Iberocenter
Sociedade de Responsabilidade Limitada76.005.346-5

Inmobiliaria Soprodi Limitada

MODIFICACIÓN — 7 de jan. de 2026

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2026-01-07Ver PDF (CVE 2750665)

Informações societárias

SpA
Viña del Mar, Valparaíso
Duração: Indefinida
Administração: Directorio compuesto de cuatro miembros titulares

Objeto social

La adquisición, a cualquier título, de bienes raíces, su explotación bajo la forma de compraventas, subdivisiones, enajenaciones de cualquier especie, arrendamientos y otros. La realización, participación, gestión y desarrollo de proyectos inmobiliarios en todas sus formas. Para estos efectos, podrá adquirir, enajenar, arrendar, administrar, urbanizar, subdividir, lotear y construir bienes raíces urbanos o rurales; desarrollar edificaciones habitacionales, comerciales, industriales o mixtas; participar en sociedades o asociaciones relacionadas con el rubro inmobiliario; celebrar contratos de construcción, promoción y corretaje inmobiliario; así como realizar toda clase de actos y operaciones civiles o comerciales que sean necesarios o complementarios para el cumplimiento de su objeto principal. Cualquier otro acto o negocio licito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, que los socios acuerden. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otra u otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora.

Capital

Capital total

$1.870.000.000

Ações

1.000

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior FRANCISCO JAVIER FUENZALIDA RODRIGUEZ, Notario Público de Viña del Mar, calle Arlegui N°333, local 111, Certifica: Por escritura pública de fecha 05 de diciembre de 2025, Repertorio N°4034/2025, ante mí,, JORGE ANDRES BRAVO GONZALEZ, chileno, casado, separado de bienes, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número siete millones treinta y seis mil guion cuatro y don FERNANDO JORGE CONRADO BRAVO GONZALEZ, chileno, soltero, empleado, cédula nacional de identidad número ocho millones cuatrocientos sesenta mil trescientos cincuenta y dos guion K, ambos en representación de INVERSIONES PUNTA ARENAS S.A., antes Sociedad Inmobiliaria y de Inversiones Punta Arenas Limitada, Rol Único Tributario número setenta y siete millones seiscientos setenta y cinco mil ochocientos treinta guion dos, ambos domiciliados, para estos efectos, en paradero nueve y medio, Camino Troncal San Pedro, comuna y ciudad de Quillota, y de paso por ésta; don RAMÓN EDUARDO HERNAN MAZUELA BARROS, chileno, casado, factor de comercio, cédula nacional de identidad número tres millones novecientos ochenta y siete mil seiscientos cincuenta y tres guion uno, en representación, según se acreditará, de SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES MACE LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario número setenta y siete millones seiscientos cincuenta mil seiscientos cuarenta guion cero, ambos domiciliados, para estos efectos, en Avenida Valparaíso, número ciento noventa y uno, Villa Alemana, el representante de paso por ésta, y don JORGE ANDRÉS BRAVO GONZÁLEZ, chileno, casado, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número siete millones treinta y seis mil guion cuatro, en representación, según se acreditará, de SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES B & M LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario número setenta y siete millones seiscientos sesenta y tres mil setenta guión cinco, y de RENTAS SAN AGUSTÍN LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.215.199-5, todos domiciliados, para estos efectos, en paradero nueve y medio Camino Troncal, San Pedro, comuna y ciudad de Quillota, modificaron y transformaron INMOBILIARIA SOPRODI LIMITADA, rol único tributario número 76.005.346-5, capital mil ochocientos setenta millones de pesos, en los siguientes términos. MODIFICACIÓN. a) Se elimina del pacto social la CLAUSULA TERCERA, la que se sustituye por la siguiente: “CLAUSULA TERCERA.“La sociedad tendrá por objeto: a) La adquisición, a cualquier título, de bienes raíces, su explotación bajo la forma de compraventas, subdivisiones, enajenaciones de cualquier especie, arrendamientos y otros. b) La realización, participación, gestión y desarrollo de proyectos inmobiliarios en todas sus formas. Para estos efectos, podrá adquirir, enajenar, arrendar, administrar, urbanizar, subdividir, lotear y construir bienes raíces urbanos o rurales; desarrollar edificaciones habitacionales, comerciales, industriales o mixtas; participar en sociedades o asociaciones relacionadas con el rubro inmobiliario; celebrar contratos de construcción, promoción y corretaje inmobiliario; así como realizar toda clase de actos y operaciones civiles o comerciales que sean necesarios o complementarios para el cumplimiento de su objeto principal. c) Cualquier otro acto o negocio licito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, que los socios acuerden. