Iberocenter
Sociedad por Acciones76.010.508-2

Aconcagua Minerals SpA

MODIFICACIÓN — 10 oct 2024

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2024-10-10Ver PDF (CVE 2555033)

Información societaria

SpA
Administración: Administrador individual

Socios (1)

NombreParticipación

Atacama Cobre LTD., Agencia en Chile

Accionista

-

Administradores (1)

Andrés Jaime Burlé Broder

Administrador

Texto oficial del extracto

Humberto Quezada Moreno, Titular de la Vigésimo Sexta Notaría de Santiago, Avenida Apoquindo N° 3.196, Las Condes, certifica: que con fecha 27 de Septiembre de 2024, Repertorio Nº 6.672, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas, celebrada el 6 de septiembre del año 2024, en la que Atacama Cobre LTD., Agencia en Chile, en su calidad de único accionista de la sociedad “Aconcagua Minerals SpA”, inscrita a fojas 680, número 239 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena correspondiente al año 2019, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 427 del Código de Comercio, acordó modificar y sustituir el artículo quinto transitorio de los estatutos sociales, que dice relación con la administración de la sociedad, en el siguiente sentido: “Artículo Quinto Transitorio. La administración de la sociedad y el uso de su razón social, corresponderá a don Andrés Jaime Burlé Broder, quien actuará individualmente, con las facultades señaladas en la escritura extractada.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 7 de octubre de 2024. Humberto Quezada Moreno. Notario Público.

ModificaciónDiario Oficial · 2021-04-30Ver PDF (CVE 1936686)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana

Capital

Capital total

$53.701.375

Capital pagado

$53.701.375

Acciones

368.600.000

Socios (2)

NombreParticipación

Natalie Anne Stevens

Accionista

-

2311548 Alberta Ltd., Agencia en Chile

Accionista

-

Texto oficial del extracto

GONZALO SERGIO MENDOZA GUIÑEZ, Notario Público Reemplazante de doña Antonieta Mendoza Escalas, Titular 16º Notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 19 de abril del año 2021, ante mí, se redujo acta de Junta Extraordinaria de Accionistas (la “Junta”) de Aconcagua Minerals SpA (la “Sociedad”), celebrada con fecha 19 de abril del año 2021 y por la cual los accionistas de la sociedad, doña Natalie Anne Stevens y 2311548 Alberta Ltd., Agencia en Chile, ambos debidamente representados, acordaron modificar los estatutos de la Sociedad en los siguientes términos: Reemplazar los artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos para reflejar la disminución de capital, como sigue: (a) “Artículo Quinto.- El capital de la sociedad es la cantidad de $53.701.375, dividido en 368.600.000 de acciones ordinarias, nominativas, de igual valor, sin valor nominal y de una misma serie, que se emiten, suscriben y enteran en la forma establecida en las disposiciones transitorias.”; y (b) “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad es la cantidad $53.701.375, dividido en 368.600.000 de acciones ordinarias, nominativas, de igual valor, sin valor nominal y de una misma serie, que han sido suscritas y pagadas íntegramente con anterioridad.”. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 19 de abril del año 2021.

ConstituciónDiario Oficial · 2021-04-19Ver PDF (CVE 1929599)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duración: indefinida
Administración: La administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a 2311548 Alberta Ltd., Agencia en Chile, pudiendo actuar a través de mandatarios especialmente designados al efecto mediante escritura pública.

Capital

Capital total

$55.100.000

Capital pagado

$55.100.000

Capital pendiente

$0

Acciones

378.200.000

Socios (2)

NombreParticipación

doña Natalie Anne Stevens

Accionista

48.xxx.xxx-2

19.200.000 acc.

2311548 Alberta Ltd., Agencia en Chile

Accionista

359.000.000 acc.

