponderá a don JAN PETER HAAS STEMPEL

Objeto social

La compra, venta, arrendamiento y todo otro negocio relacionado directa o indirectamente con la explotación de bienes inmuebles; toda actividad de inversión, sea en bienes corporales o incorporales, hoy viendo para ellos formar nuevas sociedades o ingresar a otras ya constituidas, invertir en todo tipo de títulos de crédito o valores, realizar todo tipo de operaciones de dinero y cualquier otra actividad de inversión sea o no de carácter financiero y cualquier actividad directa o indirectamente relacionada con las anteriores; y la prestación de todo tipo de servicios profesionales, especialmente aquellos relacionados con la arquitectura, el diseño y la construcción, aunque no excluyente.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

100

Socios (1)

NombreParticipación

JAN PETER HAAS STEMPEL

Accionista

9.xxx.xxx-5

100%

Administradores (2)

JAN PETER HAAS STEMPEL

9.xxx.xxx-5Administrador

MANUELA ANDREA CERVA HENRIQUEZ

13.xxx.xxx-1Administrador

Historia societaria relatada

  1. Transformación· 9 de mayo de 2023

    INVERSIONES SANTA JOSEFA LIMITADA se transforma en INVERSIONES SANTA JOSEFA SpA

    JAN PETER HAAS STEMPEL · MANUELA ANDREA CERVA HENRIQUEZ

  2. Transformación· 9 de mayo de 2023

    COMERCIALIZADORA DE TEXTILES Y OTROS PURAFIBRA LIMITADA se transforma en PURAFIBRA SpA

    MANUELA ANDREA CERVA HENRIQUEZ · JAN PETER HAAS STEMPEL

  3. Otro acto· 13 de noviembre de 2023

    Se presenta solicitud de divorcio de común acuerdo y se acompaña acuerdo completo y suficiente sobre compensación económica

    JAN PETER HAAS STEMPEL · MANUELA ANDREA CERVA HENRIQUEZ

  4. Otro acto· 5 de diciembre de 2023

    Se dicta sentencia de divorcio y se aprueba el acuerdo sobre compensación económica