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otra u otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora”. b) Se elimina del pacto social la CLAUSULA DECIMO PRIMERA, la que se sustituye por la siguiente:“DECIMO PRIMERO: Arbitraje. Toda diferencia o dificultad que surgiere entre los accionistas, o entre los accionistas de la Sociedad con la Sociedad, o con su administración o con sus directores o con sus liquidadores, o con los causahabientes y sucesores de un socio o socios fallecidos, en relación a estos estatutos y cualquiera de sus cláusulas, en cuanto a su aplicación, interpretación, modificación, resciliación o nulidad y/o cualquier obligación, responsabilidad o sanción que emane o se derive del presente contrato o con motivo de la liquidación de la Sociedad, sea que se plantee durante la vigencia de la compañía o luego de ocurrida su disolución, será resuelta necesariamente, cada vez, por un árbitro mixto, quien resolverá como árbitro de derecho y se someterá al procedimiento como árbitro arbitrador. En contra de sus resoluciones no procederá recurso alguno, a los cuales, a mayor abundamiento, las partes renuncian desde luego. Las partes designan para tal cargo al abogado don Juan José Pérez Cotapos Contreras. A falta de este o renuncia, la designación se hará por la justicia ordinaria”. c) Se elimina del pacto social la CLAUSULA DECIMO TERCERA, la que se sustituye por la siguiente: “DECIMO TERCERO: La presente sociedad tiene su domicilio en la comuna de Viña del Mar, Región de Valparaíso, sin perjuicio de las sucursales o agencias que sus administradores puedan abrir o iniciar tanto en Chile como en el extranjero”. En lo no modificado, quedan plenamente vigentes todas las estipulaciones del contrato social, todo sin perjuicio de lo que se indica en las cláusulas siguientes relativas a la transformación de la sociedad. TRANSFORMACIÓN, REPACTO Y TEXTO REFUNDIDO DE “INMOBILIARIA SOPRODI LIMITADA”. a) El nombre de la Sociedad es “INMOBILIARIA SOPRODI SpA”. b) Objeto. “La sociedad tendrá por objeto: a) La adquisición, a cualquier título, de bienes raíces, su explotación bajo la forma de compraventas, subdivisiones, enajenaciones de cualquier especie, arrendamientos y otros. b) La realización, participación, gestión y desarrollo de proyectos inmobiliarios en todas sus formas. Para estos efectos, podrá adquirir, enajenar, arrendar, administrar, urbanizar, subdividir, lotear y construir bienes raíces urbanos o rurales; desarrollar edificaciones habitacionales, comerciales, industriales o mixtas; participar en sociedades o asociaciones relacionadas con el rubro inmobiliario; celebrar contratos de construcción, promoción y corretaje inmobiliario; así como realizar toda clase de actos y operaciones civiles o comerciales que sean necesarios o complementarios para el cumplimiento de su objeto principal. c) Cualquier otro acto o negocio licito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, que los socios acuerden. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otra u otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora”. c) Domicilio. La sociedad tendrá su domicilio en la comuna de Viña del Mar, pudiendo abrir y mantener agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero. d) Duración. La duración de la sociedad será indefinida, sin perjuicio de la disolución en los casos que la Ley y los estatutos establecen. e) Capital social. El capital de la sociedad es la suma de $1.870.000.000 (mil ochocientos setenta millones de pesos), dividido en 1.000(mil) acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma que señala el artículo segundo transitorio de estos estatutos. f) Administración. La sociedad será administrada por un Directorio compuesto de cuatro miembros titulares, accionistas o no, de duración indefinida, los que serán elegidos, revocados o sustituidos en cualquier tiempo, mediante acuerdo adoptado en Junta Ordinaria o Extraordinaria de Accionistas. Demás estipulaciones escritura extractada. Viña del mar, 31 de diciembre 2025.

