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Cooperativa65.197.055-5

Cooperativa Cerrada De Vivienda Y Servicios Habitacionales Los Castaños Limitada

MODIFICACIÓN — 19 ago 2026

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2026-08-19Ver PDF (CVE 2856918)

Información societaria

Cooperativa
Valparaíso, Valparaíso
Duración: Ilimitada
Administración: Consejo de Administración

Objeto social

Satisfacer, a precio justo, las necesidades de vivienda y servicios habitacionales de sus socios y grupos familiares y prestar servicios inherentes a dicho objetivo a fin de ser un aporte sustantivo al mejoramiento de la calidad de vida de estos y sus familias, de modo sostenido, eficiente, con cuidado y respeto del patrimonio cultural y medio ambiente y fundado en los principios universales de la solidaridad, la tolerancia, la responsabilidad social y el respeto de la dignidad humana.

Capital

Capital total

$1.001.000

Capital pagado

$1.001.000

Capital pendiente

$0

Acciones

600

Texto oficial del extracto

Ministerio del Interior Pablo Javier Contreras Guerrero, Notario Público Titular de Valparaíso, con oficio en calle Esmeralda 953, Valparaíso, certifico que: con fecha 24 de julio del año 2026 se redujo a escritura pública ante mí, el Acta de Junta General Especialmente Citada de Socios de la "COOPERATIVA CERRADA DE VIVIENDA Y SERVICIOS HABITACIONALES LOS CASTAÑOS LIMITADA" RUT 65.197.055-5, Repertorio N°2090-2026. La Junta fue celebrada el 13 de junio de 2026. donde se acordó la modificación integral de los Estatutos Sociales, inscritos a fojas 751, bajo el N°494, del Registro de Comercio del año 2020, del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso, y que es del siguiente tenor: Se acordó por unanimidad de los socios presentes y representados el reemplazo del Estatuto Social original por la propuesta realizada por el Consejo de Administración que en lo esencial dispone: Artículo primero. Objeto de la Cooperativa: La Cooperativa tendrá como objeto satisfacer, a precio justo, las necesidades de vivienda y servicios habitacionales de sus socios y grupos familiares y prestar servicios inherentes a dicho objetivo a fin de ser un aporte sustantivo al mejoramiento de la calidad de vida de estos y sus familias. Ello se realizará de modo sostenido, eficiente, con cuidado y respeto del patrimonio cultural y medio ambiente y fundado en los principios universales de la solidaridad, la tolerancia, la responsabilidad social y el respeto de la dignidad humana. Artículo cuarto: El domicilio de la Cooperativa será la ciudad de Valparaíso, su duración será ilimitada. Artículo sexto. El número de socios/as no podrá exceder al número de lotes individuales que define el plano de urbanización, una vez descontados los espacios comunes. Artículo noveno, inciso final: Se establece como condición especial y esencial para el ingreso de un socio, el que acredite contar con un ahorro para fines de vivienda de treinta y siete Unidades de Fomento para socios con una calificación en el Registro Social de Hogares en el cuarenta por ciento más vulnerable; y de cuarenta y siete Unidades de Fomento para socios que estén entre el cuarenta y uno por ciento y el noventa por ciento del mismo Registro. Estos antecedentes el socio que ingresa deberá acreditarlos mediante la certificación de la entidad bancaria correspondiente en donde conste el ahorro señalado y el certificado del Registro Social de Hogares. Este requisito no se aplicará a quienes ingresen mediante sucesión por causa de muerte de conformidad a la letra c) de este artículo. Artículo veintiuno, Del monto del capital.- El capital social inicial de la Cooperativa, a la época de su constitución, totalmente suscrito y pagado, $1.001.000.- (un millón mil pesos), divididos en seiscientas cuotas de participación de $143.- (ciento cuarenta y tres pesos) cada una; y, atendido a que los socios fundadores han sido setenta, cada socio ha adquirido cien cuotas de participación por lo que ha aportado cada uno la suma de catorce mil trescientos pesos, enterando así por completo el capital, encontrándose totalmente suscrito y pagado. Artículo Cuarenta y Uno. De la composición del Consejo de Administración. - El Consejo de Administración estará integrado por CINCO Consejeros Titulares, los que serán elegidos por parcialidades por la Junta General de Socios, en su sesión anual obligatoria. Durarán en sus cargos tres años, renovándose dos el primer año, dos el segundo año y uno el tercer año, para luego volver a iniciar el ciclo. Podrán ser reelegidos para el período inmediatamente siguiente y de forma indefinida. Primer Artículo Transitorio. - De la entrada en vigencia de las modificaciones y el procedimiento de elección del Consejo de Administración. - Las modificaciones realizadas al Estatuto en la presente Junta General Especialmente Citada comenzarán a regir una vez que se haya publicado el extracto de la escritura pública a la que se reduzca el Acta de la presente Junta y practicado la correspondiente subinscripción en el Registro del Comercio respectivo. La aplicación de la nueva forma de proveer los cargos del Consejo de Administración comenzará a regir una vez concluido el período del actual Consejo de Administración en ejercicio, en cuya ocasión se postularán y se elegirán dos Consejeros para un período de un año, dos para un período de dos años y uno para un período de tres años, todos con posibilidad de renovar. Se deja constancia que, para todos los efectos legales, y de conformidad a los dispuesto en los Estatutos vigentes, el CAPITAL DE LA COOPERATIVA, según balance al 31 de diciembre del año 2025 es de $1.001.000.- Demás estipulaciones constan de escritura que extracto. - Valparaíso 14 de agosto del año 2026.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    COOPERATIVA CERRADA DE VIVIENDA Y SERVICIOS HABITACIONALES LOS CASTAÑOS LIMITADA

    CVE 2856918

Relaciones societarias

COOPERATIVA CERRADA DE VIVIENDA Y SERVICIOS HABITACIONALES LOS CASTAÑOS LIMITADA

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