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Sociedad por AccionesDisuelta76.031.942-2

La Fontana SpA

DISOLUCIÓN — 20 ene 2021

Diario Oficial

DisoluciónDiario Oficial · 2021-01-20Ver PDF (CVE 1882252)

Información societaria

SpA

Texto oficial del extracto

MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Notario Público Titular de la Séptima Notaría de Santiago, domiciliada en Agustinas 1.161, entrepiso, Comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 21 de diciembre de 2020, ante mi Suplente don CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES, comparecieron: Sergio Mujica Charme, C.I. 6.371.427-5, María del Pilar Eugenia Devoto Valderrama, C.I. 6.376.692-5, Sergio Mujica Devoto, C.I. 10.978.733-7, Maria del Pilar Mujica Devoto, C.I. 10.978.734-5, Benjamín Mujica Devoto, C.I. 16.211.176-0; todos domiciliados para estos efectos en Avenida Vitacura N° 5.250, oficina 505, comuna de Vitacura, y acordaron: (i) Fusionar la sociedad “LA FONTANA SpA” inscrita a fj. 4.062, N° 2.461, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2016, R.U.T. N°76.031.942-2, con la sociedad “LA RURAL SpA” inscrita a fj.16.510 N°11.370 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2006, R.U.T. N° 76.528.510-0, subsistiendo esta última como continuadora legal, y por tanto a consecuencia de la fusión acordada se ha producido la disolución anticipada de “La Fontana SpA” sin que sea necesario proceder a su liquidación, pasando “La Rural SpA” a ser su continuadora legal para todos los efectos a que haya lugar. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 14 de enero de 2021.

ModificaciónDiario Oficial · 2017-01-25Ver PDF (CVE 1173217)

Información societaria

SpA
Vitacura, Región Metropolitana

Capital

Capital total

$1.457.907.436

Capital pagado

$1.457.907.436

Capital pendiente

$0

Acciones

2865

Socios (5)

NombreParticipación

Sergio Mujica Charme

Accionista

-

María del Pilar Eugenia Devoto Valderrama

Accionista

-

Sergio Mujica Devoto

Accionista

-

María del Pilar Mujica Devoto

Accionista

-

Benjamín Mujica Devoto

Accionista

-

Texto oficial del extracto

MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Notario Público, Titular de la 7 Notaría de Santiago, con domicilio en Agustinas 1.161, entrepiso, comuna de Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 29 de diciembre del año 2016, ante mí, Sergio Mujica Charme, María del Pilar Eugenia Devoto Valderrama, Sergio Mujica Devoto, María del Pilar Mujica Devoto y Benjamín Mujica Devoto, todos domiciliados en Av. Vitacura N° 5.250, Of. 905, Vitacura, únicos socios de la sociedad “LA FONTANA SpA” , inscrita a f. 4.062, N° 2.461, año 2016, Santiago, acordaron lo siguiente: 1.- Fusionar La Fontana SpA con Agrícola El Corredor Limitada (inscrita a f. 20, N° 16, año 2008, Licantén) y Atalaya S.A. (inscrita a f.31.498, Nº 18.900, año 1992, Santiago), siendo estas últimas absorbidas por la primera, quedando por tanto disuelta Agrícola El Corredor Limitada y Atalaya S.A. al materializarse la fusión; 2.- Aprobar que la fusión mencionada tendrá vigencia a partir del 1 de enero de 2017. 3.- Aumentar el capital social de la Sociedad de $20.360.000 a $1.457.907.436, es decir, un aumento de $1.437.547.436, mediante la emisión de 1.865 acciones de la serie B, que se paga íntegramente producto de la fusión descrita; 4.- Aprobar la sustitución del Artículo Quinto de los estatutos sociales, por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad es la cantidad de $1.457.907.436, dividido en 2.865 acciones, nominativas, sin valor nominal, las que se distribuyen en las siguientes tres series de acciones: Uno) "Serie A", compuesta por 0 acciones, las que tendrán todos los derechos que otorga la ley a las acciones ordinarias; Dos) “Serie B”, compuesta por 2.765 acciones preferentes, las que tendrán todos los derechos que otorga la ley a las acciones ordinarias, pero que gozan además de las siguientes preferencias y se encuentran sujetas a las limitaciones que se señalan a continuación: a) Limitación: Las acciones Serie B no tendrán derecho a voto y, en consecuencia, no se contabilizarán en el cómputo de los votos en las votaciones y elecciones que se realicen en las juntas de accionistas. b) Preferencia: En el evento que la totalidad de las acciones Serie C sean canjeadas por acciones Serie A, las acciones Serie B deberán ser canjeadas por acciones de la Serie A, en una relación de canje de una acción Serie A por cada acción Serie B. El canje de las acciones Serie B por acciones de la Serie A se realizará en forma automática en la misma fecha en que se realice el canje de la totalidad de las acciones Serie C por acciones de la Serie A y, por tanto, se extinga la Serie C. Verificada esta circunstancia quedará definitivamente extinguida la Serie B. EI canje de acciones Serie B por acciones Serie A no modificará el número total de acciones en que se divide el capital social. Tres) “Serie C”, compuesta por 100 acciones preferentes, las que tendrán todos los derechos que otorga la ley a las acciones ordinarias, pero que gozan además de las siguientes preferencias, y se encuentran sujetas a las limitaciones que se señalan a continuación: a) Preferencia: El conjunto de las acciones Serie C tendrá derecho a un cincuenta por ciento de los dividendos, cualquiera sea su naturaleza, que se distribuyan por acuerdo de junta de accionistas o por decisión del administrador o el directorio, según corresponda. b) Limitación: Las acciones Serie C que sean objeto de una transferencia, cesión o transmisión, a cualquier título, serán canjeadas por acciones Serie A, en una relación de canje de una acción Serie A por cada acción Serie C. El canje de las acciones Serie C por acciones de la Serie A se realizará en forma automática en la misma fecha de la correspondiente transferencia, cesión o transmisión. El canje de acciones Serie C por acciones Serie A no modificará el número total de acciones en que se divide el capital social. Verificado el canje de la totalidad de las acciones Serie C por acciones Serie A, la Serie C quedará definitivamente extinguida. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado en la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio de los estatutos.” 5.- La Fontana SpA pasa a ser su continuadora legal para todos los efectos que haya lugar de las sociedades absorbidas, haciéndose cargo de todo su activo y pasivo. Los socios reiteran su limitación de responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 18 enero de 2017.

Actuaciones recientes

  1. DISOLUCIÓN

    LA FONTANA SpA

    CVE 1882252

  2. MODIFICACIÓN

    La Fontana SpA

    CVE 1173217

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)