Café El Embrujo De Chiloé Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
La sociedad tendrá por objeto la comercialización, compra venta, y distribución del giro de cafetería, en todas sus formas, servicios de barismo, prestación de toda clase de servicios gastronómicos, catering, banquetearía, coffee break, brunch, desayunos, almuerzos, cenas, pastelería, panadería, planificación de eventos; incluyendo la elaboración, preparación, fabricación, compra, venta, representación, comercialización, distribución, importación, exportación y envasado de toda clase de alimentos y bebestibles para llevar o servir, sean crudos o cocinados; compra, venta, comercialización de bebidas alcohólicas y analcohólicas y toda otra actividad conexa o relacionada, en la actualidad o en el futuro con este giro; Servicios de alojamiento y actividades turísticas, actividades de residenciales para turistas, actividades de alojamiento para estancias cortas, actividades de hoteles y en general, todo acto, contrato o negocio que acuerde la sociedad, relacionados con el objeto el presente objeto; Prestar servicios de operación, administración y gestión de todo tipo de establecimientos hoteleros, de cabañas, lodges, gastronómicos, de restauración y de esparcimiento, pudiendo para dichos efectos ejecutar, celebrar y facilitar todos los actos y contratos que sean necesarios, y especialmente celebrar asociaciones, joint ventures, contratos de prestación de servicios orevenue sharing con terceros; actividades de hotelería, cabañas, hospedaje, arriendo de bienes raíces, piezas, cabañas, desarrollo y administración de proyectos turísticos, arriendo de todo tipo de vehículos motorizados y de turismo, actividades de Restaurant, bar, venta de alimentos y todo tipo de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, Inversión Inmobiliaria, compra y venta de bienes raíces, corretaje de propiedades, construcción, ya sea en obras menores y mayores, compra y venta de áridos y movimientos de tierra; La construcción, instalación, explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, bar y centros de eventos, o cualquier clase de establecimientos públicos, en donde sirvan comidas preparadas y bebidas, alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar, organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos y todo lo relacionado en cualquier forma con el ramo alimenticio.
Capital
Capital total
$2.000.000
Capital libéré
$2.000.000
Capital restant dû
$0
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
CAROLA ESTEFANÍA VARGAS SAGNER Socio 15.xxx.xxx-8 | 15.xxx.xxx-8 | 50% | $1.000.000 |
Socio 14.xxx.xxx-k | 14.xxx.xxx-k | 50% | $1.000.000 |
Administrateurs (2)
CAROLA ESTEFANÍA VARGAS SAGNER
Historique sociétaire relaté
- Constitution· 27 juin 2008
Constitución de CAFÉ EL EMBRUJO DE CHILOÉ LIMITADA.
- Cession de droits· 24 août 2022
MILDRED KATHERINE SAGNER GIOVANNINI cede el 50% de sus derechos sociales a CAROLA ESTEFANÍA VARGAS SAGNER.
MILDRED KATHERINE SAGNER GIOVANNINI · CAROLA ESTEFANÍA VARGAS SAGNER
- Cession de droits· 24 août 2022
MILDRED KATHERINE SAGNER GIOVANNINI cede el 49% de sus derechos sociales a CHRISTIAN ALEX LÓPEZ APABLAZA.
MILDRED KATHERINE SAGNER GIOVANNINI · CHRISTIAN ALEX LÓPEZ APABLAZA
- Cession de droits· 24 août 2022
MACARENA DEL PILAR VARGAS SAGNER cede el 1% de sus derechos sociales a CHRISTIAN ALEX LÓPEZ APABLAZA.
MACARENA DEL PILAR VARGAS SAGNER · CHRISTIAN ALEX LÓPEZ APABLAZA
- Changement de nom· 24 août 2022
La sociedad cambia su razón social a CAFÉ Y TURISMO EMBRUJO DE CHILOÉ LIMITADA, pudiendo usar la sigla CAFÉ Y TURISMO EMBRUJO LTDA.
CAROLA ESTEFANÍA VARGAS SAGNER · CHRISTIAN ALEX LÓPEZ APABLAZA
- Changement d’administrateur· 24 août 2022
La administración queda radicada separada e indistintamente en CAROLA ESTEFANÍA VARGAS SAGNER y CHRISTIAN ALEX LÓPEZ APABLAZA.
CAROLA ESTEFANÍA VARGAS SAGNER · CHRISTIAN ALEX LÓPEZ APABLAZA
- Changement de capital· 24 août 2022
El capital social se fija en $2.000.000, aportado por partes iguales por los dos socios actuales.