Administradores (2)

Gino Alfredo Zandonai Steel

9.xxx.xxx-6Administrador

Natalie Anne Stevens

48.xxx.xxx-2Administrador

Representación legal (2)

doña Natalie Anne Stevens

48.xxx.xxx-2En representación de 2311548 Alberta Ltd., Agencia en Chile

Natalie Anne Stevens

48.xxx.xxx-2En representación de 2311548 Alberta Ltd., Agencia en Chile

Texto oficial del extracto

GONZALO SERGIO MENDOZA GUIÑEZ, Notario Público Reemplazante de doña Antonieta Mendoza Escalas, Titular 16º Notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: Por escritura hoy, ante mí, se redujo acta de Junta Extraordinaria de Accionistas (la “Junta”) de Aconcagua Minerals SpA (la “Sociedad”), celebrada con fecha 26 de marzo de 2021 y por la cual los accionistas de la sociedad, doña Natalie Anne Stevens y 2311548 Alberta Ltd., Agencia en Chile, ambos debidamente representados, acordaron modificar los estatutos de la Sociedad en los siguientes términos: 1.- Reemplazar los artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos para reflejar el aumento de capital, como sigue: (a) “Artículo Quinto.- El capital de la sociedad es la cantidad de $55.100.000, dividido en 378.200.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor, sin valor nominal y de una misma serie, que se emiten, suscriben y enteran en la forma establecida en las disposiciones transitorias.”; y (b) “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad es la cantidad $55.100.000, dividido en 378.200.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor, sin valor nominal y de una misma serie, que han sido suscritas y pagadas íntegramente de la siguiente manera: (i) Con la cantidad de $19.200.000, dividido en 19.200.000 de acciones ordinarias, nominativas, de igual valor, sin valor nominal y de una misma serie, las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad; y (ii) Con la cantidad de $35.900.000, dividido en 359.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de igual valor, sin valor nominal y de una misma serie, las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas en la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha 26 de marzo de 2021.”. 2.- Reemplazar el Artículo Octavo de los estatutos, como sigue: “Artículo Octavo.- El capital social y sus posteriores aumentos, deberán quedar totalmente suscritos y pagados en el plazo de tres años contado desde la fecha de constitución de la sociedad o del aumento, según corresponda. Si no se pagare oportunamente al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado gozarán de los mismos derechos que gozan las acciones totalmente pagadas, salvo en lo relativo a la participación que les corresponda en los beneficios sociales y en las devoluciones de capital, casos en los que ocurrirán en proporción a la parte pagada. Las disminuciones del capital social deberán acordarse por la mayoría establecida en el artículo 67 de la LSA y podrá, a partir de la respectiva aprobación de disminución del capital social, procederse al reparto o devolución de capital o a la adquisición de acciones con que dicha disminución pretenda llevarse a efecto. Un extracto de la respectiva modificación en que conste el hecho de la disminución de capital y de su monto, deberá notificarse a los accionistas de la sociedad a la casilla de correo electrónico que mantengan registrada en la sociedad y se publicará en el sitio de internet de la sociedad, en caso que disponga de tal medio. La disminución del capital social y su consecuente distribución del capital afectará a los accionistas en la proporción que acuerde la respectiva Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad. En todo caso, se requerirá del voto favorable del o los accionistas a quienes afectará la disminución y distribución del capital social. La respectiva Junta Extraordinaria de Accionistas procederá a la cancelación de acciones, si así lo acordare. Si las acciones tuvieren valor nominal, a consecuencia de la disminución de capital se reducirá dicho valor en forma proporcional.”; y 3.- Reemplazar el artículo Décimo Primero de los estatutos y incorporar un Artículo Quinto Transitorio, como sigue: (a) “Artículo Décimo Primero.- La administración de la sociedad y el uso de su razón social, corresponderá a 2311548 Alberta Ltd., Agencia en Chile, la que podrá actuar a través de mandatarios especialmente designados al efecto mediante escritura pública. El administrador, actuando de la forma señalada, tendrá las más amplias facultades de administración y disposición pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines. Al efecto y sin que la enunciación que sigue importe limitación alguna de facultades, podrá: a) Facultades de libre disposición de bienes: Uno) Adquirir, enajenar, comprar y vender, a cualquier título, toda clase de bienes inmuebles, corporales o incorporales, firmando las escrituras públicas respectivas, pudiendo convenir en ellas el precio y forma de pago, cobrar, percibir y dar por pagado y cancelado el precio; señalar cabidas y deslindes de los inmuebles, firmar planos y minutas y convenir cualquiera otra cláusula del contrato, sea de la esencia, naturaleza o accidental, sin limitación alguna, y delegar en el portador de copia autorizada de la correspondiente escritura la facultad de requerir y firmar en los Conservadores de Bienes Raíces las inscripciones y anotaciones que procedan. En el caso de enajenación con garantías hipotecarias o prendarias, los apoderados podrán alzarlas cuando lo estime conveniente. Dos) Adquirir, enajenar, comprar y vender, a cualquier título, toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, letras de cambio, pagarés, debentures, y cualquier otra clase de valores mobiliarios, y actuar con las más amplias facultades en el mercado de capitales. Tres) Celebrar contratos de factoring y securitización. Cuatro) Comprar y