Sociedad Comercial Maga Limitada
Información tributaria (SII)
Tipo de entidad
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
Subtipo de sociedad
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inicio de actividades
Sin inicio de actividades informado por el SII
Actividades económicas
Sin actividades económicas registradas en el SII
Documentos timbrados
Sin documentos timbrados registrados en el SII
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$6.000.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
EDISON RICARDO MANRÍQUEZ BARRIENTOS Socio 6.xxx.xxx-5 | 6.xxx.xxx-5 | 99% | - |
ISABEL MARGARITA INFANTE FERNÁNDEZ Socio 11.xxx.xxx-5 | 11.xxx.xxx-5 | 1% | - |
Administradores (2)
EDISON RICARDO MANRÍQUEZ BARRIENTOS
ISABEL MARGARITA INFANTE FERNÁNDEZ
Historia societaria relatada
- Constitución· 28 de octubre de 2003
Constitución de Sociedad Comercial MAGA Limitada.
- Cesión de derechos· 29 de noviembre de 2016
JUAN MANUEL MANRIQUEZ BARRIENTOS cede la totalidad de sus derechos sociales a EDISON RICARDO MANRÍQUEZ BARRIENTOS.
JUAN MANUEL MANRIQUEZ BARRIENTOS · EDISON RICARDO MANRÍQUEZ BARRIENTOS
- Cesión de derechos· 29 de noviembre de 2016
ROSA JIMENA GALAN MARTÍNEZ cede la totalidad de sus derechos sociales a ISABEL MARGARITA INFANTE FERNÁNDEZ.
ROSA JIMENA GALAN MARTÍNEZ · ISABEL MARGARITA INFANTE FERNÁNDEZ
- Cambio de administrador· 29 de noviembre de 2016
La administración queda a cargo exclusivo de EDISON RICARDO MANRÍQUEZ BARRIENTOS, quedando ISABEL MARGARITA INFANTE FERNÁNDEZ como administradora suplente.
EDISON RICARDO MANRÍQUEZ BARRIENTOS · ISABEL MARGARITA INFANTE FERNÁNDEZ
- Cambio de capital· 29 de noviembre de 2016
Se mantiene el capital suscrito de $6.000.000 y se asignan utilidades y pérdidas en 99% y 1%.
EDISON RICARDO MANRÍQUEZ BARRIENTOS · ISABEL MARGARITA INFANTE FERNÁNDEZ
Texto oficial del extracto
RAUL LANDERRETCHE GABLER, Notario Suplente del Titular de la 19 Notaria de Santiago PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL, con Oficio en Bandera 341, oficina 352, certifica: Por escritura pública de fecha 29 Noviembre 2016, ante el titular de este oficio, don JUAN MANUEL MANRIQUEZ BARRIENTOS, C.I. N° 6.677.386-8, doña ROSA JIMENA GALAN MARTÍNEZ, C.I. N° 6.808.534-9, don EDISON RICARDO MANRÍQUEZ BARRIENTOS, C.I. N° 6.677.513-5 y doña ISABEL MARGARITA INFANTE FERNÁNDEZ, C.I. N° 11.763.630-5, todos domiciliados en calle Agustinas N° 811, Santiago, Región Metropolitana; Modificaron Sociedad “SOCIEDAD COMERCIAL MAGA LIMITADA”, RUT.N° 76022030-2. Constituida por Escritura Pública de 28 de Octubre de 2003, ante la notaria de Olimpia Schneider Moenne-Loccoz titular de la trigésima primera notaría de Santiago, ante el Notario Suplente Jorge Soto Troncoso, inscrita a fojas 33.744 N.° 25.486, Registro de Comercio de Santiago de 2003 con fecha 05 de Noviembre de 2003, publicada Diario Oficial 14 de Noviembre de 2003. La sociedad antes indicada no ha experimentado modificaciones a la fecha, teniendo en la actualidad como únicos y exclusivos socios a JUAN MANUEL MANRIQUEZ BARRIENTOS y doña ROSA JIMENA GALAN MARTÍNEZ y se mantiene el capital suscrito de $6.000.000.