CAROLA ESTEFANÍA VARGAS SAGNER · CHRISTIAN ALEX LÓPEZ APABLAZA
Texte officiel de l’extrait
CLAUDIO ENRIQUE MENDOZA LAGOS, Abogado, Notario Interino y Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Minas de las comunas de Ancud y Quemchi, con oficio en Chacabuco 750 Ancud, certifica: Por escritura pública de fecha 24 de agosto del año 2022, Repertorio N° 2.145-2022, otorgada ante mí, doña MILDRED KATHERINE SAGNER GIOVANNINI, chilena, empresaria, casada y separada de bienes, CI N° 8.699.187-K, domiciliada en sector rural de Pilluco de la comuna de Ancud; doña MACARENA DEL PILAR VARGAS SAGNER, chilena, auxiliar de vuelo, soltera, CI N°15.287.483-9, domiciliada en calle Jorge Washington N°400, departamento 1308, comuna de Ñuñoa, región Metropolitana; doña CAROLA ESTEFANÍA VARGAS SAGNER, chilena, publicista, CI N°15.286.925-8, y don CHRISTIAN ALEX LÓPEZ APABLAZA, chileno, publicista, CI N°14.011.491-K, ambos casados entre sí bajo régimen de participación en los gananciales, domiciliados ambos en Camino a Lechagua kilómetro 3,5, comuna de Ancud, celebraron contrato de cesión de derechos y modificación social de CAFÉ EL EMBRUJO DE CHILOÉ LIMITADA, sociedad constituida mediante escritura pública de fecha 27 de junio del año 2008, otorgada ante la Notario Público de dicha época, doña Martita Wörner Tapia, escritura que tiene el repertorio número1079-2008. Un extracto de la citada escritura se inscribió a fojas 40 número 29, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Ancud correspondiente al año 2008. Cesión de derechos: A.- doña MILDRED KATHERINE SAGNER GIOVANNINI, vendió, cedió y transfirió parte de los derechos sociales de los cuales era dueña, esto es, el 50,50% de sus derechos sociales, que representan el 50% en los derechos sociales en la sociedad CAFÉ EL EMBRUJO DE CHILOÉ LIMITADA a doña CAROLA ESTEFANÍA VARGAS SAGNER, quien los compró, aceptó y adquirió para sí. El precio de la venta y cesión de derechos ascendió a la suma única y total de $18.180.000 forma de pago indicada en la escritura extractada, precio que la cedente vendedora declaró recibir conforme, a su entera satisfacción y sin tener reclamo alguno que formular. B.- doña MILDRED KATHERINE SAGNER GIOVANNINI, vendió, cedió y transfirió el resto de los derechos sociales de los cuales era dueña, esto es, el 49,50% de sus derechos sociales, que representan el 49% en los derechos sociales en la sociedad CAFÉ EL EMBRUJO DE CHILOÉ LIMITADA a don CHRISTIAN ALEX LÓPEZ APABLAZA, quien los compró, aceptó y adquirió para sí. El precio de la venta y cesión de derechos ascendió a la suma única y total de $17.820.000, forma de pago indicada en la escritura extractada, precio que la cedente vendedora declaró recibir conforme, a su entera satisfacción y sin tener reclamo alguno que formular. C.- doña MACARENA DEL PILAR VARGAS SAGNER, vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos de los cuales era dueña, que representan el 1% de los derechos sociales en la sociedad CAFÉ EL EMBRUJO DE CHILOÉ LIMITADA a don CHRISTIAN ALEX LÓPEZ APABLAZA, quien los compró, aceptó y adquirió para sí. El precio de la venta y cesión de derechos ascendió a la suma única y total de $360.000 pagados con anterioridad, precio que la cedente vendedora declaró recibir conforme, a su entera satisfacción y sin tener reclamo alguno que formular. En virtud del contrato de cesión de derechos antes celebrado, doña MILDRED KATHERINE SAGNER GIOVANNINI y doña MACARENA DEL PILAR VARGAS SAGNER han dejado de ser socias en la sociedad, por lo que declaran que respecto de esta cesión de derechos de que da cuenta la presente escritura, no tienen reclamo alguno que formular en contra de la sociedad o compañía, y, a mayor abundamiento, tanto la sociedad respecto de ellas como viceversa se otorgan el más amplio y total finiquito, renunciando por este acto a toda acción judicial de cualquier naturaleza a que eventualmente pudieran tener derecho con ocasión de la relación jurídica que los vinculó. Como consecuencia del contrato de cesión de derechos sociales antes celebrado, los actuales socios y sus porcentajes de participación quedan de la siguiente forma: a) Doña CAROLA ESTEFANÍA VARGAS SAGNER con el 50% de los derechos sociales; y b) Don CHRISTIAN ALEX LÓPEZ APABLAZA, con el 50% de los derechos sociales, por lo que ambos socios completan el 100% de los derechos sociales en la sociedad. Acto seguido, los socios acordaron introducir las siguientes modificaciones a los estatutos de CAFÉ EL EMBRUJO DE CHILOÉ LIMITADA, quedando estos: A.