Sociedad por Acciones75.961.990-0

Sociedad Coordinadora Sitio Electrónico Unificado De Tarifas Y Peajes SpA

CONSTITUCIÓN — 24 may 2024

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2024-05-24Ver PDF (CVE 2496518)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto principal asumir y desempeñar el rol de coordinadora para el proceso de licitación, así como durante la implementación y administración, del Sitio Electrónico Unificado de Tarifas y Peajes establecido por la Ley N°21.547 y su reglamento. Este se llevará a cabo de acuerdo con la legislación aplicable, con especial consideración a lo indicado en el artículo 43 y siguientes del Decreto N°900, 1996, del Ministerio de Obras Públicas, correspondiente a la Ley de Concesiones. La Sociedad también podrá realizar aquellas actividades conexas que sean consideradas necesarias o convenientes para la consecución de su objeto principal.

Capital

Capital total

$1.000.000

Acciones

1000

Socios (1)

NombreParticipación

ASOCIACIÓN DE CONCESIONARIOS DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA PÚBLICA A.G.

Accionista

75.961.990-0

100%

Texto oficial del extracto

ISABEL MARGARITA PEÑA LEZAETA, Abogada, Notario Suplente de don EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda Nº 359, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, certifico que, por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 08 de Mayo de 2024, bajo el repertorio Nº 7701-2024, ASOCIACIÓN DE CONCESIONARIOS DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA PÚBLICA A.G., Rol Único Tributario número setenta y cinco millones novecientos sesenta y uno mil novecientos noventa guion cero, constituyó una sociedad por acciones y dictó el texto de su estatuto, cuyas menciones extractables son las siguientes: Nombre: “SOCIEDAD COORDINADORA SITIO ELECTRÓNICO UNIFICADO DE TARIFAS Y PEAJES SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto principal asumir y desempeñar el rol de coordinadora para el proceso de licitación, así como durante la implementación y administración, del Sitio Electrónico Unificado de Tarifas y Peajes establecido por la Ley N°21.547 y su reglamento. Este se llevará a cabo de acuerdo con la legislación aplicable, con especial consideración a lo indicado en el artículo 43 y siguientes del Decreto N°900, 1996, del Ministerio de Obras Públicas, correspondiente a la Ley de Concesiones. La Sociedad también podrá realizar aquellas actividades conexas que sean consideradas necesarias o convenientes para la consecución de su objeto principal. Capital: El capital de la Sociedad asciende a la suma de un millón de pesos, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie, que se suscriben y pagan en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago,10 de mayo de 2024.

Actuaciones recientes

  1. CONSTITUCIÓN

    SOCIEDAD COORDINADORA SITIO ELECTRÓNICO UNIFICADO DE TARIFAS Y PEAJES SpA

    CVE 2496518

Relaciones societarias

SOCIEDAD COORDINADORA SITIO ELECTRÓNICO UNIFICADO DE TARIFAS Y PEAJES SpA

Sin relaciones societarias vinculadas por ahora