- Modificación consiste: Por el presente instrumento don JUAN MANUEL MANRIQUEZ BARRIENTOS, en su calidad de socio de “SOCIEDAD COMERCIAL MAGA LIMITADA”, y teniendo el consentimiento del socio restante y de la sociedad, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales a don EDISON RICARDO MANRÍQUEZ BARRIENTOS, quién compra, acepta y adquiere para sí los referidos derechos. Asimismo doña ROSA JIMENA GALAN MARTÍNEZ, en su calidad de socia de “SOCIEDAD COMERCIAL MAGA LIMITADA”, y teniendo el consentimiento del socio restante y de la sociedad, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales a doña ISABEL MARGARITA INFANTE FERNÁNDEZ, quién compra, acepta y adquiere para sí los referidos derechos. El precio total de las cesiones de derechos es la suma de $6.000.000 pesos, que los cesionarios pagan a los cedentes en este acto y en dinero efectivo, declarando estos últimos recibirlos a su entera conformidad la suma señalada. En los derechos cedidos se incluyen la parte proporcional de los cedentes en la cuota de capital, mayor valor de aportes de capital, fondos de revalorización del capital propio, saldo de cuentas corrientes, utilidades o beneficios devengados, y en general, todos los derechos y obligaciones que les corresponda a los cedentes en el haber social. Tanto los cedentes como los cesionarios se otorgan en este acto, recíprocamente, el más amplio, completo y total finiquito, declarando que nada se adeudan y renuncian expresamente en forma reciproca a la acción resolutoria que pudiere emanar del presente contrato. Asimismo, los cedentes y la sociedad “SOCIEDAD COMERCIAL MAGA LIMITADA”, se otorgan también recíprocamente, el más amplio, completo y total finiquito, declarando ambos que nada se adeudan, en virtud de las cesiones de derechos antes mencionados, quedan como socios de la sociedad “SOCIEDAD COMERCIAL MAGA LIMITADA”, don EDISON RICARDO MANRÍQUEZ BARRIENTOS y doña ISABEL MARGARITA INFANTE FERNÁNDEZ. Los socios acuerdan modificar la cláusula tercero del pacto social, en el sentido de que la administración, representación, uso de la razón social y el nombre de fantasía, corresponderá exclusivamente a don EDISON RICARDO MANRÍQUEZ BARRIENTOS, con todos los poderes y facultades ya enunciados en la escritura de constitución. En este acto se nombra como administrador suplente, en caso de ausencia temporal del socio administrador, la que no será necesario acreditar ante terceros, a la socia doña ISABEL MARGARITA INFANTE FERNÁNDEZ, pudiendo ejercer la administración, representación y uso de la razón social con las mismas facultades ya enunciadas en el pacto social. Los socios acuerdan modificar la cláusula sexto del pacto social, en el sentido que las utilidades y pérdidas que arroje la Sociedad en cada ejercicio, se repartirán entre los socios vigentes de la siguiente manera: don EDISON RICARDO MANRÍQUEZ BARRIENTOS, percibirá y soportará el 99% de las utilidades y pérdidas que arroje la sociedad en el respectivo ejercicio contable y doña ISABEL MARGARITA INFANTE FERNÁNDEZ, percibirá y soportará el 1% de las utilidades y pérdidas que arroje la sociedad en el respectivo ejercicio. Los cesionarios se hacen solidariamente responsables de todos los impuestos que puedan adeudar el cedente como componente de la sociedad ya indicada, en todo lo modificado por el presente instrumento, se mantienen vigentes las demás cláusulas del pacto social. En todo lo no modificado por el presente instrumento, se mantienen vigentes las demás cláusulas del pacto social. SANTIAGO, 09 de Diciembre del 2016. RLG
Actuaciones recientes
- DISOLUCIÓN
SOCIEDAD COMERCIAL MAGA LIMITADA
CVE 1152648
- MODIFICACIÓN
SOCIEDAD COMERCIAL MAGA LIMITADA
CVE 1152119