- “SEGUNDO: Objeto. La sociedad tendrá por objeto la comercialización, compra venta, y distribución del giro de cafetería, en todas sus formas, servicios de barismo, prestación de toda clase de servicios gastronómicos, catering, banquetearía, coffee break, brunch, desayunos, almuerzos, cenas, pastelería, panadería, planificación de eventos; incluyendo la elaboración, preparación, fabricación, compra, venta, representación, comercialización, distribución, importación, exportación y envasado de toda clase de alimentos y bebestibles para llevar o servir, sean crudos o cocinados; compra, venta, comercialización de bebidas alcohólicas y analcoholicas y toda otra actividad conexa o relacionada, en la actualidad o en el futuro con este giro; Servicios de alojamiento y actividades turísticas, actividades de residenciales para turistas, actividades de alojamiento para estancias cortas, actividades de hoteles y en general, todo acto, contrato o negocio que acuerde la sociedad, relacionados con el objeto el presente objeto; Prestar servicios de operación, administración y gestión de todo tipo de establecimientos hoteleros, de cabañas, lodges, gastronómicos, de restauración y de esparcimiento, pudiendo para dichos efectos ejecutar, celebrar y facilitar todos los actos y contratos que sean necesarios, y especialmente celebrar asociaciones, joint ventures, contratos de prestación de servicios orevenue sharing con terceros; actividades de hotelería, cabañas, hospedaje, arriendo de bienes raíces, piezas, cabañas, desarrollo y administración de proyectos turísticos, arriendo de todo tipo de vehículos motorizados y de turismo, actividades de Restaurant, bar, venta de alimentos y todo tipo de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, Inversión Inmobiliaria, compra y venta de bienes raíces, corretaje de propiedades, construcción, ya sea en obras menores y mayores, compra y venta de áridos y movimientos de tierra; La construcción, instalación, explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, bar y centros de eventos, o cualquier clase de establecimientos públicos, en donde sirvan comidas preparadas y bebidas, alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar, organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos y todo lo relacionado en cualquier forma con el ramo alimenticio. Para el cumplimiento de este objetivo, la sociedad podrá efectuar y celebrar toda clase de actos y contratos, así como las demás actividades que se relacionen directa o indirectamente con los objetos antes descritos.” B.- “TERCERO: Razón social. El nombre o razón social será CAFÉ Y TURISMO EMBRUJO DE CHILOÉ LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado con la sigla comercial o nombre de fantasía de CAFÉ Y TURISMO EMBRUJO LTDA.”. C.- “CUARTO: Administración y el uso de la razón social. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá separada e indistintamente a doña CAROLA ESTEFANÍA VARGAS SAGNER y a CHRISTIAN ALEX LÓPEZ APABLAZA, quienes anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación con el giro de los negocios sociales. Facultades indicadas en escritura extractada.”. D.- “QUINTO: Capital. El capital social asciende a la suma de dos millones de pesos que los socios aportaron y enteraron en la forma siguiente: Uno.- Doña CAROLA ESTEFANÍA VARGAS SAGNER, aportó la suma de un millón de pesos, equivalentes al 50% del capital social, que pagó al contado y en dinero efectivo, ingresado con anterioridad a las arcas de la sociedad; y Dos.- Don CHRISTIAN ALEX LÓPEZ APABLAZA, aporta la suma de un millón de pesos, equivalentes al 50% del capital social, que pagó al contado y en dinero efectivo, ingresado con anterioridad a las arcas de la sociedad. De esta manera, se suscribió el total del capital social.” E.- Reemplazan parcialmente los estatutos sociales, en todas y cada una de aquellas partes donde se señale “socias”, quedando para todos los efectos como “socios”. Se dejó expresa constancia que en todo lo no modificado, se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales, demás estipulaciones constan en escritura extractada. Doy Fe. Ancud, 24 de agosto 2022.
Actes récents
- MODIFICACIÓN
CAFÉ EL EMBRUJO DE CHILOÉ LIMITADA
CVE 2179402
