Société à responsabilité limitée76.014.262-K

Eelaw Medio Ambiente y Energía Asesorías Legales Limitada

MODIFICACIÓN — 1 févr. 2023

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2023-02-01Voir le PDF (CVE 2264189)

Informations sociétaires

Ltda
Alonso de Sotomayor cuatro mil trescientos veinte, Departamento cincuenta y seis
Administration: La administración y el uso de la razón social corresponderá única y exclusivamente a los socios administradores sobrevivientes en caso de fallecimiento de un socio.

Objet social

La prestación exclusiva de toda clase de servicios jurídicos, todo tipo de asesorías y consultorías legales, ambientales, económicas, en el ámbito de los recursos naturales y el control de la contaminación, evaluación de impacto ambiental, cumplimiento y compliance, minería, acuicultura y energía, relacionamiento comunitario, de la planificación urbana y normativa de planificación territorial, así como la preparación de informes en derecho, presentaciones, actividades académicas y de docencia tanto a personas naturales como jurídicas, del ámbito público o privado en materias legales, ambientales, económicas, recursos naturales y el control de la contaminación, minería, acuicultura y energía, relacionamiento comunitario, de la planificación urbana y normativa territorial y, en general, cualquier otra actividad o servicio relacionado con la profesión de abogado.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital libéré

$1.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

Paulina Andrea Riquelme Pallamar

Socio

7.xxx.xxx-9

99%

Nicolás Eduardo Riquelme Pallamar

Socio

15.xxx.xxx-4

1%

Historique sociétaire relaté

  1. Constitution· 5 mars 2008

    Constitución de la sociedad EELAW MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA ASESORÍAS LEGALES LIMITADA.

  2. Cession de droits· 20 janvier 2023

    Vicente Antonio Toro Riquelme cede la totalidad de sus derechos sociales a Nicolás Eduardo Riquelme Pallamar.

    Vicente Antonio Toro Riquelme · Nicolás Eduardo Riquelme Pallamar

  3. Retrait d’un associé· 20 janvier 2023

    Se retira de la sociedad Vicente Antonio Toro Riquelme.

    Vicente Antonio Toro Riquelme

Texte officiel de l’extrait

ANTONIETA MENDOZA ESCALAS, Notario Titular 16ª Notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: 20-enero-2023, ante mí, doña PAULINA ANDREA RIQUELME PALLAMAR, chilena, divorciada, abogado, Cédula Nacional de Identidad número siete millones quinientos noventa y nueve mil noventa y siete guión nueve, domiciliada en Alonso de Sotomayor cuatro mil trescientos veinte, Departamento cincuenta y seis, comuna de Vitacura, Santiago de Chile, Región Metropolitana; don VICENTE ANTONIO TORO RIQUELME, chileno, soltero, estudiante, Cédula Nacional de Identidad número diecinueve millones treinta y cinco mil seiscientos treinta y cinco guión tres, domiciliado en Alonso de Sotomayor cuatro mil trescientos veinte, Departamento cincuenta y seis, comuna de Vitacura, Santiago de Chile, Región Metropolitana y; don NICOLÁS EDUARDO RIQUELME PALLAMAR, chileno, casado y separado de bienes, abogado, Cédula Nacional de Identidad número quince millones seiscientos treinta y nueve mil doscientos treinta y dos guión cuatro, domiciliado en Avenida Presidente Kennedy número cinco mil cuatrocientos veinte, departamento setecientos ocho, comuna de Vitacura, Santiago de Chile, Región Metropolitana, en este acto vienen en modificar la sociedad “EELAW MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA ASESORÍAS LEGALES LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha de 05 de Marzo del año 2008 ante Notario Público Titular de Santiago don Raúl Undurraga Laso, su extracto se inscribió a fojas 12.220 número 8.254 del Registro de Comercio correspondiente al año 2008 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y se publicó en el Diario Oficial del día 20 de marzo del año 2008. Modificaciones consisten: 1) Cesión de Derechos: don Vicente Antonio Toro Riquelme, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales en “Eelaw Medio Ambiente y Energía Asesorías Legales Limitada”, equivalente al uno por ciento del capital social, a don Nicolás Eduardo Riquelme Pallamar, quien compra, acepta y adquiere para sí el uno por ciento de los derechos sociales en la Sociedad. 2) Como consecuencia de la antedicha Cesión, se retira de la Sociedad don Vicente Antonio Toro Riquelme, quedando como únicos socios de la Sociedad don Nicolás Eduardo Riquelme Pallamar con una participación equivalente al uno por ciento en los derechos sociales de la Sociedad y doña Paulina Andrea Riquelme Pallamar con una participación equivalente al noventa y nueve por ciento de la Sociedad. 3) Se sustituyen y modifican los siguientes artículos de los Estatutos Sociales: i) TÍTULO PRIMERO, Del Nombre, Objeto, Domicilio y Duración, el Articulo Segundo por el siguiente: “La Sociedad tendrá por objeto: A) La prestación exclusiva de toda clase de servicios jurídicos, todo tipo de asesorías y consultorías legales, ambientales, económicas, en el ámbito de los recursos naturales y el control de la contaminación, evaluación de impacto ambiental, cumplimiento y compliance, minería, acuicultura y energía, relacionamiento comunitario, de la planificación urbana y normativa de planificación territorial, así como la preparación de informes en derecho, presentaciones, actividades académicas y de docencia tanto a personas naturales como jurídicas, del ámbito público o privado en materias legales, ambientales, económicas, recursos naturales y el control de la contaminación, minería, acuicultura y energía, relacionamiento comunitario, de la planificación urbana y normativa territorial y, en general, cualquier otra actividad o servicio relacionado con la profesión de abogado. La Sociedad podrá desarrollar todas las actividades propias de su objeto, tanto en Chile como en el extranjero, de manera directa o a través de terceros, ya sea por cuenta propia o ajena. ii) TITULO SEGUNDO, Del Capital, el Artículo Quinto por el siguiente: “El capital social es la suma de un millón de pesos, que los socios aportan de la siguiente manera: A) doña Paulina Andrea Riquelme Pallamar aporta el noventa y nueve por ciento del capital social, equivalente a novecientos noventa mil pesos, cantidad que se entera en este acto en dinero efectivo en arcas sociales y; B) don Nicolás Eduardo Riquelme Pallamar, aporta el uno por ciento del capital social, enterado en este acto en dinero en efectivo la suma de diez mil pesos en arcas sociales. 4) Se incorpora un nuevo Título Sexto y Artículo Décimo Sexto a los Estatutos Sociales: i) TÍTULO SEXTO, Disposiciones Generales, Artículo Décimo Sexto: Si durante la vigencia de la Sociedad, uno cualquiera de los socios falleciera, la Sociedad continuará con los herederos del socio fallecido, quienes en tal caso deberán designar un mandatario común que los represente. Mientras no se produzca la designación del mandatario, la sucesión del socio fallecido no podrá ejercer derecho ni efectuar acto alguno que diga relación con la Sociedad. Con todo, el mandatario que designare la sucesión del socio fallecido quedará excluido de la administración, entendiéndose que esta y el uso de la razón social corresponderá única y exclusivamente a los socios administradores sobrevivientes. En lo no modificado rige estatuto social vigente a la fecha. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Antonieta Mendoza Escalas, Notario Público Titular de la 16° ° Notaría de Santiago. Santiago,23 de enero de 2023.

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    CVE 2264189

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