vender mercaderías y toda clase de materias primas, materiales, servicios e insumos en general, nacionales o importados, para la fabricación y elaboración de productos. Cinco) Celebrar contratos de promesa y leasing sobre toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales. Seis) Ceder y aceptar cesiones. Siete) Adquirir o enajenar líneas telefónicas y vehículos motorizados, suscribiendo la documentación relativa a la transferencia de dominio e inscripciones correspondientes. Ocho) Comprar y vender maquinarias, equipos y repuestos, nacionales o importados, destinados a la producción. Nueve) Gravar bienes, en especial aquellos a que se refieren los numerales anteriores, con servidumbres, usufructos, fideicomisos, prohibiciones, prendas de toda clase, hipotecas u otros gravámenes, con o sin cláusula de garantía general, según proceda; aceptar en favor de la sociedad gravámenes y alzarlos, cancelarlos, dividirlos o posponerlos. Diez) Aceptar y otorgar fianzas y solidaridad; pactar multas y cláusulas penales. Once) Cobrar, pagar y percibir; otorgar finiquitos y cancelaciones; renunciar acciones, reconocer deudas y obligaciones; dar prórrogas y esperas; exigir rendiciones de cuentas; remitir; compensar; novar; transigir; aceptar y hacer daciones en pago; rescindir, terminar, revocar y resciliar, total o parcialmente, todo tipo de contratos. Doce) Concurrir a la constitución de toda clase de sociedades, civiles o comerciales, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comanditas, pudiendo participar como socio gestor o comanditario en estas últimas, cualquiera que sea su objeto; designar a sus administradores o directores provisionales, concurrir a la constitución de asociaciones o cuentas en participación, corporaciones, asociaciones gremiales o cooperativas e incorporarse a las ya existentes. Asimismo, concurrir a la modificación, división, fusión, transformación, disolución y liquidación de aquellas asociaciones o cuentas en participación, corporaciones, asociaciones gremiales o cooperativas de las que la sociedad forme parte, y retirarse de ellas; representar a la sociedad con voz y voto en las Juntas y en todos los demás órganos de las sociedades o entidades de que forme parte o tenga interés; suscribir acciones de pago y liberadas de pago. b) Facultades bancarias o financieras: Uno) Contratar y cerrar cuentas corrientes, de depósito, de ahorro o de cualquier otra naturaleza, y líneas de crédito, con bancos, instituciones financieras o en cualquier sistema de ahorro; girar y sobregirar sobre esas cuentas y líneas; depositar en ellas, imponerse de los saldos; capitalizar intereses; reconocer o impugnar saldos; girar, cancelar y endosar cheques; retirar talonarios de cheques y otros documentos de bancos o instituciones financieras. Dos) Girar, suscribir, aceptar, endosar en dominio, cobro o garantía, descontar, revalidar, prorrogar, reaceptar, hacer protestar y negociar en cualquier forma que proceda, cheques, letras de cambio, pagarés, vales vista, cartas de porte, pólizas y, en general, cualquier documento mercantil o bancario, sea al portador, a la orden o nominativo y ejercer las acciones que, respecto de dichos documentos y los créditos que ellos representen, correspondan a la sociedad. Tres) Contratar, otorgar y ceder préstamos y créditos de cualquier naturaleza, de dinero, bonos, certificados, títulos o especies, con o sin intereses y con o sin garantías, sea como préstamos con letras, sobregiros, pagarés, créditos en cuenta corriente o especial, avances contra aceptación, descuentos, anticipos contra divisas, préstamos a base de presupuesto de caja, comodatos, acreditivos, créditos simples, rotativos, confirmados o en cualquier otra forma, sea con bancos e instituciones financieras o con otras personas o instituciones. Cuatro) Entregar y retirar depósitos en dinero, especies o valores, a la vista o a plazo; contratar y cancelar boletas de garantía y de seguro; otorgar comisiones de confianza a bancos e instituciones financieras. c) Facultades de administración: Uno) Celebrar contratos de prestación de servicios relacionados con el objeto social, de confección de obra material, de arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, de promesa, de seguro en cualquiera de sus formas, de transporte, de depósito, de representación, aprovisionamiento, cuenta corriente mercantil, suministro, distribución, agencia, comisión, correduría y, en general, realizar y celebrar todo tipo de actos y contratos civiles o comerciales vinculados al giro de la sociedad, modificarlos y ponerles término. Dos) Entregar y retirar bienes muebles y valores mobiliarios en custodia o en garantía y contratar y administrar cajas de seguridad, bóvedas o warrants. Tres) Solicitar y obtener la protección de seguros para los bienes de la sociedad, pudiendo celebrar contratos de seguro, acordando riesgos a cubrir, plazos y otras condiciones, cobrar las indemnizaciones correspondientes, endosar y cancelar pólizas, aprobar o impugnar liquidaciones; solicitar y obtener seguros marítimos sobre cualesquiera de los bienes de la sociedad que sean exportados de Chile y para estos efectos, firmar las solicitudes y demás documentos necesarios para la obtención de estos seguros. Cuatro) Contratar operaciones de comercio exterior y realizar todos los actos que sean necesarios para llevarlas a cabo y, en especial, realizar las gestiones relacionadas con importaciones y exportaciones, tanto ante instituciones bancarias, como aduanas o ante cualquier otra autoridad. Sin que la siguiente enumeración sea taxativa, los administradores estarán facultados para girar, retirar y endosar documentos de embarque, presentar y firmar declaraciones, juradas o simples, de importación o exportación, solicitudes, cartas explicativas y cualquier documentación exigida por el