ModificaçãoDiario Oficial · 2020-04-01Ver PDF (CVE 1746979)

Informações societárias

Ltda
paradero nueve y medio, Camino Troncal
Administração: Se elimina el Directorio; administración por separado y en conjunto a los socios Ramón Eduardo Mazuela Barros y Jorge Andrés Bravo González

Capital

Capital total

$1.870.000.000

Sócios (6)

NomeParticipação

INVERSIONES PUNTA ARENAS S.A.

Accionista

77.675.830-2

-

SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES MACE LIMITADA

Socio

77.650.640-0

-

SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES M Y M LIMITADA

Socio

77.664.190-1

-

MAZUELA y COMPAÑÍA LIMITADA

Socio

76.270.515-K

-

SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES B & M LIMITADA

Socio

77.663.070-5

-

RENTAS SAN AGUSTÍN LIMITADA

Socio

76.215.199-5

-

Administradores (2)

Representação legal (6)

FERNANDO JORGE CONRADO BRAVO GONZALEZ

Em representação de INVERSIONES PUNTA ARENAS S.A.77.675.830-2

RODRIGO FÉLIX MAZUELA CEPEDA

RODRIGO FELIX MAZUELA CEPEDA

Em representação de MAZUELA y COMPAÑÍA LIMITADA76.270.515-K

Histórico societário relatado

  1. Cessão de direitos· 18 de março de 2020

    Rodrigo Félix Mazuela Cepeda cede el 10% de sus derechos sociales a Sociedad Inmobiliaria y de Inversiones MACE Limitada

    RODRIGO FELIX MAZUELA CEPEDA · SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES MACE LIMITADA

  2. Cessão de direitos· 18 de março de 2020

    Rodrigo Félix Mazuela Cepeda cede el 5% de sus derechos sociales a Sociedad Inmobiliaria y de Inversiones MACE Limitada

    RODRIGO FELIX MAZUELA CEPEDA · SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES MACE LIMITADA

  3. Mudança de administrador· 18 de março de 2020

    Se elimina el directorio y se entrega la administración por separado y en conjunto a Ramón Eduardo Mazuela Barros y Jorge Andrés Bravo González

