Asesorias Empresariales Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Capital
Capital total
$2.000.000
Associés (4)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
CAROLINA ANDREA CAMPOS VASQUEZ Socio | - | 30% | $600.000 |
Socio | - | 30% | $600.000 |
Socio | - | 20% | $400.000 |
Socio | - | 20% | $400.000 |
Administrateurs (1)
Représentation légale (1)
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 29 octobre 2003
Se constituyó la sociedad Asesorías Empresariales Limitada.
- Changement de capital· 27 juin 2019
Se aumenta el capital social a $2.000.000 y se redistribuyen los derechos sociales.
CAROLINA ANDREA CAMPOS VASQUEZ · GONZALO MALEK BASCUR MIÑO · INVERSIONES ARROS LIMITADA · JUAN FRANCISCO ARROS AHUMADA
- Changement d’administrateur· 27 juin 2019
La administración y uso de la razón social corresponde a Juan Francisco Arros Ahumada.
Texte officiel de l’extrait
CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES, abogado, Notario Público Suplente de doña MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Titular 7MA. Notaria Santiago, con oficio y domicilio en calle Agustinas mil ciento sesenta y uno, entrepiso, comuna y ciudad de Santiago, certifico por escritura pública de fecha 27 JUNIO DE 2019 Repertorio 8912-2019 : don JUAN FRANCISCO ARROS AHUMADA, con domicilio en calle Merced 838-A, oficina 81, comuna de Santiago, don GONZALO MALEK BASCUR MIÑO, con domicilio en calle Merced 838-A, oficina 81, comuna de Santiago, doña CAROLINA ANDREA CAMPOS VASQUEZ, con domicilio en calle Merced 838-A, oficina 81, comuna de Santiago, la sociedad “INVERSIONES ARROS LIMITADA”, con domicilio en calle Merced 838-A, oficina 81, comuna de Santiago, representada legalmente por don JUAN FRANCISCO ARROS AHUMADA, con domicilio en calle Merced 838-A, oficina 81, comuna de Santiago; modificaron sociedad ASESORIAS EMPRESARIALES LIMITADA, Rol Unico Tributario N° 76.026.520- 9, constituida el 29 de Octubre de 2003 ante el Notario Público de Santiago, don Humberto Santelices Narducci, extracto inscrito a fojas 33.214 N°25.099 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, Año 2003, y publicado en el Diario Oficial el 4 de noviembre de 2003, en sentido que: 1.- Aumentar el capital social a $2.000.000. El aumento de $1.000.000 se pagará en dinero efectivo de la siguiente forma: a) doña CAROLINA ANDREA CAMPOS VASQUEZ, titular del 10% del total de los derechos de la sociedad, realiza en este acto un aporte de capital equivalente a $500.000, suma que ingresa íntegramente y en efectivo en este acto a la caja social, b) don GONZALO MALEK BASCUR MIÑO, titular del 30% de los derechos de la sociedad, realiza en este acto un aporte de capital equivalente a $300.000, suma que ingresa íntegramente y en efectivo en este acto a la caja social c) INVERSIONES ARROS LIMITADA, titular del 20% de los derechos de la sociedad, realiza en este acto un aporte de capital equivalente a $200.000 suma que ingresa íntegramente y en efectivo en este acto a la caja social.- 2.- Los socios de común acuerdo vienen a modificar la cláusula cuarta del pacto social, quedando del siguiente tenor: “Cuarta: El capital social será de $2.000.000 que los socios enteran y pagan de la siguiente manera: a) doña CAROLINA ANDREA CAMPOS VASQUEZ, con $600.000 de los cuales $100.000 fueron pagados con anterioridad y con $500.000 que se pagan al contado en este acto, equivalente a un 30% de los derechos sociales, b) don GONZALO MALEK BASCUR MIÑO, con $600.000 de los cuales $300.000 fueron pagados con anterioridad y con $300.000 que se pagan al contado en este acto, equivalente a un 30% de los derechos sociales, c) INVERSIONES ARROS LIMITADA, con $400.000 de los cuales $200.000 fueron pagados con anterioridad y con $200.000 que se pagan al contado en este acto, equivalente a un 20% de los derechos sociales.- d) JUAN FRANCISCO ARROS AHUMADA, con $400.000 pagados con anterioridad, equivalente a un 20% de los derechos sociales.- 3. Administración y uso de la razón social.- I.- Desde la constitución de la sociedad, la administración y uso de la razón social corresponde a Don Juan Francisco Arros Ahumada. II.- Actuando a nombre de la Sociedad, el respectivo administrador, la representa, y obligar en toda clase de actos, negocios, asuntos y juicios, con las facultades a que se refiere la cláusula quinta del pacto social constitutivo.- En todo lo no modificado rige pacto social primitivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 03 julio 2019.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
ASESORIAS EMPRESARIALES LIMITADA
CVE 1618288