    JAN PETER HAAS STEMPEL · MANUELA ANDREA CERVA HENRIQUEZ

Texto oficial del extracto

JUAN ESPINOSA BANCALARI, abogado, Notario Público de Concepción, con oficio en O’Higgins 528, comuna de Concepción, certifica: Por escritura pública de fecha 29 de febrero de 2024, repertorio 720, otorgada ante mí, doña MANUELA ANDREA CERVA HENRIQUEZ, cédula nacional de identidad N° 13.550.807-1, domiciliada en Avenida Andalué 2553, comuna de San Pedro de la Paz; y don JAN PETER HAAS STEMPEL, cédula nacional de identidad N° 9.932.673-5, domiciliado en Camino Club Militar 115, unidad 23, Condominio Alpino, comuna de San Pedro de la Paz, acordaron: Resciliación.- Los comparecientes acordaron la resciliación de la escritura pública de transformación de la Sociedad de responsabilidad limitada INVERSIONES SANTA JOSEFA LIMITADA en INVERSIONES SANTA JOSEFA SpA de fecha 9 de mayo del año 2023, suscrita ante el Notario Público de Concepción don Juan Espinosa Bancalari, repertorio número 1722, así como la resciliación de la escritura pública de modificación social y transformación de la sociedad de responsabilidad limitada COMERCIALIZADORA DE TEXTILES Y OTROS PURAFIBRA LIMITADA en la sociedad PURAFIBRA SpA, de fecha 9 de mayo del año 2023, suscrita ante el Notario Público de Concepción don Juan Espinosa Bancalari, repertorio número 1723.- Cumplimiento de acuerdo completo y suficiente y compensación económica.- Los comparecientes se encontraban anteriormente casados bajo el régimen de separación total de bienes, y con fecha 13 de noviembre de 2023 se ingresó por ambos, de común acuerdo, solicitud de divorcio, ante el Tribunal de Familia de Concepción, causa RIT C-3985-2023, en la cual en virtud de lo previsto en el artículo 21 de la Ley N°19.947 se acompañó en el segundo otrosí de dicha presentación acuerdo completo y suficiente en los términos de la citada disposición legal en virtud del cual las partes acordaron una compensación económica que se otorgaría por el cónyuge don JAN PETER HAAS STEMPEL a doña MANUELA ANDREA CERVA HENRÍQUEZ, acordándose, entre otros acuerdos, que los comparecientes se obligaban a suscribir las escrituras públicas correspondientes donde se procedería a transformar las sociedades en las cuales ambos son actualmente socios, correspondientes a las sociedades “COMERCIALIZADORA DE TEXTILES Y OTROS PURAFIBRA LIMITADA”, y la sociedad “INVERSIONES SANTA JOSEFA LIMITADA”, pactando modificar y transformar las mismas en sociedades por acciones, permutándose el total de las acciones que posee cada uno en las sociedades respectivas, para en consecuencia quedar don JAN PETER HAAS STEMPEL con el 100% del total de las acciones de la sociedad “INVERSIONES SANTA JOSEFA SpA” (antes Inversiones Santa Josefa Limitada); y a su vez, doña MANUELA ANDREA CERVA HENRÍQUEZ, con el 100% del total de las acciones de la sociedad “PURAFIBRA SpA” (antes Comercializadora de Textiles y Otros Purafibra Limitada).- Por sentencia definitiva firme y ejecutoriada de fecha 5 de diciembre de 2023, pronunciada por el Tribunal de Familia de Concepción, bajo el RIT C-3985-2023 se hizo lugar a la demanda de divorcio presentada de común acuerdo por doña MANUELA ANDREA CERVA HENRÍQUEZ y don JAN PETER HAAS STEMPEL, declarándose disuelto el matrimonio celebrado entre ambos y aprobándose en lo que no fuese contrario a derecho, por estimarse completo y suficiente, el acuerdo en cuanto al pago a una compensación económica que don JAN PETER HAAS STEMPEL otorgará en beneficio de doña MANUELA ANDREA CERVA HENRÍQUEZ, en los términos indicados en el acuerdo arribado entre las partes, constando al efecto la subinscripción de esta sentencia al margen de la inscripción matrimonial, su inscripción de fecha 14 de diciembre del año 2023.- Transformación social INVERSIONES SANTA JOSEFA LIMITADA.- Los comparecientes, don JAN PETER HAAS STEMPEL y doña MANUELA ANDREA CERVA HENRÍQUEZ, en su calidad de únicos socios de INVERSIONES SANTA JOSEFA LIMITADA resuelven transformar la sociedad comercial de responsabilidad limitada, en una sociedad por acciones, cuya razón social será “INVERSIONES SANTA JOSEFA SpA”, a partir de la fecha de la presente escritura, manteniendo la misma personalidad jurídica y siendo titular de todo su activo y responsable del total de su pasivo, sociedad por acciones que se regirá por sus estatutos, por las normas establecidas en el párrafo octavo, Libro Segundo, Título Séptimo del Código de Comercio y, en aquello que no se contraponga a su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas y, por las demás disposiciones legales y reglamentarias que le sean aplicables, bajo las siguientes principales estipulaciones del estatuto social: Nombre: “INVERSIONES SANTA JOSEFA SpA”. Domicilio: La ciudad de Concepción, sin perjuicio de las agencias, oficinas o sucursales que se acuerde establecer en otras comunas del país o en el extranjero. Duración: La sociedad tendrá duración indefinida. Objeto social: La sociedad tendrá por objeto: a) La compra, venta, arrendamiento y todo otro negocio relacionado directa o indirectamente con la explotación de bienes inmuebles; b) Toda actividad de inversión, sea en bienes corporales o incorporales, hoy viendo para ellos formar nuevas sociedades o ingresar a otras ya constituidas, invertir en todo tipo de títulos de crédito o valores, realizar todo tipo de operaciones de dinero y cualquier otra actividad de inversión sea o no de carácter financiero y cualquier actividad directa o indirectamente relacionada con las anteriores; y c) La prestación de todo tipo de servicios profesionales, especialmente aquellos relacionados con la arquitectura, el diseño y la construcción , aunque no excluyente.