有限責任公司76.018.656-2

Sociedad De Transportes Rampehue Limitada

MODIFICACIÓN — 2021年10月25日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2021-10-25查看 PDF(CVE 2031024)

公司資料

Ltda
Río Quepe número seiscientos treinta y uno, Villa Los Ríos

公報所載公司沿革

  1. 設立· 2019年11月7日

    Se relata la constitución original de Sociedad de Transportes Rampehue Limitada y su publicación de extracto.

    MARTA INES TORO ANTIPICHUN · NICOLAS ADOLFO ARRIAGADA TORO · RICHARD IGNACIO ARRIAGADA TORO · JUDITH VALESKA ARRIAGADA TORO

  2. 名稱變更· 2019年11月7日

    Se menciona una modificación previa de la sociedad cuya escritura y extracto fueron saneados.

    MARTA INES TORO ANTIPICHUN · NICOLAS ADOLFO ARRIAGADA TORO · RICHARD IGNACIO ARRIAGADA TORO · JUDITH VALESKA ARRIAGADA TORO

摘要官方正文

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público de Temuco, con oficio en esta ciudad, calle Antonio Varas Nº 976, CERTIFICO: Que por escritura pública de fecha 04 de octubre de 2021, otorgada ante mí, don NICOLAS ADOLFO ARRIAGADA TORO, domiciliado en Temuco, Villa Los Ríos, calle Río Quepe número seiscientos treinta y uno; don RICHARD IGNACIO ARRIAGADA TORO, domiciliado en Temuco, Villa Los Ríos, calle Río Quepe número seiscientos treinta y uno; doña JUDITH VALESKA ARRIAGADA TORO, domiciliada en Temuco, Villa Los Ríos, calle Río Quepe número seiscientos treinta y uno; y doña MARTA INÉS TORO ANTIPICHUN, domiciliada en Temuco, Villa Los Ríos, calle Río Quepe número seiscientos treinta y uno; rectificaron escritura de saneamiento de la modificación de “SOCIEDAD DE TRANSPORTES RAMPEHUE LIMITADA” otorgado por escritura pública de fecha dieciséis de marzo de dos mil veinte, ante Notario Público de Temuco, don Jorge Tadres Hales, repertorio número mil novecientos sesenta y nueve guion dos mil veinte, en el siguiente sentido: En la escritura que se rectifica, dice: “PRIMERO: Que por escritura pública de fecha siete de noviembre del año dos mil diecinueve otorgada ante este mismo Notario, Repertorio número nueve mil quinientos noventa y dos guión dos mil diecinueve, cuyo extracto de constitución fue publicado en el Diario Oficial cuarenta y dos mil quinientos cuarenta de fecha treinta de diciembre de dos mil diecinueve, comparecieron doña MARTA INES TORO ANTIPICHUN, chilena, viuda, empresaria, cédula nacional de identidad número ocho millones quince mil setecientos treinta y seis guión tres, domiciliada en Río Quepe número seiscientos treinta y uno, Villa Los Ríos, de la comuna y ciudad de Temuco, don NICOLAS ADOLFO ARRIAGADA TORO, chileno, soltero, empresario, cédula nacional de identidad número dieciocho millones cuatrocientos treinta y cuatro mil novecientos veinticuatro guión ocho, domiciliado en calle Río Quepe número seiscientos treinta y uno, Villa Los Ríos, de la comuna y ciudad de Temuco; don RICHARD IGNACIO ARRIAGADA TORO, chileno, soltero, empresario, cédula nacional de identidad número catorce millones doscientos veinte mil doscientos cincuenta guión seis domiciliado en calle Río Quepe número seiscientos treinta y uno, Villa Los Ríos, de la comuna y ciudad de Temuco; y doña JUDITH VALESKA ARRIAGADA TORO, chilena, soltera, empleada, cédula nacional de identidad número trece millones trescientos diecisiete mil setecientos cincuenta y tres guión uno, domiciliada en Río Quepe número seiscientos treinta y uno, Villa Los Ríos, de la comuna y ciudad de Temuco, con el fin de modificar la SOCIEDAD DE TRANSPORTES RAMPEHUE LIMITADA, Rol Único Tributario número setenta y seis millones dieciocho mil seiscientos cincuenta y seis guión dos”.- y debe decir: “PRIMERO: Que por escritura pública de fecha siete de noviembre del año dos mil diecinueve otorgada ante este mismo Notario, Repertorio número nueve mil quinientos noventa y dos guión dos mil diecinueve, cuyo extracto de Modificación fue publicado en el Diario Oficial en su edición número cuarenta y dos mil quinientos cuarenta de fecha treinta de diciembre de dos mil diecinueve, comparecieron doña MARTA INES TORO ANTIPICHUN, chilena, viuda, empresaria, cédula nacional de identidad número ocho millones quince mil setecientos treinta y seis guión tres, domiciliada en Río Quepe número seiscientos treinta y uno, Villa Los Ríos, de la comuna y ciudad de Temuco, don NICOLAS ADOLFO ARRIAGADA TORO, chileno, soltero, empresario, cédula nacional de identidad número dieciocho millones cuatrocientos treinta y cuatro mil novecientos veinticuatro guión ocho, domiciliado en calle Río Quepe número seiscientos treinta y uno, Villa Los Ríos, de la comuna y ciudad de Temuco; don RICHARD IGNACIO ARRIAGADA TORO, chileno, soltero, empresario, cédula nacional de identidad número catorce millones doscientos veinte mil doscientos cincuenta guión seis domiciliado en calle Río Quepe número seiscientos treinta y uno, Villa Los Ríos, de la comuna y ciudad de Temuco; y doña JUDITH VALESKA ARRIAGADA TORO, chilena, soltera, empleada, cédula nacional de identidad número trece millones trescientos diecisiete mil setecientos cincuenta y tres guión uno, domiciliada en Río Quepe número seiscientos treinta y uno, Villa Los Ríos, de la comuna y ciudad de Temuco, con el fin de modificar la SOCIEDAD DE TRANSPORTES RAMPEHUE LIMITADA, Rol Único Tributario número setenta y seis millones dieciocho mil seiscientos cincuenta y seis guión dos.- E igualmente en la cláusula SEGUNDA donde dice: “Que la escritura y extracto de la escritura de modificación de la sociedad, de fecha siete de noviembre del año dos mil diecinueve, otorgada ante este mismo notario público, ya señalada, no se inscribió en su oportunidad en el Registro de Comercio respectivo, por lo que conforme a lo establecido en la ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, sobre saneamiento de sociedades, vengo en sanear este vicio, suscribiendo la presente escritura de saneamiento, ratificando en todas sus partes la escritura pública de constitución, referida en la cláusula primera”.- Debe decir: “SEGUNDO: Que la escritura y extracto de la modificación de la sociedad, de fecha siete de noviembre del año dos mil diecinueve, otorgada ante este mismo notario público, ya señalada, no se inscribió en su oportunidad en el Registro de Comercio respectivo, por lo que conforme a lo establecido en la ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, sobre saneamiento de sociedades, vengo en sanear este vicio, suscribiendo la presente escritura de saneamiento, ratificando en todas sus partes la escritura pública de modificación, referida en la cláusula primera”.- Demás estipulaciones constan escritura extractada. Temuco, 20 de octubre de 2021.

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  1. MODIFICACIÓN

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    CVE 2031024

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