有限责任公司76.023.100-2

Agropecuaria El Condor Limitada

MODIFICACIÓN — 2022年6月18日

Diario Oficial

变更Diario Oficial · 2022-06-18查看 PDF(CVE 2145675)

公司信息

Ltda
Fundo El Cóndor
期限: Desde el primero de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre del año 2040, renovándose tácita y automáticamente por períodos de 5 años
管理方式: Corresponderá al socio PERCY ROBERT GLAVES WILLSON, con facultades señaladas en el artículo noveno del contrato social.

公司目的

La adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes inmuebles rurales y urbanos, por cuenta propia o ajena; y la inversión en bienes muebles corporales e incorporales de toda clase, como acciones, bonos públicos y privados, y en general, en toda clase de valores, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos y la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y en general todos los negocios y actividades que, relacionados o no con el objeto social precedentemente pormenorizado, acuerden efectuar los socios. Para el cumplimiento de los objetos señalados la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con terceros.

资本

总资本

$385.000.000

实缴资本

$385.000.000

待缴资本

$0

股东(4)

姓名持股比例

PERCY ROBERT GLAVES WILLSON

Socio

49%

MARIA ELENA HORN RADEMACHER

Socio

49%

JORGE ALEJANDRO GLAVES HORN

Socio

1%

SUSAN ELIZABETH GLAVES HORN

Socio

1%

管理人(1)

公报所载公司沿革

  1. 设立· 2003年11月14日

    Constitución original de AGROPECUARIA EL CONDOR LIMITADA.

    PERCY ROBERT GLAVES WILLSON · MARIA ELENA HORN RADEMACHER · JORGE ALEJANDRO GLAVES HORN · SUSAN ELIZABETH GLAVES HORN

  2. 资本变更· 2022年5月25日

    Disminución del capital de AGROPECUARIA EL CONDOR LIMITADA de $700.000.000 a $315.000.000 y división de la sociedad.