- Podrá además ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los accionistas y que tengan relación con el objeto social. Capital: El capital de la sociedad será la suma de $1.000.000, dividido en 100 acciones, todas nominativas, de igual valor, sin valor nominal, de una misma clase. Las referidas acciones se suscriben y pagan: a. JAN PETER HAAS STEMPEL, la cantidad de 50 acciones que quedan pagadas en este acto con la suma de $500.000 provenientes del capital de la sociedad original que se transformó, y que ingresan en arcas sociales de la nueva sociedad por acciones transformada. b. MANUELA ANDREA CERVA HENRÍQUEZ, la cantidad de 50 acciones que quedan pagadas en este acto con la suma de $500.000 provenientes del capital de la sociedad original que se transformó, y que ingresan en arcas sociales de la nueva sociedad por acciones transformada. En consecuencia, se declara íntegramente aportado y enterado el capital social. Los accionistas solo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. Administración: La administración, representación y uso de la razón social, corresponderá a don JAN PETER HAAS STEMPEL, el cual actuando en la forma indicada, tendrá todas las facultades indicadas en la escritura extractada, sin que la enunciación sea taxativa. Demás estipulaciones en escritura extractada. Capital social: $1.000.000.- Modificación COMERCIALIZADORA DE TEXTILES Y OTROS PURAFIBRA LIMITADA.- Se modifica el artículo quinto del pacto originario de constitución social de la sociedad “COMERCIALIZADORA DE TEXTILES Y OTROS PURAFIBRA LIMITADA” en el sentido que la administración, el uso de la razón social y representación de la sociedad corresponderá a doña MANUELA ANDREA CERVA HENRÍQUEZ, quien la ejercerá con amplias facultades de administración y disposición.- Transformación social COMERCIALIZADORA DE TEXTILES Y OTROS PURAFIBRA LIMITADA.- Los comparecientes, doña MANUELA ANDREA CERVA HENRÍQUEZ y don JAN PETER HAAS STEMPEL en su calidad de únicos socios de COMERCIALIZADORA DE TEXTILES Y OTROS PURAFIBRA LIMITADA resuelven transformar la sociedad comercial de responsabilidad limitada, en una sociedad por acciones, cuya razón social será “PURAFIBRA SpA”, a partir de la fecha de la presente escritura, manteniendo la misma personalidad jurídica y siendo titular de todo su activo y responsable del total de su pasivo, sociedad por acciones que se regirá por sus estatutos, por las normas establecidas en el párrafo octavo, Libro Segundo, Título Séptimo del Código de Comercio y, en aquello que no se contraponga a su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas y, por las demás disposiciones legales y reglamentarias que le sean aplicables, bajo las siguientes principales estipulaciones del estatuto social: Nombre: “PURAFIBRA SpA”. Domicilio: La comuna de San Pedro de la Paz, sin perjuicio de las agencias, oficinas o sucursales que se acuerde establecer en otras comunas del país o en el extranjero. Duración: La sociedad tendrá duración indefinida. Objeto social: La sociedad tendrá por objeto: La compra, venta, importación, exportación, distribución, y comercialización en general de Lanas, insumos para bordados, líneas propias y externas de Diseño de Textiles y Objetos de decoración incluido muebles con materias naturales, y en general negociar con toda clase de bienes muebles que se encuentren relacionadas directa o indirectamente con las anteriores.- Podrá además ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los accionistas y que tengan relación con el objeto social. Capital: El capital de la sociedad será la suma de $1.000.000, dividido en 100 acciones, todas nominativas, de igual valor, sin valor nominal, de una misma clase. Las referidas acciones se suscriben y pagan: a. JAN PETER HAAS STEMPEL, la cantidad de 50 acciones que quedan pagadas en este acto con la suma de $500.000 provenientes del capital de la sociedad original que se transformó, y que ingresan en arcas sociales de la nueva sociedad por acciones transformada. b. MANUELA ANDREA CERVA HENRÍQUEZ, la cantidad de 50 acciones que quedan pagadas en este acto con la suma de $500.000 provenientes del capital de la sociedad original que se transformó, y que ingresan en arcas sociales de la nueva sociedad por acciones transformada. En consecuencia, se declara íntegramente aportado y enterado el capital social. Los accionistas solo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. Administración: La administración, representación y uso de la razón social, corresponderá a doña MANUELA ANDREA CERVA HENRÍQUEZ, la cual actuando en la forma indicada tendrá todas las facultades indicadas la escritura extractada, sin que la enunciación sea taxativa. Demás estipulaciones en escritura extractada. Capital social: $1.000.000.- Permuta de acciones.- 1) Presente en este acto doña MANUELA ANDREA CERVA HENRÍQUEZ, se retira de la sociedad INVERSIONES SANTA JOSEFA SpA, permutando, cediendo y transfiriendo la totalidad de sus acciones que le corresponden en la sociedad INVERSIONES SANTA JOSEFA SpA, estas son, 50 acciones a don JAN PETER HAAS STEMPEL, quien acepta y adquiere para sí las referidas acciones.- Para todos los efectos las partes vienen en valorizar el valor de las acciones que se permutan en la suma de $500.000.- Las partes renuncian expresamente a la acción resolutoria.- En consecuencia doña MANUELA ANDREA CERVA HENRÍQUEZ se retira de la sociedad INVERSIONES SANTA JOSEFA SpA, quedando en adelante como único accionista de la misma don JAN PETER HAAS STEMPEL, con el total de las acciones de INVERSIONES SANTA JOSEFA SpA .- 2) Recíprocamente a su vez, en virtud de la permuta anterior, presente en este acto don JAN PETER HAAS STEMPEL, se retira de la sociedad PURAFIBRA SpA, permutando, cediendo y transfiriendo la totalidad de sus acciones en la sociedad PURAFIBRA SpA, estas son, 50 acciones a doña MANUELA ANDREA CERVA HENRÍQUEZ, quien las acepta y adquiere para sí.- Para todos los efectos, las partes vienen en valorizar el valor de las acciones que se permutan en la suma de $500.000 .- Las partes renuncian expresamente a la acción resolutoria.- En consecuencia don JAN PETER HAAS STEMPEL se retira de la sociedad PURAFIBRA SpA, quedando en adelante como única accionista de la misma doña MANUELA ANDREA CERVA HENRÍQUEZ, con el 100% de las acciones de la sociedad PURAFIBRA SpA.- Los accionistas originales entienden liquidadas todas las cuestiones entre ellos pendientes, derivadas de los contratos sociales, otorgándose el más amplio y recíproco finiquito entre ellos Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción, 07 de marzo de 2024.