Banco Central de Chile u otras autoridades; solicitar la modificación de las condiciones bajo las cuales una operación ha sido autorizada y retirar del Banco Central de Chile los certificados, devoluciones, cheques y demás documentos que corresponda percibir a la sociedad; contratar acreditivos en moneda extranjera y autorizar cargos en cuenta corriente de cualquier operación de comercio exterior. El mandato para actuar ante el Banco Central de Chile se entenderá vigente mientras a dicho Banco no le sea notificada su revocación o terminación por ministro de fe, salvo que esa institución tome conocimiento de la misma por cualquier otro medio. Cinco) Actuar con las más amplias facultades en todos los asuntos relacionados con marcas comerciales, patentes de invención, modelos de utilidad y diseños industriales; propiedad intelectual; dominios en internet; investigación; registro de productos farmacéuticos o cosméticos y registro de medicamentos; pudiendo al efecto solicitar y tramitar ante las autoridades correspondientes, tales como el Instituto Nacional de Propiedad Industrial, Tribunal de Propiedad Industrial, Departamento de Derechos Intelectuales, Departamento de Ciencias de la Computación de la Universidad de Chile -NIC Chile-, Servicio Agrícola Ganadero, Registro de Productores de Semillas Certificadas, Registro de Variedades Protegidas, Instituto de Salud Pública o ante los organismos que los reemplacen o sucedan, la obtención, renovación, modificación, prolongación y transferencia de marcas comerciales, patentes de invención, modelos de utilidad y diseños industriales, derechos de propiedad intelectual, derechos de propiedad de variedades o cultivares. Igualmente, podrán formular oposiciones y deducir demandas de nulidad de los mismos, solicitar anotaciones de licencias, formular toda clase de presentaciones, oposiciones, protestas, declaraciones, apelaciones y reclamos, justificar explotaciones, solicitar testimonios, efectuar los pagos de impuestos, derechos u honorarios y anualidades; cobrar y percibir dinero, documentos y títulos o certificados, modificar las solicitudes presentadas; actuar ante tribunales arbitrales, administrativos o judiciales con facultad de iniciar toda clase de acciones, desistirse de la acción deducida, renunciar los recursos y los términos legales, avenir, conciliar, transigir y delegar total o parcialmente este poder o ejercerlo por medio de delegados constituidos anteriormente o que constituya en el futuro y revocar las delegaciones. Seis) Declarar, hacer liquidar, pagar y reclamar impuestos, cotizaciones previsionales, imposiciones o gravámenes de cualquier naturaleza y percibir restituciones. Siete) Retirar del correo o de instituciones similares, públicas o privadas, la correspondencia ordinaria o certificada, los giros y encomiendas dirigidos a la sociedad y percibir los valores; enviar correspondencia y carga por correo o por cualquier medio de transporte. Ocho) Representar a la sociedad, sin restricciones, ante todos los órganos de la Administración del Estado, en especial, ministerios, intendencias, gobernaciones y los órganos y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa; órganos y servicios públicos, centralizados o descentralizados; municipalidades; empresas públicas creadas por ley o en las que el Estado tenga participación; en particular, Congreso Nacional; Contraloría General de la República; Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad Pública; Banco Central de Chile; Servicio de Impuestos Internos; Tesorería General de la República; Superintendencias; Corporación de Fomento de la Producción; Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante; Dirección Nacional de Aduanas; Direcciones Regionales de Aduanas o Administrador de la Aduana; o ante cualquier otro organismo público. Respecto de las actuaciones ante la Dirección Nacional de Aduanas y las Direcciones Regionales de Aduanas, los apoderados podrán recibir o internar en cualquier aduana del país, todos los artículos, mercancías o mercaderías importadas o consignadas a la sociedad y firmar, sellar, entregar y extender todas las fianzas que sean requeridas, pagar derechos de aduana, firmar todos los papeles y documentos necesarios en relación a estas transacciones, deducir las acciones necesarias ante las autoridades superiores en cuestiones de clasificación aduanera, presentar peticiones para la devolución de derechos, llevar a cabo estas mismas obligaciones con respecto a mercaderías destinadas a la exportación o reembarque y llevar a cabo todo y cada acto o trámite que sea necesario o requerido por las leyes y reglamentos aduaneros. d) Facultades laborales y relacionadas con la legislación social: Uno) Contratar trabajadores y servicios, convenir remuneraciones, honorarios y otros derechos y poner término a los contratos respectivos; representar a la sociedad en las negociaciones colectivas. Dos) Representar a la sociedad ante las autoridades administrativas del ramo y ante los Juzgados de Letras del Trabajo; y, en los territorios jurisdiccionales en que éstos no existan, ante los tribunales de justicia que reconozcan competencia laboral. Tres) Celebrar contratos de trabajos colectivos o individuales y firmar sus renovaciones, poner término a dichos contratos, contratar servicios profesionales y técnicos y ponerles término. Cuatro) Dictar reglamentos internos para el personal y, en general, darles órdenes y otorgarles atribuciones para el desempeño de sus funciones. Cinco) Fijar y modificar sueldos, salarios, remuneraciones, honorarios y otros beneficios o derechos que se asignen o convengan con los trabajadores. Seis) Representar a la sociedad, sin restricciones, ante cualquier organismo público, centralizado o descentralizado, o privado con competencia en materias laborales o previsionales, tales com