    RAMÓN EDUARDO MAZUELA BARROS · JORGE ANDRÉS BRAVO GONZÁLEZ

Texto oficial do extrato

HUGO PATRICIO MONROY FOIX, Notario Público Titular de Quillota, con oficio en calle O’Higgins N°414, Certifico: Por escritura hoy ante mí, JORGE ANDRES BRAVO GONZALEZ y FERNANDO JORGE CONRADO BRAVO GONZALEZ, en representación de INVERSIONES PUNTA ARENAS S.A. RUT N°77.675.830-2; RAMÓN EDUARDO MAZUELA BARROS en representación SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES MACE LIMITADA RUT 77.650.640-0, domicilia en Avenida Valparaíso 191, Villa Alemana; RODRIGO FÉLIX MAZUELA CEPEDA, en representación SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES M Y M LIMITADA RUT 77.664.190-1, y MAZUELA y COMPAÑÍA LIMITADA; RUT 76.270.515-K, JORGE ANDRÉS BRAVO GONZÁLEZ, en representación SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES B & M LIMITADA RUT 77.663.070-5 y RENTAS SAN AGUSTÍN LIMITADA, RUT 76.215.199-5, todos los demás domiciliados para estos efectos en paradero nueve y medio, Camino Troncal, San Pedro, comuna y ciudad de Quillota, modificaron INMOBILIARIA SOPRODI LIMITADA RUT 76.005.346-5 en el siguiente sentido: 1) RODRIGO FELIX MAZUELA CEPEDA, en representación de SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES M Y M LIMITADA, vende, cede y transfiere la totalidad de su participación e interés social en la sociedad INMOBILIARIA SOPRODI LIMITADA, que asciende a un diez por ciento (10%), a la SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES MACE LIMITADA, quién a través de su representante, lo compra y acepta para dicha sociedad. El precio de esta venta es la suma de $738.100.000 (setecientos treinta y ocho millones cien mil pesos), que el representante de SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES MACE LIMITADA, lo paga con ciento veintidós (122) acciones de la cuales es dueña en la sociedad anónima denominada TRANSGESA S.A.,rol único tributario número noventa y seis millones setecientos noventa y un mil novecientos ochenta guion dos,títulos que se entregan en este acto mediante contrato de suscripción de acciones que se suscribe con esta fecha. Por lo tanto, y conforme a lo expuesto, el representante de la SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES M Y M LIMITADA declara íntegramente pagado el precio de que da cuenta esta venta, cesión y transferencia y, además, declara recibidos los títulos representativos de tales acciones, a su total conformidad. 2) RODRIGO FELIX MAZUELA CEPEDA, en representación de MAZUELA y COMPAÑÍA LIMITADA,vende, cede y transfiere la totalidad de su participación e interés social en la sociedad INMOBILIARIA SOPRODI LIMITADA, que asciende a un cinco por ciento (5%), a la SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES MACE LIMITADA, quién a través de su representante, lo compra y acepta para dicha sociedad. El precio de esta venta es la suma de $363.000.000 (trescientos sesenta y tres millones de pesos), que el representante de SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES MACE LIMITADA lo paga con sesenta (60) acciones de las cuales es dueña en la sociedad anónima denominada TRANSGESA S.A., rol único tributario número noventa y seis millones setecientos noventa y un mil novecientos ochenta guion dos,títulos que se entregan en este acto mediante contrato de suscripción de acciones que se suscribe con esta fecha. Por lo tanto, y conforme a lo expuesto, el representante de MAZUELA y COMPAÑÍA LIMITADA declara íntegramente pagado el precio de que da cuenta esta venta, cesión y transferencia y, además, declara recibidos los títulos representativos de tales acciones a su total conformidad. Declara el representante de SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES MACE LIMITADA que cualquiera obligación pendiente de MAZUELA y COMPAÑÍA LIMITADA con INMOBILIARIA SOPRODI LIMITADA, será asumida desde la fecha de este instrumento por SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES MACE LIMITADA. 3. Se sustituye el Artículo Cuarto de los Estatutos Sociales, en el sentido de eliminar en lo sucesivo la existencia de un Directorio que administre la sociedad, otorgándose facultades de administración por separado y en conjunto, respectivamente, a los socios Ramón Eduardo Mazuela Barros y Jorge Andrés Bravo González, según se detalla en la escritura extractada, en la cual los comparecientes dejaron constancia que el capital de la sociedad asciende a la suma de mil ochocientos setenta millones de pesos. En lo no modificado, rige íntegramente pacto social. Quillota 18 de marzo de 2020.

Atuações recentes

  1. MODIFICACIÓN

    INMOBILIARIA SOPRODI LIMITADA

    CVE 2750665

  2. MODIFICACIÓN

    INMOBILIARIA SOPRODI LIMITADA

    CVE 1746979

Relações societárias

EmpresaPessoaDiario OficialRelação histórica (encerrada)