ModificaciónDiario Oficial · 2023-06-03Ver PDF (CVE 2325296)

Información societaria

SpA
Concepción, Biobío
Duración: indefinida
Administración: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don JAN PETER HAAS STEMPEL

Objeto social

La compra, venta, arrendamiento y todo otro negocio relacionado directa o indirectamente con la explotación de bienes inmuebles; toda actividad de inversión, sea en bienes corporales o incorporales, hoy viendo para ellos formar nuevas sociedades o ingresar a otras ya constituidas, invertir en todo tipo de títulos de crédito o valores, realizar todo tipo de operaciones de dinero y cualquier otra actividad de inversión sea o no de carácter financiero y cualquier actividad directa o indirectamente relacionada con las anteriores; y la prestación de todo tipo de servicios profesionales, especialmente aquellos relacionados con la arquitectura, el diseño y la construcción, aunque no excluyente. Podrá además ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los accionistas y que tengan relación con el objeto social.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

100

Socios (1)

NombreParticipación

JAN PETER HAAS STEMPEL

Accionista

9.xxx.xxx-5

100%

Administradores (1)

JAN PETER HAAS STEMPEL

9.xxx.xxx-5Administrador

Historia societaria relatada

  1. Cesión de derechos· 9 de mayo de 2023

    Manuela Andrea Cerva Henriquez cede la totalidad de sus derechos sociales a Jan Peter Haas Stempel y se retira de la sociedad.