ModificaciónDiario Oficial · 2021-01-13Ver PDF (CVE 1878779)

Información societaria

SpA

Historia societaria relatada

  1. Transformación· 13 de agosto de 2018

    Los socios acordaron transformar la sociedad de responsabilidad limitada a sociedad por acciones.

  2. Otro acto· 11 de diciembre de 2020

    La junta extraordinaria de accionistas acordó sanear la publicación tardía del extracto anterior conforme a la Ley 19.499.

  3. Otro acto· 14 de diciembre de 2020

    Se reduce a escritura pública el acta de la junta extraordinaria de accionistas.

Texto oficial del extracto

GONZALO SERGIO MENDOZA GUIÑEZ, Notario Público Suplente de doña Antonieta Mendoza Escalas, Titular 16º Notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 14 de diciembre de 2020, ante mí, se redujo el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Aconcagua Minerals SpA (la “Sociedad”), celebrada con fecha 11 de diciembre de 2020, en la que se acordó sanear de acuerdo a la Ley número 19.499 sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades, la publicación tardía en el Diario Oficial de la República de Chile, del extracto de la escritura pública de fecha 13 de agosto de 2018, otorgada ante la Notaría de Santiago, de doña Antonieta Mendoza Escalas, por la que los socios de la Sociedad, acordaron transformar la Sociedad de una sociedad de responsabilidad limitada a una sociedad por acciones. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 14 de diciembre de 2020.

ModificaciónDiario Oficial · 2019-08-02Ver PDF (CVE 1631436)

Información societaria

SpA

Capital

Capital total

$19.200.000

Capital pagado

$12.000.000

Capital pendiente

$7.200.000

Acciones

19.200.000

Socios (2)

NombreParticipación

Gino Alfredo Zandonai Steel

Accionista

-

Natalie Anne Stevens

Accionista

7.200.000 acc.

