Arriendo y Compraventa de Inmuebles Lot Park SpA
Diario Oficial
公司資料
資本
總資本
$3.064.276.313
股份
3,647,947,992
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Inmobiliaria e Inversiones Araucano S.A. Accionista | - | - | - |
Arriendo y Compraventa de Inmuebles Aparking Limitada Accionista | - | - | - |
摘要官方正文
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público titular de la 36° Notaría de Santiago con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 26 de diciembre de 2023, Repertorio N° 34.829-2023, ante mi suplente, se redujo acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de “ARRIENDO Y COMPRAVENTA DE INMUEBLES LOT PARK SpA” inscrita a fs.40.611 número 27.939 Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2008, en la cual Inmobiliaria e Inversiones Araucano S.A., representada por don José Domingo Arce Valenzuela y don Fernando Eduardo Durán Hurtado, y Arriendo y Compraventa de Inmuebles Aparking Limitada, representada por don Wilfredo Alberto Spikin Fuenzalida y Francisco Javier Medina Infante, en su calidad de únicos accionistas, acordaron disminuir el capital social, desde la cantidad de $3.647.947.992.-, dividido en 3.647.947.992 acciones nominativas, ordinarias, de una misma y única serie y sin valor nominal, a $3.064.276.313.-, dividido en las mismas 3.647.947.992 de acciones nominativas, ordinarias, de una misma y única serie y sin valor nominal. reemplazando el Artículo Cuarto de los estatutos de la Sociedad, por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: El capital de la sociedad es $3.064.276.313, dividido en 3.647.947.992 acciones nominativas, ordinarias, de una misma y única serie y sin valor nominal. En todo lo relacionado con la transferencia de acciones, el contenido de los certificados de acciones la forma como ellos deberán ser reemplazados en caso de pérdida o extravío o destrucción, se aplicarán las normas del Reglamento sobre Sociedades Anónimas. Las acciones que no hubiesen sido pagadas gozarán de iguales derechos que aquellas que hubiesen sido pagadas, salvo en lo referente a los beneficios sociales y a las devoluciones de capital, de acuerdo a la ley. Los accionistas podrán ceder y transferir libremente sus acciones. Sin perjuicio de lo anterior, cada vez que los accionistas quieran vender o enajenar de cualquier forma todas o parte de sus acciones, deberán ofrecerlas en forma previa a los demás accionistas en forma proporcional a las acciones poseídas por cada uno, sin considerar las acciones ofrecidas, y en un precio y bajo términos y condiciones que no sean más desfavorable que aquellas a los cuales se ofrezcan a terceros. Si un accionista estimara que el precio de la oferta excede el valor comercial razonable de las acciones, cada parte designará a su propio costo un profesional independiente para que ellos determinen el valor comercial de las acciones, sobre la base del concepto de empresa en marcha. Los valores resultantes se promediarán y se tendrá como precio de la oferta preferente, para todos los efectos, aquel que resulte menor entre el promedio indicado y el valor de oferta primitivo. La oferta preferente será comunicada a cada accionista por carta certificada, los cuales deberán comunicar su aceptación, declinación o discrepancia con el precio, por igual vía, dentro de los diez días siguientes a la recepción de la carta certificada respectiva. Si algún accionista declinara la oferta o transcurriera el plazo para contestar sin que se hubiera pronunciado, el oferente deberá, subsidiariamente, ofrecer las acciones respectivas a los socios o accionistas que integren o formen parte a esa fecha de los accionistas de esta sociedad por acciones, procediéndose en los mismos términos descritos. Si la oferta así hecha fuere declinada o transcurriera el plazo para contestar sin que los socios o accionistas referidos se hubieren pronunciado, el oferente podrá enajenar sus acciones libremente a terceros.”. Se modificó, además, el artículo transitorio. En todo lo no modificado, permanece plenamente vigente el pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 29 de enero de 2024.