    MANUELA ANDREA CERVA HENRIQUEZ · JAN PETER HAAS STEMPEL

  2. Transformación· 9 de mayo de 2023

    La sociedad de responsabilidad limitada Inversiones Santa Josefa Limitada se transforma en una sociedad por acciones denominada Inversiones Santa Josefa SpA.

    INVERSIONES SANTA JOSEFA LIMITADA · JAN PETER HAAS STEMPEL

Texto oficial del extracto

JUAN ESPINOSA BANCALARI, abogado, Notario público de Concepción, con domicilio en O’Higgins 528, comuna de Concepción, certifica: Por escritura pública de fecha 9 de mayo de 2023, repertorio 1722, ante mí, doña MANUELA ANDREA CERVA HENRIQUEZ, cédula nacional de identidad N° 13.550.807-1, domiciliada en Avenida Andalué 2553, comuna de San Pedro de la Paz; y don JAN PETER HAAS STEMPEL, cédula nacional de identidad N° 9.932.673-5, domiciliado en Camino Club Militar 115, unidad 23, Condominio Alpino, comuna de San Pedro de la Paz, transformaron la sociedad de responsabilidad limitada “INVERSIONES SANTA JOSEFA LIMITADA”, RUT N° 76.037.658-2, inscrita a fojas 1.718, número 1.698 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción del año 2008, publicada en D.O el 3/10/2008. Cesión de derechos sociales.- La socia doña MANUELA ANDREA CERVA HENRIQUEZ se retira de la sociedad, vendiendo, cediendo y transfiriendo la totalidad de sus derechos sociales, estos son el 50% del total de los derechos sociales al socio don JAN PETER HAAS STEMPEL, quien los compra, acepta y adquiere para sí, siendo el precio de la cesión la suma de $500.000 que se pagan en dinero efectivo, en este acto a la cedente, declarando haberse recibido el total del precio a su satisfacción.- En consecuencia doña MANUELA ANDREA CERVA HENRÍQUEZ se retira de la sociedad, quedando en adelante como único socio don JAN PETER HAAS STEMPEL, con el 100% del total de los derechos sociales.- Transformación social.- Don JAN PETER HAAS STEMPEL en su calidad de único socio de INVERSIONES SANTA JOSEFA LIMITADA resuelve transformar la sociedad comercial de responsabilidad limitada, en una sociedad por acciones, cuya razón social será “INVERSIONES SANTA JOSEFA SpA”, a partir de la fecha de la presente escritura, fijando sus nuevos estatutos sociales en el siguiente sentido: Nombre: “INVERSIONES SANTA JOSEFA SpA”. Domicilio: La ciudad de Concepción, sin perjuicio de las agencias, oficinas o sucursales que se acuerde establecer en otras comunas del país o en el extranjero. Duración: La sociedad tendrá duración indefinida. Objeto social: La sociedad tendrá por objeto: a) La compra, venta, arrendamiento y todo otro negocio relacionado directa o indirectamente con la explotación de bienes inmuebles; b) Toda actividad de inversión, sea en bienes corporales o incorporales, hoy viendo para ellos formar nuevas sociedades o ingresar a otras ya constituidas, invertir en todo tipo de títulos de crédito o valores, realizar todo tipo de operaciones de dinero y cualquier otra actividad de inversión sea o no de carácter financiero y cualquier actividad directa o indirectamente relacionada con las anteriores; y c) La prestación de todo tipo de servicios profesionales, especialmente aquellos relacionados con la arquitectura, el diseño y la construcción , aunque no excluyente.- Podrá además ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los accionistas y que tengan relación con el objeto social. Capital: El capital de la sociedad será la suma de $1.000.000, dividido en 100 acciones, todas nominativas, de igual valor, sin valor nominal, de una misma clase, cuya suscripción y pago lo hace el accionista en este acto con la suma de $1.000.000 proveniente del capital de la sociedad original que se transformó, y que ingresan en arcas sociales de la nueva sociedad por acciones transformada. En consecuencia, se declara íntegramente aportado y enterado el capital social. El accionista solo será responsable hasta el monto de su respectivo aporte en la sociedad. Administración: La administración, representación y uso de la razón social, corresponderá a don JAN PETER HAAS STEMPEL, el cual actuando en la forma indicada, tendrá todas las facultades indicadas en la escritura extractada, sin que la enunciación sea taxativa. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Concepción, 26 de mayo de 2023.