    AGROPECUARIA EL CONDOR LIMITADA

摘要官方正文

PABLO ANDRES EISENDECHER BERTIN, Abogado, Notario Público Titular de Osorno, con oficio en calle Bernardo O’Higgins N° 691, Osorno, certifico: Por escritura pública, hoy ante mí, PERCY ROBERT GLAVES WILLSON, por sí y en representación de MARIA ELENA HORN RADEMACHER, JORGE ALEJANDRO GLAVES HORN, todos domiciliados en Fundo El Cóndor, comuna de La Unión, y SUSAN ELIZABETH GLAVES HORN, domiciliada en Los Tilos 041, departamento N° 1102, Valdivia, modificaron y dividieron la sociedad AGROPECUARIA EL CONDOR LIMITADA, constituida por escritura pública otorgada el 14 de noviembre de 2003 ante el Notario de La Unión, don Alberto Galilea Sola, e inscrita a fs. 52 vta. N° 37 del Registro de Comercio de 2003 del Conservador de Comercio de La Unión, y publicada en el Diario Oficial en su edición N° 37.718 de 24 de noviembre de 2003. Socios acuerdan modificar el plazo de duración de la sociedad AGROPECUARIA EL CONDOR LIMITADA y, disminuyendo su capital social, dividir la compañía AGROPECUARIA EL CONDOR LIMITADA en dos sociedades, que subsistirá conjuntamente con la nueva sociedad cuya razón social será INMOBILIARIA EL CONDOR LIMITADA y que se formará con parte del patrimonio de la compañía original mediante la asignación y/o transferencia en dominio de los activos y pasivos pormenorizados en la escritura extractada, cuyos socios son los mismos y su titularidad en el capital social se establece en la misma proporción que actualmente detentan en el capital de la sociedad que se divide. Al efecto, los socios de AGROPECUARIA EL CONDOR LIMITADA pactan disminuir el capital de la sociedad en la suma de $385.000.000.-, esto es desde la suma de $700.000.000.-, que es su actual capital social, a la suma de $315.000.000.-, que será su nuevo capital social, en tanto que la parte del capital disminuido de la compañía será asignado a la nueva sociedad que nace producto de la referida división, y que ascenderá a la suma de $385.000.000.- Con la finalidad de materializar los acuerdos precitados, los socios aprueban: I.- Sustituir el artículo quinto de los estatutos sociales, por el siguiente: “ARTICULO QUINTO: El capital social es la suma de TRESCIENTOS QUINCE MILLONES DE PESOS, que los socios suscriben y pagan de la manera que pasa a expresarse: Uno.- Don PERCY ROBERT GLAVES WILLSON suscribe el cuarenta y nueve por ciento de los derechos y acciones sociales en ciento cincuenta y cuatro millones trescientos cincuenta mil pesos, que corresponden al cuarenta y nueve por ciento del capital social, y se entienden íntegramente solucionados. Dos.- Doña MARIA ELENA HORN RADEMACHER suscribe el cuarenta y nueve por ciento de los derechos y acciones sociales ciento cincuenta y cuatro millones trescientos cincuenta mil pesos, que corresponden al cuarenta y nueve por ciento del capital social, y se entienden íntegramente solucionados. Tres.- Don JORGE ALEJANDRO GLAVES HORN suscribe el uno por ciento de los derechos y acciones sociales en tres millones ciento cincuenta mil pesos, que corresponden al uno por ciento del capital social, y se entienden íntegramente solucionados. Cuatro.- Doña SUSAN ELIZABETH GLAVES HORN suscribe el uno por ciento de los derechos y acciones sociales en tres millones ciento cincuenta mil pesos, que corresponden al uno por ciento del capital social, y se entienden íntegramente solucionados.-“. II.- Sustituir el artículo sexto de los estatutos sociales, por el siguiente: “SEXTO: La Sociedad comenzó a regir a contar de la fecha de su constitución y durará hasta el treinta y uno de Diciembre del año dos mil cuarenta, renovándose tácita y automáticamente por periodos de cinco años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del periodo en curso correspondiente, mediante Escritura Pública, la que deberá anotarse al margen de la inscripción social y notificarse personalmente a los socios por el árbitro arbitrador designado en este contrato, con una antelación mínima de doce meses a la finalización del período en curso respectivo.”. III.- Como consecuencia de la división social de AGROPECUARIA EL CONDOR LIMITADA, los señores PERCY ROBERT GLAVES WILLSON, MARIA ELENA HORN RADEMACHER, JORGE ALEJANDRO GLAVES HORN y SUSAN ELIZABETH GLAVES HORN constituyen una sociedad de responsabilidad limitada, cuyo estatuto social pasa a extractarse: RAZON SOCIAL: INMOBILIARIA EL CONDOR LIMITADA, la que podrá funcionar ante toda persona natural o jurídica, de derecho público o privado, nacional o extranjera con el nombre de fantasía “INMOBILIARIA EL CONDOR LTDA.”OBJETO: La adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes inmuebles rurales y urbanos, por cuenta propia o ajena; y la inversión en bienes muebles corporales e incorporales de toda clase, como acciones, bonos públicos y privados, y en general, en toda clase de valores, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos y la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y en general todos los negocios y actividades que, relacionados o no con el objeto social precedentemente pormenorizado, acuerden efectuar los socios. Para el cumplimiento de los objetos señalados la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con terceros. ADMINISTRACION Y USO DE LA RAZON SOCIAL: Corresponderá al socio PERCY ROBERT GLAVES WILLSON, con facultades señaladas en el artículo noveno del contrato social. DURACION: Desde el primero de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre del año 2040, renovable tácita y automáticamente por períodos de 5 años, salvo manifestación en contrario de cualquier socio, en la forma señalada en el pacto social. CAPITAL: $385.000.000.-, íntegramente suscrito y pagado por los socios en la siguiente forma: A.- PERCY ROBERT GLAVES WILLSON suscribe el 49% de los derechos y acciones sociales, en la suma de $188.650.000.-; B.- MARIA ELENA HORN RADEMACHER suscribe el 49% de los derechos y acciones sociales, en la suma de $188.650.000.-; C.- JORGE ALEJANDRO GLAVES HORN suscribe el 1% de los derechos y acciones sociales, en la suma de $3.850.000.-, y D.- SUSAN ELIZABETH GLAVES HORN suscribe el 1% de los derechos y acciones sociales, en la suma de $3.850.000.-. que se paga con la parte del patrimonio que se le asigna en esta división societaria. INMOBILIARIA EL CONDOR LIMITADA adquiere los siguientes bienes raíces: 1.- LOTE NUMERO TRES, de la División del FUNDO “EL CONDOR CHISCAHUE”, ubicado en la Comuna de La Unión, de una superficie de sesenta y siete hectáreas cuatro mil novecientos cincuenta metros cuadrados, inscrito a fojas quinientos ochenta y cinco vuelta número setecientos sesenta y uno del Registro de Propiedad del año dos mil tres del Conservador de Bienes Raíces de La Unión. 2.- Un predio ubicado en el lugar Traiguén-Chiscahue, de la Comuna de La Unión, de una superficie de cuarenta y tres hectáreas, inscrito a fojas quinientos ochenta y cuatro vuelta número setecientos cincuenta y nueve del Registro de Propiedad del año dos mil tres del Conservador de Bienes Raíces de La Unión. 3.- PARCELA NUMERO QUINCE y una trece ava parte de los Bienes Comunes Especiales número Uno y Dos del Proyecto de Parcelación “LAS MERCEDES”, ubicado en la Comuna de La Unión, inscrito a fojas cuatrocientos treinta y nueve número quinientos noventa y dos del Registro de Propiedad del año dos mil cuatro del Conservador de Bienes Raíces de La Unión. 4.- Predio ubicado en el lugar de Chiscahue de la Comuna de La Unión, de una superficie de diecinueve y media hectáreas aproximadamente y compuesto de tres Lotes, inscrito a fojas quinientos setenta y nueve vuelta número setecientos cincuenta y cuatro del Registro de Propiedad del año dos mil tres del Conservador de Bienes Raíces de La Unión. 5.- Un retazo de terreno que forma parte del resto de la PARCELA NUMERO DIECISEIS del Proyecto de Parcelación “LAS MERCEDES”, ubicado en la Comuna de La Unión, retazo que tiene una superficie de seis hectáreas, inscrito a fojas cuatrocientos cuarenta número quinientos noventa y tres del Registro de Propiedad del año dos mil cuatro del Conservador de Bienes Raíces de La Unión. 6.- Retazo de terreno que forma parte de un bien raíz rural ubicado en el lugar de Traiguen-Chiscahue, de la comuna de La Union, retazo que tiene una superficie de uno coma setenta hectáreas, inscrito a fojas setecientos veintidós número novecientos del Registro de Propiedad del año dos mil seis del Conservador de Bienes Raíces de La Unión. 7.- SITIO NUMERO TRES del Proyecto de Parcelación “LAS MERCEDES”, ubicado en la Comuna de La Unión, de una superficie aproximada de tres mil metros cuadrados, inscrito a fojas quinientos ochenta y cinco número setecientos sesenta del Registro de Propiedad del año dos mil tres del Conservador de Bienes Raíces de La Unión. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Osorno, 25 de mayo de 2022.

最近登记事项

  1. MODIFICACIÓN

    AGROPECUARIA EL CONDOR LIMITADA

    CVE 2145675

公司关系

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