Texto oficial del extracto

GONZALO SERGIO MENDOZA GUIÑEZ, Notario Público Suplente de doña Antonieta Mendoza Escalas, Titular 16º Notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 24 de julio de 2019, ante mí, se redujo acta de Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha 24 de julio de 2019 de Aconcagua Minerals SpA (la “Junta”), sociedad inscrita a fojas 680, número 239, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena correspondiente al año 2019 (la “Sociedad”), por la que los accionistas, Gino Alfredo Zandonai Steel y Natalie Anne Stevens, acordaron aumentar el capital social y modificar los estatutos de la Sociedad en los siguientes términos: (i) Aumento de capital: Los accionistas acordaron aumentar el capital social de la cantidad de $12.000.000, dividido en 12.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal y de igual valor cada una, a la cantidad de $19.200.000, dividido en 19.200.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal y de igual valor cada una, mediante la emisión de 7.200.000 nuevas acciones, por un monto total de $7.200.000. Las 7.200.000 nuevas acciones de pago se colocarán a un valor de $1 por acción y fueron íntegramente suscritas y serán pagadas por Natalie Anne Stevens, de conformidad a lo señalado en la Junta. (ii) Modificación de los estatutos de la Sociedad: Por la unanimidad de los accionistas se adoptaron los siguientes acuerdos: a) Modificar el actual Artículo Quinto de los estatutos de la Sociedad relativo al capital y acciones, sustituyéndolo por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la cantidad de $19.200.000, dividido en 19.200.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal y de igual valor cada una. El capital podrá ser pagado en dinero efectivo o con otros bienes. El capital se suscribe y paga en la forma establecida en el artículo primero transitorio de los Estatutos.”; y b) Reemplazar el actual Artículo Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad, relativo a la suscripción y pago del capital, sustituyéndolo por el siguiente: “Artículo Primero Transitorio: Suscripción y pago del capital. El capital de la sociedad Aconcagua Minerals SpA, es la cantidad de $19.200.000, dividido en 19.200.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal y de igual valor cada una, a que se refiere el Artículo Quinto de los Estatutos, que se ha suscrito, pagado y se pagará, del siguiente modo: (i) Con la cantidad de $12.000.000, dividido en 12.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal y de igual valor cada una, capital íntegramente suscrito y pagado con anterioridad por los accionistas de la Sociedad; (ii) Con la cantidad de $7.200.000, dividido en 7.200.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, capital íntegramente suscrito por la accionista Natalie Anne Stevens en Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha 24 de julio de 2019, y que se pagará dentro del plazo de un año contado desde el 24 de julio de 2019 mediante el aporte en dominio de las siguientes concesiones mineras: a) Caballo Muerto 7 1-30, cuya sentencia constitutiva y dominio se encuentran inscritos a fojas 447 N°134 del Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Vallenar correspondiente al año 2.018 y cuyo rol nacional es el 03301-5768-2; b) Caballo Muerto 5 1-20, cuya sentencia constitutiva y dominio se encuentran inscritos a fojas 435 N°132 del Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Vallenar correspondiente al año 2.018 y cuyo rol nacional es el 03301-5766-6; c) Caballo Muerto 6 1-30, cuya sentencia constitutiva y dominio se encuentran inscritos a fojas 441 N°133 del Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Vallenar correspondiente al año 2.018 y cuyo rol nacional es el 03301-5767-4; d) Caballo Muerto 8 1-25, cuya sentencia constitutiva y dominio se encuentran inscritos a fojas 453 N°135 del Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Vallenar correspondiente al año 2.018 y cuyo rol nacional es el 03301-5769-0; e) Caballo Muerto 9 1-25, cuya sentencia constitutiva y dominio se encuentran inscritos a fojas 459 N° 136 del Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Vallenar correspondiente al año 2.018 y cuyo rol nacional es el 03301-5770-4; f) Caballo Muerto 10 1-30, cuya sentencia constitutiva y dominio se encuentran inscritos a fojas 465 N° 137 del Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Vallenar correspondiente al año 2.018 y cuyo rol nacional es el 03301-5771-2; g) Caballo Muerto 11 1-20, cuya sentencia constitutiva y dominio se encuentran inscritos a fojas 471 N° 138 del Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Vallenar correspondiente al año 2.018 y cuyo rol nacional es el 03301-5772-0; h) Placeton 7 1-10, cuya sentencia constitutiva y dominio se encuentran inscritos a fojas 423 N° 130 del Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Vallenar correspondiente al año 2.018 y cuyo rol nacional es el 03301-5765-8; e i) Placeton 8 1-20, cuya sentencia constitutiva y dominio se encuentran inscritos a fojas 429 N° 131 del Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Vallenar correspondiente al año 2.018 y cuyo rol nacional es el 03304-1571-1; las que se avalúan unánimemente por los accionistas en la cantidad de $7.200.000.”. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 24 de julio de 2019.