ConstituciónDiario Oficial · 2020-09-03Ver PDF (CVE 1810158)

Información societaria

Ltda
Temuco, Araucanía
Duración: 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, prorrogables automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro Comercio, con no menos 6 meses de anticipación al respectivo vencimiento
Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a ambos socios, quienes, anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades

Objeto social

El objeto específico de la sociedad será el de inversiones, esto es, la explotación rentística de acciones de sociedades anónimas y la realización de inversión pasiva en bienes muebles, corporales e incorporales, y, muy particularmente, la inversión en toda clase de bienes raíces, agrícolas y/o no agrícolas, como asimismo, la inversión en bonos, debentures, créditos, efectos de comercio, fondos mutuos, fondos de inversión y depósitos a plazo, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.

Capital

Capital total

$258.522.594

Capital pagado

$129.261.297

Capital pendiente

$129.261.297

Socios (2)

NombreParticipación

PEDRO FELIPE CAMPODÓNICO MARGUIRAUT

Socio

14.xxx.xxx-3

50%

KARINA DENISE LEGUER NARVÁEZ

Socio

15.xxx.xxx-3

50%

Administradores (2)

PEDRO FELIPE CAMPODÓNICO MARGUIRAUT

14.xxx.xxx-3Administrador

KARINA DENISE LEGUER NARVÁEZ

15.xxx.xxx-3Administrador

Texto oficial del extracto

ESMIRNA VIDAL MORAGA, Notario Público Titular de Temuco, con oficio en calle Antonio Varas Nº 979, certifico: Por escritura pública de fecha 25.08.2020, ante mí, bajo el Rep. Nº7112-20, don PEDRO FELIPE CAMPODÓNICO MARGUIRAUT, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero comercial, C.I. Nº 14.218.007-3, y doña KARINA DENISE LEGUER NARVÁEZ, chilena, casada y separada totalmente de bienes, antropóloga, C.I. Nº 15.257.856-3, ambos domiciliados en Pasaje Nottingham Nº 02799, comuna y ciudad de Temuco, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada como sigue: Razón social: INVERSIONES SANTA JOSEFA LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado con la sigla comercial o nombre de fantasía de INVERSIONES SANTA JOSEFA LTDA. Objeto: El objeto específico de la sociedad será el de inversiones, esto es, la explotación rentística de acciones de sociedades anónimas y la realización de inversión pasiva en bienes muebles, corporales e incorporales, y, muy particularmente, la inversión en toda clase de bienes raíces, agrícolas y/o no agrícolas, como asimismo, la inversión en bonos, debentures, créditos, efectos de comercio, fondos mutuos, fondos de inversión y depósitos a plazo, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Domicilio: Temuco, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero. Duración: 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, prorrogables automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro Comercio, con no menos 6 meses de anticipación al respectivo vencimiento. Capital: El capital social asciende a la suma de $258.522.594.- que los socios aportan y enteran de la forma siguiente: Uno.- Don PEDRO FELIPE CAMPODÓNICO MARGUIRAUT, aporta la suma de $129.261.297.-, equivalentes al 50% del capital social, que paga mediante el aporte en dominio del Sitio y Casa ubicados en Pasaje Nottingham Nº 02799, de la comuna y ciudad de Temuco, cuyos deslindes y singularización constan en el artículo primero transitorio de la escritura extractada, inmueble que ingresa en este acto en arcas de la sociedad. El Rol de Avalúo del inmueble es el N° 4204-67, de la comuna de Temuco y el bien raíz fue avaluado por los socios, de común acuerdo, en la suma de $129.261.297.- en la forma establecida en el citado artículo primero transitorio; y Dos.- Doña KARINA DENISE LEGUER NARVÁEZ, se obliga a aportar la suma de $129.261.297.-, equivalentes al 50% del capital social, en dinero efectivo, de acuerdo a las necesidades de la sociedad, y, en todo caso, dentro del plazo máximo de 15 años contados desde el otorgamiento de la escritura extractada. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a don PEDRO FELIPE CAMPODÓNICO MARGUIRAUT y a doña KARINA DENISE LEGUER NARVÁEZ, quienes, anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación con el giro de los negocios sociales con facultades y poderes que se describen en artículo décimo de estatutos sociales. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Doy fe. Temuco, 26 de agosto de 2020.

