Pub Discoteque Charlie Yankee Limitada
Diario Oficial
公司資料
公報所載公司沿革
- 設立· 2008年4月17日
Constitución de PUB DISCOTEQUE CHARLIE YANKEE LIMITADA.
摘要官方正文
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 23 de enero de 2024, Repertorio N° 1.159/2024, ante mi, don YANKO ANDRÉS HERRERA SOTO, kinesiólogo, casado, cédula nacional de identidad número catorce millones ciento cincuenta mil quinientos sesenta y tres guion siete, con domicilio en calle Colicheo número mil novecientos ocho , comuna de Las Condes; y doña HILDA DE LAS MERCEDES RIVERA RIVERA, chilena, soltera, comerciante, cédula nacional de identidad número cuatro millones seiscientos cincuenta y tres mil ochocientos dieciséis guion uno, con domicilio en calle Las Rejas número ochocientos noventa y tres , comuna de Quinta Normal. Disolvieron y Liquidaron de común acuerdo sociedad “PUB DISCOTEQUE CHARLIE YANKEE LIMITADA”, rut N° 76.021.144- 3, constituida con fecha 17 de Abril del año 2008, mediante escritura pública, otorgada ante el Notario suplente SERGIO FERNANDO NOVOA GALAN, de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago de la titular doña MARÍA GLORIA ACHARAN TOLEDO, con inicio de actividades con fecha 5 de Junio de 2008, y con fecha de termino de giro con fecha 31 de septiembre de 2009; sociedad cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial con fecha 24 de mayo de 2008, inscrita a fojas 21811 número 14945 , del año 2008, en el Registro de Comercio de Santiago. Por este acto, los comparecientes siendo los únicos socios que componen la sociedad comercial "PUB DISCOTEQUE CHARLIE YANKEE LIMITADA" y conforme lo previene el artículo dos mil ciento siete del Código Civil, vienen en poner término a la sociedad, por acuerdo unánime de estos. Por este acto, los comparecientes declaran además que esta corporación, se encuentra sin movimiento desde el mes de diciembre de 2009 por haberse agotado sus haberes. Por esta misma razón, y en atención a lo dispuesto en la cláusula DUODÉCIMA de los estatutos sociales, los socios no designan liquidador de la sociedad y se otorgan amplio y completo finiquito, declarando que nada se adeudan entre sí y que la sociedad no tiene deudas pendientes por impuestos ni con terceros y que si las tuviere, se hacen solidariamente responsables de su pago. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 23 de febrero de 2024.
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- DISOLUCIÓN
PUB DISCOTEQUE CHARLIE YANKEE LIMITADA
CVE 2463137