ModificaciónDiario Oficial · 2019-06-10Ver PDF (CVE 1603677)

Información societaria

SpA
La Serena, Coquimbo

Representación legal (2)

Andrés Jaime Burlé Broder

En representación de Natalie Anne Stevens

Texto oficial del extracto

ANTONIETA MENDOZA ESCALAS, Notario Público Titular 16 notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: por escritura hoy, ante mi, se redujo acta de Junta Extraordinaria de Accionistas (la “Junta”) de Aconcagua Minerals SpA, inscrita a fojas 40.089, número 20.121, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2019 (la “Sociedad”), celebrada con fecha 5 de junio de 2019, por la cual los accionistas don Gino Alfredo Zandonai Steel, representado por Raúl Ignacio Nazar Jofré y doña Natalie Anne Stevens, representada por don Andrés Jaime Burlé Broder, acordaron modificar el domicilio social de la Sociedad de la ciudad de Santiago a la ciudad de La Serena. La unanimidad de los accionistas acordó modificar el estatuto de la Sociedad como sigue: “Artículo Segundo: El domicilio de la sociedad será la ciudad de La Serena. Sin embargo, la administración podrá establecer sucursales, agencias o establecimientos en otros lugares del país o del extranjero.” Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 5 de junio de 2019.

ModificaciónDiario Oficial · 2019-06-01Ver PDF (CVE 1599524)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana

Historia societaria relatada

  1. Transformación· 13 de agosto de 2018

    La sociedad se transforma de sociedad de responsabilidad limitada a sociedad por acciones y cambia su domicilio de La Serena a Santiago.

Texto oficial del extracto

GONZALO SERGIO MENDOZA GUIÑEZ, Notario Público Suplente de doña Antonieta Mendoza Escalas, Titular 16º Notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: Por escritura hoy, ante mí, se redujo acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Aconcagua Minerals SpA (la “Sociedad”), celebrada con fecha 9 de mayo de 2019, en la que se acordó: 1. Antecedentes. a) Con fecha 13 de agosto de 2018, los socios de la Sociedad, por escritura pública otorgada en la notaría de Santiago de doña Antonieta Mendoza Escalas, acordaron transformar la Sociedad de una sociedad de responsabilidad limitada a una sociedad por acciones. Un extracto de dicha escritura se inscribió a fojas 927, número 370 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena correspondiente al año 2018, y se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile con fecha 20 de septiembre de 2018 (la “Transformación”). b) Dentro de las modificaciones sociales a la Sociedad acordadas por los socios en la Transformación, se pactó el cambio de domicilio social de la ciudad de La Serena a la ciudad de Santiago. 2. Objeto de la Junta. Se acordó corregir y subsanar de acuerdo a la Ley número 19.499 sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades la omisión de la inscripción del extracto de la Transformación, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. La Junta acordó inscribir el extracto de la Transformación en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago junto con los demás documentos que se requieran para materializar el cambio de domicilio de la Sociedad a dicha ciudad, y luego inscribir en el mismo Registro el extracto de la escritura pública a la que se reduzca el acta de la Junta y publicar dicho extracto en el Diario Oficial. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 09 de mayo de 2019.

ModificaciónDiario Oficial · 2018-09-20Ver PDF (CVE 1465640)