ConstituciónDiario Oficial · 2019-11-25Ver PDF (CVE 1687127)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: 10 años a contar de la fecha de la escritura extractada, prorrogables según se indica en la escritura
Administración: con las más amplias atribuciones, corresponderá a Gonzalo Barros Fernández y a Josefa Balbontín Vicuña, quienes la ejercerán en forma separada e indistinta

Objeto social

desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, inversiones en toda clase de bienes, sean corporales o incorporales, muebles o inmuebles; títulos de créditos y otros valores mobiliarios, participación en sociedades y otras personas jurídicas, de cualquier clase y objeto, la administración, usufructo y disposición de esas inversiones, todo ello sin perjuicio de la realización de los demás objetos que los socios acuerden para la Sociedad

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

Gonzalo Barros Fernández

Socio

50%

Josefa Balbontín Vicuña

Socio

50%

Administradores (2)

Texto oficial del extracto

Iván Torrealba Acevedo, Notario Público Titular 33° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 979, oficina 501, certifica: Por escritura pública de fecha 21 de Noviembre de 2019, ante mí, GONZALO BARROS FERNÁNDEZ y JOSEFA BALBONTÍN VICUÑA, los dos anteriores domiciliados para estos efectos en Camino de la Ascención número nueve mil cuatrocientos cuarenta y dos, Lo Barnechea, Región Metropolitana; constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada. Razón Social: “Inversiones Santa Josefa Limitada”, pudiendo utilizar también como nombre de fantasía Santa Josefa Ltda. Objeto: desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, inversiones en toda clase de bienes, sean corporales o incorporales, muebles o inmuebles; títulos de créditos y otros valores mobiliarios, participación en sociedades y otras personas jurídicas, de cualquier clase y objeto, la administración, usufructo y disposición de esas inversiones, todo ello sin perjuicio de la realización de los demás objetos que los socios acuerden para la Sociedad. Domicilio: la ciudad de Santiago, en cualquiera de las comunas comprendidas dentro del territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se acuerde establecer en otros lugares dentro y fuera del país. Capital: $1.000.000.- pesos que los socios aportan y pagan en dinero efectivo en el acto de la constitución la siguiente manera: a) Gonzalo Barros Fernández aporta y paga en dinero efectivo $500.000 pesos que equivalen al 50% del capital social; y b) Josefa Balbontín Vicuña, aporta y paga en dinero efectivo $500.000 que equivalen al 50% del capital social. Uso de la razón social, la administración y representación de la Sociedad: con las más amplias atribuciones, corresponderá a Gonzalo Barros Fernández y a Josefa Balbontín Vicuña, quienes la ejercerán en forma separada e indistinta, con las facultades señaladas en escritura extractada. Duración: 10 años a contar de la fecha de la escritura extractada, prorrogables según se indica en la escritura. Responsabilidad de los socios: queda limitada al monto de respectivos aportes. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 21 de Noviembre de 2019.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    INVERSIONES SANTA JOSEFA LIMITADA

    CVE 2465141

  2. MODIFICACIÓN

    INVERSIONES SANTA JOSEFA LIMITADA

    CVE 2325296

  3. CONSTITUCIÓN

    INVERSIONES SANTA JOSEFA LIMITADA

    CVE 1810158

  4. CONSTITUCIÓN

    Inversiones Santa Josefa Limitada

    CVE 1687127

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)