Coopérative65.200.931-K

Cooperativa Campesina Y De Artesanos Manos De Corralones

MODIFICACIÓN — 15 oct. 2021

Diario Oficial

ModificationDiario Oficial · 2021-10-15Voir le PDF (CVE 2025671)

Informations sociétaires

Cooperativa
Talca, Maule

Objet social

Dedicarse a la compraventa, distribución, producción y transformación de bienes muebles e inmuebles, vehículos de trabajo y/o transporte, productos y servicios relacionados con la actividad silvoagropecuaria, agroindustrial, turística y artesanal; producir o transformar fibras textiles para trabajar la artesanía; fabricar piezas confeccionadas a base de materias textiles y/o recicladas; fabricación de todo tipo de tejidos en lanas, hilos, cordeles; fabricación de prendas de vestir y similares; compraventa de lanas, hilos o similares; venta de productos textiles y productos típicos; venta en puestos de venta, mercados, ferias; venta de otros productos relacionados; proporcionar a sus socias(os) bienes y servicios y capacitaciones; fijar precios y apoyar acciones de venta; desarrollar actividades de capacitación para terceros; y desarrollar actividades de responsabilidad social y cuidado del medioambiente.

Capital

Capital total

$120.000

Capital libéré

$120.000

Actions

1 200

Texte officiel de l’extrait

GABRIEL GUERRERO GONZÁLEZ, Notario Público de Talca, con oficio en calle 30 Oriente N° 1528, Local A, comuna de Talca, certifico que, por escritura pública de hoy ante mí, bajo el Repertorio N° 2868-2021, se redujo a escritura pública Acta Junta General de Socios de Citación Especial de la COOPERATIVA CAMPESINA Y DE ARTESANOS MANOS DE CORRALONES, RUT 65.200.931-K, celebrada el 7 de julio de 2021, con la asistencia de 12 socias. La Cooperativa se encuentra inscrita a Fs. 432 N° 170, en el Registro de Comercio del Conservador de Talca, correspondiente al año 2020. Se acordó la modificación del Artículo 1º, así: “Artículo 1° RAZÓN SOCIAL: La Cooperativa se denominará “COOPERATIVA CAMPESINA Y DE ARTESANOS MANOS DE CORRALONES”, también “MANOS DE CORRALONES”, su sigla será “ARTECOR”, y se regirá por este Estatuto Social, La Ley General de Cooperativas, su Reglamento y las demás disposiciones legales que le sean aplicables.”, del Artículo 4°, así: “Artículo 4°: Objeto Social: La Cooperativa tiene como objetos específicos: 1) Dedicarse a la compraventa, distribución, producción y transformación de bienes muebles e inmuebles, vehículos de trabajo y/o transporte, productos y servicios relacionados con la actividad Silvoagropecuaria, agroindustrial, turística y artesanal, con el fin de procurar un mayor rendimiento de ella; 2) Producir o transformar fibras textiles para trabajar la artesanía; 3) fabricar piezas confeccionadas a base de materias textiles y/o recicladas ; 4) Fabricación de todo tipo de tejidos en lanas, hilos, cordeles, etc.; 5) Fabricación de prendas de vestir y similares; 6) Compraventa de lanas, hilos o similares; 7) Venta de productos textiles y productos típicos (artesanía); 8) Venta en puestos de venta, mercados, ferias; 9) Venta de otros productos relacionados con los anteriores.; 10) Proporcionar a sus socias (os) bienes y servicios y las capacitaciones que estos requieran para el mejor desempeño de sus actividades artesanales, agrícolas y turísticas, propendiendo al desarrollo social, económico, técnico y de bienestar general para sus asociados; 11) Fijar los precios y apoyar las acciones de venta de cada una de las socias; 12) Desarrollar actividades de capacitación para terceros y 13) Desarrollar actividades de responsabilidad social y de cuidado del medioambiente que impacten positivamente en su entorno y sector económico productivo. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socias igual neutralidad en sus actividades internas.”; del artículo 6°, así: “Artículo 6°: Capital: El Capital inicial suscrito y pagado es de $120.000 (ciento veinte mil pesos), dividido en 1.200 Cuotas de Participación, de un valor inicial de $100 (pesos) cada una. Quienes ingresen con posterioridad a la constitución de esta cooperativa deberán suscribir y pagar el número mínimo de 600 Cuotas de Participación, cuyo valor será el resultado de la materialización de los acuerdos de la Junta General Obligatoria que se pronunció sobre el balance al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior. Además, de lo anterior se suscribe como capital otros aportes en equipamiento equivalente a $3.457.460 (Tres Millones Cuatrocientos Cincuenta y Siete mil Cuatrocientos Sesenta Pesos) el que pasa a ser parte integrante del patrimonio de la Cooperativa. Sin perjuicio de lo anterior, el valor de las Cuotas de Participación se actualizará anualmente en las oportunidades que indique la Ley o lo establezca el Departamento de Cooperativas. El Capital de la Cooperativa será variable e ilimitado y tendrá como mínimo inicial el que se fija en este Estatuto.”; y de los artículos 24°; 25°; 26°, 27°, 34°, 35°, 38°, 40°, 42° y 46°, y 70° del Estatuto Social, referidos a materias que no son objeto de extracto. Demás estipulaciones en escritura extractada. En Talca, 23 de Agosto de 2021.

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  1. MODIFICACIÓN

    COOPERATIVA CAMPESINA Y DE ARTESANOS MANOS DE CORRALONES

    CVE 2025671

Relations sociétaires

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