公司資料
資本
總資本
$3.647.947.992
實繳資本
$3.647.947.992
待繳資本
$0
股份
3,647,947,992
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
INMOBILIARIA E INVERSIONES ARAUCANO S. A. Accionista 76.029.437-3 | 76.029.437-3 | 99.43663% | $3.627.396.531 |
ARRIENDO Y COMPRAVENTA DE INMUEBLES APARKING LIMITADA Accionista 77.397.670-8 | 77.397.670-8 | 0.56337% | $20.551.461 |
法定代理(2)
DANIEL HERNÁN LEIGHTON PALMA
DANIEL HERNÁN LEIGHTON PALMA
公報所載公司沿革
- 公司形式轉換· 2016年12月19日
Se otorga escritura de aumento de capital y transformación de la sociedad.
INMOBILIARIA E INVERSIONES ARAUCANO S. A. · ARRIENDO Y COMPRAVENTA DE INMUEBLES APARKING LIMITADA
摘要官方正文
ANTONIETA MENDOZA ESCALAS, Notario Público, Titular 16 Notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: por escritura pública de hoy, ante mí, DANIEL HERNÁN LEIGHTON PALMA, domiciliado en calle Agustinas 1022 oficina 925, comuna de Santiago, en representación de INMOBILIARIA E INVERSIONES ARAUCANO S. A., antes denominada Inmobiliaria e Inversiones Araucano Limitada, Rol Único Tributario 76.029.437-3, con domicilio en Avenida Salvador Nº 95 Oficina 503, Providencia, y de ARRIENDO Y COMPRAVENTA DE INMUEBLES APARKING LIMITADA, Rol Único Tributario 77.397.670-8, domiciliada en Evaristo Lillo Nº 78, oficina 92, Las Condes, únicas y actuales socias de ARRIENDO Y COMPRAVENTA DE INMUEBLES LOT PARK SpA, Rol Único Tributario número 76.030.686-K, sociedad inscrita a fojas 40.611 número 27.939 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 2008, viene en rectificar escritura pública de aumento de capital y transformación de fecha 19 de diciembre de 2016, otorgada en la Notaría de doña Antonieta Mendoza Escalas, cuyo extracto fue inscrito a fojas 3.285 número 1.753 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2017 y publicado en el Diario Oficial del 14 de enero de 2017. Rectificación siguiente sentido: A) en la cláusula SEIS, que fija los estatutos de la sociedad transformada, en su ARTÍCULO QUINTO, primer párrafo, se sustituye la expresión “mil” por el guarismo “3.647.947.992”, quedando el texto definitivo del primer párrafo del Artículo Quinto así: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de 3.647.947.992 pesos, dividido en 3.647.947.992 acciones, nominativas, ordinarias, de una misma y única serie y sin valor nominal.”. B) En la misma cláusula SEIS de la escritura, que fija los estatutos de la sociedad transformada, en el ARTÍCULO TRANSITORIO de los estatutos, se sustituye la expresión “mil” por el guarismo “3.647.947.992”, y los números “3.627.396,531” y “20.551,461” por las cifras “3.627.396.531” y “20.551.461”, respectivamente, quedando el texto definitivo así: “ARTÍCULO TRANSITORIO: El capital social de 3.647.947.992 pesos, dividido en 3.647.947.992 acciones nominativas, ordinarias, de una misma y única serie y sin valor nominal, es íntegramente suscrito y pagado de la siguiente forma: a) la accionista INMOBILIARIA E INVERSIONES ARAUCANO S. A. suscribe 3.627.396.531 acciones por un valor total de $3.627.396.531, totalmente pagado, equivalente al 99,43663% del capital y b) la accionista ARRIENDO Y COMPRAVENTA DE INMUEBLES APARKING LIMITADA suscribe 20.551.461 acciones por un valor total de $20.551.461, completamente pagado, equivalente al 0,56337% del capital.” Santiago, 14 de mayo de 2018.
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