Información societaria

SpA
Avenida La Dehesa número 1.201, oficina 408

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) Consultoría: desarrollar estudios necesarios para la ejecución de proyectos mineros, tales como labores de exploración, sondajes, estudios geológicos por mandato de terceros o por cuenta propia. Otorgar consultoría y prestación servicios en áreas de ingeniería, minería, geología, construcción, seguridad industrial, salud y protección ambiental. Efectuar programación y ejecución de diseños, proyectos por cuenta propia o ajena, planos, anteproyectos, estudios económicos detallados y de factibilidad técnica, diseño y preparación de documentos para estudios y toda materia relacionada con consultoría o asesoría que sociedad pueda entregar; b) Comercialización nacional e internacional de todo tipo de productos primarios o elaborados a nivel nacional e internacional. Compra y venta todo tipo productos. Posesión, administración y operación concesiones mineras, de franquicias todo tipo; como asimismo explotación comercio exterior, realizado cuenta propia o ajena, formando parte otras sociedades o actuando cuenta en participación otras sociedades o agencias internacionales con oficina en país, operaciones de importación y/o exportación, toda clase productos mercaderías, bienes de capital o equipos y/o partes o repuestos; desempeño en Chile de agencias o representaciones empresas extranjeras, como de cualquier otra comisión o mandato mercantil, y, asimismo, desempeño agencias o representaciones en exterior de empresas o mandantes chilenos y, en general, la realización toda actividad directa o indirectamente relacionados con anteriores señalados y que acuerden los accionistas.

Capital

Capital total

$12.000.000

Capital pagado

$12.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

12.000.000

Socios (2)

NombreParticipación

Natalie Anne Stevens

Accionista

23.xxx.xxx-1

99%

Peter Willy Stevens

Accionista

48.xxx.xxx-4

1%

Historia societaria relatada

  1. Transformación· 13 de agosto de 2018

    Aconcagua Minerals Limitada se transforma en Aconcagua Minerals SpA

    Natalie Anne Stevens · Peter Willy Stevens

Texto oficial del extracto

ANTONIETA MENDOZA ESCALAS, Notario Público Titular 16 notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: por escritura hoy, ante mi, a) Natalie Anne Stevens, cédula de identidad para extranjeros número 23.721.741-1, y b) Peter Willy Stevens, R.U.T. número 48.152.710-4, ambos domiciliados en Avenida La Dehesa número 1.201, oficina 408, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, transformaron Aconcagua Minerals Limitada (la “Sociedad”), inscrita a fojas 109 N° 64 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Serena año 2008, en una sociedad por acciones, y de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre: Aconcagua Minerals SpA. Accionistas: Natalie Anne Stevens y Peter Willy Stevens. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) Consultoría: desarrollar estudios necesarios para la ejecución de proyectos mineros, tales como labores de exploración, sondajes, estudios geológicos por mandato de terceros o por cuenta propia. Otorgar consultoría y prestación servicios en áreas de ingeniería, minería, geología, construcción, seguridad industrial, salud y protección ambiental. Efectuar programación y ejecución de diseños, proyectos por cuenta propia o ajena, planos, anteproyectos, estudios económicos detallados y de factibilidad técnica, diseño y preparación de documentos para estudios y toda materia relacionada con consultoría o asesoría que sociedad pueda entregar; b) Comercialización nacional e internacional de todo tipo de productos primarios o elaborados a nivel nacional e internacional. Compra y venta todo tipo productos. Posesión, administración y operación concesiones mineras, de franquicias todo tipo; como asimismo explotación comercio exterior, realizado cuenta propia o ajena, formando parte otras sociedades o actuando cuenta en participación otras sociedades o agencias internacionales con oficina en país, operaciones de importación y/o exportación, toda clase productos mercaderías, bienes de capital o equipos y/o partes o repuestos; desempeño en Chile de agencias o representaciones empresas extranjeras, como de cualquier otra comisión o mandato mercantil, y, asimismo, desempeño agencias o representaciones en exterior de empresas o mandantes chilenos y, en general, la realización toda actividad directa o indirectamente relacionados con anteriores señalados y que acuerden los accionistas. Capital: $12.000.000, dividido en 12.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de igual valor, sin valor nominal y de una misma serie. Los accionistas aportan, enteran y pagan las acciones representativas del capital de la siguiente manera: a) Natalie Anne Stevens suscribe y paga 11.880.000 acciones por $11.880.000; y b) Peter Willy Stevens suscribe y paga 120.000 acciones por $120.000. De tal forma, se encuentran íntegramente suscritas y pagadas la totalidad de las acciones de la Sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de agosto de 2018.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    Aconcagua Minerals SpA

    CVE 2555033

  2. MODIFICACIÓN

    Aconcagua Minerals SpA

    CVE 1936686

  3. CONSTITUCIÓN

    Aconcagua Minerals SpA

    CVE 1929599

  4. MODIFICACIÓN

    Aconcagua Minerals SpA

    CVE 1878779

  5. MODIFICACIÓN

    ACONCAGUA MINERALS SpA

    CVE 1631436

Relaciones societarias

EmpresaPersonaDiario OficialRelación histórica (no vigente)